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001-2020-GRA-GR Regional Decree Ayacucho In force

Decreto Regional N.° 001-2020-GRA/GR

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G O B I E R N O REGIONAL DE AYACUCHO DECRETO REGIONAL Nº Q O 1 -2020-GRA/GR .

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[1 7 MAR 2020

Ayacucho,

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f. • DECRETO

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�º

REGIONAL

QUE

APRUEBA

MEDIDAS

PARA

EL

TRABAJO

REMOTO E N EL G O B I E R N O REGIONAL DE AYACUCHO

EL GOBERNADOR DEL G O B I E R N O REGIONAL DE AYACUCHO

.uc

C O N S I D E RA N D O :

Que,

el artículo

1 9 1 º de la Constitución Política del Perú, dispone que los Gobiernos

Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo el artículo 39° de dicho texto constitucional establece que todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación;

Que, " <'

el

artículo

modificatorias,

de

la

dispone

Ley que

27867-

los

Gobiernos

Ley

Orgánica

de

Regionales

Gobiernos emanan

Regionales

de

la

y

voluntad

popular, son personas jurídicas de derecho p ú b l i c o , con autonomía política, económica

UILl'U,Q-

y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuesta!;

Que,

el

artículo

37º

de

la

Ley

27867,

Ley

Orgánica

de

Gobiernos

Regionales,

establece que corresponde a la Gobernación Regional emitir normas que, entre otros aspectos,

regulen asuntos de carácter general y de interés ciudadano a través de los

Decretos Regionales como se prevé en el artículo 40° de la precitada ley;

Que,

la

Organización

Mundial

de

la

Salud

(OMS)

clasificó

al

COVID-19

como

una

pandemia, esta nueva versión de un Coronavirus se viene extendiendo en varios países del m u n d o de "manera s i m u l t á n e a ;

Que,

mediante

excepcionales

Decreto

de

destinadas

a

Urgencia

reforzar el

Sistema

025-2020 de

se

dictan

Vigilancia

medidas

urgentes

y Respuesta

y

Sanitaria

frente al C O V I D - 1 9 en el territorio nacional;

Que,

mediante

Decreto

de

Urgencia

026-2020

se

establecen

diversas

medidas

excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus ( C O V I D - 1 9 ) en el territorio nacional;

Q u e , mediante Decreto de Urgencia Nº 027-2020 se emiten medidas complementarias destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID 1 9 en el territorio nacional y a la reducción de su impacto en la economía peruana.

Que, la

habiéndose confirmado hasta la fecha 1 1 7 casos de C O V I D - 1 9 en el Perú y que

Dirección

Regional

de

Salud

Ayacucho

ha

reportado,

casos

descartados

y 04

L---c=:�;t;-1,.,m

casos pendientes de confirmación en la región; Q u e , por lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario aprobar medidas de aplicación para el trabajo remoto en el Gobierno Regional de Ayacucho;

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V'

Que,

i

por

lo

expuesto

cuc"º

los

considerandos

precedentes

y

uso

de

las

facultades

conferidas por el artículo 37° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- Ley Nº 27867

1! , y modificatorias,

•� Gere �

en

Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización; con Visacion de

los Gerentes Regionales en señal de conformidad;

DECRETA:

ARTÍCULO P R I M E R O . - A P R O B A R MEDIDAS PARA EL TRABAJO REMOTO EN EL G O B I E R N O REGIONAL DE AYACUCHO El trabajo remoto se caracteriza por la presentación subordinada con la presencia física del trabajador en su d o m i c i l i o o lugar de a i s l a m i e n t o d o m i c i l i a r i o . El trabajo remoto está orientado a la gestión por resultados y puede utilizar cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita.

ARTÍCULO S E G U N D O . - ÁMBITO DE APLICACIÓN 2.1

El

presente

pertenecientes

al

Decreto, Gobierno

es

de

aplicación

Regional

y

inmediata

Unidades

para

Ejecutoras

todas en

las

el

entidades

marco

de

sus

competencias; donde los trabajadores designados de la institución modifican el lugar de prestación de servicios con la fi n a l i d a d de implementar el trabajo remoto.

2.2

El trabajo remoto no resulta aplicable a los trabajadores que puedan confirmarse

con C O V I D - 1 9 , nl a quienes se encuentren en descanso médico. En los casos anteriores se

aplicará

la

suspensión

imperfecta

TERCERO.-

ÁREAS

de

labores

de

conformidad

a

la

normatividad

vigente.

ARTÍCULO

ADMINISTRATIVAS

Designar áreas administrativas por emergencia, estableciendo una jornada

laboral

POR

EMERGENCIA

a fin de atender asuntos de urgencia

para el cumplimiento de sus funciones,

el presente

artículo es de aplicación para:

Gobernación Regional.

Gerencia General Regional.

Oficina Regional de Administración y sus d e p e n d e n c i a s .

Secretaría General.

Oficina Regional de Asesoría J u r í d i c a .

U n i d a d de Comunicaciones.

ARTÍCULO CUARTO.- G E R E N C I A S Y D I R E C C I O N E S Facultar a las Gerencias y Direcciones en coordinación con Humanos

la

designación

de

los

trabajadores

en

los

las Oficinas de

servicios

Recursos

indispensables

para

la

aplicación de trabajo remoto.

ARTÍCULO QUINTO.- OBLIGACIONES D E L G O B I E R N O REGIONAL 5.1

Mantener

la

naturaleza

del

vínculo

laboral,

la

remuneración,

desempeñadas de los trabajadores del G o b i e r n o Regional de Ayacucho.

las

funciones

....

5.2

Comunicar al

trabajador

la

decisión

de

cambiar el

lugar de

la

prestación

de

servicios a fin de i m p l e m e n t a r el trabajo remonto en el Gobierno Regional de Ayacucho

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t e,

t . �

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mediante c u a l q u i e r soporte físico o digital que permita dejar constancia de ello.

ARTÍCULO SEXTO.· OBLIGACIONES D E L TRABAJADOR

6.1

Cumplir

la

normatividad

vigente

sobre

las

políticas

de

seguridad

de

la

información, protección y confidencialidad de los datos que involucren los procesos del Gobierno Regional de Ayacucho.

��.j

cu�

6.2

Encontrarse

disponible,

durante

la

jornada

laboral,

para

realizar

las

consideraciones necesarias para c u m p l i r los fines públicos desempeñados.

ARTÍCULO S É P T I M O . ·

EQUIPO Y MEDIOS

PARA

DESARROLLAR

EL TRABAJO

REMOTO

Es

considerado todo

equipo,

medio

informático o afín

que

resulte

prestación de servicios del Gobierno Regional de Ayacucho en la

necesario

para

la

implementación de

trabajo remoto.

ARTÍCULO OCTAVO.- INICIO Y S E G U I M I E N T O DE TRÁMITE DOCUMENTARIO EN EL G O B I E R N O REGIONAL DE AYACUCHO

Se

habilita

seguimiento

el

portal

de

web

trámite


https://www.regionayacucho.gob.pe/

documentario

a

través

de

los

para

canales

de

iniciar

y

realizar

atención

como

WhatsApp, Mensaje de correo y Sisgedo durante la jornada laboral.

ARTÍCULO

NOVENO.· ENCARGAR, a la Secretaria General del Gobierno Regional

de Ayacucho, la publicación de la presente conforme a Ley.

R E G Í S T R E S E , C O M U N Í Q U E S E , CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionayacucho/normas-legales/1144354-001-2020-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1294307/DR_001_2020.pdf