Decreto Regional N.° 005-2014-GRA/PRES
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GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO
DECRETO REGIONAL Nro 9895 _2044-GRA/PRES. Ayacucho, 28 NOV. 2014
VISTO, el Informe técnico N° 0055-2014-GRA/GG-GRRNGMASGRNGMA-LGMG, y la Opinión Legal N° -6342014-GRA/ORAJ-DWJA que contiene 016 folios, relacionado al reconocimiento de la Conformación del Grupo Técnico Regional de Gestión del Agua de Ayacucho, y;
CONSIDERANDO:
Qué, la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental N° 28245 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-PCM;
Que, conforme lo establece al artículo 40° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano;
Que, mediante la Ordenanza Regional N° 13-05-GRA/CR, se crea el Sistema Regional de Gestión Ambiental para la Región de Ayacucho y encarga a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente la implementación y el funcionamiento del sistema Regional de Gestión Ambiental, la misma que cuenta con un Anexo único que consta de IX Títulos y 24 artículos;
Que, los artículos 13° y 14° del Anexo unico de la Ordenanza Regional N° 13-2005-GRA/CR, señala que los grupos técnicos regionales estan constituidos por representantes de instituciones de los sectores públicos, privados, sociedad civil y por personas naturales designadas por sus cualidades profesionales de la Región, quienes participan a titulo personal y ad-honorem; ©
Que, la Comisión Ambiental Regional conformará los Grupos técnicos Regionales y elevará la propuesta de creación de los grupos Técnicos al Gobierno Regional de Ayacucho quien aprobará mediante Decreto Regional;
Que, mediante el Decreto Regional N° 01-2007-GRA/PRES, crea el Grupo Técnico Plan Regional de Gestión del Agua a nivel de la jurisdicción del Gobiemo Regional de Ayacucho, la protección y manejo de los Recursos Hidricos con la finalidad de mejorar la Gestión del Agua; :
Que, mediante la Ordenanza N* 003-2008-GRA/CR, aprueban los “Lineamientos de PoliticREgonal para la Gestión del Agua en Ayacucho 2007 al 2021”, documento que presenta un conjunto de políticas de carácter regional agrupados temáticamente gn, 15 lineamientos: Planificación Integral de los Recursos Hídricos, Agua Potable, Saneamiento y Agua productiva, instrumento
Que, con Decreto Regional N* 0002-2010-GRA/PRES. Aprueban la continuidad del Grupo Técnico Regional de Gestión del Agua de AyacuchoGTRAA, para un periodo de dos años, que tiene como objetivo generar incidencia para la implementación de los "Lineamientos de Política Regional para la Gestión del Agua en la Región de Ayacucho 2007 - 2021” aprobados por Ordenanza Regional N° 003-2008-GRA/CR;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 20° 21° inciso d), y 40° de la Ley N° 27867, y sus modificatorias;
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la conformación del Grupo Técnico Regional de Gestión del Agua de Ayacucho - GTRGAA. Integrado por los representantes de las siguientes Instituciones Instancias:
Colegio de Ingenieros del Perú — Consejo Departamental Ayacucho ' Colegio de Biólogos de! Perú — Consejo Regional Ayacucho Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga UNSCH Universidad Alas Peruanas
Municipalidades Provinciales
Municipalidades Distritales
Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental Federación Agraria Departamental de Ayacucho
Comisión Ambiental Regional - CAR
- Asociación de Servicios Educativos Rurales — SER
PNOORwWNH a
Desarrollo Sostenible - Activa
Asociación KANA
Junta de usuarios del Distrito de Riego Ayacucho ~ JUDRA
Organismos no Gubernamentales Asociación Bartolomé Aripaylla — ABA
Organismos no Gubernamentales CEDAP
Organismos no Gubernamentales Paz y Esperanza
Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ayacucho
Subgerencia de Defensa Civil
. Centro de Investigación, Promoción y Asistencia Técnica para el? a
» » . 19.Dirección Regional de Agricultura
Dirección Regional de Educación
Dirección Regional de Energía y Minas
Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo
Dirección Regional de Producción
Dirección Regional de Salud
Dirección Regional de Transportes y Comunicación
Dirección Regional de Vivienda *
Instituto Nacional de Investigación Agraria INIA — Ayacucho
Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA — Ayacucho
Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES
Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA
Que, la Junta Directiva del Grupo Técnico Regional de Gestión del Agua de Ayacucho, estará conformado por los siguientes representantes:
Presidencia: Organismos no Gubernamentales Centro de Desarrollo
Agropecuario - CEDAP
Secretaría Técnica:
- Secretaria Técnica Normativo: Autoridad Local del Agua ALA
e. Secretaria Técnica Poblacional: Dirección Regional de Salud DIRESA
- Secretaria Técnica Productivo: Junta de usuarios del Distrito de Riego Ayacucho — JUDRA
- Vocal:
e Asociación de Servicios Educativos Rurales — SER
- Comision Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Grupo Técnico Regional de Cambio Climático tendrá las siguientes funciones:
+» Implementación de la Gestión Integral de los Recursos Hídricos en la región de Ayacucho.
e Implementación de los consejos de cuencas y del Plan de Recuperación de la Calidad Ambiental de la Cuenca del Río Mantaro de la región Ayacucho.
e implementación del Plan de Recuperación de la Calidad Ambiental del Rio Alameda.
e Proponer alternativas de solución a problemas ambientales o de gestión en el Sistema Hidráulico del rio Cachi.
El Grupo Técnico Regional de Gestión del Agua de Ayacucho — GTRGAA, podrá invitar a los expertos en diferentes temáticas referidos al agua.
Las instituciones que integran el GTRGAA, deberán de acreditar a sus representantes mediante un titular y un alterno, quienes tienen la obligación de informar a sus superiores jerárquicos o sectores a los que representan sobre el trabajo de! GTRGAA.
ARTÍCULO TERCERO.- El Grupo Técnico Regional de Gestión del Agua de Ayacucho — GTRGAA, tendrá un periodo de duración de veinticuatro meses (24), a partir de su instalación, pudiendo ampliar su vigencia cuando sea necesario.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la implementación y coordinación del proceso de la Gestión del Agua en la Región de Ayacucho.
ARTÍCULO QUINTO.- TRANSCRIBIR, el presente acto resolutivo a las instancias pertinentes, con las formalidades establécidas por Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionayacucho/normas-legales/1144590-005-2014-gra-pres PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1294623/DR_005_2014.pdf