Skip to content
L Legalize.pe
004-2020-GRA-GR Regional Decree Ayacucho In force

Decreto Regional N.° 004-2020-GRA/GR

3 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO DECRETO REGIONAL N° 0 0 4 -2020-GRA/GR.

Ayacucho, ()8 MAYO 2020

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO

VISTO; el Decreto Regional No 002-2020-GRA/GR del 17mar20, el Oficio N* 093-2020- GRA/CRA-P del 05may20 y demás conexos;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo el artículo 39 de la Constitución Política del Perú establece que todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación:

COSTRNADOR ES IFE

Que, el artículo 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que corresponde a la Gobernación Regional emitir normas que entre otros , aspectos, regulen asuntos de carácter general y de intereses ciudadano;

Que, el Decreto Legislativo N° 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, tiene como finalidad identificar y reducir el potencial impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones que representen un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones y disponer acciones destinadas a au prevención; siendo responsabilidad de todos los niveles de gobierno, contribuir

on la reducción del impacto negativo en la población,

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, precisado por los Decretos Supremos N° 045 2020-PCM y N° 046-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; habiéndose prorrogado dicho plazo por los Decretos Supremos N° 051- 2020-PCM, N° 064-2020-PCM y N° 075-2020-PCM;

Que, acorde al num. 3.11 del Art. 3 del DS N° 051-2020-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante DS N°044-2020-PCM, autoriza incluso de manera excepcional, por razones humanitarias y previa coordinación con el Gobierno Regional, el transporte interprovincial de pasajeros, por medio terrestre y aéreo no comercial, que se encuentren fuera de su residencia o lugar de trabajo habitual, a consecuencia de la aplicación de las disposiciones de inmovilización social: garantizándose que, en todos los casos, se cumplan las condiciones de salud y seguridad establecidas para su traslado y el aislamiento social obligatorio

Que, el Art. 21 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, dispone que las Comisiones son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica que se crean para cumplir funciones de seguimiento, supervision, — fiscalización, de otras entidades respectivamente; contexto general donde el Gobierno Regional de Ayacucho, conformó por Decreto Regional en fecha 17mar20, la “Comisión Multisectorial de la Región de Ayacucho para desplegar labores de coordinación y articulación orientadas a la prevención, protección y control en el departamento de Ayacucho, del Coronavirus (COVID-19)”; existiendo a la fecha el petitorio formal, conforme documento de vistos de incorporación de un nuevo miembro;

De conformidad con la Carta Política, Ley No 27783 Ley de Bases de la Descentralización; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y modificatorias; con visación de los Gerentes Regionales en señal de conformidad;

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificación del Artículo 3° del Decreto Regional N° 002- 2020-GRA/GR.

Modificar el Art. 3° del Decreto Regional N° 002-2020-GRA-GR del 17mar20, incorporando como integrante al Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, como miembro de la Comisión Multisectorial de Autoridades de la región Ayacucho que conduce las labores de coordinación y articulación orientadas RE 2 la prevención, protección y control del Coronavirus (COVID-19)” del Gobierno

3% Regional de Ayacucho.

E ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Secretaria General del Gobierno Regional" Regional de Ayacucho, la publicación de la presente conforme a Ley.

ts REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionayacucho/normas-legales/1134508-004-2020-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1280532/DR_004_2020.pdf