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531-AREQUIPA Regional Ordinance Arequipa In force

Ordenanza Regional N.° 531 -AREQUIPA

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GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA

ORDENANZA REGIONAL N,0531 -AREQUIPA

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: POR CUANTO:

Que, por las consideraciones expuestas en ta exposición de motivos, y al amparo de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Ne 27902, N° 28013, N° 28926, N° 28961, N° 28968, Ne 29053 y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 508-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA.

SE HA APROBADO LO SIGUIENTE:

ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL COMITÉ MULTISECTORIAL PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LAS MOSCAS DE LA FRUTA EN LA REGIÓN AREQUIPA.

ARTÍCULO 1. - CONFORMAR el Comité Multisectorial para el control y erradicación de las moscas de la fruta en la región Arequipa, con la finalidad de articular esfuerzos de los diversos sectóres para el control y erradicación de la plaga. mosca de la fruta. en la Región Arequipa, mediante la elaboración y ejecución de planes de trabajo que contemplen las acciones de control y erradicación de la plaga de manera sostenible, gestionando recursos para que cuente con presupuesto y la logística necesaria para mitigar la plaga, establecer acciones y planes de contingencia en previsión del incremento y dispersión de la plaga de manera oportuna. Así mismo, hacer que los agricultores de la región se sumen en forma activa para el control de la mosca de la fruta en las diferentes zonas de producción.

ARTICULO 2.- INTEGRANTES DEL COMITÉ MULTISECTORIAL

ESTABLECER que el Comité Multisectorial estará conformado por los titulares y/o representantes de las entidades públicas y privadas siguientes: SECTOR PÚBLICO a) Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional. b) Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA Arequipa) representando al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. c) Alcaldes Provinciales de las Municipalidad Provinciales de la Región Arequipa. d) Alcaldes Distritales de las Municipalidad Distritales de la Región Arequipa. e) MACROPOL de la Policía Nacional del Perú (PNP) en Arequipa, representando al Ministerio del Interior. f) Fiscalía Provincial de prevención del delito de Arequipa, representando al Ministerio Público. g) Instituto Nacional de Investigación Agraria (INIA). h AGROMERCADOS

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i) AGROIDEAS

Jj) Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

k) Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN).

  1. Universidad Nacional de San Agustín Decano de la Facultad de Agronomía y Biología.

m) Instituto de Educación Superior Tecnológico Público "Pedro P. Díaz" (LE.S.T.P. Pedro P. Díaz).

n) Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de La Joya.

  1. Otros representantes del sector público que la comisión lo vea conveniente,

SECTOR PRIVADO

Pp) Sociedad Agrícola de Arequipa (SADA).

q) Asociaciones de productores agrarios y gremios.

  1. Juntas de Usuario de la Región Arequipa. :

s) Cámara de Comercio e Industria de Arequipa.

t) Facultad de Ingeniería Agronómica y Biotecnología de la Universidad Católica Santa María.

u) Otros representantes de la actividad privada.

ARTICULO 3.- CARGOS DIRECTIVOS DEL COMITÉ MULTISECTORIAL 3.1. Presidente: Será el representante principal del comité multisectorial y tendrá las siguientes responsabilidades:

a) Presidir las reuniones de la Comisión Multisectorial para el control y erradicación de las moscas de la fruta en la región Arequipa,

b) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos arribados por la Comisión Multisectorial,

Cc) Coordinar con los demás miembros la ejecución de los acuerdos de la Comisión Multisectorial,

d) Aprobar la agenda de sesiones de la Comisión Multisectorial, propuesta por la Secretaría Técnica.

e) Convocar a los miembros de la Comisión Multisectorial a las sesiones ordinarias y extraordinarias, a través de la Secretaría Técnica.

f) Autorizar la participación de otros asistentes a las sesiones cuando se estime pertinente.

  1. Representar a la Comisión Multisectorial ante entidades Públicas y privadas cuando sea necesario,

h) Suscribir los documentos correspondientes, a nombre de la Comisión Multisectorial.

i) Realizar las gestiones administrativas u otras que sean necesarios para lograr las acciones de prevención y control de la plaga moscas de la fruta con eficiencia, eficacia, responsabilidad y transparencia.

j) Asignar a la Secretaría Técnica las funciones o encargos para el mejor funcionamiento de la Comisión Multisectorial.

3.2. Vicepresidente: Apoyará al presidente en todas las tareas y funciones que le sean asignadas y lo reemplazará en caso de ausencia.

3.3. Secretario Técnico:

cuenten con la información necesaria y oportuna para el desempeño de sus funciones, = aan

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ARTICULO 4.

Preparar la agenda de las sesiones de la Comisión Multisectorial. Programar y realizar la convocatoria de las sesiones de la Comisión Multisectorial.

Participar como secretariofa de actas en las sesiones de la Comisión Multisectorial y gestionar su suscripción por los miembros participantes. Conservar Y resguardar las actas y los documentos que le sirvan de sustento.

Organizar y mantener el acervo documentario de la Comisión Multisectorial en medios físicos y digitales.

Elaborar el proyecto del Plan de Trabajo Anual de la Comisión Multisectorial. Coordinar y/o solicitar información y documentación a entidades públicas O privadas y a especialistas, por encargo de la Presidencia de la Comisión Multisectorial, a fin de que contribuyan con el asesoramiento, información y apoyo necesario, para el cumplimiento de las funciones de la Comisión Multisectorial o de las labores encomendadas a ella.

Elaborar los proyectos de informes anuales y/o semestrales sobre los avances e impacto en las actividades de control de mosca de la fruta. Realizar las funciones O encargos que para el mejor funcionamiento de la Comisión Multisectorial le sean asignados por la Presidencia.

  • ELECCIÓN DE DIRECTIVOS

La Junta Directiva del Comité Multisectorial será elegida por la mayoría simple de sus

integrantes asistentes, en la primera reunión convocada. Su elección será mediante voto directo.

ARTICULO 5.- PLAZO DE EJECUCIÓN DE DIRECTIVA: Los directivos elegidos cumplen el mandato por el periodo de 2 años.

ARTICULO 6.- FUNCIONES

a)

b)

c)

d)

e)

Articular con las entidades públicas y privadas involucradas para atender la problemática de la presencia de mosca de la fruta en el ámbito regional con fines de mitigar el impacto de los daños que ocasiona dicha plaga en la producción hortofruticola. ;

Involucrar y notificar a los productores que manejan huertos hortofrutícolas la obligatoriedad de su participación en el control de la mosca de la fruta en sus predios y ámbitos, y generar un listado de productores que incumplen la prevención y el control de ta plaga para que el SENASA implemente las medidas sancionatorias que correspondan.

Impulsar la atención de la demanda orientada al control de mosca de la fruta reportado por los Comités de Sanidad Agraria (COSAGRA), vinculando a las entidades y gremios su participación activa.

Organizar campañas fitosanitarias de control y erradicación de mosca de la fruta según los ámbitos con niveles críticos con presencia de la plaga que proporcione el SENASA según sus sistemas oficiales de información. Gestionar y disponer de manera ordenada y con transparencia los recursos de las entidades públicas y privadas vinculantes para determinar planes de contingencia en los ¿ámbitos con alta incidencia de mosca de la fruta y que afecte la economía de los productores agrarios de manera oportuna para evitar de manera inmediata el impacto y dispersión de la plaga.

Realizar el seguimiento y fiscalización a la implementación de las medidas de contingencia y mitigación de la mosca de la fruta en el ámbito regional. Comunicar a la Fiscalía Provincial, la dependencia de la Policía Nacional del Perú y al SENASA a fin de intervenir conjuntamente para la ejecución de medidas administrativas preventivas y sancionatorias ante eventos críticos

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que afecten la condición regulada del área reglamentada de mosca de la fruta de la región.

h) Otras que el comité lo considere previa evaluación, consulta y aprobación de sus integrantes,

ARTICULO 7.- DISPONER que el comité en un plazo de 60 días hábiles realice su reglamento interno,

ARTICULO 8.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional sea publicada en el Diario

Oficial “El Peruano” y la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. ÚNICA DISPOSICIÓN TRANSITORIA

DISPONER por única vez que el representante de la Gerencia Regional de Agricultura del

Gobierno Regional de Agricultura, convoque a los miembros del comité Para su instalación y elección de cargos directivos,

POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.

En Arequipa, a los once días del mes de marzo del dos mil veinticinco,

NGTON ORTIZ IBAÑEZ

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Presidente del Consejo Regional de Arequipa pi eae

POR TANTO: i Ses ER Mando se publique y cumpla lu 380 Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, alos [a eos bs 325 del mes de — abri1 del dos mil veinticinco, |:2 7-33 [5222 moss iri ee | eae | jOmegs GOBERNACION STE 122828 ROHÉL SÁNCHEZ SANCHEZ [88333 Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ANÁLISIS

ANTECEDENTES

Que con oficio N° 127-2023-GRA/CR-GEAC, el Consejero Gregorio Elfer Ale Cruz, da a conocer la problemática de la mosca de la fruta en la provincia de La Unión, adjuntando acta por el cual ante las dificultades agrícolas acuerdan declarar en estado de emergencia la provincia de La Unión ante la plaga de la mosca de la fruta.

Mediante oficio 003-2023-GRA/CR-CA, el consejero Antonio Llerena Salas, solicita a la Gerencia Regional de Agricultura información sobre el cumplimiento del Acuerdo Regional N° 127-2022-GRA, por el cual se declara de necesidad pública, prioridad e interés regional de erradicación de la mosca de la fruta en la región Arequipa. Siendo contestado a través de oficio 813- 2023-GRA/GRAG-SGPA-G, por el cual remiten el informe 00043-2023- MINAGRI-SENASA-DEARQ-ASV-JVILCA, informando que SENASA realiza desde las 2006 acciones para controlar las plagas, inclusive ante estas acciones en el 2009, se declaró como áreas erradicadas de la Mosca de la fruta a 111,597 has, bajo Resolución Directoral N° 68, más a causa de la pandemia volvió a resurgir esta plaga, no teniendo muchos recursos humanos para combatirla, en tanto, se siguen haciendo actividades de vigilancia y labores de control mecánico cultural, control químico de productos.

Así mismo, mediante oficio N° 1044-2023-GRA-GRAG/SGPA-G, el GRAG remite el Plan de Trabajo para el control y erradicación de la mosca de la fruta.

Entonces, el consejero Antonio Llerena como presidente de la Comisión de Agricultura, ha sido participe de diferentes reuniones de coordinación y capacitación a agricultores, para el control y erradicación de esta plaga y otras.

El 2 de mayo de! presente año se firmó el Convenio específico de cooperación interinstitucional entre el servicio Nacional de Sanidad Agraria y el Gobierno Regional de Arequipa, el que tiene la finalidad de ejecutar acciones conjuntas a fin de lograr el control y erradicación de la plaga de mosca de la fruta en la región.

Mediante oficio N° D000124-2024-MINAGRI-SENASA-DEARQ, se remite el Informe N° D000092-2024-MINAGRI-SENASA-DEARQ-ASV a la Gerencia Regional de Agricultura, por el cual recomiendan la conformación de un comité multisectorial para el control y erradicación de la plaga mosca de la fruta en el ámbito territorial de la región Arequipa, así como formular un proyecto de inversión impulsado a través de una legislativa regional.

A través de oficio N° 1522-2024-GRA-GRAG/SGRA, el Gerente de Agricultura remite el informe N° 039-2024-GRA/GRAG-SGPA-ACULT/PPVG,

concluyendo que

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es de suma importancia el control de la mosca de la fruta y garantizar la calidad de producción de plantones, en tanto, es necesario que el Consejo Regional emita una norma que conforme dicho comité.

Mediante oficio N° 1774-2024-GRA-GRAG-SGPA-G, el ing. Julio Herrera, Gerente Regional de Agricultura remite informe D000131-2024-MINAGRI-SENASADEARQ-ASV, por el cual se especifica características propias de dicha comisión.

PROBLEMÁTICA

En el año 2006 en la región Arequipa, el SENASA da inicio a las acciones control integrado de la plaga Mosca con el objetivo de alcanzar su erradicación, estableciéndose 24 zona de producción. En tanto, de manera articulada se trabajó con el Gobierno Regional, Gerencia Regional de Agricultura, Gobiernos locales, Juntas de Usuarios, Comisiones de Regantes y el SENASA, los cuales, con la activa participación de sus integrantes y el fortalecimiento de actividades mediante la firma de convenios de cooperación, siendo que en el año 2009 se declaran como Área erradicada de Mosca de la Fruta las 119,597.00 ha agrícolas de la región Arequipa. Sin embargo, del 2020 al 2022 a consecuencia de la pandemia COVID19, las acciones de vigilancia y control de la plaga que se venían ejerciendo, se vieron afectadas ocasionando el establecimiento y dispersión de la plaga en varios ámbitos de intervención.

Las condiciones ambientales resultan favorables al desarrollo de la plaga ya que en estos dos últimos años se vienen registrando un incremento de temperatura que ha provocado el acortamiento de los ciclos biológicos de la plaga.

La escaza participación y débil organización de los productores que viene descuidando la ejecución de labores importantes como, la cosecha oportuna y periódicas de frutos, el recojo y entierro de frutos caídos, eliminación de remanentes de cosecha, atención de árboles frutales en el borde los campos, el cumplimiento de las recomendaciones dictadas por el SENASA, el acceso a huertos, etc. La omisión de estas actividades ha permitido a la plaga tener sustrato para formar nuevas generaciones, lo que ocasiona un incremento significativo en el tiempo.

Desconocimiento del control integrado de la plaga por parte de los productores, ya que al momento se evidencia un cambio generacional en la población objetivo (al trabajado en el 2006), por tal motivo, se requiere fortalecer las actividades de asistencia con capacitación y sensibilización entre los productores.

Falta de una mayor articulación en los diferentes niveles de gobierno, como de la sociedad civil, agrupaciones agrícolas, de regantes y productoras, la empresa privada e instituciones de formación académica que cuenta con recursos que podrían ser direccionados a fortalecer las acciones de control de la plaga en la región; para sostenibilidad de las acciones de control. o

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Figura 1: Mosca de la fruta 2006-2024 por provincia de la región Arequipa.

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Teniendo en cuenta una primera etapa de acciones de erradicación en el 2006,

permitió:

  • Ampliar la producción hortofruticola, impulsando la diversificación de cultivos y mejorando las condiciones económicas de los productores ya que permite a los agricultores comercializar sus productos en mercados nacionales e internacionales más exigentes. Estos productos fueron la palta, paprika, uva, arándano, mandarina entre otros.

  • Incremento de la exportación de estos y otros productos derivados, generaron mayores divisas y fuentes de trabajo directa e indirecta impulsando el desarrollo económico regional.

  • Actualmente, la expectativa de crecimiento en el área de agroexportación es

positiva, motivando el incremento de áreas agrícolas con cultivo de exportación no solo en las zonas de irrigación, sino también en valles interandinos, lo cual impacta positivamente en su economía.

Figura 2: exportaciones 2023 Figura 3: Exportaciones

Producto Peso |PALTA, fruto fresco 10,705,397. 20] i 204 JUVA, fruta fresca 6,360,921. 76} H 18338647 SSRANADA, fruto fresco 6, 149,083.20] — 149 608.80 PAPRIKA, entera seca al natural 470,162.09] : a [ARANDANO, fruto {rence 9,730.48] 38,896.20 5,335.00. t 3,252.65 TANS ima am CA/ALLS Keowee REGIONAL DE ARCA ASES. MKHT E lA CERTIFICADA: Quien suscribe Secretario

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II. BASE NORMATIVA

Es así que, al 2 de mayo del 2024 se suscribe el "Convenio específico de cooperación interinstitucional entre el Servicio Nacional de Sanidad Agraria y el Gobiemo Regional de Arequipa con el objetivo de ejecutar acciones conjuntas a fin de lograr el control y erradicación de la plaga de moscas de la fruta en la región Arequipa. Así mismo, sostuvieron diversas reuniones entre el GORE, Gerencia Regional de Agricultura, la SADA, representante de las Juntas de Usuarios y el SENASA con la finalidad de formular la idea de proyecto de inversión pública y conformar el Comité Multisectorial para el control de Mosca de la Fruta en la región Arequipa, como parte de los compromisos asumidos en el convenio señalado.

Que en la cláusula 4.1.2 del Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el SENASA y GORE, se especifica el compromiso de conformar el comité.

Que, de conformidad con lo establecido del artículo 191 de la constitución política del Perú, concordante con el artículo 2 de la ley N*27867 ley orgánica de gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el artículo 16, de la ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sobre los Derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, señala en el literal a) Proponer normas y acuerdos Regionales.

Que, según el art. 58 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa, refiere que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional, y también, reglamentan materias que son competencia del Gobierno Regional de acuerdo a la Constitución y Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

lll. ANÁLISIS COSTO-BENEFICIO.

Teniendo en cuenta que la presente iniciativa, pretende articular diferenctes sectores que pretenden accionar a favor de la prevención y erradicación de la mosca de la fruta es que consideramos que el presente proyecto no demandará

recursos presupuestales adicionales; es más, permitirá encaminarnos a tener areas agricolas sin plagas a base se un trabajo activo e informado de los actores

involucrados.

IV. ANÁLISIS DE IMPACTO DE LA VIGENCIA DE LA NORMA.

La presente norma, entratara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicación. En tanto, la iniciativa legislativa permitirá reunir a diferentes sectores agrícolas y a aquellos inmiscuidos en el cumplimiento de las buenas practicas , promoción y fortalecimiento agricola, con el fin de beneficiar y potenciar la agricultura de la región, apoyandolos de manera informada y articulada.

CA/ALLS ASES, MKHT


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/6746770-531-arequipa PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8033629/6746770-o-r-531.pdf