Ordenanza Regional N.° 007-2025-GRA/CR
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REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO CONSEJO REGIONAL
Le z N° 007-2025-GRA/CR Ayacucho, 2 3 MAY 2025
EL SENOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO.
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de mayo de 2025, trató y deliberó el Dictamen N° 002-2025-GRA/CR-CPPCYT: Aprobar el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 - 2030, como instrumento de gestión que permitirá orientar la política regional para el desarrollo integral de la Acuicultura de una forma planificada y eficiente; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Politica del Estado, indica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las ordenanzas Regionales,
TES en concordancia con el inciso a) del Artículo 5° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; So
] o. Que, mediante Oficio N*431-2025-GRA/GR.GG de fecha 10 de abril de 2025 el Gerente General remite ost lo E al Consejo Regional el expediente del proyecto de Ordenanza Regional: Plan Regional de Acuicultura 2025 al BER} fea
; 2030, adjunta el Oficio N° 235-2025-PRODUCE/DGA, del Director General de la Dirección General de Acuicultura, Informe N° 006-2025-PRODUCE/DPDA-JCANTURIN, donde se indica que la propuesta alcanzada cumple con la estructura minima establecida en la RM N° 420-2024-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 00002-2024-PRODUCE, Informe técnico favorable correspondiente, a efectos de continuar con su aprobación ante el GORE Ayacucho, de acuerdo lo establecido en el numeral 6.4 de los citados lineamientos, para la aprobación del citado PRA. Oficio N° 092-2025-GRA/GG-GRDE-DRP-DR, de la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Ayacucho - DIREPRO Ayacucho, alcanza la propuesta de Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 - 2030, el cual, ha sido socializado con dependencias e instituciones involucradas con la actividad acuícola de la región, habiéndose validado el documento en el taller efectuado el 24/02/2025, donde participaron personas naturales y jurídicas e instituciones involucradas en las actividades acuícolas en la región Ayacucho. Oficio N° 225-2025-GRA-GG-GRDE-DRP-DR, de fecha 26 de marzo de 2025, la Dirección Regional de Producción remite Informe favorable de la Dirección General de Acuicultura a la Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ayacucho para el trámite y su emisión de expediente del proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba la propuesta del Plan Regional de Acuicultura - PRA de Ayacucho 2025 — 2030. Oficio N° 240-2025-GRA/GG-ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, adjunta la Opinión Legal N° 10-2024-GRA/FPP, de fecha 07 de abril 2025, que emite la siguiente recomendación: “Reponer, los actuados a la GRDE del GRA, y por trámite regular derive el presente expediente a la GDRE (Dirección Regional de Producción) a fin de emitir el proyecto de ordenanza Regional y continuar con los trámites ante la secretaría técnica del CRA, y ser derivado ante la comisión respectiva, para su conocimiento y análisis sobre la Ordenanza Regional de Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025-2030, debiendo posteriormente ser sometido a pleno del consejo regional para la emisión de la Ordenanza Regional correspondiente”; expediente derivado a la Comisión Permanente de Producción, Comercio y Turismo del Consejo Regional, para su revisión, evaluación, elaboración y aprobación del Dictamen del proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba el Plan Regional de Acuicultura 2025 al 2030 que se encuentra articulado con el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2024 - 2034 y con el Plan Nacional de Acuicultura al 2030; la
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misma que se somete a consideración del Pleno del Consejo Regional Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 09 de mayo de 2025;
Que, los Gobiernos Regionales tienen funciones en materia pesquera, como formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia pesquera y producción acuícola de la región, de igual forma verificar el cumplimiento y correcta aplicación de los dispositivos legales sobre el control y fiscalización de insumos químicos con fines acuícolas de acuerdo a la ley de la materia; dictar las medidas correctas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes en merito a los literales a) y g) del Artículo 52° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos regionales;
Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45° de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional;
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, concordante con el artículo 158° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional N° N° 003-2012-GRA/CR, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
Que, el literal o) del artículo 21° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 29053, establece que es atribución del Gobernador Regional, promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional;
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nros. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 29611, 29981, 30055, 30305, 31433, 31812 y 31913; Ley N° 27658, marco de la Modernización de la Gestión del Estado; al amparo del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional N° 003-2012-GRA/CR; y demás normas conexas; el Consejo Regional de Ayacucho con el voto mayoritario de sus miembros, luego de un amplio debate respecto al Dictamen N° 002-2025-GRA/CR-CPPCYT de la Comisión Permanente de Producción, Comercio y Turismo; emite la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 - 2030, como instrumento de gestión que permitirá orientar la política regional para el desarrollo integral de la Acuicultura de una forma planificada y eficiente, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, cuyo documento adjunto se publicará en el portal web del Gobierno Regional de Ayacucho.
ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y Dirección Regional de la Producción, el cumplimiento e implementación de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO TERCERO. - DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional
ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Dirección Regional de la Producción la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario oficial “El Peruano” y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, para conocimiento y fines pertinentes.
Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, para su respectiva promulgación.
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En la sede del Consejo Regional de Ayacucho, alos 21 dias del mes de mayo del año dos mil veinticinco.
GOBIERNO REGIONAL AYACU sin GONSEJO REGIONAL y
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 23 dias del mes de mayo del año dos
mil veinticinco.
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REPUBLICA DEL PERU
GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO CONSEJO REGIONAL
Ononania e N° 007-2025-GRA/CR Ayacucho, - 2.3 MAY 2025 EL SENOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO.
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de mayo de 2025, trató y deliberó el Dictamen N° 002-2025-GRA/CR-CPPCYT: Aprobar el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 — 2030, como instrumento de gestión que permitirá orientar la política regional para el desarrollo integral de la Acuicultura de una forma planificada y eficiente; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, indica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Artículo 5° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Que, mediante Oficio N°431-2025-GRA/GR.GG de fecha 10 de abril de 2025 el Gerente General remite al Consejo Regional el expediente del proyecto de Ordenanza Regional: Plan Regional de Acuicultura 2025 al 2030, adjunta el Oficio N° 235-2025-PRODUCE/DGA, del Director General de la Dirección General de Acuicultura, Informe N° 006-2025-PRODUCE/DPDA-JCANTURIN, donde se indica que la propuesta alcanzada cumple con la estructura mínima establecida en la RM N° 420-2024-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 00002-2024-PRODUCE, Informe técnico favorable correspondiente, a efectos de continuar con su aprobación ante el GORE Ayacucho, de acuerdo lo establecido en el numeral 6.4 de los citados lineamientos, para la aprobación del citado PRA. Oficio N° 092-2025-GRA/GG-GRDE-DRP-DR, de la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Ayacucho — DIREPRO Ayacucho, alcanza la propuesta de Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 - 2030, el cual, ha sido socializado con dependencias e instituciones involucradas con la actividad acuícola de la región, habiéndose validado el documento en el taller efectuado el 24/02/2025, donde participaron personas naturales y jurídicas e instituciones involucradas en las actividades acuícolas en la región Ayacucho. Oficio N° 225-2025-GRA-GG-GRDE-DRP-DR, de fecha 26 de marzo de 2025, la Dirección Regional de Producción remite Informe favorable de la Dirección General de Acuicultura a la Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ayacucho para el trámite y su emisión de expediente del proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba la propuesta del Plan Regional de Acuicultura — PRA de Ayacucho 2025 — 2030. Oficio N° 240-2025-GRA/GG-ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, adjunta la Opinión Legal N° 10-2024-GRA/FPP, de fecha 07 de abril 2025, que emite la siguiente recomendación: “Reponer, los actuados a la GRDE del GRA, y por trámite regular derive el presente expediente a la GDRE (Dirección Regional de Producción) a fin de emitir el proyecto de ordenanza Regional y continuar con los trámites ante la secretaría técnica del CRA, y ser derivado ante la comisión respectiva, para su conocimiento y análisis sobre la Ordenanza Regional de Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025-2030, debiendo posteriormente ser sometido a pleno del consejo regional para la emisión de la Ordenanza Regional correspondiente”; expediente derivado a la Comisión Permanente de Producción, Comercio y Turismo del Consejo Regional, para su revisión, evaluación, elaboración y aprobación del Dictamen del proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba el Plan Regional de Acuicultura 2025 al 2030 que se encuentra articulado con el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2024 — 2034 y con el Plan Nacional de Acuicultura al 2030; la
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misma que se somete a consideración del Pleno del Consejo Regional Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 09 de mayo de 2025;
Que, los Gobiernos Regionales tienen funciones en materia pesquera, como formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia pesquera y producción acuícola de la región, de igual forma verificar el cumplimiento y correcta aplicación de los dispositivos legales sobre el control y fiscalización de insumos químicos con fines acuícolas de acuerdo a la ley de la materia; dictar las medidas correctas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes en merito a los literales a) y g) del Artículo 52° de la Ley N° 27867 — Ley Organica de Gobiernos regionales;
Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45° de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional;
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, concordante con el artículo 158” del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional N° N° 003-2012-GRA/CR, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobiemo Regional y reglamentan materias de su competencia;
S Que, el literal o) del artículo 21° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ni modificado por la Ley N° 29053, establece que es atribución del Gobernador Regional, promulgar las
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nros. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 29611, 29981, 30055, 30305, 31433, 31812 y 31913; Ley N° 27658, marco de la Modernización de la Gestión del Estado; al amparo del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional N° 003-2012-GRA/CR; y demás normas conexas; el Consejo Regional de Ayacucho con el voto mayoritario de sus miembros, luego de un amplio debate respecto al Dictamen N° 002-2025-GRA/CR-CPPCYT de la Comisión Permanente de Producción, Comercio y Turismo; emite la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 — 2030, como instrumento de gestión que permitirá orientar la política regional para el desarrollo integral de la Acuicultura de una forma planificada y eficiente, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, cuyo documento adjunto se publicará en el portal web del Gobierno Regional de Ayacucho.
ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y Dirección Regional de la Producción, el cumplimiento e implementación de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO TERCERO. - DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional
ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Dirección Regional de la Producción la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario oficial “El Peruano” y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, para conocimiento y fines pertinentes.
Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, para su respectiva promulgación.
En la sede del Consejo Regional de Ayacucho, alos 2] dias del mes de mayo del año dos mil veinticinco.
Chera Regional N° 007-2025-GRA/CR
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WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ
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Firmado digitalmente por OSCORIMA Y NUÑEZ Wilfredo FAU 20452393493
3 1 p soft . (Divacucho pS ~~ BOBERNACION REGIONAL Wee Soyo aor del ecto "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres" "Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana" Ayacucho, 22 de Mayo del 2025 ¡ GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO] CONSEJO REGION OFICIO N* 000496-2025-GRA/GR NSEJO REGIONAL -<ORETARÍA 3 Señor: 2 3 MAY 2025 $ CRISTIAN JESUS NAVARRETE LIZARBE 194: E PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL | Reg. Libro: 9.4.2 Folios 12) E por LM Fima OD 2 Presente.- 7 , E
Asunto ; Remito 04 ejemplares de Ordenanza Regional N° 007-2025- GRA/CR, debidamente EN suscrito E 3 Referencia : Oficio N° 725-2025-GRA/CR-SCR E 3 gS EN Es grato dirigirme a usted, para saludarlo cordialmente y a la vez comunicarle que, remito adjunto al E 8
presente en cuatro (04) ejemplares en original la Ordenanza Regional N° 007-2025-GRA/CR, mediante el cual SE APRUEBA el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025-2030, como instrumento de gestión que permitirá orientar la política regional para el desarrollo integral de la Acuicultura de una forma planificada y eficiente. Anexo documentos en ciento viente (120) folios útiles.
Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi cordial estima personal. Atentamente, DOCUMENTO
WILFREDO OSCORIMA NUÑEZ GOBERNADOR REGIONAL
ct: WON/mpr
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N*27269, Ley de Firmas documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.firmaperu.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en su Dependencia. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionayacucho.gob.pe/verifica/inicio.do e ingresando la siguiente clave: ZE37Z6T
Firmado digitalmente por QUISPE
LAURA Edith Rocio FAU
: GOBIERNO REGIONAL Cargo: Getretada Tecnica Y AYACUCHO A SECRETARIA DE CONSEJO REG! a ON OSO
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Ayacucho, 21 de Mayo del 2025 OFICIO N° 000725-2025-GRA/CR-SCR
GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO _ GECRETARIA - GORFRNACION |
Señor: ; WILFREDO OSCORIMA NUNEZ aa 2 1 MAY 2025 GOBERNADOR REGIONAL 5d laz Folios: . ás yu Presente.- | FPR ape bros HO Pr Asunto E Remite Ordenanza Regional para la firma y promulgación (OR N.° 007-2025-
GRA/CR)
Referencia : Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Reglamento Interno del Consejo Regional
Es grato dirigirme a usted, previo un cordial saludo, por encargo de la Presidencia del Consejo Regional remito a su Despacho la ORDENANZA REGIONAL N.° 007-2025-GRA/CR, mediante el cual el Consejo Regional "APRUEBA, APROBAR el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 - 2030, como instrumento de gestión que permitirá orientar la política regional para el desarrollo integral de la Acuicultura de una forma planificada y eficiente, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, cuyo documento adjunto se publicará en el portal web del Gobierno Regional de Ayacucho. (...)’, a efectos de la rúbrica y promulgación correspondiente, acorde a lo establecido por el literal 0) del artículo 21° de la Ley N° 29053 - Ley que modifica Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el numeral 158.2 del Artículo 158° del Reglamento Interno del Consejo Regional, adjunto 04 ejemplares originales de Ordenanzas Regionales en 03 folios cada uno, suscrito por el señor Presidente del Consejo Regional de Ayacucho. Adjunto expediente administrativo en original en 131 folios.
Es propicia la oportunidad para expresarle las muestras de mi especial consideración y estima personal.
DOCUMENTO EDITH ROCIO QUISPE LAURA SECRETARIA TECNICA
co: EQL
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en su Dependencia. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionayacucho.gob.pe/verifica/inicio.do e ingresando la siguiente clave: WOUYVT
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Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su reglamento y modificatorias. La
documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https: ‘apps. firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtm!
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"Decenio de la Igualdad de Oportunidades pera Mujeres y Hombres" “Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
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CRISTIAN JESUS NAVARRETE LIZARBE Reg. Libro: !tO4 lios: 119
PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL Hora:.{230 ©) ~ Firma:
Presente.-
Asunto : Remito el Proyecto del Dictamen para Ordenanza Regional que Aprueba el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 al 2030.
Referencia A OFICIO N° 431 -2025 -GRA/GR.GG
Es grato dirigimos a usted, a fin de saludarlo cordialmente y a su vez por medio de su representada Remito el Proyecto del Dictamen para la Ordenanza Regional que aprueba el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 al 2030, para su deliberación y aprobación del Pleno del Consejo Regional Ayacucho, emitido por Gerente General de Gobierno Regional de Ayacucho con OFICIO N° 431 -2025 - GRA/GR.GG, del 10 abril del 2025, Plan que corresponde a la Dirección Regional de Acuicultura del Gobierno regional de Ayacucho.
En atención y cumplimiento del artículo 132° y el literal b) del artículo 144° del Reglamento Interno de Consejo (RIC), aprobado por Ordenanza Regional N° 003-2012-GRA/CR, La Comisión Permanente de Producción, Comercio y Turismo de CRA. Dictamina los proyectos de ordenanza y Acuerdos en materia de su competencia; así como, proponer iniciativas legislativas correspondientes para para su deliberación y aprobación por el pleno del CRA.
Se adjunta antecedentes del documento en Referencia 119 folios.
Es propicio y oportuno para expresarle las muestras de mi a especial consideración y estima personal.
Atentamente,
DOCUMENTO MARITZA CAYAMPI ESPILLCO CONSEJERO REGIONAL HUANCA SANCOS
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en su Dependencia. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionayacucho,gob.pe/verifica/inicio.do e ingresando la siguiente clave: CCRW2EV
Ss, su reglamento y modificatorias. La integridad del
.firmaperu.qob.pe/web/validador.xhtml
ónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitole:
utoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.
Firmado digitalmente por CAYAMPI \
Py ESPILLCO Maritza FAU 20452393493 CR-CONSEJO REGIONAL HUANCASANCOS Ergo: Consejero Regional Huanca o Hower el autor del documento
(06.05.2025 15:35:55 -05:00
DICTAMEN Ne (102:2025-GRA/CR-CPPC YT
SEÑOR : CRISTIÁN JESÚS NAVARRETE LIZARBE Presidente del Consejo Regional de Ayacucho.
Por Ordenanza Regional po 003-2012-GRA/CR, para Poner a disposición dej Pleno del Consejo Regional, el dictamen favorable analizado, debatido y aprobado por los integrantes de la comisión de Producción, Comercio y Turismo, en atención al oficio ye 431 -2025 -GRA/GR.GG .
- Constitución Política del Perú. ;
e Ley Ne 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Sus Modificatorias,
- ElArtículo 2° de la ley Ne 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales . .
° Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República,
Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Aprobado por Decreto Supremo n° 004-2019-Jus.
Decreto Supremo N*4927-2025-GRA/GG que Solicita Pronunciamiento legal respecto ala aprobación del plan regional de acuicultura de Ayacucho 2025-2030.
LaleyN 27460. ley de promoción y desarrollo de la acuicultura y su modificación Ley N° 27460 — y egula Y promueve la actividad acuícola en aguas Marinas, aguas continentales o utilizando aguas salobres Como fuentes de alimentación.
Plan nacional de desarrollo de Acuícola ~ pry establecido mediante la Ley N° 27460 Ley de Promoción
privado, la Fao y otros usuarios dentro de su visión, o Decreto legislativo N° 1195 y decreto Supremo N° 003 -2016 — PRODUCE; se aprobó la Ley general de Acuicultura y SU reglamento,
- Decreto supremo Ne 19-2016- PRODUCE, Ne 014-2017. Produce, N°006-20 1 8-produce y N*002-2020- Produce dichos dispositi iene por Objetivo fomentar, desarrollar y regular la acuicultura en sus i i ientes, Marinos, estuarinos, y continentales . PRODUCE b) Decreto Legislativo N° 1495 y su reglamento aprobado por 003-2016 PRODUCE b) Resolución Ministerial No 420-2024-PRODUCE y anexo c) “SRA/GG-GRDE-DRP-DR (Registro N° 00023406-2025-E)
“2 SOBIERNO PEGIOMAL AYACUCHO a CONSEJO BEGIGNAL
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GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
CONSEJO REGIONAL Jirón Bellido N° 230 - Tercer Piso - Ayacucho. Telefax: (066)287263. “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”
. ANTECEDENTES
El artículo 15.3 del Decreto Legislativo N° 1195, Ley General de Acuicultura aprobado por D.S. N° 003- 2016-PRODUCE, en cuanto a los Planes Regionales de Acuicultura señala, que el PRODUCE apoya técnicamente a los Gobiernos Regionales; así como los asiste en la formulación de sus respectivos Planes Regionales de Acuicultura y monitorea la ejecución de los mismos.
De acuerdo al artículo 14° del Reglamento de la citada Ley, los Planes Regionales de Acuicultura (PRA), son instrumentos de Gestión formulados y aprobados por los Gobiernos Regionales, que definen estrategias y acciones específicas para el desarrollo de la acuicultura en el ámbito de jurisdicción del Gobierno Regional.
Permiten planificar las actividades y acciones de mediano plazo de los Planes Operativos Institucionales (POI) y documentos de gestión regional, manteniendo las políticas y prioridades para el desarrollo de la acuicultura. De igual modo, señala que, el PRA es aprobado o actualizado mediante Ordenanza Regional y con informe favorable del PRODUCE.
Que, con Oficio N° 235-2025-PRODUCE/DGA, el Director General de la Dirección General de Acuicultura, se alcanza en anexo Informe N° 00000006-2025-PRODUCE/DPDA-jcanturin de fecha 24 de marzo 2025, donde se indica que la propuesta alcanzada cumple con la estructura minima establecida en la RM N° 420- 2024-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 00002-2024-PRODUCE... el Informe técnico favorable correspondiente, a efectos de continuar con su aprobación ante el GORE Ayacucho, de acuerdo lo establecido en el numeral 6.4 de los citados lineamientos, para la aprobación del citado PRA.
Que Mediante Oficio N° 092-2025-GRA/GG-GRDE-DRP-DR, la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Ayacucho — DIREPRO Ayacucho, alcanza la propuesta de Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 - 2030, el cual, ha sido socializado con dependencias e instituciones involucradas con la actividad acuícola en dicha región, habiéndose validado el documento en un taller efectuado el 24/02/2025 en el auditorio "José María Arguedas" del Centro Cultural de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, donde participaron personas naturales y jurídicas e instituciones involucradas en las actividades acuícolas en la región Ayacucho.
Que, a través de Oficio N° 225-2025-GRA-GG-GRDE-DRP-DR, de fecha 26 de marzo de 2025, Dirección Regional de Producción remite Informe favorable de la Dirección General de Acuicultura a la Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ayacucho para el trámite y su emisión de la Ordenanza Regional, que apruebe la propuesta del Plan Regional de Acuicultura —- PRA de Ayacucho 2025 — 2030, la misma que remite al Gerente General del Gobierno Regional de Ayacucho. y cumple con los requisitos mínimos de formulación planteada en las Directivas para la formulación de Planes Regionales de Acuicultura por parte de los Gobiernos Regionales,
Que, con Oficio N° 240-2025-GRA/GG-ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, que remite la Opinión Legal N° 10-2024-GRA/FPP, de fecha 07 de abril 2025, que emite la siguiente recomendación: “Reponer, los actuados a la GRDE del GRA, y por trámite regular derive el presente expediente a la GDRE (Dirección Regional de Producción) a fin de emitir el proyecto de ordenanza Regional y continuar con los trámites ante la secretaría técnica del CRA, y ser derivado ante la comisión respectiva, para su conocimiento y análisis sobre la Ordenanza Regional de Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025-2030, debiendo posteriormente ser sometido a pleno del consejo regional para la emisión de la OR correspondiente”.
Con el Oficio N*431.-2025-GRA/GR.GG de fecha 10 de abril de 2025 remite el expediente el GGGRA dirigido al presidente del Consejo Regional del GRA, y en atención a ello, es derivado a la Comisión de Producción, Comercio y Turismo con fecha 14 de abril 2025; para su revisión, evaluación, elaboración y aprobación del proyecto del Dictamen de Ordenanza Regional, que aprueba EL PLAN REGIONAL DE ACUICULTURA 2025 AL 2030, la misma que será aprobado en el pleno de Consejo Regional Ayacucho, asi mismo ha incorporado las recomendaciones, aporte y sugerencias, toda vez que se enmarca los objetivos y lineamientos del Plan Nacional de Acuicultura al 2030.
GOBIERNO REGIONAL AYACUCH CONSEJO REGIONAL 2
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GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
CONSEJO REGIONAL Jirón Bellido N° 230 - Tercer Piso - Ayacucho. Telefax: (066)287263. “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 420-2024-PRODUCE, se aprueba la Directiva General N° 00002-2024-PRODUCE denominada “Disposiciones para la formulación, actualización y seguimiento de los Planes Regionales de Acuicultura a cargo de los Gobiernos Regionales”, cuya finalidad es la de uniformizar la estructura mínima para la formulación de los PRA, a nivel nacional.
Dichos lineamientos en su punto VI, disposiciones específicas, establece el contenido mínimo del Plan Regional de Acuicultura, la estructura mínima del diagnóstico de la acuicultura, Marco estratégico y Plan de Acción, así como la metodología a emplear para su elaboración y el proceso de aprobación del mismo.
Que, el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 - 2030 cuenta con 07 Objetivos Estratégicos para los respectivos lineamientos de estrategia. Asimismo, el plan de acción cuenta con 24 lineamientos para los 07 objetivos estratégicos con un horizonte de 06 años por un monto de S/. 32,390,000.00. La responsabilidad de la implementación estará a cargo de la DIREPRO del GRA con apoyo del PRODUCE y de las instituciones involucradas.
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DEL PARA 2025 - 2030
. Fortalecer los servicios técnicos, de gestión empresarial y asociatividad para la acuicultura.
. Promover e Implementar la adaptación y transferencia de tecnologías en acuicultura.
. Fortalecer la comercialización de los productos de la acuicultura.
. Promover la producción regional de insumos para la acuicultura de origen regional.
. Fomentar la inversión pública y privada en la acuicultura
. Fortalecer la estructura organizacional de las entidades Públicas para una adecuada gestión de la acuicultura regional.
- Fortalecer las capacidades en el diseño e implementación de planes de contingencia para la
prevención y respuesta ante eventos climáticos en la acuicultura.
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CONCLUSIONES:
La Dirección General de Acuicultura en el marco de lo indicado en Resolución Ministerial N° 420-2024- PRODUCE que aprueba la Directiva General N° 000022024-PRODUCE denominada "Disposiciones para la formulación, actualización y seguimiento de los Planes Regionales de Acuicultura a cargo de los Gobiernos Regionales”, ha venido efectuando la asistencia técnica y asesoría correspondiente en todo el proceso de formulación del Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho (PRA Ayacucho 2025 -2030).
La formulación del PRA Ayacucho, ha sido realizada con el apoyo de personas naturales y jurídicas e instituciones involucradas en la acuicultura de la región Ayacucho, la cual ha sido consensuada a través de un taller de validación del diagnóstico, marco estratégico y plan de acción, los cuales son los componentes principales del PRA Ayacucho
La propuesta cumple con la estructura mínima establecida en la Directiva General N° 00002-2024- PRODUCE denominada “Disposiciones para la formulación, actualización y seguimiento de los Planes Regionales de Acuicultura a cargo de los Gobiernos Regionales”, aprobada con la Resolución Ministerial N° 420-2024-PRODUCE, por tanto, se ha concebido y sustentado dentro del marco normativo vigente, asi como, el informe técnico y legal de este proyecto de ordenanza regional.
Que, la Comisión Permanente Producción, Comercio y Turismo, del Consejo Regional de Ayacucho, ha evaluado la propuesta de la Dirección Regional de Desarrollo Económico y Dirección Regional de Producción del Gobierno Regional de Ayacucho, para que a través de una Ordenanza Regional APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE ACUICULTURA DE AYACUCHO 2025 — 2030.
NC S:CION CORTHEC REG:
GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
CONSEJO REGIONAL Jirón Bellido N° 230 - Tercer Piso — Ayacucho. Telefax: (066)287263. “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”
VI. RECOMENDACIÓN:
Que, por las consideraciones expuestas y en atención a los literales a)' y b)? del artículo 144° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho aprobado por Ordenanza Regional N° 003-2012- GRA/CR, la Comisión Permanente de Comercio, Producción y Turismo del Consejo Regional de Ayacucho, emite el presente DICTAMEN FAVORABLE de aprobación del proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 - 2030”, con el siguiente contenido:
ORDENANZA REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 — 2030, como instrumento de gestión que permitirá orientar e implementar la política regional para el desarrollo integral de la Acuicultura de una forma planificada y eficiente, la misma que contiene 07 objetivos y lineamientos estratégicos, acciones y metas a mediano plazo (06 años), articulado con la Política Nacional de Acuicultura
al 2030.
ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y Dirección Regional de la Producción, el cumplimiento del contenido del presente Plan Regional de Acuicultura de
Ayacucho 2025 — 2030, que se aprueba.
ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ayacucho, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme dispone el artículo 42° de la Ley N° 27867.
ARTICULO CUARTO. - DEJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. El mismo que se somete a consideración del Pleno del Consejo Regional para su deliberación y aprobación,
conforme al procedimiento establecido en el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional N° 003-2012-GRA/CR.
Atentamente, NAL ACUCHO GIOyAL
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- SR GOBIERNO REGION: AYACUCHO
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CR. MARITZA CAYAMPI ESPILLCO CR. FLOR NILDA CORNEJO ALGONER PRESIDENTE SECRETARIA
CR. CESAR AUGUTO ROJAS ALLCCA VOCAL
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