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004-2019 Regional Ordinance Callao In force

Ordenanza Regional N.° 004-2019

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Gobierno Regional del Callao Ordenanza Regional Nº 004 Callao, 03 de Septiembre de 2019 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 03 de septiembre de 2019. CONSIDERANDO: ':.le·,,:~.

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<;; Que. el Artículo 188~ de la Constitución Política del Perú precisa que: "L a descentralización es una torma de ,. ( organización democrótico y constituye una político permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tien e

..J I amo objetivo fundamental el desarrollo integrol del país. (.. .)"; con este propósito, se ha otorgado a los

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Gobiernos Regionales la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competenCia;

Que, el Articulo 191 2 de la Constitución Politica del Perú, modificado por la Ley N2 30305 - Ley de Reforma de los Articulas 191 2 , 194 2 Y 203 2 de la Consti tu ción Politica del Perú sobre denominación y no reelección Inmediata de autondades de los Gobiernos Regionales y Alcaldes, establece: "los gobIernos regionales

Que, el Articulo 4 de la Ley N2 27867 - ley Orgá nica de Gobiernos Regionales, prescribe que: "los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomento r el desarrollo regional integrol sostenible, promoviendo la inversión publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y loco/es de desarrollo"; ".

Que, el Articulo 13 de la ley N2 27867 - ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N 2 29053 establece que el Consejo Regional: "fs el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y oquelfas que le sean delegadas (.. .)"; Que, el literal al del Articulo 37 de la Ley N2 27867 - Le y Orgánica de Gobiernos Regionales, indica que el Consejo Regional dicta "Ordenonzos Regionales y Acuerdos del Consejo Regio nal"; Que, el Articulo 38 de la Ley N2 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que "los Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, lo organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (. .. )"; y el literal a. del Articulo 15 de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funcion es de! Gobierno Regional"; Que, el Articulo 81 de las normas del Ceremonial del Estado y Ceremonial Regional aprobadas mediante Decreto Supremo N2 096 - 2005 - RE , establece que "Los Gobiernos regionales tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas Circunscripciones territoriales, conforme o Ley";

d,

Que, el Articulo 82 de las normas del Ceremon ial del Estado y Ceremonial Regional aprobadas mediante el precitado OeClelO, prescribe que el Objeto del Ceremonial Regional es "Uniformar 105 normas y procedimientos Q que se sujetarán las Regiones en el cumplimiento del Ceremonial y Protocolo durante las ceremonios oficiales y los honores que deben rendirse a los símbolos de la Patria; así como a los autoridades de la Nación y otras autoridades civiles, nacionales y regionales "; Que, el Himno Oficial del Callao, const ituye la canción sentimental emblematica de la Provincia Consti t ucional del Callao, que los Chalacos deben expresar con respeto, orgullo y convicción, sintiendo ca da una de sus frases y estrofas, porque está n referida s al alma de nuestro pueblo que nos une, y rep re se nta el sentir de nuestros corazones hacia la tierra Que nos vio nacer, cuya letra ha sido compuesta por Micaela

Gonzá les Andréu, ganadora del concu rso promovido por la Comisión Pro - Primer Centenario de la Autono mía Politica del Callao, que pre sidi ó el Comandante don José C. Va lega, Alcalde de la Provincia del Ca llao en el año 1936; Que, en atribución del literal o) del Artíc ulo 21 de la Ley NO 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regiona les, modificada por la Ley N2 29053 es tablece que es atribución del Presidente Regional (hoy Gobernador Regional) "Promulgar 105 Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho o observarlos en el plazo de quince (15) dios hábiles y ejecutor 105 acuerdos del Consejo Regional"; Que, es tando a lo expuesto y de con formidad con lo establecido en la Ley N2 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente : ORDENANZA REGIONAL QUE ESTABLECE LA ENTONACiÓN DEL HIMNO OFICIAL DEL CALLAO, TOTAL O PARCIALMENTE, EN ACTOS SOLEMNES OE CARÁCTER OFICIAL, CíVICO, CULTURAL, ESCOLAR O DEPORTIVO ARTíCULO 1 •. - Establecer, que el Himno Oficial del Callao sea en tonado, con el protocolo respectivo, total o parcialmente, en actos solemnes de caracter oficia l. reuni ón o ceremonia cívica, cultural y en 10$ estamen tos

educativos de tl dos los niveles y moda lidades de la educación en nuestra Provincia Constitucional del Callao. ARTíCULO 2!!.· Encargar a la Gerencia Regional de Edu cación, Cultura y Deporte, en coordinaCión con las

Unidades de Gestión Ed uca ti vas locales, dispongan la enseñanza obligatoria del Himno Oficial del Callao, así como el conocimiento de los símbolos patrios y regionales en las Áreas Curriculares, en todas las

Instituciones Educa tivas Públicas y Privadas de la Región. ARTíCULO 3 2.- Encarguese a la Oficina de Tramite Oocumentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a las Unidades Organicas del Gobierno Regional del Callao, para su conocimiento y fines pertinentes. ARTrCUlO 4e.- la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al dia siguient e de su publica ción .

POR TANTO : REGíSTRESE, PUBLíQUESE y CÚMPlASE.

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EL '.I.LLAO

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/3480439-004-2019 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3641698/004-2019.pdf