Decreto Regional N.° 001-2020-GRA/GR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
G O B I E R N O REGIONAL DE AYACUCHO DECRETO REGIONAL Nº Q O 1 -2020-GRA/GR .
.�
[1 7 MAR 2020
Ayacucho,
�
�
't>
O R€"0.1.;\
f
%.\
V°
f. • DECRETO
{i
��:e
�
•
•
�º
REGIONAL
QUE
APRUEBA
MEDIDAS
PARA
EL
TRABAJO
REMOTO E N EL G O B I E R N O REGIONAL DE AYACUCHO
EL GOBERNADOR DEL G O B I E R N O REGIONAL DE AYACUCHO
.uc
C O N S I D E RA N D O :
Que,
el artículo
1 9 1 º de la Constitución Política del Perú, dispone que los Gobiernos
Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo el artículo 39° de dicho texto constitucional establece que todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación;
Que, " <'
�
el
artículo
modificatorias,
2°
de
la
dispone
Ley que
Nº
27867-
los
Gobiernos
Ley
Orgánica
de
Regionales
Gobiernos emanan
Regionales
de
la
y
voluntad
popular, son personas jurídicas de derecho p ú b l i c o , con autonomía política, económica
UILl'U,Q-
y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuesta!;
Que,
el
artículo
37º
de
la
Ley
Nº
27867,
Ley
Orgánica
de
Gobiernos
Regionales,
establece que corresponde a la Gobernación Regional emitir normas que, entre otros aspectos,
regulen asuntos de carácter general y de interés ciudadano a través de los
Decretos Regionales como se prevé en el artículo 40° de la precitada ley;
Que,
la
Organización
Mundial
de
la
Salud
(OMS)
clasificó
al
COVID-19
como
una
pandemia, esta nueva versión de un Coronavirus se viene extendiendo en varios países del m u n d o de "manera s i m u l t á n e a ;
Que,
mediante
excepcionales
Decreto
de
destinadas
a
Urgencia
Nº
reforzar el
Sistema
025-2020 de
se
dictan
Vigilancia
medidas
urgentes
y Respuesta
y
Sanitaria
frente al C O V I D - 1 9 en el territorio nacional;
Que,
mediante
Decreto
de
Urgencia
N°
026-2020
se
establecen
diversas
medidas
excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus ( C O V I D - 1 9 ) en el territorio nacional;
Q u e , mediante Decreto de Urgencia Nº 027-2020 se emiten medidas complementarias destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID 1 9 en el territorio nacional y a la reducción de su impacto en la economía peruana.
Que, la
habiéndose confirmado hasta la fecha 1 1 7 casos de C O V I D - 1 9 en el Perú y que
Dirección
Regional
de
Salud
Ayacucho
ha
reportado,
casos
descartados
y 04
L---c=:�;t;-1,.,m
casos pendientes de confirmación en la región; Q u e , por lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario aprobar medidas de aplicación para el trabajo remoto en el Gobierno Regional de Ayacucho;
�o R�
V'
Que,
i
por
lo
expuesto
�
•
cuc"º
los
considerandos
precedentes
y
uso
de
las
facultades
conferidas por el artículo 37° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- Ley Nº 27867
1! , y modificatorias,
•� Gere �
en
Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización; con Visacion de
los Gerentes Regionales en señal de conformidad;
DECRETA:
ARTÍCULO P R I M E R O . - A P R O B A R MEDIDAS PARA EL TRABAJO REMOTO EN EL G O B I E R N O REGIONAL DE AYACUCHO El trabajo remoto se caracteriza por la presentación subordinada con la presencia física del trabajador en su d o m i c i l i o o lugar de a i s l a m i e n t o d o m i c i l i a r i o . El trabajo remoto está orientado a la gestión por resultados y puede utilizar cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita.
ARTÍCULO S E G U N D O . - ÁMBITO DE APLICACIÓN 2.1
El
presente
pertenecientes
al
Decreto, Gobierno
es
de
aplicación
Regional
y
inmediata
Unidades
para
Ejecutoras
todas en
las
el
entidades
marco
de
sus
competencias; donde los trabajadores designados de la institución modifican el lugar de prestación de servicios con la fi n a l i d a d de implementar el trabajo remoto.
2.2
El trabajo remoto no resulta aplicable a los trabajadores que puedan confirmarse
con C O V I D - 1 9 , nl a quienes se encuentren en descanso médico. En los casos anteriores se
aplicará
la
suspensión
imperfecta
TERCERO.-
ÁREAS
de
labores
de
conformidad
a
la
normatividad
vigente.
ARTÍCULO
ADMINISTRATIVAS
Designar áreas administrativas por emergencia, estableciendo una jornada
laboral
POR
EMERGENCIA
a fin de atender asuntos de urgencia
para el cumplimiento de sus funciones,
el presente
artículo es de aplicación para:
•
Gobernación Regional.
•
Gerencia General Regional.
•
Oficina Regional de Administración y sus d e p e n d e n c i a s .
•
Secretaría General.
•
Oficina Regional de Asesoría J u r í d i c a .
•
U n i d a d de Comunicaciones.
ARTÍCULO CUARTO.- G E R E N C I A S Y D I R E C C I O N E S Facultar a las Gerencias y Direcciones en coordinación con Humanos
la
designación
de
los
trabajadores
en
los
las Oficinas de
servicios
Recursos
indispensables
para
la
aplicación de trabajo remoto.
ARTÍCULO QUINTO.- OBLIGACIONES D E L G O B I E R N O REGIONAL 5.1
Mantener
la
naturaleza
del
vínculo
laboral,
la
remuneración,
desempeñadas de los trabajadores del G o b i e r n o Regional de Ayacucho.
las
funciones
....
5.2
Comunicar al
trabajador
la
decisión
de
cambiar el
lugar de
la
prestación
de
servicios a fin de i m p l e m e n t a r el trabajo remonto en el Gobierno Regional de Ayacucho
L---e.">::":t;;w1t1�
�Q,
t e,
t . �
�
�
� ¡
mediante c u a l q u i e r soporte físico o digital que permita dejar constancia de ello.
ARTÍCULO SEXTO.· OBLIGACIONES D E L TRABAJADOR
6.1
Cumplir
la
normatividad
vigente
sobre
las
políticas
de
seguridad
de
la
información, protección y confidencialidad de los datos que involucren los procesos del Gobierno Regional de Ayacucho.
��.j
cu�
6.2
Encontrarse
disponible,
durante
la
jornada
laboral,
para
realizar
las
consideraciones necesarias para c u m p l i r los fines públicos desempeñados.
ARTÍCULO S É P T I M O . ·
EQUIPO Y MEDIOS
PARA
DESARROLLAR
EL TRABAJO
REMOTO
Es
considerado todo
equipo,
medio
informático o afín
que
resulte
prestación de servicios del Gobierno Regional de Ayacucho en la
necesario
para
la
implementación de
trabajo remoto.
ARTÍCULO OCTAVO.- INICIO Y S E G U I M I E N T O DE TRÁMITE DOCUMENTARIO EN EL G O B I E R N O REGIONAL DE AYACUCHO
Se
habilita
seguimiento
el
portal
de
web
trámite
https://www.regionayacucho.gob.pe/
documentario
a
través
de
los
para
canales
de
iniciar
y
realizar
atención
como
WhatsApp, Mensaje de correo y Sisgedo durante la jornada laboral.
ARTÍCULO
NOVENO.· ENCARGAR, a la Secretaria General del Gobierno Regional
de Ayacucho, la publicación de la presente conforme a Ley.
R E G Í S T R E S E , C O M U N Í Q U E S E , CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionayacucho/normas-legales/1144354-001-2020-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1294307/DR_001_2020.pdf