Ordenanza Regional N.° 002-2019
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Gobierno Regional del Callao Ordenanza Regional NQ 002 Callao, 11 de Junio de 2019 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO : El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Extraordinaria del 11 de Junio de 2019. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 191º y 192º de la Co nstitución Política de l Perú mod ificada por Ley Nº 27680 - Ley Reforma
Constituciona l del
Capítulo
XIV del
Título
IV
sobre
Descentralización, establecen,
respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y ad ministrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el Artículo 13º de la Ley W 27867 - Ley Orgán ica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el Órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. a .:f.o,c ,"", . ".
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Le corresponde las
fun ciones y atribuciones que se establezcan en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sea n de legadas; Que , el literal el del Articu lo 15º de la Ley W 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Reg ional, aprobar su Reglamento Interno, asimismo, el literal al del referido artículo señala la de ap robar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de com petencia y fun ciones del Gobierno Regional; asimismo el litera l al del Artículo 45º de la misma Ley Orgán ica estab lece que, es función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, estando a la s consideraciones desarrolladas en la Exposición de Motivos y en ejercicio de la s atribuciones que le confieren la Ley N' 27867 -
Ley Orgánica de Gobiernos Regio nales, sus
modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LOS ARTíCULOS 2, 6, 7 LITERAL B., 20, 26 Y 27 E INCORPORA LOS ARTícULOS 27 - A Y 27 - B DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL APROBADO POR ORDENANZA REGIONAL Nº 001 DEL 14 DE ENERO DE 2008 Y MODIFICADA POR ORDENANZA REGIONAL Nº 000015 DEL 10 DE JUNIO DE 2011 Y ORDENANZA REGIONAL Nº 000011 DEL 11 DE OCTUBRE DE 2018
ARTíCULO 12.- Modifíquese, los Artícu los 2, 6, 7 litera l b., 20, 26 Y 27 del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regiona l NQ 001 del 14 de Enero de 2008, y modificada por Ordenanza Regional N2 000015 de l 10 de Junio de 2011 y Ordenanza Regional NQ 000011 del 11 de Octubre de 2018, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2.- EL CONSEJO REGIONAL DEL CALLAO El Consejo Regional del Cal/ao es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánico de Gobiernos Regionales y aquel/as que le sean delegadas. Está integrado por nueve Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeras Regionales eligen, entre el/os, a un Consejera Delegado que convoco y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reelección del Consejera Delegado. Artículo 6.- CONSEJEROS REGIONALES El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cal/ao, cuento con nueve Consejeros Regionales. En la suscripción de documentas oficiales ut ilizarán debajo de su nombre la denominación de "Consejero Regional del Cal/ao". Para los actos protocolares públicos de car ácter oficial en que así se requiera, asistirán con la medal/a que les fuera concedida en el Acto de su Juramentación . Artículo 7. - DERECHOS Y OBLIGACIONES
f. ..) b.
Solicitar información de gestión o los Funcionarios de Confianza del Gobierno Regional del Callao, sea n estos Gerentes, Jefes de Oficina y Directores Regionales, en farma individual y/o en Comisión de materia directa desde el Despacho del Consejera, teniendo el destinatario un plazo de siete (07) días hábiles poro lo respectiva absolución, boja responsabilidad funcional.
Asimismo, podrá citar a funcionarios, Gerentes, Jefes de
Oficina y Directores Regionales, tanto de la Sede Central, cama de las Unidades Ejecutoras, las mismas que deben ser efectuadas directamente, debiéndose establecer el motivo de la citación. En coso de inasistencia no justificada por los funcionarios citados, se deberá poner en conocimiento de l Gerente General Regional o Jefe de la Unidad Ejecutora respectivamente.
(..) Artículo 20.- CLASES DE COMISIONES ORDINARIAS Las Comisiones Ordinarias son nueve (09) las mismas que se denominan:
- Comisión de Administración Regional
- Comisión de Desarrollo Económico
- Comisión de Desarrollo Social
- Comisión de la Mujer
- Comisión de Infraestructura
- Comisión de Recursos Naturales
- Comisión de Educación, Cultura y Deporte
- Comisión de Salud, Transportes y Comunicaciones
- Comisión de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana
Artículo 26.- COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES Corresponde o lo Comisión de Recursos Naturales pranunciarse sobre 105 asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional en las funciones específicas regionales relacionadas can las óreas protegidas, medio ambiente y 105 proyectos afines a cada sector. Artículo 27.- COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Corresponde a la Comisión de Educación, Cultura y Deporte pronunciarse sobre 105 asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional en las funciones específicas regionales relacionadas con 105 asuntos de educación, cultura y deporte, en concardancia con las políticas regionales y 105 plo'les sectoriales, así como 105 proyectos afines a cada sector." ARTÍCULO 2Q.- Incorporase dentro del Capítulo V de las Comisiones Regionales, del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional W 001 del 14 de Enero de 2008, los Articulos 27 - A Y 27 - B, con el siguiente texto: "Artículo 27 - A.- COMISiÓN DE SALUD, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Corresponde a la Comisión de Salud, Transportes y Comunicaciones, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional, en las funciones específicas regionales relacionadas con 105 asuntos de Salud, Transportes y Comunicaciones, realizando una efectiva función supervisora y fiscalizadora, hecho que permitirá prestar un adecuado servicio de salud, transportes y comunicaciones que permita atender la creciente demanda de servicios de salud en la población chalaca. Artículo 27 - B.- COMISiÓN DE DEFENSA NACIONAL, DEFENSA CIVIL Y SEGURIDAD CIUDADANA Corresponde a la Comisión de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, pronunciarse sobre 105 asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional, en las funciones específicos regionales relacionadas con 105 asuntos de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadano, en 105 temas y/o funciones que correspondan a la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, así como aprobar las políticos en materia de Defensa Civil, Seguridad Ciudadana y Defensa Nacional, en concardancia con la política general del gobierno y 105 planes sectoriales y locales, así como, coordinar can el Consejo Regional de Seguridad Ciudadana del Callao - CORESEG, articulando policitas firmes que permitan bajar el alto índice delincuencial y se coutele la seguridad ciudadana, realizando una
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efectiva función supervisora y fiscalizadora."
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~" .....' ., ' J.lARTÍCULO 3Q.- Deróguese la Ordenanza Regional NQ 000011 del 11 de Octubre de 2018 que derogó, el ..-'"
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literal b) del Artículo
r del Reglamento Interno del Consejo Regional, la Ordenanza Regional NQ 000015
del 10 de Junio de 2011 que modificó el Artículo 20 del Reglamento Interno del Consejo Regional y el literal c. del Artículo 7 de la Ordenanza Regional NQ 001 del 14 de Enero de 2008 . ARTÍCULO 4Q.- Déjese subsistentes las demás disposiciones de la Ordenanza Regional W 001 del 14 de Enero de 2008, y derogar todas las normas que se opongan a la presente. ARTÍCULO 5Q.- Encárguese a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de
la
presente Ordenanza
Regional
en
el
Portal
Web
del
Gobierno
www.regioncallao,gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru .gob.pe.
Regional
del
Callao:
,
"
ARTíCULO 62,- Encárguese a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regiona l de l Ca llao, notificar la presente Orde nanza Regional, a las Unidades Orgánicas de l Gob ierno Regiona l de l Ca lla o, para su conocimiento y fines pertin entes,
ARTíCULO 72 ,- l a presente Ordenanza Regiona l ent rará en vigencia al dia sigu iente de su publi cación, POR TANTO : REG íSTRESE, PUBlíQUESE y CÚMPLASE,
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/3480441-002-2019 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3641701/002-2019.pdf