Acuerdo Regional N.° 132-2026-GRA/CR-AREQUIPA
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GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA ACUERDO REGIONAL N° 132-2026 GRA/CR- AREQUIPA
Arequipa, 12 de mayo del 2026.
- El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de fecha 12 E “de mayo de 2026, aprobó el siguiente acuerdo: da ; ye
VISTOS: :
“El Dictamen de Comisión N° 036 -2026-GRA/CR-CDECI de la Comisión de Desarrollo. Económico y Cooperación Internacional; = A
. CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en Articulo 191° de la Constitución Política del Perú, “¿los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los “asuntos de-su competencia, concordante con el artículo 2° de la Ley.N° 27867, texto
¿normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son
personas jurídicas de derecho público, constituyendo, para su administración económica y
financiera, un Pliego Presupuestal. po "e
Yue, los Consejos Regionales; aprueban, modifican o derogan las normas que regulen o } glamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y Aprueban. su Reglamento Interno, conforme lo establecido en los literales a) y e) del
Zartículó 15° de la ley 27867."
7 Que, los acuerdos del consejo regional expresan la decisión del consejo Regional sobre : : asuntos internos, de interés. público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de. :. :. practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a
- «lo establecido por el articulo 39° de la citada Ley N° 27867. sso mm AS
“Que, en ese contexto, el Gobierno Regional de Arequipa, ha establecido como. politica de. gestión, promover la participación del sector privado para la ejecución de proyectos de «inversión pública en infraestructura y de servicios públicos de competencia regional en el
ámbito de su jurisdicción;
-Que, el Texto Único Ordenando de la Ley N° 29230 aprobado por el Decreto Supremo N? “..081-2022-EF (en adelante TUO de la Ley N° 29230), regula el marco normativo para qu
los Gobiernos Regionales, .Municipalidades: y Universidades Públicas puedan ‘suscribi convenios con las empresas privadas que impulsen la ejecución de proyectos de inversión e impacto regional y local, financiar, ejecutar y/o proponer proyectos ‘de inversion, “Iriversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (en adelante-IOARR), e inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación : y de reposición de emergencia (en adelante IOARR de emergencia), el marco del Sistema. Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, que deben, estar en +: armonía con las políticas y con los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar °° ~~» con la declaración de viabilidad, o con la aprobación, según corresponda.,.-. =.
Que, el Reglamento de la Ley.N° 29230, aprobado. mediante: Decreto Supremo. NO ; 038-2026-EF, se precisa que el acto de priorización de. inversiones : constituye - una , 20 7 | competencia indelegable del: Consejo Regional, en su calidad de. órgano: normativo, : conforme a lo dispuesto en los artículos 19°, 20° y 21* del citado reglamento, así ‘cc “en concordancia con los artículos 16° y 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos. Regionale:
«Que, "mediante Dictamen N° 036-: 2026 -GRA/CR-CDE, la Comisión. de Desarrollo
- ¿Económico y Cooperación Internacional, considera procedente, aprobar la priorización del “proyecto: de inversión pública “MEJORAMIENTO DEL. SERVICIO ‘DE: EDUCACIÓN 7 SECUNDARIA EN LE. INDALECIO TRILLO, LE. INDALECIO TRILLO DE CENTRO POBLADO
_ LOMAS DISTRITO DE LOMAS DE LA PROVINCIA DE CARAVELI DEL DEPARTAMENTO DE. “| AREQUIPA”, CUI N° 2595412, por-un monto de'S/ 11,863,797.83: (ONCE MILLONES +; OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETESCIENTOS NOVENTA Y SIETE. CON 83/100
©, Que, por estas consideraciones, al amparo del contenido del 19.2 del artículo 19° del “4, Reglamento del TUO de la Ley N? 29230 Ley que impulsa la inversión pública regional y “| local con participación del sector privado, y las atribuciones conferidas en la Ley N°27867, . . Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de *
- Desarrollo Económico y Cooperación Internacional; ]
Que, estando-a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Politica del Perú, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Goblernos Regionales y demás normas aplicables, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el consejo Regional - “adoptó por UNANIMIDAD, el siguiente:
SE ACUERDA:
PRIMERO. - APROBAR Ia priorización de la. siguiente inversión pública para su financiamiento y ejecución en el marco de la. Ley N° 29230, conforme se indica a REC, Continuación: h
: Ly la NN CUI “NOMBRE MONTO S/ tak aa “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO . DE- EDUCACIÓN : S . Y o SECUNDARIA EN I.E, INDALECIO TRILLO, LE. OS LY 2595412 INDALECIO TRILLO DE CENTRO POBLADO LOMAS | 11,863,797.83 . _ : oo DISTRITO DE LOMAS.DE LA PROVINCIA DE CARAVE! ] DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA”. E ]
. SEGUNDO, - FACULTAR, al Gobernador Regional de Arequipa a suscribir los Convenios «de Inversión Publica Local con las Empresas Privadas seleccionadas de conformidad con . lo. establecido. en el artículo 4° de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública
regional y local con participación del sector privado y las adendas que fuesen pertinentes. *
TERCERO. - FACULTAR, al Gobernador Regional de Arequipa, a suscribir el convenio de
- Asistencia Técnica con PROINVERSION. :
CUARTO.- AUTORIZAR a la administración del Gobierno Regional de Arequipa a realizar -las afectaciones presupuestales y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera — SIAF, así como las modificaciones presupuestarias necesarias para la emisión |
“Legislativo N° 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
QUINTO. — AUTORIZAR al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección '' “General de Tesoro Público, a realizar los registros presupuestarios y financieros necesarios -' para la emisión del CIPRL, hasta por el monto total de la inversión que haya asumido la empresa privada, en el caso que, en el marco de la Ley N°. 29230, modificatorias y -
- Reglamento, la Entidad Pública no cumpla.con solicitarsu emisión mediante la Plataforma de Documentos Valorados. De acuerdo a lo dispuesto en el numeral N° 11.3 y 11.11 dela”
“Ley N° 32460, vi
SEXTO,- DISPONER que la administración del Gobierno Regional de Arequipa, designe: en el plazo de ley, a los integrantes del Comité especial encargado de elaborar las bases .: «del proceso de selección de la empresa privada que financiará y ejecutara los proyectos viables y-el comité especial encargados de elaborar las bases del proceso de selección de
7 el TUO de la ley 29230. - .
“de los Certificados de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL), conforme al Decreto...
la entidad supervisora de los proyectos priorizados y las demás atribuciones conferidas por . A da
SÉPTIMO. - SOLICITAR la Asistencia Técnica, en la modalidad de asesoría, a la Agencia... de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, según los alcances del numeral. .'
:- 6.3 del artículo 6° del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
OCTAVO. - DISPONER que el Ejecutivo Regional, a través de la Gerencia General. ©
Regional, informe trimestralmente al Consejo Regional de Arequipa sobre el estado de los”: *
proyectos priorizados, incluyendo los hitos del proceso de selección, suscripción de convenios, ejecución física y financiera, así como la emisión de los Certificados de Inversión
Pública Regional y Local (CIPRL).
NOVENO.- NOTIFICAR el presente Acuerdo Regional al Gobernador Regional de -
Arequipa, a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Promoción de la. Inversión Privada, para su conocimiento y fines correspondientes. coji?
DÉCIMO. - PUBLICAR, el presente Acuerdo Regional, en el Portal Institucional de la. ° Entidad. Pública y REMITIRLO a PROINVERSIÓN, según lo dispuesto en el Reglamento . >: vigente de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con ': : participación del sector privado. DN 5 O 2
DÉCIMO PRIMERO. - PRECISAR que la ejecución del proyecto ..se sujetará. 7 estrictamente a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado mediante. .* Decreto Supremo N° 038-2026-EF, y demás normativa aplicable. a re Fe
POR TANTO: . . Regístrese, publíquese y cúmplase.
NONAL DE AREQUIPA GOBIERRO, ¡O' REGIONAL y
a,
Abs: —_ PRESIDENTA *
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/8242993-132-2026-gra-cr-arequipa PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10122563/8242993-132-2026.pdf