Ordenanza Regional N.° 12-2013-GR.CAJ-CR
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GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA CONSEJO REGIONAL
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"Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria"
ORDENANZA REGIONAL N °oi -2013-GR.CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 191° de la Constitución Polífica, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; y en artículo 192° inciso 1 dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, en este mismo sentido, el Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio del 2002, establece como Política de estado la afirmación de un Estado eficiente y transparente (polífica 24°), así como la promoción de la transparencia y la erradicación de la corrupción en todas sus formas (Política 26°); correspondiéndole al Estado afirmar en la sociedad y en el Estado principios éticos y valores sociales, así como la vigilancia ciudadana, la
transparencia y la rendición de cuentas para garantizar la institucionalidad de nuestro país; asimismo, constituye un elemento consustancial a dichas políticas el destierro de la impunidad, del abuso de poder, de la corrupción y del atropello de los derechos; Que, la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, en el articulo 5° señala que es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, en virtud a lo dispuesto en el articulo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N 27867, es competencia del Gobierno Regional Cajamarca, emitir Ordenanzas Regionales que forman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia ( ... );
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Que, la corrupción es un fenómeno que afecta a todos los peruanos, por tanto el combatir y controlar este fenómeno representa una política de Estado que compromete a los tres niveles de gobierno. En consecuencia, el artículo 9° numeral 1 de la Ley N 29976 Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN Anticorrupción) establece que "los gobiernos regionales y locales implementan Comisiones Regionales y Locales Antícorrupción (...) Además esta comisión tiene como funciones promover la articulación de esfuerzos de las entidades responsables de la investigación y sanción de actos de corrupción, coordinar con las Comisiones Regionales Anticorrupción la ejecución de la política y el Plan Nacional de Lucha contra la corrupción a nivel regional; Que, a través del Decreto Supremo N 119-2012-PCM se aprobó el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012-2016; Que, el Gobierno Regional Cajamarca, como parte del Estado Peruano se suma a la lucha contra la corrupción, creando la Comisión Regional Anñcorrupción de Cajamarca, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N 29976; Que, mediante Dictamen N° 019-2013-GR.CAJ-CRJCOAJ- COP, evacuado por la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos y Planeamiento de fecha 22 de julio del año 2013, se emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional para "La Creación de la Comisión Regional Anticorrupción", proyecto remitido por el Presidente Regional Prof. Gregorio Santos Guerrero, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 03 de setiembre del año 2013; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N°27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por las Leyes N°27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional N°010-2011 -GR.CAJ-CR, por mayoría el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL PRIMERO:
APROBAR la creación de la Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca, que tiene corno objetivo principal implementar acciones de prevención y combate de la Corrupción, en el marco del Plan Nacional de lucha contra la Corrupción.
SEGUNDO:
La Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca, está conformada por: • Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca. • Presidente de la Corte Superior de Justicia. • Gobernador Regional. • Procurador Público Anticorrupción Descentralizado. • Presidente de la Junta de Fiscales Superiores. El Jefe de la Oficina Regional de Control y el Jefe de la Oficina Defensorial, un representante de la Sociedad Civil, designado por la asociación de los Colegios Profesionales de Cajamarca, actuarán en calidad de instituciones observadoras, pudiendo sus titulares participaren las sesiones de la Comisión, con derecho a voz pero sin derecho a voto.
GOBIERNO REGIONAL
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GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA CONSEJO REGIONAL "Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria"
ORDENANZA REGIONAL N°O/L -2013-GR.CAJ-CR TERCERO:
ESTABLECER como funciones generales de la Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca, las siguientes: • Elaborar el Plan Regional de Lucha contra la Corrupción • Realizar el seguimiento y la supervisión de la implementación y cumplimiento del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012-2016 en la Región de Cajamarca. • Informar semestralmente a la Comisión de Alto Nivel Anficorrupción sobre los avances en la implementación del Plan Regional de Lucha contra la Corrupción. • Proponer políticas a nivel regional de corto, mediano y largo plazo para la prevención y lucha contra la corrupción.
CUARTO:
DISPONER que la titularidad de la Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca está a cargo un Presidente, designado anualmente y elegido entre sus miembros. Este cargo sólo puede recaer en los representantes de las entidades públicas.
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La primera sesión de la Comisión Regional Anñcorrupción de Cajamarca será convocada y presidida por el Presidente del Gobierno Regional. En un plazo de quince (15) días hábiles contabilizados desde la creación de la Comisión.
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QUINTO:
ESTABLECER que la Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca cuente con un órgano denominado Secretaria Técnica, adscrito al Gobierno Regional Cajamarca, quien brindará el apoyo técnico y logisñco que requiera para el cumplimiento de sus funciones. El Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca, participa en las sesiones con derecho a voz pero sin derecho a voto. La Secretaria Técnica desempeña las siguientes funciones: • Organizar y Dirigir el servicio administrativo de la Comisión Regional Anlicorrupción de Cajamarca en cumplimiento de los acuerdos adoptados, reportando lo actuado al Presidente de la referida Comisión. • Convocar a la Comisión Regional Anlicorwpción de Cajamarca, por encargo del Presidente de la Comisión, o a pedido de por lo menos un tercio de los miembros que así lo requieran. La Comisión sesiona por lo menos cada tres meses. • Ejecutar los acuerdos adoptados por la Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca. • Dirigir y elaborar los estudios y trabajos técnicos que requiera la Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca para el cumplimiento de sus fines. • Realizar las acciones administrativas necesarias con el Coordinador General de la Comisión de Alto Nivel Anlicorrupción adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, cuando el caso lo requiera. • Elaborar el informe anual sobre el cumplimiento del Plan Regional Lucha de contra la corrupción. • Otras que le encargue la Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca.
SEXTO:
ENCARGAR que la Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca elabore su Reglamento Interno en un plazo de sesenta (60) días calendario contabilizados desde la creación de la Comisión.
SETIMO:
ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional.
OCTAVO:
ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (w.regioncajamarca.gob.pe ).
NOVENO:
La presente ordenanza regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano"
Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. DADO EN LA SEDE INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.
Santos Guerrero ENTE REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncajamarca/normas-legales/6919223-12-2013-gr-caj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8299717/6919223-or12-2013-gr-caj-cr-ordenanza-que-aprueba-la-creacion-de-la-comision-regional-anticorrupcion-de-cajamarca.pdf