Decreto Regional N.° DR-001-2024-AQP
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
ADE, Sy@HICA DEL y 5 y & *
DECRETO REGIONAL N* 00] -2024-AREQUIPA
APRUEBAN REGLAMENTO INTERNO DE INSTANCIA DE REGIONAL DE CONCERTACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
EL GOBERNADOR REGIONAL DE AREQUIPA CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191” y 192° de la Constitución Política del Perú, modificada mediante la Ley N° 27680, “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización” y la Ley N° 30305, “Ley de Reforma de los Artículos 191°, 194” y 203° de la Constitución Política del Perú sobre la denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes”, los gobiernos regionales son entidades que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual resulta concordante, se reafirma y se desarrolla a través de la Ley N° 27783, “Ley de Bases de la Descentralización”, y la Ley N° 27867, “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” y sus respectivas modificatorias;
/ BE Y Que, si bien queda clara la facultad constitucional de autorregulación inherente a los gobiernos
| regionales, lo cierto es que dicha autonomía no los faculta a incurrir en autarquía, en tanto que ha sido ¥ ) concebida para el adecuado ejercicio de los fines y funciones de tales entidades, dentro de los alcances y 47 límites establecidos en el marco jurídico vigente, habiéndose pronunciado el Tribunal Constitucional a través de diversos fallos al respecto;
Que, mediante la Ordenanza Regional N° 351-AREQUIPA, publicada con fecha 28 de septiembre del 2016, se creó la Instancia Regional de Concertación de la Región Arequipa para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, en el marco de la Ley N° 30364, “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”, y su reglamento, el Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP; .
Que, en tal contexto, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 429-2017-GRA/PR, de fecha 01 de gosto del 2017, se aprobó el “Reglamento Interno de la Instancia Regional de Concertación para SN Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar”;
| Que, la Ley N° 30364, “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los Jintegrantes del grupo familiar”, ha sido objeto de diversas modificaciones, a través del Decreto Legislative J N° 1323, publicado con fecha 06 de enero del 2017, el Decreto Legislativo N° 1386, publicado con feche 04 de septiembre del 2018, la Ley N° 30862, publicada con fecha 25 de octubre del 2018, la Ley N‘ 31156, publicada con fecha 07 de abril del 2021, la Ley N° 31439, publicada con fecha 07 de abril de 2022, la Ley N° 31613, publicada con fecha 11 de noviembre del 2022, la Ley N° 31715, publicada cor fecha 22 de marzo del 2023 y el Decreto Legislativo N° 1551, publicado el 28 de abril del 2023 habiéndose incluso aprobado el Texto Único Ordenado de la citada norma mediante el Decreto Supreme N° 004-2020-MIMP, publicado con fecha 06 de septiembre del 2020;
Que, en similar término, el reglamento de la citada norma, aprobado mediante Decreto Supremo N 009-2016-MIMP, ha sido objeto de diversas modificaciones, a través del Decreto Supremo N' 004-2019-MIMP, publicado con fecha 07. de marzo del 2019, el Decreto Supremo N° 016-2021-MIMF publicado con fecha 22 de julio del 2021 y Decreto Supremo N° 009-2023-MIMP, publicado con fecha 0% “de septiembre del 2023;
. Que, atendiendo a las modificatorias de las normas sustantiva y adjetiva antes señaladas, la Instanci: “Regional de Concertación de la Región Arequipa para Erradicar la Violencia contra la Mujer y lo: e Integrantes del Grupo Familiar, en sesión de fecha 29 de abril del 2023, acordó por voto mayoritaric ”, *- "realizar la revisión de su reglamento interno a fin de observar su modificación;
Que, la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional, en el ámbito de sus funciones, ha formulad: el proyecto de reglamento interno de la Instancia Regional de Concertación de la Región Arequipa par:
Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, remitiendo el mismo a través del Informe N° 0495-2023-GRA/OPDI, señalando además que es procedente su aprobación; propuesta y
opinión que es validada por la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Institucional; .
Que, en sesión de fecha 21 de septiembre del 2023, la Instancia Regional de Concertación de la Región Arequipa para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, acordó por unanimidad aprobar el proyecto de reglamento interno de la Instancia Regional de Concertación de la Región Arequipa para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar;
Que, estando al Informe N° 2103-2023-GRA/ORAJ, de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, a lo aprobado en Sesión de Directorio de Gerentes de fecha 18 de diciembre del 2023 y en uso de las facultades conferidas por el inciso d) del artículo 21° de la Ley N° 27867, “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 40° del citado marco legal;
DECRETA:
Artículo Único.- Aprobación del Reglamento.
Apruébese el “REGLAMENTO INTERNO DE INSTANCIA REGIONAL DE CONCERTACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA”, norma reglamentaria de la Ordenanza Regional N° 351-AREQUIPA, conforme al anexo que forma Parte integrante del presente Decreto Regional.
DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL UNICA.- Vigencia de la norma.
esente Decreto Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a Ley.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Disponer la publicidad del presente Decreto Regional y su Anexo, en el Diario Oficial El Peruano, así
- como también en el diario de Avisos Judiciales, encargando a Secretaría General la publicación posterior en el Portal Institucional de la entidad.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
= E UNICA.- Derogaciones. thease” Derógase el “Reglamento Interno de la Instancia Regional de Concertación para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar”, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 429-2017-GRA/GR; así como toda norma o disposición que se oponga al presente Decreto Regional. . Dado en la Sede Centrat del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintidos ( 22 ) “dias del mes de mayo del año 2024, .
Regístrese y Publíquese
GOBIERNO REGIONAL DEAREQUIPA
VFCHQO/mjbm
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/5628310-dr-001-2024-aqp PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6431344/5628310-dr01-2024.pdf