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005-2018 Regional Ordinance Callao In force

Ordenanza Regional N.° 005-2018

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Gobierno Regional del Callao

Ordenanza Regional N2 000005

Callao, 19 de junio del 2018 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 19 de junio del 2018.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado, en su Artículo 12 proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, como el fin supremo de la sociedad y del Estado, y en su Artículo 22 inciso 1, consagra el derecho de toda persona a la vida, a su identidad e integridad moral, psíquica y física, y a su libre desarrollo y bienestar. Asimismo, en el artículo 1912 señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 191* de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, del Capítulo XIV del Título III, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 5° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales citada en líneas precedente, establece que la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región. Asimismo, en su Artículo 6”, señala que el desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, en el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades;

Que, el Artículo 61° del mismo cuerpo legal, sobre las funciones del Gobierno Regional en materia de defensa Civil, prescribe: literal a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar, administrar las políticas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la política general del Gobierno y los planes sectoriales y locales y literal c) Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas;

Que, el Decreto Supremo N? 011-2014-IN, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N* 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en su Artículo N2 17 inciso a), establece que es una de las funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC): “Aprobar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana”. Asimismo en su Artículo 19 inciso e) indica que, es una de las funciones de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana “Presentar al Consejo Regional el Plan Regional de Seguridad Ciudadana aprobado por el

CORESEC, para su ratificación mediante Ordenanza Regional”. Asimismo, el último párrafo del Artículo 47° del mismo cuerpo legal prescribe: Además de su aprobación por los Comités Regionales, Provinciales o Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberán ser ratificados por los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales, según corresponda (...);

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 010-2015-IN, se aprueba la Directiva N2 001-2015- IN, la cual señala cuales son los “Lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana”;

Que, con el Acta de fecha 26 de enero del 2018, el Comité Regional de Seguridad Ciudadana del Callao, aprobó el Plan Regional de Seguridad Ciudadana de la Provincia Constitucional del Callao 2018;

Que, por medio del Informe N° 039-2018-GRC/GRDNDCYSC-CORESEC-ST, de fecha 13 de enero del 2018, el Gerente Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana en su calidad de Secretario Técnico del CORESEC-CALLAO, puso a conocimiento del Gobernador Regional del Callao la aprobación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana, remitiéndolo para su ratificación por el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao;

Que, con Informe N° 042-2018-GRC-GRDNDCYSC de fecha 14 de febrero del 2018, la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana remite el Plan Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao 2018 y un CD con la información virtual, al Gerente General Regional para opinión legal;

Que, a través del Memorándum N° 255-208-GRC/GAJ de fecha 16 de febrero del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica previo a emitir opinión legal, refiere es preciso que la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana en atención a lo previsto por el Artículo 119° del Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad, emita un Informe Técnico motivado; así como deberá remitir el Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Plan Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao 2018, debidamente visado;

-Que, mediante Memorándum N° 126-2018-GRC/GRDNDCYSC-CORESEC-ST de fecha 24 de

remite el Informe Técnico sustentando la expedición de una Ordenanza Regional ratificando la aprobación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana de la Región callao 2018, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial;

Que, a través del Memorándum N° 836-2018-GRC/GRPPAT, de fecha 05 de abril del 2018, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite al Gerente de Asesoría Jurídica el Informe N° 010-2018-GRC/GRPPAT/OP-FLD de fecha 05 de abril del 2018, emitido por el profesional de la Oficina de Planificación quien concluyó que la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana y la Jefatura de la Oficina de Defensa Nacional y Defensa Civil, han elaborado el Formato 8 mediante el cual expone los sustentos técnicos, legales y administrativos a fin de incorporar actividad operativa “Formulación y Actualización de Planes en materia de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana”, al Plan Operativo Institucional 2018, el Plan Regional de Seguridad Ciudadana del Callao — 2018, se encuentra articulado con las políticas nacionales y regionales, señaladas en el Acuerdo Nacional, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado Plan Bicentenario — el Perú hacia el 2021 y con el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2011-2021 de la Región Callao;

Que, con el Memorándum N° 335-2018-GRC/GAJ, de fecha 16 de abril de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica es de la opinión proceder a visar el proyecto de Ordenanza Regional que ratifica el “Plan Regional de Seguridad Ciudadana de la Provincia Constitucional del Callao-2018”;

Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE RATIFICA EL PLAN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO 2018

ARTICULO PRIMERO.-RATIFICAR, conforme al Artículo 19° inciso e) del Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado mediante del Decreto Supremo N*011-2014-IN, , el “Plan Regional de Seguridad Ciudadana de la Provincia Constitucional del Callao-2018” documento aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana del Callao (CORESEC-CALLAO), el cual tiene por Misión: “El Comité Regional, definirá, programará y ejecutará las actividades correspondientes, mediante la ejecución del Plan local de Seguridad Ciudadana, empleando racionalmente los recursos humanos y logísticos de los miembros del comité local, realizando para ello el análisis de la situación actual de violencia e inseguridad; así como, la planificación de estrategias y actividades multisectoriales, estableciendo metas físicas susceptibles de ser evaluadas, a fin de asegurar la reducción de la victimización del delito y percepción de inseguridad ciudadana.”

ARTÍCULO SEGUNDO.-ENCARGAR a la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, adoptar la medidas necesarias para la implementación del “Plan Regional de Seguridad Ciudadana de la Provincia Constitucional del Callao-2018”.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de Tramite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a los miembros del Comité Regional de Seguridad Ciudadana del Callao.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla

Ae y BERN REGIONAL DEL CA


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/3480455-005-2018 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3641713/005-2018.pdf