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010-2025-GRA-GR Regional Decree Ayacucho In force

Decreto Regional N.° 010-2025-GRA/GR

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GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO DECRETO REGIONAL No. UDIÚ -2025-GRA/GR

Ayacucho, 21 (fT. 2025

“DECRETO REGIONAL QUE APRUEBA EL MANUAL DE OPERACIONES (MOP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD AYACUCHO”

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO

VISTO:

El Expediente Administrativo con Registro N° 8357, Oficio N° 000380-2025-GRA/GGGRDS-DRSA-DG de fecha 07 de julio del 2025, Informe Legal N° 00008-2025-DRA/GGGRDS-DRSA-DAJ de fecha 04 de julio del 2025, Informe Técnico N° 000004-2025- DRA/GG-GRDS-DRSA-OEPF-OPGI-RCC de fecha 03 de julio del 2025, Proveído N* | 005030-2025-GRA/GR-GG de fecha 09 de julio del 2025, Proveído N° 000568-2025-

GRA/GR-GRDS de fecha 10 de julio del 2025, Informe N° 000261-2025-GRA/GG-GRDS- | SGSS-PACY de fecha 07 de agosto del 2025, Informe N° 000265-GRA/GG-GRDS-SGSS de fecha 07 de agosto del 2025, Oficio N° 002260-2025-GRA/GG-GRDS de fecha 08 de agosto del 2025, Informe N° 000028-2025-GRA/GG-GRPPAT-SGOM-AVE de fecha 05 de setiembre del 2025, Oficio N° 000204-2025-GRA/GG-GRPPAT-SGOM de fecha 08 de setiembre del 2025, Proveído N° 002701-2025-GRA/GG-GRPPAT de fecha 08 de setiembre del 2025, Opinión Legal N° 000046-2025-GRA/GG-ORAJ-DPC de fecha 10 de setiembre del 2025, Hoja de Envió N° 000010-2025-GRA/GG-GRPPAT-SGOM de fecha 24 de setiembre del 2025, Acta de Reunión del Directorio de Gerentes N° 005-2025-GRA/DGR de fecha 30 de setiembre del 2025, sobre APROBACIÓN DEL MANUAL DE | OPERACIONES (MOP) DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD AYACUCHO, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitucién Politica del Estado, Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867 y sus Leyes modificatorias, los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo N° 37° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que el Gobierno Regional a través de sus órganos de gobierno, dicta las normas y disposiciones respectivas, correspondiendo al Gobierno Regional emitir Decreto Regional los mismos que conforme a su artículo 40”, establecen normas

reglamentarias para la ejecución de Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano y tratándose el asunto de la materia de orden general y de interés ciudadano, resulta procedente aprobar mediante Decreto Regional el Manual de Operaciones - MOP de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho;

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; establece los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, en todas sus instituciones e instancias; con la finalidad de obtener mayores niveles de eficiencia del aparato Estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificados mediante el Decreto Supremo N° 064-2021-PCM, que regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de la Entidades del Estado, busca que las entidades conforme a su tipo, competencia y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas en beneficio de la ciudadanía;

Que, el artículo 53° de los “Lineamientos de Organización del Estado”, establece que el Manual de Operaciones - MOP, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y los proyectos especiales, b) La estructura orgánica al interior de los órganos desconcentrados cuando corresponda, y c) La estructura orgánica al interior de los órganos académicos, cuando corresponda;

Que, el artículo 54° de los “Lineamientos de Organización del Estado”, establece la estructura del Manual de Operaciones - MOP, el cual incluye las Disposiciones Generales, Estructura Funcional, Procesos y Anexos;

Que, el artículo 55° de los “Lineamientos de Organización del Estado”, dispone en el numeral 55.1 que: la propuesta del MOP, se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional de la dependencia de origen o lo que hagan sus veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación y asimismo el Informe Legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces de la instancia de origen, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el Manual de Operaciones (MOP) y en efecto el numeral 55.2 menciona que, el MOP se aprueba por Decreto Regional en el caso de las dependencias desconcentradas de los Gobiernos Regionales;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, el D.S. N°054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modificatorias con el D.S. N° 131-2018- PCM y D.S. N° 064-2021-PCM, la R.S.G.P. N° 005-2020-PCM, que aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP que Establecen Orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones — ROF y el Manual de Operaciones-MOP; R.S.G.P. N* 002-2025- PCM/SGP, que aprueba la Norma Técnica N° 002-2025-SGP, Norma Técnica para la

Gestión por Procesos en las Entidades de la Administración Pública y la R.S. N° 063-2020- MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa N° 288-MINSA/2020/OGPPM “Lineamientos para la Implementación de la Gestión por Procesos en Salud”, se procedió a elaborar el Manual de Operaciones — MOP de la Dirección Regional de Salud Ayacucho.

Que, el Gobierno Regional de Ayacucho, cuenta con el Reglamento de Organización y Funciones — ROF vigente, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003-2025-GRA/CR de fecha 18 de Marzo de 2025 que en su artículo primero aprueba la modificación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno egional de Ayacucho, en la que se consignan las funciones transferidas a través de la Ley N° 27867, en lo que respecta al artículo 49°, por lo que, es preciso señalar que la Ordenanza Regional N* 003-2025-GRA/CR, dispone en su artículo cuarto, que la Dirección Regional de Salud Ayacucho, por la naturaleza de sus funciones debe contar con un Manual de Operaciones (MOP), la que debe guardar correspondencia con la normativa dictada por la SGP, como ente rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública;

Que, mediante la Ordenanza Regional N° 003-2025-GRA/CR de fecha 18 de marzo del 2025, en su artículo segundo deroga la Ordenanza Regional N° 013-2022-GRA/CR de fecha 21 de octubre del 2022 en todos sus extremos desde la vigente del nuevo instrumento de gestión institucional y todas las Ordenanza Regionales que a un se encuentran vigentes relacionadas a la aprobación de Reglamentos de Organización y Funciones de las Unidades de Organización dependientes del Gobierno Regional de Ayacucho y otros actos administrativos regionales que se opongan a la presente Ordenanza Regional.

Que, la Dirección Regional de Salud Ayacucho, es una instancia calificada como una Entidad de Tipo “B” y como Unidad Orgánica desconcentrado y operativo sectorial dependiente jerárquicamente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y que cuenta con la capacidad operativa para ejecutar las funciones administrativas y presupuestales y se constituye para su administración económica y financiera como Unidad Ejecutora Presupuestal;

Que, la Dirección Regional de Salud Ayacucho, presenta el Manual de Operaciones - MOP de la Dirección Regional de Salud Ayacucho, como un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza su estructura orgánica al interior de la unidad de organización, que por la magnitud de sus operaciones o por su naturaleza requiere de una organización interna permanente y que le permitirá supervisar, conducir, normar, regular, implementar y controlar el funcionamiento del Sistema Regional de Salud; en cumplimiento a la Política Regional y Nacional de Salud y enmarcado en la visión, misión y objetivos estratégicos que constituye en autoridad regional sectorial en asuntos de su competencia con los alcances que fije la normatividad y las políticas nacionales y sectoriales, con la finalidad de mejorar la calidad de vida en beneficio del desarrollo humano de nuestra Región y debidamente articulada con la sociedad civil.

Que, mediante Oficio N° 000380-2025-GRA/GG-GRDS-DRSA-DG de fecha 07 de julio del 2025, la Directora General de la Direccion Regional de Salud Ayacucho, remite al Gerente General Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, la propuesta del Manual de Operaciones (MOP) de la Sede Administrativa de la Dirección Regional de Salud Ayacucho,

anexando el Informe Legal N° 00008-2025-DRA/GG-GRDS-DRSA-DAJ de fecha 04 de julio del 2025, quien concluye que el Manual de Operaciones (MOP) de cada Unidad Orgánica de la Direccion Regional de Salud Ayacucho, ha sido elaborado de acuerdo a las normatividades vigentes por tanto corresponde elevar dicha propuesta a la Alta Direccion del Gobierno Regional de Ayacucho, para su respectiva aprobación mediante Acto Resolutivo y su posterior publicación el Diario Oficial “El Peruano”, así mismo se tiene el Informe Técnico N° 000004-2025-DRA/GG-GRDS-DRSA-OEPF-OPGI-RCC de fecha 03 de julio del 2025, emitida por la Oficina de la Direccion Ejecutiva de Planeamiento y Gestión Institucional de la Direccion Regional de Salud Ayacucho, quien concluye y recomienda que ha sido elaborado en el marco de la normatividad vigente y que consta de Cinco (5) Títulos, Ocho (8) Capítulos, Setenta y Cinco (75) Artículos, Una (01) Composiciones Complementarias, Tres (3) Disposiciones Transitorias y Una (1) Disposición Final y Cinco (5) Anexos: 1) Organigrama Estructural, 2) Matriz y Ente Producto, 3) Inventario de Procesos, 4) Ficha Técnica de Procesos, 5) Ficha de Indicadores de Desempeño y entre otros Desempeños de Viabilidad para su Respectiva Aprobación;

Que, mediante Proveído N° 005030-2025-GRA/GR-GG de fecha 09 de julio del 2025, Proveído N° 000568-2025-GRA/GR-GRDS de fecha 10 de julio del 2025, Informe N° 000261-2025-GRA/GG-GRDS-SGSS-PACY de fecha 07 de agosto del 2025, Informe N° 000265-GRA/GG-GRDS-SGSS de fecha 07 de agosto del 2025, Oficio N° 002260-2025- GRA/GG-GRDS de fecha 08 de agosto del 2025, Informe N° 000028-2025-GRA/GGGRPPAT-SGOM-AVE de fecha 05 de setiembre del 2025; la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho, concluye que es necesaria viabilizar la aprobación del MANUAL DE OPERACIÓN (MOP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD AYACUCHO;

Que, mediante Oficio N° 000204-2025-GRA/GG-GRPPAT-SGOM de fecha 08 de setiembre del 2025, Proveido N° 002701-2025-GRA/GG-GRPPAT de fecha 08 de setiembre del 2025, Opinión Legal N° 000046-2025-GRA/GG-ORAJ-DPC de fecha 10 de setiembre del 2025, Hoja de Envió N° 000010-2025-GRA/GG-GRPPAT-SGOM de fecha 24 de setiembre del 2025, la Oficina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ayacucho, concluye que es procedente la aprobación del MANUAL DE OPERACIÓN (MOP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD AYACUCHO;

Que, mediante Acta de Reunión del Directorio de Gerentes N° 005-2025-GRA/DGR de fecha 30 de setiembre del 2025, previa evaluación y análisis de la Propuesta del Manual de Operaciones (MOP) de la Direccion Regional de Salud Ayacucho — 2025, a cargo del Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho, se aprobó el MANUAL DE OPERACIÓN (MOP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD AYACUCHO, y cuya evaluación periódica del cumplimiento de las actividades establecidas según cronograma del Plan, estará a cargo de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Sub Gerencia de Organización y Modernización;

En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el literal d) del Artículo 21° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Texto Único Ordenado de la Ley N°. 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y el D.S. N° 054-2018- PCM de Lineamientos de Organización del Estado y sus modificatorias y la Resolución del Jurado Electoral Especial de Huamanga N° 2917-2022-JEE-HMGA/JNE.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR, el “MANUAL DE OPERACIONES-MOP DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD AYACUCHO”, que consta de cinco (5) títulos, ocho (8) capítulos, de cuatro (4) disposiciones complementarias y transitorias y cinco (5) anexos contenidos en tres anillados debidamente visadas que forma parte integrante del presente Decreto Regional.

ARTÍCULO SEGUNDO. - TRANSCRIBIR, el presente Decreto Regional a la Dirección Regional de Salud Ayacucho, Sub Gerencia de Organización y Modernización y demás órganos estructurados del Gobierno Regional de Ayacucho, con a las formalidades de Ley.

ARTÍCULO TERCERO. - DISPONER, la publicación del presente Decreto Regional en el Diario Oficial “El Peruano”. El presente Decreto Regional y su anexo se publican en el Portal Digital del Gobierno Regional de Ayacucho (www.regionayacucho.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Regional en el Diario Oficial “El Peruano”.

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