Ordenanza Regional N.° 489-AREQUIPA
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GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA
Ordenanza Regional N° 489-AREQUIPA
El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Que, de conformidad con lo previsto en la Ley N° 27783- Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificadas por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968,29053; ley N° 29976, Ley que crea la Comisión
de Alto Nivel Anticorrupción, la Ordenanza Regional N° 478-AREQUIPA, Ordenanza Regional N? 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA;
SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL ART. 2 DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 478-AREQUIPA, QUE CREA LA COMISION REGIONAL ANTICORRUPCION DE AREQUIPA
ARTÍCULO 1°. — MODIFICACIÓN
Modifiquese el artículo 2 de la Ordenanza Regional N° 478-AREQUIPA, Ordenanza Regional
que crea la Comisión Regional Anticorrupción de Arequipa, conforme al texto normativo siguiente:
“ARTÍCULO 2°,- CONFORMACIÓN
2.1. La Comisión Regional Anticorrupción de Arequipa está conformada por. A. MIEMBROS PLENOS a) Gobernador(a) del Gobierno Regional de Arequipa; 4) Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; ©) Presidente del Consejo Regional de Arequipa; 4) Procurador Público Anticorrupción Descentralizado; €) Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Ministerio Público de Arequipa, 4) Alcalde de la Municipalidad Provincial de Arequipa; 9) Prefecto Regional de Arequipa.
B. MIEMBROS OBSERVADORES
a) Gerente Regional de Control Arequipa - Contraloría General de la República.
b) Jefe de la Oficina Defensorial de Arequipa - Defensoría del Pueblo,
€) General PNP de la IX Macro Región Policial - Policía Nacional del Perú,
a) Decano del Consejo Regional de Decanos de Colegios Profesionales de la Región Arequipa.
e) Representante de la Oficina Desconcentrada del OSCE-Sede Arequipa.
#) Representante de la Universidades de Arequipa.
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g) Presidente de la Cámara Pyme Arequipa.
h) Representante de las Centrales Sindicales de Trabajadores de Arequipa.
- Representante de la Iglesia Católica Arequipa.
J) Representante de la Iglesia Evangélica Arequipa.
k) Representante de la Prensa Peruana en Arequipa.
Representante de la Asociación de Municipalidades de la Región Arequipa.
Coordinadora Regional de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza.
m) Representante de la Dirección General de Defensa Pública — Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Los miembros observadores participan en las reuniones con voz, pero sin voto.
1.2 La secretaría técnica de la Comisión Regional Anticorrupción participa en las sesiones de la Comisión con voz, pero sin voto.
1.3 La asistencia a las sesiones de la Comisión Regional Anticorrupción corresponde a quien representa a la entidad miembro de la citada Comisión en la jurisdicción regional, pudiendo ser reemplazado, por razones de fuerza mayor y/o caso fortuito, por un/a funcionario/a o personal con capacidad de decisión autorizado/a para la sesión convocada. Dicha representación es comunicada por documento oficial al Presidente de la Comisión Regional Anticorrupción previo a la sesión y deberá precisar que dicho representante se encuentra premunido de las facultades para adoptar las decisiones y acuerdos respectivos en dicha sesión.
2.4 El Pleno de la Comisión Regional Anticorrupción puede invitar a personas naturales, Jurídicas, públicas o privadas vinculadas a la lucha contra la corrupción para que participen en las sesiones, con derecho a voz, pero sin voto.”
Comuníquese a la señora Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.
En Arequipa, a los seis días del mes de diciembre del 2022.
Las glo a haces) MAMANI del sejo Regional de Arequipa
POR TANTO: Mando se publique y cumpla
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, alos ¿iociseis días del mes de ¿ ¿02.2 del dos mil veintidós.
$ | KIMMERLEE KEILY Gober
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/3797628-489-arequipa PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3991649/O.R.%20489-AREQUIPA.pdf.pdf