Skip to content
L Legalize.pe
007-2026-GRA-CR Regional Agreement Ayacucho In force

Acuerdo Regional N.° 007-2026-GRA/CR

12 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

¿EruBLICA DEL PB Ry,

Qe Reals REPUBLICA DEL PERU

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO CONSEJO REGIONAL

Aeucrde de Convojo Hegioral N° 007-2026-GRA/CR

Ayacucho, 12 de enero de 2026. EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de enero de 2026, trató el tema relacionado a la participación del señor Gobernador Regional y equipo técnico del Gobierno Regional de Ayacucho, con la finalidad de informar ante el Consejo Regional respecto al Presupuesto Institucional Modificado — PIM 2026 del Pliego 444 Gobierno Regional de Ayacucho; y

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y y coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones; conforme lo dispone el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 30305; los artículos 8° y 31° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; y concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;

Que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y constituye el máximo órgano deliberativo, el mismo que ejerce las funciones y atribuciones que establece la Ley conforme a la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás disposiciones concordantes, vigentes en materia de descentralización y regionalización;

Que, mediante Oficio N° 002-2026-GRA/CR, la Presidencia del Consejo Regional a Pedido del Pleno del Consejo Regional, convoca al señor Gobernador Regional y equipo técnico del Gobierno Regional de Ayacucho, participar en Sesión Ordinaria de Consejo Regional programado para el día lunes 12 de enero de 2026, a horas 10:00 am. en la Sala de Sesiones del Consejo Regional sito en el Jr. Bellido N° 230 - Primer piso, con la finalidad de informar ante el Consejo Regional lo siguiente: Informe del Presupuesto Institucional Modificado — PIM 2026 del Pliego 444 Gobierno Regional de Ayacucho, por cada provincia, criterios de modificación para la asignación presupuestal; en atención a la convocatoria mediante Oficio N° 0009-2026-GRA/GR, el señor Gobernador Regional solicitó al Consejo Regional dispensa de participación en Sesión Ordinaria de Consejo Regional programada para el día 12 de enero de 2026; por lo que, solicita la reprogramación de participación para otra fecha que la presidencia disponga; y en Sesión Ordinaria de fecha 12 de enero de 2026, se trató el tema de participación del señor Wilfredo Oscorima Núñez, Gobernador Regional de Ayacucho y el oficio presentado, con el amplio debate de los miembros, con el voto mayoritario (16 votos) de los Consejeros Regionales y voto de abstención del C.R. César Augusto Rojas Alleca, se acordó convocar al señor Gobernador Regional de Ayacucho y equipo técnico para participar en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 22 de enero de 2026, con la finalidad de que informe sobre el Presupuesto Institucional Modificado — PIM 2026 del Pliego 444 Gobierno Regional de Ayacucho, por cada provincia, criterios de modificación para la asignación presupuestal, y otros;

Que, el artículo 15° de la Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece dentro de las atribuciones del Consejo Regional: [...] k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, el gobierno regional le asigna los recursos que le permitan la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios. El Consejo Regional está facultado para: (...) ii. Solicitar al gobernador regional o al gerente general regional información sobre temas específicos, con arreglo a sus atribuciones y funciones, con el voto favorable de un tercio del número legal de consejeros. El gobernador regional o el gerente general regional

Ml... SLouerdo de Conoojo Regional N° 007-2026-GRA/CR

están obligados, bajo responsabilidad administrativa, a responder el pedido de información en un plazo no mayor de diez días hábiles;

Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45° de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; y los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen la elaboración de un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y financiamiento, según corresponda. De otro lado, los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros; y el Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas; concordante con el artículo 159° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho aprobado por Ordenanza Regional N° 003-2012-GRA/CR, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de marzo de 2012;

Que, el literal 0) del artículo 21° de la Ley N° 27867, modificado por el Artículo Unico de la Ley N° 29053, establece entre las atribuciones del Gobernador Regional de promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer (...) y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional. De otro lado, el literal v) del artículo 21° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene la atribución de asistir a las sesiones del Consejo Regional cuando lo considere necesario o cuando éste lo invita, con derecho a voz. En este sentido, el señor Wilfredo Oscorima Núñez, Gobernador Regional de Ayacucho, se encuentra legalmente invitado a concurrir al Pleno del Consejo Regional, conforme a Ley y presentar anticipadamente la documentación requerida;

Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Reglamento Interno del Consejo Regional y otras normas conexas; el Consejo Regional con el voto mayoritario de los miembros, y la dispensa de aprobación del Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 12 de enero de 2026, aprobó el siguiente;

ACUERDO REGIONAL:

Artículo Primero.- CONVOCAR, al señor WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ, GOBERNADOR REGIONAL DE AYACUCHO, a Sesión Ordinaria de Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, programado para el día jueves 22 de enero de 2026, a horas 10:00 a m. en la Sala de Sesiones del Consejo Regional sito en el Jr. Bellido N° 230 - Primer piso, con la finalidad de que informe sobre el Presupuesto Institucional Modificado — PIM 2026 del Pliego 444 Gobierno Regional de Ayacucho, por cada provincia, criterios de modificación para la asignación presupuestal, y otros.

Artículo Segundo.- COMUNICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, para su participación en Sesión Ordinaria y remisión de información documentado, detallado y actualizado del PIM 2026 del Gobierno Regional de Ayacucho al Consejo Regional hasta el día 21 de enero de 2026, para conocimiento y fines.

Artículo Tercero. - PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme lo dispone el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, para conocimiento y fines.

POR TANTO: Mando se Registre, Comunique y Cumpla.

ASE RES GOBIERNG REGIONAL AYACUCHO POREOSON CONSEJO REGIONAL

/ CRISTIAN RAFAEL PALOMINO CARDEN, 2

QUES PRESIDENTE

JCA DE, ¿a {PER Q

REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO CONSEJO REGIONAL

Aouerdo de Consejo Regional N° 007-2026-GRA/CR

Ayacucho, 12 de enero de 2026. EL SENOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de enero de 2026, trató el tema relacionado a la participación del señor Gobernador Regional y equipo técnico del Gobierno Regional de Ayacucho, con la finalidad de informar ante el Consejo Regional respecto al Presupuesto Institucional Modificado — PIM 2026 del Pliego 444 Gobierno Regional de Ayacucho; y

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y y coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones; conforme lo dispone el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 30305; los artículos 8° y 31° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; y concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;

Que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y constituye el máximo órgano deliberativo, el mismo que ejerce las funciones y atribuciones que establece la Ley conforme a la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás disposiciones concordantes, vigentes en materia de descentralización y

y) regionalización;

Que, mediante Oficio N° 002-2026-GRA/CR, la Presidencia del Consejo Regional a Pedido del Pleno del Consejo Regional, convoca al señor Gobernador Regional y equipo técnico del Gobierno Regional de Ayacucho, participar en Sesión Ordinaria de Consejo Regional programado para el día lunes 12 de enero de 2026, a horas 10:00 am. en la Sala de Sesiones del Consejo Regional sito en el Jr. Bellido N° 230 — Primer piso, con la finalidad de informar ante el Consejo Regional lo siguiente: Informe del Presupuesto Institucional Modificado - PIM 2026 del Pliego 444 Gobierno Regional de Ayacucho, por cada provincia, criterios de modificación para la asignación presupuestal; en atención a la convocatoria mediante Oficio N° 0009-2026-GRA/GR, el señor Gobernador Regional solicitó al Consejo Regional dispensa de participación en Sesión Ordinaria de Consejo Regional programada para el día 12 de enero de 2026; por lo que, solicita la reprogramación de participación para otra fecha que la presidencia disponga; y en Sesión Ordinaria de fecha 12 de enero de 2026, se trató el tema de participación del señor Wilfredo Oscorima Núñez, Gobernador Regional de Ayacucho y el oficio presentado, con el amplio debate de los miembros, con el voto mayoritario (16 votos) de los Consejeros Regionales y voto de abstención del C.R. César Augusto Rojas Allcca, se acordó convocar al señor Gobernador Regional de Ayacucho y equipo técnico para participar en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 22 de enero de 2026, con la finalidad de que informe sobre el Presupuesto Institucional Modificado — PIM 2026 del Pliego 444 Gobierno Regional de Ayacucho, por cada provincia, criterios de modificación para la asignación presupuestal, y otros;

Que, el artículo 15° de la Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece dentro de las atribuciones del Consejo Regional: [...] k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, el gobierno regional le asigna los recursos que le permitan la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios, El Consejo Regional está facultado para: (...) ii. Solicitar al gobernador regional o al gerente general regional información sobre temas especificos, con arreglo a sus atribuciones y funciones, con el voto favorable de un tercio del número legal de consejeros. El gobernador regional o el gerente general regional

Mus Suero de Conoojo Regional N° 007-2026-GRA/CR

estan obligados, bajo responsabilidad administrativa, a responder el pedido de informacion en un plazo no mayor de diez dias habiles;

Que, el literal a) del articulo 15° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiemos Regionales y sus modificatorias, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45° de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; y los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen la elaboración de un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y financiamiento, según corresponda. De otro lado, los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros; y el Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas; concordante con el artículo 159° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho aprobado por Ordenanza Regional N* 003-2012-GRA/CR, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de marzo de 2012;

Que, el literal 0) del artículo 21° de la Ley N° 27867, modificado por el Artículo Unico de la Ley N° 29053, establece entre las atribuciones del Gobernador Regional de promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer (...) y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional. De otro lado, el literal v) del artículo 21° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene la atribución de asistir a las sesiones del Consejo Regional cuando lo considere necesario o cuando éste lo invita, con derecho a voz. En este sentido, el señor Wilfredo Oscorima Núñez, Gobernador Regional de Ayacucho, se encuentra legalmente invitado a concurrir al Pleno del Consejo Regional, conforme a Ley y presentar anticipadamente la documentación requerida;

Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Reglamento J Interno del Consejo Regional y otras normas conexas; el Consejo Regional con el voto mayoritario de los 7 miembros, y la dispensa de aprobación del Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 12 de enero de 2026, aprobó el siguiente;

ACUERDO REGIONAL:

Artículo Primero.- CONVOCAR, al señor WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ, GOBERNADOR REGIONAL DE AYACUCHO, a Sesión Ordinaria de Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, programado para el día jueves 22 de enero de 2026, a horas 10:00 a m. en la Sala de Sesiones del Consejo Regional sito en el Jr. Bellido N° 230 - Primer piso, con la finalidad de que informe sobre el Presupuesto Institucional Modificado — PIM 2026 del Pliego 444 Gobierno Regional de Ayacucho, por cada provincia, criterios de modificación para la asignación presupuestal, y otros.

Artículo Segundo.- COMUNICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, para su participación en Sesión Ordinaria y remisión de información documentado, detallado y actualizado del PIM 2026 del Gobierno Regional de Ayacucho al Consejo Regional hasta el día 21 de enero de 2026, para conocimiento y fines.

Artículo Tercero. - PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme lo dispone el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, para conocimiento y fines.

POR TANTO: Mando se Registre, Comunique y Cumpla.

ERNC(REGIONAL AYACUCHO CONSEJO REGIONAL

DENTE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionayacucho/normas-legales/7727429-007-2026-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9432999/7727429-acuerdo-de-consejo-regional-2026-n-07.pdf