Acuerdo Regional N.° 006-2026-GRA/CR
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REPUBLICA DEL PERU
GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO CONSEJO REGIONAL
Aanerdo de Convojo Hegional N° 006-2026-GRA/CR
Ayacucho, 12 de enero de 2026 EL SENOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de enero de 2026, trató el tema relacionado a la designación del encargado del registro de información del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho — Periodo 2026, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva N° 010-2024- CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG; y
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y y coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones; conforme lo dispone el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 30305; los artículos 8° y 31° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; y concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;
Que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y constituye el máximo órgano deliberativo, el mismo que ejerce las funciones y atribuciones que establece la Ley conforme a la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,
sus modificatorias y demás disposiciones concordantes, vigentes en materia de descentralización y / regionalización;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 005-2025-GRA/CR se aprueba la Designación del servidor público LUIS ALBERTO GAMARRA CORONADO, como encargado del Registro de Información del Balance Semestral, en representación del Consejo Regional, para el periodo 2025, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloria N° 317-2024-CG; durante el año 2025, 2024 y 2023 se ha efectuado el registro de Información y acceso al aplicativo informático de balance semestral de recurso de fiscalización del Consejo Regional de Ayacucho de los dos semestres en el mes de junio y diciembre, para cuyo efecto se tuvo una comisión administrativa encabezado por el Lic. Luis Gamarra Coronado, quienes realizaron las labores asignadas con resultados positivos y oportunos ante la Contraloría General de la República, reportando los Informes de fiscalización aprobados por Acuerdos de Consejo Regional;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N* 31433 que modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de consejos regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, establece que los recursos para fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales Los recursos presupuestales destinados a regidores municipales y consejeros regionales, a los que se refiere el numeral 22 del artículo 9 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el literal k del artículo 15 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, corresponden al monto que era asignado por la entidad correspondiente al órgano de control institucional para el pago de profesionales, previo a la incorporación de estos a la Contraloría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, sin demandar recursos adicionales al tesoro público;
Que, a fin de transparentar y cautelar el adecuado uso de los recursos públicos y las acciones de lucha contra la corrupción e inconducta funcional, la mencionada disposición establece que los Consejeros Regionales
I... _Gocorcle de Consdgyo Regional N° 006-2026-GRA/CR
estarán obligados a presentar un Balance Semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización que hubieran utilizados durante ese periodo;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG de fecha 16 de julio de 2024 la Contraloria General de la República aprueba la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI “Presentación del Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”; directiva que tiene como finalidad, establecer las disposiciones que regulen el proceso de presentación del Balance Semestral sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización de los concejos municipales y consejos regionales, en el marco de lo previsto en la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Ley N° 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, respecto a las atribuciones y responsabilidades de los consejos regionales y concejos municipales; a fin de favorecer el adecuado uso de los recursos públicos, la transparencia y las acciones de lucha contra la corrupción e inconducta funcional. Tiene como objetivo regular la estructura, contenido, plazos, formalidades, responsabilidades y obligaciones, así como el proceso de presentación del Balance Semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización a cargo de los regidores municipales y consejeros regionales. Las disposiciones contenidas en la Directiva son de cumplimiento obligatorio para entre otros para los Gobiernos Regionales;
Que, el numeral 7.1.1 del ítem 7.1 de la Directiva acotada establece sobre la Designación del Encargado de registro de información: “ Corresponde al consejo regional (...) designar al Encargado del registro de información, a través de Acuerdo de consejo regional, dentro de los primeros site (7) días hábiles del año, debiendo comunicar mediante documento esta designación al funcionario o servidor público designado, así como al funcionario Responsable, como máximo al día hábil siguiente de efectuada la designación. El encargado del registro de información es designado por un periodo anual, pudiendo ser designado en periodos anuales consecutivos;
Que, el numeral 7.1.1 del ítem 7.1 de la Directiva acotada establece sobre Generación de accesos, el Funcionario Responsables dentro de los quince (15) días hábiles del mes de enero, genera su solicitud de acceso en el aplicativo informático administrado por la Contraloría, así como los accesos a los consejeros regionales y al Encargado de registro de información , cuando estos no hayan generado su solicitud de acceso en el aplicativo informático. El item 7.2 de la Directiva contiene la Fechas de corte del registro de información y plazos de presentación del Balance Semestral, 7.2.1 Fecha de corte del registro de información del Balance semestral: - Primer Semestre: Del 1 de enero al 30 de junio de cada año; y - Segundo Semestre: Del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, el cual contiene la información anual acumulada;
Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45° de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional;
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, concordante con el artículo 159° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional N° 003-2012-GRA/CR, establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, mediante Informe N° 001-2026-GRA/CR-SCR, la Secretaría de Consejo Regional, emite informe sobre cumplimiento de la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloría N° 317- 2024-CG, recomienda el tratamiento prioritario y urgente en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, (... ) Por lo antes referido esta Secretaría recomienda al Pleno del Consejo Regional la ratificación por acuerdo de Consejo Regional la designación del Lic. Luis Gamarra Coronado, servidor nombrado y rotado permanente al Consejo Regional del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Ayacucho, que por su experiencia laboral continue apoyando en el registro de información del balance semestral 2025, en coordinación con este despacho, responsable de meta y responsable de la unidad de comunicaciones del Consejo Regional;
Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
Mos Aouerdo de Conoojo Regional N° 006-2026-GRA/CR
Regionales y su modificatoria Ley N° 27902, Ley N° 29053, Ley N° 28968 y Ley N° 31433 y la Directiva N° 010- 2024-CG/PREVI aprobado por Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG; el Consejo Regional con el voto unánime de los miembros, y la dispensa de aprobación del Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 12 de enero de 2026, aprobó el siguiente:
ACUERDO REGIONAL
Artículo Primero.- APROBAR la Designación del servidor público LUIS ALBERTO GAMARRA CORONADO, como encargado del Registro de Información del Balance Semestral, en representación del Consejo Regional, para el periodo 2026, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloría N* 317-2024-CG.
Artículo Segundo. - COMUNICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional al Gerente General y Regional del Gobierno Regional de Ayacucho y Contraloría General de la República, la designación acordada por el Pleno del Consejo Regional, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva N* 010-2024-CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloría N* 317-2024-CG conocimiento y fines.
Artículo Tercero. - COMUNICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional al servidor público LUIS ALBERTO GAMARRA CORONADO, para cumplimiento de funciones conforme lo dispone la Directiva N° 010- 2024-CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG.
Artículo Cuarto. - PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme lo dispone el artículo 42° de la Ley N° 27867 — Ley Organica de Gobiemos Regionales, para conocimiento y fines.
POR TANTO:
Mando se Registre, Comunique y Cumpla.
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REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO CONSEJO REGIONAL
Aeucrde de Concejo Regional
N° 006-2026-GRA/CR
Ayacucho, 12 de enero de 2026 EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de enero de 2026, trató el tema relacionado a la designación del encargado del registro de información del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho — Periodo 2026, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva N° 010-2024- CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG; y
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y y coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones; conforme lo dispone el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 30305; los articulos 8° y 31° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; y concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;
Que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y constituye el máximo órgano deliberativo, el mismo que ejerce las funciones y atribuciones que establece la Ley conforme a la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás disposiciones concordantes, vigentes en materia de descentralización y regionalización;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 005-2025-GRA/CR se aprueba la Designación del servidor público LUIS ALBERTO GAMARRA CORONADO, como encargado del Registro de Información del Balance Semestral, en representación del Consejo Regional, para el periodo 2025, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloría N*317-2024-CG; durante el año 2025, 2024 y 2023 se ha efectuado el registro de Información y acceso al aplicativo informático de balance semestral de recurso de fiscalización del Consejo Regional de Ayacucho de los dos semestres en el mes de junio y diciembre, para cuyo efecto se tuvo una comisión administrativa encabezado por el Lic. Luis Gamarra Coronado, quienes realizaron las labores asignadas con resultados positivos y oportunos ante la Contraloría General de la República, reportando los Informes de fiscalización aprobados por Acuerdos de Consejo Regional;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31433 que modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de consejos regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, establece que los recursos para fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales Los recursos presupuestales destinados a regidores municipales y consejeros regionales, a los que se refiere el numeral 22 del artículo 9 de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, y el literal k del artículo 15 de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, corresponden al monto que era asignado por la entidad correspondiente al órgano de control institucional para el pago de profesionales, previo a la incorporación de estos a la Contraloría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, sin demandar recursos adicionales al tesoro público;
Que, a fin de transparentar y cautelar el adecuado uso de los recursos públicos y las acciones de lucha contra la corrupción e inconducta funcional, la mencionada disposición establece que los Consejeros Regionales
Hs horde de Conoojo Regional N° 006-2026-GRA/CR
estarán obligados a presentar un Balance Semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización que hubieran utilizados durante ese periodo;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG de fecha 16 de julio de 2024 la Contraloria General de la República aprueba la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI “Presentación del Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”; directiva que tiene como finalidad, establecer las disposiciones que regulen el proceso de presentación del Balance Semestral sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización de los concejos municipales y consejos regionales, en el marco de lo previsto en la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Ley N° 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, respecto a las atribuciones y responsabilidades de los consejos regionales y concejos municipales; a fin de favorecer el adecuado uso de los recursos públicos, la transparencia y las acciones de lucha contra la corrupción e inconducta funcional. Tiene como objetivo regular la estructura, contenido, plazos, formalidades, responsabilidades y obligaciones, así como el proceso de presentación del Balance Semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización a cargo de los regidores municipales y consejeros regionales. Las disposiciones contenidas en la Directiva son de cumplimiento obligatorio para entre otros para los Gobiernos Regionales;
Que, el numeral 7.1.1 del ítem 7.1 de la Directiva acotada establece sobre la Designación del
Encargado de registro de información: “ Corresponde al consejo regional (...) designar al Encargado del registro
de información, a través de Acuerdo de consejo regional, dentro de los primeros site (7) días hábiles del año, debiendo comunicar mediante documento esta designación al funcionario o servidor público designado, así como al funcionario Responsable, como máximo al día hábil siguiente de efectuada la designación. El encargado del registro de información es designado por un periodo anual, pudiendo ser designado en periodos anuales consecutivos;
Que, el numeral 7.1.1 del item 7.1 de la Directiva acotada establece sobre Generación de accesos, el Funcionario Responsables dentro de los quince (15) días hábiles del mes de enero, genera su solicitud de acceso en el aplicativo informático administrado por la Contraloría, así como los accesos a los consejeros regionales y al Encargado de registro de información , cuando estos no hayan generado su solicitud de acceso en el aplicativo informático. El item 7.2 de la Directiva contiene la Fechas de corte del registro de información y plazos de presentación del Balance Semestral, 7.2.1 Fecha de corte del registro de información del Balance semestral: - Primer Semestre: Del 1 de enero al 30 de junio de cada año; y - Segundo Semestre: Del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, el cual contiene la información anual acumulada;
Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45° de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional;
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, concordante con el artículo 159% del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional N° 003-2012-GRA/CR, establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, mediante Informe N° 001-2026-GRA/CR-SCR, la Secretaria de Consejo Regional, emite informe sobre cumplimiento de la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloría N° 317- 2024-CG, recomienda el tratamiento prioritario y urgente en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, (... ) Por lo antes referido esta Secretaria recomienda al Pleno del Consejo Regional la ratificación por acuerdo de Consejo Regional la designación del Lic. Luis Gamarra Coronado, servidor nombrado y rotado permanente al Consejo Regional del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Ayacucho, que por su experiencia laboral continue apoyando en el registro de información del balance semestral 2025, en coordinación con este despacho, responsable de meta y responsable de la unidad de comunicaciones del Consejo Regional;
Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
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Regionales y su modificatoria Ley N° 27902, Ley N° 29053, Ley N° 28968 y Ley N° 31433 y la Directiva N° 010- 2024-CG/PREVI aprobado por Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG; el Consejo Regional con el voto unánime de los miembros, y la dispensa de aprobación del Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 12 de enero de 2026, aprobó el siguiente:
ACUERDO REGIONAL
Artículo Primero.- APROBAR la Designación del servidor público LUIS ALBERTO GAMARRA CORONADO, como encargado del Registro de Información del Balance Semestral, en representación del Consejo Regional, para el periodo 2026, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG.
Artículo Segundo. - COMUNICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional al Gerente General Regional del Gobierno Regional de Ayacucho y Contraloría General de la República, la designación acordada por el Pleno del Consejo Regional, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva N* 010-2024-CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloría N* 317-2024-CG conocimiento y fines.
Artículo Tercero. - COMUNICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional al servidor público LUIS ALBERTO GAMARRA CORONADO, para cumplimiento de funciones conforme lo dispone la Directiva N° 010- 2024-CG/PREVI, aprobado por Resolución de Contraloria N° 317-2024-CG.
Artículo Cuarto. - PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme lo dispone el artículo 42° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, para conocimiento y fines.
POR TANTO: Mando se Registre, Comunique y Cumpla.
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