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001-2026-GRA-GR Regional Decree Ayacucho In force

Decreto Regional N.° 001-2026-GRA/GR

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GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO DECRETO REGIONAL N.° 00001-2026-GRA/GR

Ayacucho, 06 FEBRERO 2026 VISTO:

El Oficio N° 000233-2026-GRA/GG-ORADM-OGRH de fecha 03 de febrero del 2026, Oficio N° 013-2026-MPH-SG-AACGDyA/21.22. de fecha 28 de enero del 2026, Decreto de Alcaldía N° 000001-2026-MPH-A (264542.001) de fecha 27 de enero del 2026, Acta N° 001-2026-GRA/DGR de Sesión de Gerentes Regionales de fecha 06 de febrero del 2026, sobre “REFRENDAR LOS ALCANCES DEL DECRETO DE ALCALDÍA QUE DECLARA FERIADO LOCAL NO LABORABLE RECUPERABLE PARA LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS, POR LA CELEBRACIÓN DEL CARNAVAL AYACUCHO 2026, LOS DÍAS LUNES 16 Y MARTES 17 DE FEBRERO DEL 2026”, y;

CONSIDERANDO:

Hens: o8é2.2026 190200-0500QUe, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley de Reforma

Constitucional del Capitulo XIV del título IV, sobre descentralización, Ley N° 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867 y sus leyes modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 47 de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que son funciones en materia de cultura, deporte, entre otras, lo establecido en el inciso a) formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las Políticas Regionales de Educacion, Cultura, Ciencia y Tecnología, Deporte y Recreación de la Región, el inciso b) de diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto de Educación Regional, los Programas del Desarrollo de la Cultura, Ciencia y Tecnología y el Programa del Desarrollo del Deporte y Recreación de la Región, en coordinación con la Política Educativa Regional y el inciso k) Promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones deportivas y culturales de la Región;

Que, de conformidad a los dispuesto por el Artículo 40 de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano, estas deben ser aprobados y suscritos con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales;

Que mediante Resolución Directoral Nacional N° 866-2006-INC-2003 de fecha 04 de diciembre del 2023, el Carnaval Ayacuchano, ha sido declarado como “Patrimonio Cultural de la Nación”, reconocimiento que debe ser secundado por otras actividades concurrentes para su realce imperativo; por lo que, mediante Decreto de Alcaldía N° 000001-2026-MPH-A (264542.001) de fecha 27 de enero del 2026, se declara el día

lunes 16 y martes 17 de febrero del 2026, “FERIADO LOCAL NO LABORABLE RECUPERABLE PARA LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS POR LA CELEBRACIÓN DEL CARNAVAL AYACUCHANO 2026”, dentro de la Jurisdicción de la Provincia de Huamanga; en consecuencia, el Gobierno Regional de Ayacucho, debe refrendar dicha disposición municipal con la finalidad de contribuir a cultivar nuestras

® manifestaciones culturales;

Frmededgiaimentone: ray Que, mediante el artículo 3° de la LOGR señala que los Gobiernos Regionales tienen olmo: Doy Ve 8 jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a

B Fecha: 06.02.2026 19:02:19 -05:00

Ley. De acuerdo con dicha Ley, los Gobiernos Regionales tienen por función, en materia de trabajo, de acuerdo al Artículo 48, en el inciso a) “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de trabajo, promoción del empleo y fomento de la pequeña y micro empresa, con la política general del Gobierno y los Planes Sectoriales” y del Artículo 63, en el inciso d) “Proponer el desarrollo turístico mediante el aprovechamiento de las potencialidades regionales”;

Que, mediante Oficio N° 013-2026-MPH-SG-AACGDyA/21.22. de fecha 28 de enero del 2026, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huamanga, remite al Gobernador Regional de Ayacucho, el Decreto de Alcaldia N° 000001-2026-MPH-A (264542.001) de fecha 27 de enero del 2026, a fin de que mediante Acto Resolutivo se proceda con “REFRENDAR LOS ALCANCES DEL DECRETO DE ALCALDÍA QUE DECLARA FERIADO LOCAL NO LABORABLE RECUPERABLE PARA LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS, POR LA CELEBRACIÓN DEL CARNAVAL AYACUCHO 2026, LOS DÍAS LUNES 16 Y MARTES 17 DE FEBRERO DEL 2026”;

Que, mediante Acta N° 001-2026-GRA/DGR de Sesión de Gerentes Regionales de fecha 06 de febrero del 2026, los Gerentes Regionales aprueban por unanimidad que se proceda con “REFRENDAR LOS ALCANCES DEL DECRETO DE ALCALDÍA QUE DECLARA FERIADO LOCAL NO LABORABLE RECUPERABLE PARA LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS, POR LA CELEBRACIÓN DEL CARNAVAL AYACUCHO 2026, LOS DÍAS LUNES 16 Y MARTES 17 DE FEBRERO DEL 2026”;

Que, en este sentido teniéndose en consideración que un buen Sector de los Trabajadores del Sector Publico, asi como del Sector Privado, participan en forma directa, masiva y activa en estas fiestas carnestolendas, es menester refrendar el Decreto de Alcaldía N° 000001-2026-MPH-A (264542.001) de fecha 27 de enero del 2026;

Que, es política del Gobierno Regional de Ayacucho, promover y difundir las manifestaciones deportivas, culturales y turísticas de la Región, que engrandezcan acorde a lo establecido en los incisos a), b) y k) de la Ley N° 27867 y mediante Resolución Directoral Nacional N° 866-2006-INC-2003 de fecha 04 de diciembre del 2023, el Carnaval Ayacuchano, ha sido declarado como “Patrimonio Cultural de la Nación”, reconocimiento que debe ser secundado por otras actividades concurrentes para su realce imperativo;

En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el literal d) del Artículo 21° de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Texto único Ordenado de la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Resolución del Jurado Electoral Especial de Huamanga N° 2917-2022-JEE-HMGA/JNE;

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. - REFRENDAR, los alcances del Decreto de Alcaldía N° 000001-2026-MPH-A (264542.001) de fecha 27 de enero del 2026, en el sentido de declarar, los días lunes 16 y martes 17 de febrero del 2026, “FERIADO LOCAL NO LABORABLE RECUPERABLE PARA LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS POR LA CELEBRACIÓN DEL CARNAVAL AYACUCHANO 2026”, dentro de la Jurisdicción de la Provincia de Huamanga, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto.

ARTÍCULO SEGUNDO. - DISPONER, a los titulares de las diversas entidades públicas de la Provincia de Huamanga, programar dentro de los dos meses subsiguientes a la expedición del presente Decreto Regional, la recuperación del tiempo no laborado, previa las formalidades de Ley.

ARTÍCULO TERCERO. - TRANSCRIBIR, el presente Decreto Regional, a los diversos Órganos estructurados del Ente Regional, asi como a las Instituciones Administrativas Pertinentes del Gobierno Regional de Ayacucho.

ARTÍCULO CUARTO. - DISPONER, la publicación del presente Decreto Regional, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho (www.regionayacucho.gob.pe)

para los fines correspondientes. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.

Firmado digitalmente por OSCORIMA NUNEZ Witredo FAU 20452398498 soft Molivo: Soy el autor del documento

Fecha: 06.02.2026 19:02:47 -05:00


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionayacucho/normas-legales/7718963-001-2026-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9421511/7718963-decreto-regional-n-0001-2026.pdf