Decreto Regional N.° 0004-2025-GRA/GR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
prDELGb
GOBIERNO REGIONAL AYACuCHO DECRETO REGIONAL No. . 0004 -2025-GRA/GR
Ayacucho, 2 9 ABR. 2025
DECRETO REGIONAL QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO INTERN0 DEL DIRECTORlo DE GERENTES REGIONALES DEL GOBIERNO REGIONAL DE
AYACUCHO EL GOBERNADOR DEL G0BIERNO REGIONAL DE AYACUCHO, VISTO:
La Ley N° 27867, Ley Organica de Gobjernos Regjonales y sus modificatorias; la
Ordenanza Regional N° 003-2025-GRAICR, que aprueba la modificaci6n de la Estructura Organica y Reglamento de Organizaci6n y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Ayacucho, Resoluci6n Ejecutiva Regional N° 206-2025-GRA/GR del 31 de marzo del 2025, Decreto Regional N° 0009-2024-GRA/GR del 12 de diciembre del 2024, lnforme N° 25-
2024-GRA/GG-SG del 06 de noviembre del 2024, Oficio N°1372-2024-GRA/GR-SG del 11 de noviembre del 2024, lnforme N°. 071-2024-GRAIGG-GRDS-SGDH-NSA del 07 de ago§to del 2024, lnforme N°. 052-2025-GRA/GRPPAT-SGMl-YLR del 13 de noviembre del
2024, Oficio N°267-2024-GRA/GG-GRPPAT-SGMI del 18 de noviembre del 2024, Carta N°81-2024-GRA/GG-ORAJ del 22 de noviembre del 2024, lnfome Legal N°. 025-2024-
GRA/LOA del 25 de noviembre del 2024, Carta N°30-2024-LOA del 25 de noviembre del 2024, Oficio N°771-2024.GRA/GG-ORAJ 'del 26.de noviembre del 2024 y el Acta N° 001-
2025-GRA/GR-DGR, de fecha `02 de abril de 2025, sobre aprobaci6n del nuevo REGLAMENTO INTERNO DEL DIRECTORIO DE GERENTES REGIONALES DEL
GOBIERNO REGIONAL DE AYACuCHO, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constituci6n Politica del Estado, Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constjtucional del Capitulo XIV del Titulo lv, sobre Descentralizaci6n, Ley
Organica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus Leyes modificatorias, los Gobiernos Regionales gozan de autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, segdn el articulo 46° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, las funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las
politicas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las politicas nacionales sobre la materia;
Que, segtln prescribe el articulo 25° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, las funciones administrativas del Gobierno Regional se desarrollan por las
Gerencias Regionales a cargo de los Gerentes Regionales designados en virtud al ordenamiento juridico vigente;
Que, los Gerentes Regionales son responsables legal y administrativamente por los actos que ejecutan en el ejercicio de sus funciones y por los que suscriben conjuntamente con el Gobernador Regional; Que, conforme el articulo 27° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gerente General Regional es responsable administrativo del Gobierno Regional. EI
Gerente General Regional y los Gerentes Regionales son designados por el Gobernador Regional;
Que, conforme se tiene del articulo 28° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos
F\egivior`ales, "Los Gerentes Regionales sesionan bajo la presidencia del Presidente Regional. EI Gerente General Regional y los Gerentes Regionales son responsables de los acuerdos que adopten y, en cuanto corresponda, de su ejecuci6n", Que, conforme el articulo 4° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernizaci6n de la Gesti6n del Estado, "(...) el proceso de modernizaci6n de la Gesti6n del Estado tiene como finalidad
fundamental la obtenci6n de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atenci6n a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos ptiblicos. El objetivo es alcanzar un Estado: a) AI servicio de la ciudadania, b) Con
canales efectivos de participaci6n ciudadana, c) Descentralizado y desconcentrado, d) Transparente en su gesti6n, e) Con servidores publicos calificados y adecuadamente remunerados, f) Fiscalmente equilibrado"; Que, mediante el articulo 2° de la Ley N° 28926, Ley que Regula el Regimen Transitorio de la Direcciones Regionales Sectoriales de los Gobiernos Regionales, "(...) las Gerencias
Regionales son responsables de las pollticas regionales que tienen asignadas para su gesti6n integrada en el ambito de su jurisdicci6n, con arreglo a los articulos 5°, 45° y 460 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y cuentan con los 6rganos sectoriales que
determine cada gobierno regional. Las Direcciones Regionales Sectoriales son 6rganos
dependientes de las Gerencias Regionales correspondientes. Tienen a su cargo las funciones especificas de un sector en el ambito del gobierno regional. Estan a cargo de los Directores Regionales que son funcionarios de confianza. Para ser Director Regional se requiere acreditar ser profesional calificado y con experiencia en la materia sectorial
respectiva, mediante concurso de m6ritos. Su designaci6n y cese corresponde al Presidente Regional a propuesta del respectivo Gerente Regional. Los actuales Directores Regionales culminan su labor en la fecha de t6rmino de su designaci6n (. . .)";
Que, el articulo 37° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, y sus normas modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales a trav6s de sus 6rganos de
gobierno dictan normas y disposiciones pertinentes, correspondi6ndole al Gobernader Regional emitir Decretos Regionales; asirnismo, conforme el artiouto 40° de la citade Ley N° 27867, los Decretos Regionales establecen rormas reglamentarias para le ejecuci6n de
Ordenanza Regiomales;
Que, mediante Decreto Regional N° 009-2024-GRA/GR, de fecha 12 de diciembre de 2024, se aprob6 el REGLAMENTO INTERNO DEL DIREcroRro DE GERENTES REGIONALES DEL G0BIERNO REGIONAL DE AYACUCHO, teniendo en ouenta el lnforme N° 25-2024-GRA/GG€G del 06 de noviembre del 2024, Oficjo N°1372-2024GRA/GR€G del 11 de roviembre del 2024, lnforme N°. 071-2024-GRA/GG-GRDS-SGDHNSA del 07 de agosto del 2024, lnforme N°. 052-2025-GRA/GRPPAT€GMl-YLR del 13 de roviembre del 2024, Oficio N°267-2024-GRA/GG-GRPPAT€GMl del 18 de roviembre del 2024, Caha N°81-2024-GRA/GG-ORAJ del 22 de rroviembre del 2024, lnforme Legal N°.
025-2024-GRA/LOA del 25 de roviembre del 2024, Carta N°30-2024-LOA del 25 de roviembre del 2024 y Oficio N°771-2024.GRA/GG-ORAJ del 26 de noviembre del 2024, respectivamente; Que, sin embargo, la Oficine de Secretaha General advierte la necesidad de modificar el Decreto Regional N° 0009-2024-GRA/GR de fecha 12 de diciembre del 2024, aprobando el Nuevo Reglamento lnterno del Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho, en el maroo de los dispuesto por loa artioulos 27°, 28° y 29° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria mediente la Ley N° 28926,
Ley que regula el Regimen Transitorio de fas Direcciones Regtonales Sectoriales de los Gobiernos Regionales, asi como la Ordemanza Regional N° 003-2025-GRA/CR, de fecha 18 de marzo del 2025, que aprueba la modificaci6n de la Estructura Organica del
Reglamento de Organizaci6n y Funciones (ROF) del Gobiemo Regiemal de Ayacucho y el AActa N° 001-2025-GRA/GR-DGR, de fecha 02 de abril de 2025, poi. la cual se aprueba el NUIVO REGLAMENTO iNTERNO DEL DiRECTORro DE GERENTEs REGioNALEs
DEL GOBIERNO
REGIONAL
DE
AYACUCHO,
la
misma
que
se
encuentra
en
concordancia con la nueva Estructura Organizacional de la Entidad; En uso de las facultades y atribuciones confendas por el literal d) del Articulo 21 a de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionale§ y sus modificatorias, Texto Unico Ordenado cle la Ley N°. 27444, Ley de Procedinijento Administrativo General, Resoluei6n Ejecutiva Regional N° 206-2025-GRA/GR del 31 de marzo del 2025 y la Resoluci6n del Jurado Electoral Especial de Huemanga N°2917-2022|EEHMGA/JNE.
DECRETA:
ARTicuLO PRIMERO. - MODIFICAR, el Decreto Regional N° OO9-2024-GRA/GR, de
fecha 12 de diciembre de 2024, por la cual se aprob6 el REGLAMENTO INTERNO DEL DiRECTORio DE cERENTEs REcroNALEs DEL GOBiERNO REGioNAL DE AYACUCHO. ARTICULO
DiRECTORro
SEGUNDO.-
DE
APROBAR,
GERENTEs
el
NUEVO
REGioNALEs
REGLAMENTO
DEL
GOBiERNO
INTERNO
DEL
REGioi\iAL
DE
AYACUCHO, en el marco de lo dispuesto por los Artioulos 27°, 28° y 29° de la Ley 27867,
Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Artioulo 2° y siguientes de la Ley N° 28926, que modifica la Duod6cima Disposici6n Transitoria Complementaria y Final de la Ley Organica
clelle Gobiernos Regionales, Ordemanza Regional N° 003-2025-GRA/CR, de fecha 18 de marzo del 2025, que aprueba la modificaci6n de le Estructura Organica del Reglemento de Organizaci6n y Functones (ROF) del Gobierno Regional de Ayacucho y el Acta N° 001-
2025-GRA/GR-DGR, de fecha 02 de abril de 2025 del Directorio de Gerentes Regionales cLel Gobierno Regional de Ayacucho` y demds fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente acto administrativo. ARTicuLO TERCERO. - DISPONER, La irnplementaci6n y oumplimiento del presente
Reglamento a la vice Gobernadora y demas 6rganos Estructurados del Gobierno Regiemal cLe Ayacucho y asi como a las entidades irvolucradas de la Region Ayacucho, con las formalidades de Ley.
ARTicuLO CUARTO. - TRANSCRIBIR, el presente Decreto Regional a le Vlce Gobernadora, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Pleneamiento, Presupuesto y Acondiciomamiento Territorial, Gerencia Regional de lnfraestructura, Gerencia Regional de Desarrollo Econ6mico, Gerencia Regional de DesarTollo Social,
Gerencia Regional de Reoursos Naturales y Gesti6n del Medio Ambiente, La Gerencia Regional de Gestich del Riesgo de Desastres, Seguridad y Defensa y demas Organos
Estructurados del Gobierno Regional de Ayacucho, con las formalidedes establecides por Ley.
ARTicuLO QulNTO. -ENCARGAR, la publicaci6n del presente Decreto Regional en el Portal Web lnstituciomal del Gobierno Regional de Ayacucho.
AYACUCHO-ABRIL 2025
REGLAMENTO INTERNO DEL DIRECTORlo DE GERENTES REGIONALES DEL GOBIERNO
REGIONAL DE AYACUCHO
TiTULO PRIMER0 GENERALIDADES Articulo 1.-Objeto El presente Reglamento regula la organizaci6n, funciones, atribuciones y obligaciones del
Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Ayacucho.
Articulo 2.-Naturaleza EI Directorio de Gerentes Regionales es un 6rgano colegiado de coordinaci6n constituido
al amparo de la Ley N° 27867, Ley Organica De Gobiernos Regionales y sus modificatorias
preestablecidas. Articulo 3.-Finalidad
La finalidad del Directorio de Gerentes Regionales es de coadyuvar y fortalecer a la gesti6n pdblica regional, propiciando la consecuci6n de la misi6n del Gobierno Regional Ayacucho,
y de sus objetivos y metas institucionales.
Articulo 4.-Alcances El presente Reglamento es de alcance al Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Ayacucho y es de aplicaci6n obligatoria a todos sus miembros, conforme a lo sefialado en la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.
Articulo 5.-Base legal 'enciad,-> n`zco\On
I
Constjtuci6n Politica del Pero.
Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizaci6n, y sus modificatorias.
Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y modificatorias.
Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo
General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Ordenanza Regional N° 003-2025-GRA/CR, de fecha 18 de marzo del 2025, que aprueba la modificaci6n de la Estructura Organica y Reglamento de Organizaci6n y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Ayacucho.
TITULO SEGUNDO DE LA DEFINIC16N, ORGANIZAC16N Y FUNCIONES
cApiTUL0 I DE LA DEFINIC16N Y 0RGANIZAC16N Articulo 6.-Definici6n
EI Directorio de Gerentes Regionales es una instancia donde los Gerentes Regionales sesionan bajo la presidencia del Gobernador Regional y/o de la Vice Gobernadora en caso de ausencia conforme lo establece el Articulo 23° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en la que sus miembros son responsables de los acuerdos que adopten, manifestandose a traves de acuerdos en cuanto correspondan, los cuales pueden dar lugar a la emisi6n de resoluciones o decretos regionales, segun sea el caso, de conformidad a lo establecido por el Articulo 28 a y 40 a de la Ley Organica de Gobiernos Regionales.
Articulo 7.-Composici6n Son miembros del Directorio de Gerentes Regionales: 1.
Gobernador Regional y en ausencia la Vice Gobernadora, quien preside el Directorio.
Gerente General Regional. Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Gerente Regional de lnfraestructura. Gerente Regional de Desarrollo Econ6mico. Gerente Regional de Desarrollo Social. Gerente Regional de Recursos Naturales y Gesti6n del Medio Ambiente. Gerente Regional de Gesti6n del Riesgo de Desastres, Seguridad y Defensa, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 31913 y el Articulo 29° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales.
El presidente del Directorio de Gerentes Regionales podra delegar sus funciones a la Vice Gobernadora, en casos de ausencia, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias. EI Director de la Oficina de Atenci6n al Ciudadano y Gesti6n Documentaria del Gobierno Regional de Ayacucho, o quien haga sus veces, asume las funciones de Secretario Tecnico del Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho. CApiTULO 11
DE LAS FUNCIONES Articulo 8.-Funciones y atribuciones Son funciones y atribuciones del Djrectorio de Gerentes Regionales: a. Coordinar las actividades de los 6rganos y unidades organicas del Gobierno Regional Ayacucho, emitiendo acuerdos y decisiones que se consideren de mayor impacto, debidamente documentado, evaluado y aprobado por los Miembros del Directorio.
b. Adoptar acuerdos para la emisi6n de las normas que reglamentan las Ordenanzas Regionales, segdn correspondan. c. Adoptar acuerdos sobre las iniciativas Legislativas Regionales para su presentaci6n al Consejo Regional de Ayacucho.
d. Regular asuntos de orden interno general y de intefes ciudadano. e. Monitorear la ejecuci6n de los planes, programas y proyectos de la regi6n, informando de sus resultados a la Gobernaci6n Regional.
f. Adoptar Acuerdos para la suscripci6n de Decretos Regionales. 9. Las demas que le confiera a la Gobernaci6n Regional.
Articulo 9.-Funciones del Presidente del Dii.ectorio El presidente del Djrectorio de Gerentes Regionales, cumple las funciones siguientes:
a. b. c. d. e.
Presidir las sesiones del Directorio de Gerentes Regionales. Convocar a las sesiones del Directorio de Gerentes Regionales. Determinar la agenda para la sesi6n y garantizar el desarrollo de los puntos a tratar. Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados. Otras funciones inherentes al cargo del Presidente del Directorio.
Articulo 10.-Funciones del Secretario T6cnico del Directorio Son funciones del Secretario Tecnico del Directorio de Gerentes Regionales: a.
Elaborar y proponer la agenda al Presidente, para las Sesiones del Directorio de Gerentes Regionales. b. Convocar, por encargo de la Presidencia, a las sesiones ordinarias y
extraordinarias, a todos los miembros del Directorio y a los invitados. Remitir los documentos a tratarse en la agenda, con 24 horas de anticipaci6n de conformidad en lo establecido por el Articulo 44° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. d. Redactar, dar lectura y hacer firmar las actas de cada reunion del Directorio. e. Custodiar y efectuar el archivo cronol6gico de las actas. f. Alcanzar copia del acta a cada uno de los integrantes del Directorio.
c.
h.
Registrar las sesiones ordinarias y extraordinarias en forma clara y oportuna. Otras funciones que le sean encomendadas por el Directorio de Gerentes Regionales.
Articulo 11.-Obligaciones de los miembros del Directorio Son obligaciones de los miembros del Directorio de Gerentes Regionales:
a. b.
Presentar propuestas de soluci6n inherentes a su competencia. Mantener permanente y estrechos niveles de coordinaci6n entre los miembros del Directorio de Gerentes Regionales. c. Asistir obligatoria y puntualmente a las reuniones a las que sean convocados. d. e.
Implementar los acuerdos adoptados por el Directorio. Otras obligaciones que le sean encomendadas por el Directorio de Gerentes Regionales.
Articulo 12.-Apoyo y soporte al Directorio EI Directorio de los Gerentes Regionales pod fa contar con el asesoramiento legal y/o tecnico que considere pertinente, ademas pod fa solicitar informaciones a las unidades de organizaci6n del Gobierno Regional Ayacucho. Asimismo, podra invitar a los funcionarios y directivos a fin de contar con mayores elementos de juicio para adoptar sus acuerdos.
CAPITULO Ill
DEL REGIMEN DE SESIONES Y ACUERDOS Articulo 13.-Direcci6n de las sesiones La Direcci6n de las sesiones del Directorio de Gerentes Regionales, esta a cargo del Gobernador Regional en su calidad de presidente del Directorio de Gerentes Regionales. En caso de ausencia, lo reemplaza la Vice Gobernadora Regional.
Articulo 14.-De la Convocatoria La convocatoria a los miembros del Directorio de Gerentes Regionales lo efectda el Gobernador Regional y/o la Vice Gobernadora, a trav6s del Secretario T6cnico, con una anticipaci6n de 24 horas antes de la sesi6n, mediante documento fisico o virtual, sef`alando la fecha, hora y lugar de la mjsma, la agenda a tratar y entre otros documentos. De ser necesario, se alcanzafa la informaci6n sobre los temas a tratar, mediante correo electr6nico.
Articulo 15.-Periodicidad de las sesiones EI Directorio de Gerentes Regionales, sesionafa en forma ordinaria una (1) vez al mes, y en forma extraordinaria, cuando se requiera debatir con urgencia determinado asunto o materia.
Articulo 16.- Quorum y acuerdos El qu6rum reglamentario para el inicio de la sesi6n del Directorio de Gerentes Regionales era de la mjtad mss uno del ndmero de miembros del Directorio de Gerentes Regionales. tLos acuerdos podran ser adoptados por unanimidad o por mayoria simple de los miembros
eflcla d® 5.
nizaci¢n
asistentes a la sesi6n. En caso de empate corresponde al Presidente el voto dirimente. Articulo 17.-Inicio de la sesi6n Las sesiones se iniciaran a la hora sefialada, con una tolerancia de 5 minutos, luego de la cual se considera como inasistencia injustificada; de no haber el quorum reglamentario se
procede a suspender la sesi6n. Precisar que los miembros del Directorio pod fan asistir a las Sesiones de manera virtual, previa justificaci6n debidamente documentada y justificada de su inasistencia.
Articulo 18.-Desarrollo de las sesiones Las sesiones ordinarias se desarrollan respetando los temas de agenda y las estaciones sjguientes:
Comprobaci6n de la asistencia de los miembros. Lectura y aprobaci6n del acta de la sesi6n anterior. Despacho.
Informes,
Pedidos.
Ordendel Dia. Levantamiento de la sesi6n.
Articulo 19.-Reconsideraciones Los acuerdos del Directorio podran ser reconsiderados solo en la siguiente sesi6n, inmediatamente despues de la lectura del acta de la sesi6n anterior, debiendo quedar consignada en el acta de la sesi6n de la fecha, manifestandose que pasara a la estaci6n de orden del dia.
Articulo 20.-De la inasistencia La inasistencia injustificada de los miembros titulares se considera como dia no laborado,
debiendo proceder el descuento respectivo de sus remuneraciones. Articulo 21.-Responsabilidad Los miembros del Directorio de Gerentes Regionales son solidariamente responsables por los acuerdos que suscriban, a no ser que dejen a salvo su voto.
TiTULO TERCER0 DISPOSICIONES COMPLEIVIENTARIAS Y FINALES
Primera. - Cualquier situaci6n no prevista en el presente Reglamento, sera resuelta por el Pleno del Directorio de Gerentes Regionales, con apego a la normatividad que rige la organizaci6n y funciones del Gobierno Regional de Ayacucho.
Segunda. -Quedan derogadas las disposiciones que se opongan al presente Reglamento.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionayacucho/normas-legales/6878661-0004-2025-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8236752/6878661-dr-0004-2025-gra-gr.pdf