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121-2026-GRA-CR-AREQUIPA Regional Agreement Arequipa In force

Acuerdo Regional N.° 121-2026-GRA/CR-AREQUIPA

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GOBIERNO REGIONAL

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ACUERDO REGIONAL N° 121-2026-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 06 de mayo del 2026

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria de fecha 05 de mayo de 2026, aprobó el siguiente acuerdo;

VISTOS:

El Dictamen N° 001-2025/CR-C.ESPECIAL de la Comisión Especial Investigadora del presunto incumplimiento de protocolos de actuación ante caso de violencia sexual y consecuente embarazo de alto riesgo en agravio de niña de diez (10) años de edad

y; CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 191% de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los S]Jasuntos de su competencia, en concordancia con el artículo 2° de la Ley N* 27867, que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego presupuestal.

Que, el artículo 39° de la Ley N° 278767 estipula que los Acuerdos del Consejo

Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo

Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de

practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En

la misma línea, el artículo 16 del referido cuerpo normativo sobre los Derechos y

obligaciones funcionales de los Consejeros regionales, señala en el literal a) proponer normas y acuerdos regionales.

Que, de conformidad con el artículo 65° de la Ordenanza Regional N.° 154- AREQUIPA, que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa y sus modificatorias, el Consejo Regional ejerce la función fiscalizadora mediante Comisiones Especiales Investigadoras cuando se trate de asuntos complejos y/o de singular importancia.

Que, el numeral 30.2 del artículo 30° de la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA, que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa, señala que los dictámenes son documentos que contienen el fundamento fáctico y jurídico, circunstancias y hechos que fundamentan la presentación de un proyecto de Ordenanza Regional o Acuerdo Regional.

Que, conforme al Plan de trabajo de la Comisión, se han realizado pedidos de información correspondiente al caso de violencia sexual y consecuente embarazo de alto riesgo en agravio de niña de diez (10) años de edad que dio origen a la creación de la presente comisión. Y si bien existe información remitida, aún existe información pendiente no alcanzada que resulta crucial para la elaboración del informe final de fiscalización.

Que, por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; en aplicación de su Reglamento Interno, por UNANIMIDAD en Sesión Extraordinaria de fecha 05 de mayo del 2026,

SE ACUERDA:

" PRIMERO.- APROBAR la ampliación del plazo de 60 días hábiles al estipulado en el Acuerdo Regional N° 023-2026-GRA/CR-AREQUIPA para que la Comisión especial desarrolle el proceso de fiscalización correspondiente, contado a partir del vencimiento del plazo original.

SEGUNDO.- NOTIFICAR el presente Acuerdo Regional al Gobernador Regional, a las dependencias correspondientes y a los integrantes de la Comisión Especial Investigadora, para su conocimiento y fines pertinentes.

TERCERO.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal institucional del Gobierno Regional de Arequipa.

POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.

DE AREQUIPA ON:

NO REGIO! GOBIERNG Ted


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/8126454-121-2026-gra-cr-arequipa PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9962211/8126454-121-2026.pdf