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151-2026-GRA-CR-AREQUIPA Regional Agreement Arequipa In force

Acuerdo Regional N.° 151-2026-GRA/CR-AREQUIPA

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GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA

REGIONAL N.° 151-2026- -AREQUIPA Arequipa, 03 de junio del 2026

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de mayo de 2026, aprobó el siguiente acuerdo;

VISTOS:

El Dictamen de Comisión N° 016-2026-GRA/CR-CIPIR de la Comisión de Infraestructura y Proyectos de Impacto Regional;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley N.° 30305, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el artículo 192° numeral 6 de nuestra Carta Constitucional establece la competencia de los Gobiernos Regionales para expedir normas en los asuntos que por mandato constitucional o legal le atañen;

ue, de conformidad al artículo 13° de la Ley N.° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N.° 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional,

Que, ei literal a) del artículo 37° de la norma en comentario, señala, que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales. Siendo que, en su artículo: 399 suscribe, que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, el numeral 30.2 del artículo 30% del Reglamento del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, aprobado mediante Ordenanza Regional N.° 154- AREQUIPA, y sus modificatorias suscribe, que los dictámenes son documentos que contienen el fundamento fáctico y jurídico, que sustentan la presentación de un proyecto de Ordenanza Regional o Acuerdo Regional (...). .

Asimismo, el artículo 31° del texto ut supra, señala, que los dictámenes que emitan las Comisiones Ordinarias o Especiales, se podrán sustentar en los informes que para tal efecto emitan los integrantes del gabinete de asesores y/o consultores del Consejo Regional o de las dependencias orgánicas del Gobierno Regional (...)

Que, el artículo 65° del texto en comentario, señala que “La función fiscalizadora es ejercida por el Consejo Regional a través de los consejeros individualmente o colegiadamente, a través de las Comisiones Ordinarias o Especiales, (...)

Que, mediante informe de Fiscalización N.* 001-2026-GRA/CR-CAMANA, remitido mediante Oficio N.° 0716-2026-GRA/CR de fecha 05 de Mayo de 2026, se pone de conocimiento a la Comisión de Infraestructura y Proyectos de Impacto Regional,

remito informe de fiscalización.

Que, el Consejo Regional de Arequipa, de acuerdo a las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y en aplicación de su Reglamento Interno, por MAYORIA en Sesión Ordinaria de fecha 26 de mayo de 2026.

SE ACUERDA:

PRIMERO. — APROBAR el Informe de Fiscalización N.°001-2026-GRA/CRCAMANÁ, presentado por la Consejera Regional por la Provincia de Camaná Norma Alejandra Ortega Valdivia, el cual detalla el estado situacional y las irregularidades halladas en las obras por Administración Directa ejecutadas por el Gobierno Regional de Arequipa en la provincia de Camaná.

SEGUNDO. — EXIGIR al Ejecutivo Regional, a través de la Gerencia Regional de Infraestructura, el cumplimiento inmediato de las recomendaciones contenidas en dicho informe, especialmente en lo referido a la presencia permanente de residentes e inspectores de obra.

TERCERO. — REMITIR copia del presente Acuerdo y del informe adjunto a la Oficina Regional de Control Institucional (ORCI) y a la Contraloría General de la República, para que actúen conforme a sus atribuciones.

CUARTO. — PUBLICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal institucional del Gobierno Regional de Arequipa, conforme a lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, para conocimiento de la ciudadanía y los fines correspondientes,

POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase,

BIERNO REG DE AREQUIPA e seo po!

A SS


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/8246966-151-2026-gra-cr-arequipa PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10128308/8246966-151-2026.pdf