Decreto Regional N.° 007-2025-GRA/GR
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GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO DECRETO REGIONAL No. ()()()7 -2025-GRA/GR
Ayacucho, 22 SET. 2095 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO VISTO:
El Oficio N° 000145-2025-GRA/GR-UFDSD de fecha 10 de setiembre del 2025, Proveído
N° 008960-2025-GRA/GR-GG de fecha 11 de setiembre del 2025, Oficio N° 000726-2025-
GRA/GG-OACGD de fecha 12 de setiembre del 2025, Opinión Legal N° 000063-2025-
| SRA/GG-ORAJ-DAP de fecha 19 de setiembre del 2025, Proveído N° 001393-2025-
Ny GRA/GG-ORAJ de fecha 19 de setiembre del 2025, sobre la Reprogramación de la
) Segunda Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas en la Capital de la Provincia de Huamanga, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la constitución política del estado, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del título IV, sobre descentralización, Ley N° 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867 y sus leyes modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia
Que, la Ley N°. 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8° precisa: "La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (....)”;
Que, la Ley N°. 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley N°. 27902, establece en su artículo 40°, que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los Procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano;
Que, el artículo 31 de la Ley N°. 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano, prevé entre los mecanismos de participación ciudadana la rendición de cuentas a fin de que las autoridades informen sobre la ejecución presupuestal y el uso de los recursos con la que cuentan. La autoridad está obligada a dar respuesta al pedido de la ciudadanía, siendo susceptibles de esta obligación quienes ocupan cargos sujetos a revocatoria y remoción. Los fondos a que se refiere el artículo 179 de la Constitución están sujetos a rendición de cuentas conforme a la Ley de la materia;
Que, las Audiencias Públicas como espacios de participación ciudadana y de información permite a la ciudadanía de manera individual o a través de las Organizaciones Sociales
acceder a la información de los logros y avances de la gestión regional en un periodo determinado, así como información respecto al uso y destino de los recursos y bienes del Estado. Es una obligación transparentar la gestión regional para generar mayor confianza de la ciudadanía hacia sus autoridades y mejorar los canales de comunicación dentro de un estado de Derecho Democrático;
Que, a través de la Ley N°. 31433 se ha modificado diversos artículos de la Ley N°. 27967 Ley orgánica de Gobierno Regionales, entre ellos el artículo 24” cuyo texto prescribe “El Gobierno Regional realizará como mínimo dos Audiencias Públicas Regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia, en las que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo. Estas deben realizarse en mayo y setiembre de cada año, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
F|Que, mediante la Ordenanza Regional N°. 015-2012-GRA/CR de fecha 31 de mayo del 2012, se APRUEBA, la modificación del Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional N°. 020-2011-GRA/CR de fecha 20 de agosto del 2011;
Que, mediante Decreto Regional N°. 002-2025-GRA/GR de fecha 11 de abril del 2025, se Decreta en su Artículo 1°: APROBAR la Convocatoria y Cronograma de las Audiencias Públicas Regionales de “Logros y Avances 2025” del Gobierno Regional de Ayacucho, que se llevará a cabo en la ciudad de Ayacucho, capital de la Provincia de Huamanga, el día 26 \ de setiembre del 2025 a las 09:00 a.m.;
Que, mediante Oficio N° 000145-2025-GRA/GR-UFDSD de fecha 10 de setiembre del 2025, el Director de la Unidad Funcional de Seguridad de la Gerencia Regional de Gestión de Riesgo de Desastres, Seguridad y Defensa del Gobierno Regional de Ayacucho, luego del análisis minucioso de lo que representaría llevar a cabo la Segunda Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas el día 26 de setiembre del 2025, en la Capital de la Provincia de Huamanga, debido a la escalada de los diversos conflictos sociales, movilizaciones, paros, huelgas y entre otros, que viene sucediendo y además el riesgo que representa contra la integridad física y seguridad del Gobernador Regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima Núñez, de los Funcionarios y población asistente en su conjunto y entre otros fundamentos sustentados además en la Opinión Legal N° 000063-2025-GRA/GGORAJ-DAP de fecha 19 de setiembre del 2025, la Oficina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ayacucho, concluye, APROBAR la Reprogramación de la Segunda Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas en la Capital de la Provincia de HuamangaAyacucho del 26 de setiembre del 2025, por lo que se ha visto por conveniente suspender y reprogramar la Segunda Audiencia Publica Regional de Rendición de Cuentas para el día viernes 19 de diciembre del 2025, en las Instalaciones del Colegio Mariscal Cáceres de Ayacucho, cito en la Avenida Independencia N° 502 del Distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho, a horas 9.a.m., por tanto, esta se materialice mediante la emisión del Decreto Regional correspondiente, con la respectiva difusión y publicación en el Diario Oficial “El Peruano”;
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el literal d) del Artículo 21° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Texto Único Ordenado de la Ley N°. 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y la Resolución del Jurado Electoral Especial de Huamanga N*2917-2022-JEE-HMGA/JNE.
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO. - REPROGRAMAR, la Segunda Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2025, la misma que se llevará a cabo el día viernes 19 de diciembre del 2025, en la Ciudad de Ayacucho, Capital de la Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho, a horas 09:00 a.m., en las Instalaciones del Colegio Mariscal Cáceres de Ayacucho, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales de Rendición de Cuentas, aprobada mediante Ordenanza Regional N°. 005-2025-GRA/CR de fecha 04 de abril del 2025, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Regional.
ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Organización y Modernización y a la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicaciones, la publicación y difusión de la Convocatoria de la Segunda Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2025, a llevarse a cabo el día viernes 19 de diciembre del 2025, en la Ciudad de Ayacucho, Capital de la Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho, a horas 09:00 a.m., en las Instalaciones del Colegio Mariscal Cáceres de Ayacucho.
ARTICULO TERCERO. - NOTIFICAR, el presente Decreto Regional al Consejo Regional, Gerentes Regionales, Directores Regionales Sectoriales, Directores de las Oficinas Sub Regionales, Unidades Operativas e instancias administrativas pertinentes del Gobierno Regional de Ayacucho, con las formalidades de Ley.
ARTICULO CUARTO. - ENCARGAR, a la Gerencia General Regional la publicación en el Diario Oficial “El Peruano” de la presente Reprogramación de fecha de la Segunda Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2025, a llevarse a cabo el día viernes 19 de diciembre del 2025, en la Ciudad de Ayacucho, Capital de la Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho, a horas 09:00 a.m., en las Instalaciones del Colegio Mariscal Cáceres de Ayacucho.
ARTICULO QUINTO. - DISPONER, a la Secretaria General la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho (www.regionayacucho.gob.pe) y conforme prevea la Ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
WILFRED! OSCORIMA NUNEZ ORERNANOR
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionayacucho/normas-legales/7206460-007-2025-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8710703/7206460-dr-007-2025-gra-gr.pdf