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003-2026 Regional Agreement Callao In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 003-2026

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YESSENIA ERI MIRANDA RIEGA

Gobierno Regional del Callao neon per CALLAO

Reg.:. Gael. A Fechat.9.ENE 206 Acuerdo de Consejo Regional N° 003

Callao, 06 de Enero de 2026

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Extraordinaria celebrada el 06 de enero de 2026, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Callao.

VISTOS:

El Informe N* 000001-2026-GRC/SCR de fecha 05 de enero de 2026, emitido por el Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) Lo estructura orgánico básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)”;

Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias, señala: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (...)”;

Que, el Artículo 13” de la acotada norma, respecto al Consejo Regional, establece que: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)”;

Que, el Artículo 15” de la citada Ley, refiere que son atribuciones del Consejo Regional: “o. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capocidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización. (...)”;

Que, el Artículo 39° de la Ley mencionada precedentemente, señala: “(...) Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (...)”;

Que, el literal e) de la Primera Disposición Complementaria Final de ta Ley N” 31433, Ley que modifica la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de concejos municipales y consejos regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, modificada por la Ley N° 31812, respecto a los Recursos para fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales, dispone que: “(...) consejeros regionales están obligados a presentar un balance semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización que hubieran utilizado durante ese periodo. La presentación se reoliza mediante el procedimiento que establezca la Contraloría General de la República.”;

Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG de fecha 16 de julio de 2024, la Contraloría General de la República, aprueba la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI — “Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado a! fortalecimiento de la función de fiscalización”; directiva que tiene como finalidad, establecer las disposiciones que regulen el proceso de presentación del Balance Semestral sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización;

REGIONAL DEL CALLAO

Reg.:... e Fecha:.....1.2-ENE: 2026 Que, el sub numeral 6.4.3 del numeral 6.4 de la Directiva antes indicada, refiere que es obligación del consejo regional y concejo municipal en el proceso de presentación del Balance Semestral: “(...] e) Aprobar mediante acuerdo de consejo regional o concejo municipal, cada actividad de fiscalización, propuesta de forma individual o en comisión, a través del PTAF, (...)”;

Que, el sub rumeral 7.1.1 del numeral 7.1 de la citada Directiva, precisa que: “Corresponde al consejo (...) designar al Encargado del registro de información, a través de acuerdo de consejo regional (...) dentro de los siete (7) primeros dias hábiles del año, debiendo comunicar mediante documento esta designación al funcionario o servidor público designado, (...) El Encargado del registro de información es designado por un periodo anual, pudiendo ser designado en periodos anuales consecutivos. Vencido el plazo de designación del Encargado del registro de información, este seguirá cumpliendo sus obligaciones, (...)”;

Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 009 de fecha 27 de marzo de 2023, el Consejo Regional del Callao acordó: “(...) 2, DESIGNAR, al servidor público C.P.C. José del Carmen Limay Celis, como Encargado del Registro de Información para el año 2023, en cumplimiento a lo dispuesto en el subnumeral 7.1.1 del numeral 7.1

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del acápite ? (.)”;

Que, mediarte el Informe N° 000001-2026-GRC/SCR de fecha 05 de enero de 2026, el Secretario de! Consejo Regional, respecto a la Designación del Encargado de! Registro de Información, señala que: “(...) el Consejo Regional del Callao, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 009 del año 2023, designó como encargado del registro de información al señor José del Carmen Limay Celis, por el año 2023; sin embargo, (...) dicho servidor publico se mantuvo en el cargo durante el año 2024; siendo ratificado también para el año 2025, designación que venció el posado 31 de diciembre. Consecuente, se hace necesario designar a un nuevo encargado de registro para el periodo 2026.”,

Que, asimismo, del citado informe, se concluye que: “(...) considerando que la designación del encargado de regístro de información en el Balance Semestral, venció el pasado 31 de diciembre, con sujeción a lo previsto en el segundo párrafo del numeral 7.1.1 de la Directivo N° 010-2024-CG/PREVI, y teniendo en cuenta que el señor José del Carmen Limay Celis, es un servidor público del Gobierno Regional del Callao, que cuenta con vinculación laboral ala fecha, y cuenta con el perfil profesional y con la experiencia en el registro de información en el balance semestral, resulta pertinente, disponer la continuidad como Encargado de registro de información, el mencionado servidor público.”;

Que, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la propuesta de ratificar a través de Acuerdo de Consejo Regional la designación del servidor público C.P.C. José del Carmen Limay Ce'is como Encargado del Registro de Información para el año 2026, en atención a lo dispuesto en la Directiva N° 010-2024-CG/PREV! aprobada mediante la Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG;

Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas ex el Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, asi como, a lo dispuesto en la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI aprobada mediante la Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, por unanimidad:

SE ACUERDA:

  1. DESIGNAR, al servidor público C.P.C. JOSÉ DEL CARMEN LIMAY CELIS como Encargado del Registro de Información del Balance Semestral para el año 2026, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva N° 010- 2024-CG/PREVI aprobada mediante la Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG.

  2. COMUNICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Gerencia Genera! Regional, en su calidad de Fuaciorario Responsable, a la Contraloría General de la República con copia al Órgano de Control Instituc onal del Gobierno Regional del Callao, la designación acordada por el Pleno del Consejo Regional, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI aprobada mediante la Resolución de Contraioría N° 317-2024-CG.

  3. COMUNICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional al servidor público C.P.C. JOSE DEL CARMEN LIMAY CELIS, para cumplimiento de funciones conforme lo dispone la Directiva N° 010- 2024-CG/PREVI, aprobado por la Resolución de Contraloría N” 317-2024-CG.

  4. ENCARGAR, a la Gerencia General Regional el seguimiento, supervisión y control del presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo dispuesto por el Artículo 25° y siguientes de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.

  5. ENCARGAR, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en la página web del Gobierno Regional del Callao, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

  6. ENCARGAR, a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notificar e presente Acuerdo de Consejo Regional, a los señores/as Consejeros/as Regionales del Gobierno Regional del Callao, a la Gerencia General Regional, al servidor público C.P.C. José del Carmen Limay Celis y a la Contraloría

General de la República, con la finalidad de que tomen conocimiento de lo acordado por el Consejo Regional del Callao.

  1. DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.

POR TANTO

MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA

RTORE SALPIETRO MACCHIAVELLO CONSEJERO DELEGADO

FEDAJARIO ALTERNO ñ GOBIERN 'EGIONAL DEL CALLAO

AM .. Fecha:...1.2..£NE..2026

M3.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/7616458-003-2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9284878/7616458-acuerdo-del-consejo-regional-n-003-2026.pdf