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005-2017 Regional Ordinance Callao In force

Ordenanza Regional N.° 005-2017

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ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

Gobierno Regional del Callao

JOHN CARLOS GONZALES ROSAS FEDATARIO ALTERNO

Ordenanza Regional No 00000 éster gegional Det sao Reg. ne SS... Fechp:7.. ABR. 2047

Callao, 28 de marzo del 2017

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en sesión del 28 de marzo del 2017;

CONSIDERANDO

Que, el Artículo 38° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional, así mismo reglamentan materias de su competencia;

Que, el Artículo. 152, sobre las atribuciones del Consejo Regional, dispone en su literal a), que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, el Artículo 92 literal a) del antes citado cuerpo normativo, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para “Aprobar su Organización Interna y su Presupuesto”;

Que, el Artículo 9° de la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783, establece las dimensiones de las autonomías políticas, administrativas y económicas de los Gobiernos Regionales y en su inciso 9.2. Especifica que la autonomía administrativa es la facultad de organizarse internamente;

Que, el Decreto Supremo N2 043-2006-PCM aprueba los “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones — ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública”, documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión y objetivos; que contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas;

Que, la Resolución Ministerial N° 616-2003-SA/DM “Aprueba el Modelo de Reglamento de Organización y Funciones de los Hospitales”. Dentro de este modelo de organización y de acuerdo a su complejidad, considera tres (3) niveles: a) Hospitales de Alta Complejidad, b) Hospitales de Mediana Complejidad y c) Hospitales de Baja Complejidad;

Que, mediante el Informe Técnico Sustentatorio s/n de Setiembre del 2016, elaborado por la Oficina de Planeamiento Estratégico del Hospital San José, propone y sustenta la modificación de su Reglamento de Organización y Funciones - ROF y de su Estructura Orgánica en base a la normatividad vigente, especialmente a la Resolución Ministerial N2 616 -2003-SA/DM que considera al Hospital San José como Hospital de Mediana Complejidad en el que debe existir el Departamento de Emergencia y Cuidados Críticos. Las modificaciones planteadas, que son justificadas mediante su Informe Técnico Sustentatorio,

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PARA AP id

son las siguientes: 1).- Crear el “Departamento de Emergencias y ee pa “Servicio de Cuidados Intensivos Generales”, 3).- Crear el “Servicio ee Ea ES o

el “Servicio de Emergencia y Cuidados Críticos”, y 5).- Modificar | Organg, de Control Institucional. Dichas modificaciones tienen sus sustento en iia lipremo Ne 9 0431 T ABR: 2017

2006-PCM, la Resolución Ministerial N2 616 -2003-SA/DM, Resolución Ministerial N° 546- 2011/MINSA, la Resolución Ministerial N2 489-2005/MINSA y la Resolución de Contraloría N° 163-2015 —CG que aprueba la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL- “Directiva de los Órganos de

Control Institucional”;

Que, la Dirección Regional de Salud- DIRESA- Callao, después de revisar y obtener el levantamiento de las observaciones a la propuesto inicial, hechas por la Unidad de Organización de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la DIRESA; remite al Gobierno Regional del Callao, mediante el Oficio N2 4031 - 2016-GRC/DIRESA/DG/OEPE de fecha 22 de Setiembre del 2016, la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Hospital San José para su revisión y trámite de aprobación correspondiente;

Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mediante el Memorándum N2 812-2017 —GRC/GRPPAT, de fecha 13 de Marzo del 2017 a través del Informe N° 045-2016-GRC/GRPPAT/ORE-CMN y del Informe N2 687-207- GRC/GRPPAT-OPT, opina que la propuesta formulada por el Hospital San José — Callao para modificar su Reglamento de Organización y Funciones - ROF, resulta técnicamente procedente, la misma que tiene por objeto crear el “Departamento de Emergencias y Cuidados Críticos”, el “Servicio de Cuidados Intensivos Generales”, el “Servicio de Emergencia”, eliminar el “Servicio de Emergencia y Cuidados Críticos”, y modificar las funciones del Órgano de Control Institucional; al haberse efectuado de conformidad con la normatividad vigente al respecto, como son: el Decreto Supremo N® 043-2006-PCM- “lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones — ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública”, la Resolución Ministerial N2 616 -2003-SA/DM - “Aprueba el Modelo de Reglamento de Organización y Funciones de los Hospitales” Resolución Ministerial N2 546-2011/MINSA- que Aprueba la Norma Técnica de Salud NTS N2.021-MINSA/DGSPV.03) “Categorías de Establecimientos del Sector Salud”, la Resolución Ministerial N2 489- 2005/MINSA -“N.T. N° 031 — MINSA / DGSP-V.03 Norma Técnica de los Servicios de Cuidados Intensivos e Intermedios”. y la Resolución de Contraloría N° 163-2015 —CG que aprueba la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL- “Directiva de los Órganos de Control Institucional” ;

Que, mediante Informe N2 0326 -2017 -GRC/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica hace suyo el Informe N& 055—2017-GRC/GAJ, en uso de sus atribuciones procede a visar el proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Hospital del Hospital San José, conforme a sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao;

Que, estando a lo acordado y habiendo sido aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, del día 28 de marzo del 2017, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:

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ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN 1 DEL. REC ENTO.DE oocooooooo:===

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES — ROF Y LA ESTRUCTURA OR o PY AL on ROSAS É A HOSE CALAS GOBIERNO RE RESON DEL SALAD ABR. 2017 Reg, N° seal Liens FOCNA setas

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones —ROF y la Estructura Orgánica del Hospital San José - Callao, conforme a lo señalado en el ANEXO N2 01 y ANEXO N? 02, los cuales forman parte integrante de la

presente Ordenanza Regional. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la la Gerencia General Regional el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en la pagina web del Gobierno Regional del Callao: www. regioncallao.gob.pe

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a los Órganos y Unidades Orgánicas correspondientes para su conocimiento y fines pertinentes

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

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Abog aia 7 7 ORES SECRETARI NSEÑO REGIONAL

ado ae DEL CALLAO zi |

GOBERNADOR

-= VUPIA FIEL DEL ORIGINAL

GONZALES ROSAS EN EDATARIO ALTERNO

MER > ñ Anexo N° 01 3 NO REGIÓNAL DEL CALLAO

Reg. ISB. Fecha:....q.7-pn 2017

“MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF HOSPITAL SAN JOSÉ DEL CALLAO”

  1. DICE: TÍTULO I

DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 6°.

(...)

05.4. DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA

O, 05.4.1. SERVICIO DE PEDIATRÍA

: 05.4.2. SERVICIO DE NEONATOLOGÍA

05.5. SERVICIO DE MEDICINA FISICA Y REHABILITACION 05.6. SERVICIO DE EMERGENCIA Y CUIDADOS CRITICOS 05.7. SERVICIO DE ANESTESIOLOGIA Y CENTRO QUIRURGICO 05.8. SERVICIO DE ODONTOESTOMATOLOGIA

(..) DEBE DECIR: o TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 6°.

(..)

05.4. DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA 05.4.1. SERVICIO DE PEDIATRÍA 05.4.2. SERVICIO DE NEONATOLOGIA 05.5. SERVICIO DE MEDICINA FISICA Y REHABILITACION 05.6. DEPARTAMENTO DE EMERGENCIA Y CUIDADOS CRÍTICOS

05.6.1. SERVICIO DE EMERGENCIA 05.6.2. SERVICIO DE CUIDADOS INTENSIVOS GENERALES

05.7. SERVICIO DE ANESTESIOLOGIA Y CENTRO QUIRURGICO 05.8. SERVICIO DE ODONTOESTOMATOLIGIA (..)

  1. DICE:

Artículo 8°. ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL erm a) Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones del Hospital, sobref la base de los lineamientos del Plan Anual de Control. E

b)

c)

d)

e)

h)

y)

k) D

Efectuar auditorías a los estados financieros y presupuestarios del Hospital, así como a la gestión del mismo, de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General de la República.

Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones del Hospital, que disponga la Contraloría General, así como las que sean requeridas por el titular del Hospital.

Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de más alto nivel del Hospital, con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control interno.

Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones del Hospital, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al titular del Hospital para que adopte las medidas correctivas pertinentes.

Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así como al titular del Hospital y del sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia.

Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios, servidores públicos y ciudadanos sobre actos y operaciones del Hospital, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y documentación sustentatoria respectiva.

Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control, aprobado por la Contraloría General, de acuerdo a los lineamientos y dispcsiciones vigentes.

Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte el Hospital, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos y plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control.

Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y la normativa interna aplicables al hospital, de las unidades orgánicas y personal de éste.

Formular y proponer el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional.

Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría General de la República, para la ejecución de las acciones de control en el ámbito del Hospital; por disposición de la Contraloría General podrán colaborar en otras acciones de control externo por razones operativas o de especialidad.

Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloría General y el órgano de control sectorial, de acuerdo al artículo 29° del Reglamento de los Órganos de Control Institucional.

Cumplir con otras funciones generales que establezca la Contraloría, en el marco de la normatividad vigente y adicionalmente las atribuciones que le confiere el artículo 15° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica.

ARIO A GOBIERNO RE! ONAL DI

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JOHN CARLOS GONZALES ROSAS EDATARIO ALTERNO

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAQ DEBE DECIR: Reg. N*.f.d. Sud. Fecha:...),7, ABR, 2017 Artículo 8°. ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

(...)

a) Formular en coordinación con todas las unidades orgánicas competentes de la Contraloría General de la República - CGR, el Plan Anual de Control, de acuerdo a las disposiciones que sobre la materia emita la CGR.

b) Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional - OCI para su aprobación correspondiente,

c) Ejercer el control interno simultáneo y posterior conforme a las disposiciones establecidas en las Normas Generales de Control Gubernamental y demás normas emitidas por la CGR.

d) Ejecutar los servicios de control y servicios relacionados con sujeción a las Normas de Control Gubernamental y demás disposiciones emitidas por la CGR.

€) Cautelar el debido cumplimiento de las normas de control y el nivel apropiado de los procesos y productos a cargos de OCI en todas sus etapas y de acuerdo a los estandares establecidos por la CGR.

= f Comunicar oportunamente los resultados de los servicios de control a la CGR para su

entidad o del sector, y a los órganos competentes de acuerdo a ley; conforme a las disposiciones emitidas por la CGR.

  1. Comunicar los resultados de los servicios relacionados, conforme a las disposiciones emitidas por la CGR.

h) Actuar de oficio cuando en los actos y Operaciones de la entidad se adviertan indicios razonables de falsificación de documentos, debiendo informar al Ministerio Público o al titular, según corresponda, bajo responsabilidad, para que se adopten las medidas pertinentes, previamente a efectuar la coordinación con la Unidad orgánica de la CGR bajo cuyo ámbito se encuentra el OCI.

i) Elaborar la Carpeta de Control y remitirla a las unidades orgánicas competentes de la CGR para la comunicación de hechos evidenciados durante el desarrollo de servicios de contro! posterior al Ministerio Público conforme a las disposiciones emitidas por la CGR.

J) Orientar, recibir, derivar © atender las denuncias, otorgándole el trámite que corresponda de conformidad con las disposiciones del Sistema Nacional de Atención de Denuncias o de la CGR sobre la materia.

k) Realizar el seguimiento a las acciones que las entidades dispongan para la

  • Implementación efectiva y oportuna de las recomendaciones formuladas en los ( ) resultados de los servicios de control, de conformidad con las disposiciones emitidas por la CGR.

l) Apoyar a las Comisiones Auditoras que designe la CGR para la realización de los servicios de control en el ámbito de la entidad en la cual se encuentra el OCI, de acuerdo a la disponibilidad de su Capacidad operativa.

impactará en el cumplimiento de su Plan Anual de Control. m) Cumplir diligente y oportunamente, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad Operativa, con los encargos y requerimientos que le formule la CGR. n) Cautelar que la publicidad de los resultados de los servicios de control y servicios relacionados se realicen de conformidad con las disposiciones emitidas por la CGR: fi) Cautelar que cualquier modificación al Cuadro de Puestos, al presupuesto asignado o al ROF, en lo relativo al OCI se realice de conformidad a las disposiciones de la materia y las emitidas por la CGR.

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Es COPIA FIEL DEL ORIGINAL

10 ALTERNO

R SIONAL D5 CALA Sail . F , 19) 9) | acitación, el entrenamiento profesion | y desarrollo de competencias A he 8 o). Pan itac iento profesional y desarrollo de competen

e ty sonal del OCI a través de la Escuela Nacional de Control o de otras Instituciones educativas superiores nacionales o extranjeras.

p) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la CGR durante diez (10) años los informes de auditoría, documentación de auditoría O papeles de trabajo, denuncias recibidas y en general cualquier documento relativo a las funciones del OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector público.

a) Efectuar el registro y actualización oportuna, integral y real de la información en los aplicativos informáticos de la CGR.

r) Mantener en reserva y confidencialidad la información y resultados obtenidos en el ejercicio de sus funciones.

s) Promover y evaluar la implementación y mantenimiento del Sistema de Control Interno por parte de la entidad.

t) Presidir la Comisión Especial de Cautela en la auditoría financiera gubernamental de acuerdo a las disipaciones que emita la CGR.

u) Otras que establezca la CGR.

  1. ELIMINAR el Artículo 34°:“SERVICIO DE EMERGENCIA Y CUIDADOS CRITICOS”

  2. SE CREA EL “DEPARTAMENTO DE EMERGENCIA Y CUIDADOS CRITICOS” Articulo 34°. DEPARTAMENTO DE EMERGENCIA Y CUIDADOS CRITICOS

Es el órgano de línea final, encargado de realizar tratamiento médico quirúrgico de emergencia y cuidados intensivos; proporcionando permanentemente la oportuna atención de salud a todas las personas cuya vida y/o salud se encuentre en grave riesgo o severamente alterada. Depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva y tiene asignadas las siguientes funciones específicas:

a) Proporcionar soporte a los servicios de emergencia y cuidados intensivos generales para asegurar el óptimo funcionamiento de los servicios.

b) Realizar supervisiones para asegurar el estándar adecuado del servicio, asegurando su competitividad hacia el paciente

c) Coordinar con otros órganos involucrados en el proceso de atención en Emergencia y Cuidados Intensivos Generales, para garantizar una adecuada y oportuna intervención especializada.

d) Investigar, proponer y evaluar las Guías de Atención al Paciente(Protocolos) y procedimientos de atención médico-quirúrgicos de emergencia, orientados a brindar un servicio eficiente, eficaz y con calidad

e) Organizar e implementar la atención en Emergencia y Cuidados Intensivos Generales, que aseguren una atención médico-quirúrgica suficiente y necesaria durante las 24 horas del día.

f) Mejorar continuamente las capacidades, procesos y equipamiento para la atención de emergencia y cuidados intensivo generales

g) Organizar y preparar equipos multidisciplinarios calificados en acciones de reanimación cardiorrespiratoria y tratamiento de soporte correspondiente

h) Asegurar el cumplimiento de las Normas de Bioseguridad en Emergencia y en

Cuidados Intensivos Generales p

Estimular, orientar y monitorear la investigación, en el campo de su competencia, así

como apoyar la docencia, en el marco de los convenios correspondientes.

et!

“TBH CARLOS 96 OH TARIÓ A GOBIERNO REGIQNA\

Reg. Ni sapdes Ñ Fag

  • ¿7 SOPA FIEL DEL ORIGINAL

NZ SAdÓN médico-quirúrgica en situación de emergencias masivas, frente a los

esmnaturales o provocados. fon supsiAtfamentos correspondientes sobre los cuerpos extraños encontrados en

Aa 'ehiCión de urgencia a pacientes con casos sospechosos de delito para el trámite legal correspondiente.

  1. Implementar los planes y programas de atención médico-quirúrgica de urgencia para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.

m) Mantener el nivel óptimo en el conocimiento de los avances científicos en el campo de su competencia.

n) Desarrollar y monitorear la investigación, en el campo de su competencia, así como apoyar la docencia, en el marco de los convenios correspondientes.

fi) Mantener informado al paciente o familiar responsable sobre el estado actual, evolución y tratamiento,

  1. Asegurar el cumplimiento de las normas de bioseguridad.

Pp) Coordinar con el Comité de Gestión del Riesgo en Desastres, el prevenir y mantener informado a los usuarios externos e internos, de ciertos riesgos propios, fortuitos, naturales y provocados que pueden darse en los diferentes ambientes e instalaciones del Servicio y las medidas de seguridad que se disponen para la prevención y mitigación de los eventos de riesgo.

q) Derivar pacientes a hospitales de mayor complejidad para continuar un tratamiento que por limitaciones no pueden llevarse a cabo por medio del Sistema de Referencias y Contra referencias.

r) Cumplir con otras funciones específicas y responsabilidades, que establezca el marco

de la normatividad legal vigente y las que le asigne la Jefatura del Departamento de

Emergencia y Cuidados Críticos.

Artículo 34-B° - SERVICIO DE CUIDADOS INTENSIVOS GENERALES

Es la unidad orgánica de línea final, considerada como el lugar Fundamental en donde se realiza la labor propia de medicina intensiva. Se trata de un servicio central que presenta asistencia a los pacientes en situación crítica con patología de cualquier tipo (politraumatizados, post-quirúrgicos, patología respiratoria, coronarios, sangrantes), en íntima colaboración con los demás servicios hospitalarios. Depende jerárquicamente del Departamento de Emergencia y Cuidados Críticos y tiene asignadas las siguientes funciones específicas:

a) Participar en la formulación y ejecución de los Planes de Salud, Gestión, Capacitación, Inversión y Presupuesto del Hospital.

b) Brindar atención de cuidados intensivos generales a pacientes adultos menores a 65 años, según nivel de complejidad del Hospital, en el marco de las normas y guías clínicas vigentes.

c) Organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades asistenciales y administrativas del Servicio.

d) Formular la programación de las actividades asistenciales, controlar su ejecución y evaluar su cumplimiento.

e) Coordinar con otros Órganos y unidades orgánicas involucradas en el proceso de

atención en cuidados intensivos generales, para garantizar una adecuada y oportuna

intervención especializada.

Gestionar la provisión de recursos humanos, materiales y equipamiento necesarios

para el pleno funcionamiento del Servicio y administrarlos acorde a la normatividad

vigente.

Evaluar periódicamente la labor integral del Servicio y del personal, analizando los

de calidad y eficiencia de las prestaciones de acuerdo a estándares establecidos . institucionalmente. i

indicadores de produccién y productividad del Servicio a fin de determinar los niveles .....

8 COPIA FIEL DEL ORIGINAL

JOH CARLOS BONSAT Ce a

j) Programar y evaluar la atención en los Servicios de Emerge) Cia ry ayinadpe ZALES ROSAS Intensivos Generales; para el cumplimiento de los objetivos asignadóYAal ONAN

. ae aie A A L DEL CALLAO

k) Realizar la coordinación de Defensa Civil con el Comité de Gestión Hes e ABR. 2017 Desastres del Hospital San José-Callao, realizando actividades de capacitación dela ones brigada, participación en eventos, simulacros, mantenimiento de los mismos y medicamentos como stock para posibles desastres en coordinación con la Dirección Ejecutiva y con la Oficina de Defensa Civil de la Dirección Regional de Salud | — Callao.

I) Intervenir y asegurar el control de pedidos de material fungible, medicinas, equipos e instrumentos necesarios en los servicios

m) Velar y coordinar junto con el área de biomédica, el óptimo funcionamiento y renovación de equipos para asegurar estándares de calidad óptimos.

n) Gestionar y asegurar el control de personal para asegurar su disponibilidad dentro del servicio.

  1. Velar por el óptimo funcionamiento del Sistema de Referencias y Contra referencias

p) Entregar informe general de estado del departamento y servicios

q) Cumplir con otras funciones específicas y responsabilidades, que establezca el marco de la normatividad legal vigente y las que le asigne la Dirección Ejecutiva

r) Cumplir con otras funciones específicas y responsabilidades, que establezca el marco de la normatividad legal vigente y las que le asigne la Jefatura del Dirección Ejecutiva.

  1. INSERTAR LOS ARTÍCULOS 34-A y 34-B: Artículo 34-A — SERVICIO DE EMERGENCIA

Es la unidad orgánica de línea final, encargada de brindar tratamiento médico-quirúrgico alos) -. pacientes en emergencia y en riesgo inminente de muerte y que requieren vigilancia médica 5 permanente. Dentro del Servicio, se cuenta con Unidades Funcionales o Áreas de Trabajo: 03 Shock Trauma, Observación, Tópico, Urgencias y Triaje. Depende jerárquicamente del e Departamento de Emergencia y Cuidados Críticos y tiene asignadas las siguientes funciones específicas:

a) Organizar y desarrollar atención médico-quirúrgica a los pacientes en situación crítica, en emergencia y en riesgo de muerte inminente y de progresión de su enfermedad y que requieren vigilancia médica permanente, durante las 24 horas, según las Guías de Atención del Paciente de Emergencia y normas vigentes.

b) Brindar atención y tratamiento médico-quirúrgica y de enfermería de urgencia y en situación crítica y proponer, evaluar y ejecutar acciones y procedimientos para la recuperación de los pacientes.

e) Proporcionar terapia intensiva en forma permanente utilizando tecnología especializada.

d) Brindar tratamiento médico-quirúrgico a los pacientes en situación crítica y proponer, evaluar y ejecutar acciones y procedimientos médico-quirúrgicos para la recuperación de los pacientes.

e) Elaborar historias clínicas, de acuerdo a estándares y ajustadas a las normas de supervisión y auditorías médicas.

f) Atender las interconsultas requeridas, así como realizar los procedimientos especializados en el campo de su competencia.

g) Desarrollar los procesos de observación, internamiento y alta de pacientes cuyas necesidades de asistencia médica así lo requieran.

h) Atender las situaciones quirúrgicas de emergencia, en forma oportuna, que requieran una rápida intervención de cualquier índole prescrita por el médico asistente de la especialidad quirúrgica correspondiente.

Referir a otros establecimientos de salud, los casos de emergencias masivas, frente a

_los desastres naturales o provocados.

ES COPIA FIEt DEL ORIGINAL

cumplimiento de los objetivos de capacitación y docencia) ag] per Sraloasighe 94k FER ROSAS Servicio. __ FEDATARIO ALTERNO i) Mantener actualizadas, controlar y evaluar la adecuada aplicarán tAGALGDHESALLAO

clínicas de diagnóstico y tratamiento, normas técnicas, Auangales], DINSTEYCUVOS 4. técnicos y demás procedimientos relacionados al Servicio y controlar el cumplimiento 1-7:ABR. 2017 de los emitidos por el órgano rector del sistema.

j) Controlar la formulación y presentación oportuna de los informes de producción del Servicio, verificando el adecuado uso de los codificadores y clasificadores establecidos por el órgano rector del sistema de salud.

k) Implementar la cartera de servicios acorde a las prioridades sanitarias y con criterios de costo-efectividad; controlar y evaluar su cumplimiento.

!) Controlar y evaluar la correcta aplicación de los criterios de referencia y contra referencia de pacientes.

m) Coordinar con el Comité de Gestión del Riesgo en Desastres, el prevenir y mantener

informado a los usuarios externos e internos, de ciertos riesgos propios, fortuitos,

naturales y provocados que pueden darse en los diferentes ambientes e instalaciones

del Servicio y las medidas de seguridad que se disponen para la prevención y

mitigación de los eventos de riesgo

Cumplir con otras funciones específicas y responsabilidades, que establezca el marco

de la normatividad legal vigente y las que le asigne la Jefatura del Departamento de

Emergencia y Cuidados Críticos.

ANEXO N° 02

ES COPIA FIEL DeL ORIGINAL

RLOS GONZALES ROSAS

HN

JO “ A © MODIFICACIONES AL ORGANIGRAMA DE LA ESTRUCTURA ORGANICA PRESS oe VO

Reg. Ne... iZ Mia Fechaj:7"ABR::2017

ORGANIGRAMA PROPUESTO

Dirección Ejecutiva

Oficina R de Orgéne Planeamiento Estratégico Control Institucional Unidad de Epidemiología y Salud Ambiental Oficina venue de Gestión Administración de la Calidad res Unidad Unidad Hades une Gestión de de de . Servicios Control Hecunee Mies. Logistica Economia Generales y Patrimonial Mecionigienta. Unidad Unidad Unidad Estas e de rae Apoyo a la Docencia [dec e Investigación Seguros L I L. I I ] i ] l Departamento Departamento Departamento Departamento Departamento Departamento Departamento Departamento Departamento de de de de de de ie de ici Gineco- latri Emergencia y F Patologia Clinica y saath De Medicina Cirugia on Pediatria a ortiees Enfermeria ‘Anatomia Diagnóstico Apoyo al stetricia Patológica por Imágenes Tratamiento pa] = == J 1 Eman — ESG — Servicio Servicio Servicio Servicio Servicio o Servicio Servicio Servicio de de de de de Enfermeria e a8 ge Medicina F] Cirugía General Ginecologia Pediatria Emergencia Einlledas Patología Rayos X Nutrición y Interna promacional Clínica Dietética 7 > ñ => == Servicio Servicio Servicio ervicio Servicio Servicio Servicio y de de de seo a na sena Senicio Medicina Cirugía Obstetricia A soldados Intensivos nfermeria en Anatomía Especializada Especializada Neonalolagla Secas Consulta Externa Patológica Ecografía Social —

  • Servicio Sango Sova Servicio Enfermería en Centro Banco de Sangre de de Quirúrgico Psicología Medicina Física y Rohabitación E | L_Rehabiitaciin | ETT de Servicio Sonica Enfermeria en de Emergenci Anestesiología y wel Le Farmacia Canten Quinirnion pm — Servicio ‘Servicio de de Enfermeria en

Odontosstomatología

Hospitalización

ORGANIGRAMA VIGENTE

Órgano de Control Institucional

Dirección Ejecutiva Sub Dirección Ejecutiva

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

CARCOS GONZALES ROSAS FEDATARIO ALTERNO GOBIERNO REGIONAL DEL GALLAO

Reg, Na. piñón FOCRSh-qBR 200

=

Oficina de Planeamiento Estratégico

Unidad de Epidemiología y Salud Ambiental

Unidad de Gestión

Oficina de | de la Calidad Administración Unidad de Unidad de Unidad de Unidad De Unidad de tión de roti, A Servicios Control Gestión d Logística Economía z Recursos 9 Generales y Patrimonial Humanos Mantenimiento ada Unidad de Unidad de ose 3 Apoyo a la Docencia e Pie Investigación Benue | T T T I J l Departamento Departamento Departamento Departamento Departamento ny be cohen del | pepartamento de Medicina de Cirugía aida de Pediatría Enf se, Anatomia por Imagenes de Apoyo al 'ermería i a MARA! Patológica Tratamiento 4 Senco d Servicio d Servicio d Servicio d Servicio de Servicio de Servicio de Servicio de Servicio de Plis ervicio. de acto CE suelo: a do $ oy , Enfermería Patologia Rayos X Nutrición y Medicin: Cirugía General iatria Medicina Fisica y o y 6 interna me Ginecología Pediatr! Rehabiitacién ro, Clínica Dietética = == == ==] ZE ===> Servicio de Servicio de Servicio de Servicio de Semicio de Servicio de Servicio de Sarviciode Medicina Cirugía Obstetricia Neonatología Emergencia y Enfermería en Anatomía Ecografia Servicio Especializada Especializada Cuidados Críticos Consulta Extema Patológica Social | == == Servicio de Servicio de Servicio de vicio de Anestesiología y Enfermería en Banco de Psicologia Centro Quirúrgico [Centro Quirúrgico] Sangre = == —— | Senicio Servicio de le Enfermeria en Samide de: Odontoestomatología Emergencia Farmacia

Servicio de

Enfermería en Hospitalización


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