Ordenanza Regional N.° 543-AREQUIPA
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CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA COPIA CERTIFICADA: Quien suscribe Secretario de! Consejo Regional de Arequipa hago constar que la presente copla es idéntica a la original con la cual compare. -
GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA
Arequipa
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“Abg,
ORDENANZA REGION N.2 543 -AREQUIPA
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en sesión ordinaria de fecha 02 de diciembre del 2025, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Arequipa, ha. aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
POR CUANTO:
Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; Ley N° 30490 y su reglamento; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 508-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA.
SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ORDENANZA REGIONAL QUE RECONOCE Y APRUEBA LA AGENDA REGIONAL AGRARIA DEL COMITÉ DE GESTIÓN REGIONAL AGRARIO, REGIÓN AREQUIPA.
ARTÍCULO 1.- RECONOCER y APROBAR la Agenda Regiona! Agraria periodo 2025-2030, la cual es un instrumento elaborado en un proceso participativo y consensuado por los diversos sectores públicos, privados y sociedad civil de la Región Arequipa, con la finalidad de desarrollar un sistema que promueva compromisos y procesos para mejorar el sector Agrario de la Región.
ARTÍCULO 2.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Agricultura y al Comité Regional de Gestión Agraria-CGRA; la difusión e implementación del citado instrumento.
ARTÍCULO 3.- PRECISAR, que la presente Ordenanza Regional se aprueba en mérito a la información y documentación remitida por el Comité de Gestión Regional Agrario (CGRA) en el marco de sus competencias y atribuciones reconocidas por la Resolución Ministerial N° 0075-2017-MINAGRI.
ARTÍCULO 4.-DEROGUESE o déjese sin efecto, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO 5.- ESTABLECER que la presente ordenanza y la Agenda Regional Agraria 2025-2030 entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y/o en la página institucional del Gobierno Regional. de Arequipa.
POR TANTO;
Regístrese, comuníquese y cúmplase. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para sú promulgación.
En Arequipa, al 02 de diciembre de 2025.
POR TANTO:
OSÍAS ORTIZ IBAÑEZ
Presidente del Consejo Regional de Arequipa.
Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los
diecinueve
días del mes de “diciombre
del dos mil veinticinco.
Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa
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