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120-2026-GRA-CR-AREQUIPA Regional Agreement Arequipa In force

Acuerdo Regional N.° 120-2026-GRA/CR-AREQUIPA

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GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

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ACUERI LN*_ 120-2026 - IPA Arequipa, 06 de mayo del 2026

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria de fecha 05 de mayo de 2026, aprobó el siguiente acuerdo;

VISTOS: El Dictamen de Comisión N° 035-2026-GRA/CR-CDECI de la Comisión de Desarrollo Económico y Cooperación Internacional;

CONSIDERANDO: y Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Politica del Perú, los

Ñ Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, texto

son personas jurídicas de derecho público, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal.

Que, los Consejos Regionales, aprueban, modifican o derogan las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprueban su Reglamento Interno, conforme lo establecido en los literales a) y e) del artículo 15° de la ley 27867.

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230 aprobado por el Decreto Supremo N* 081-2022-EF (en adelante Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230), regula el marco normativo para que los Gobiernos Regionales, . Municipalidades y Universidades Públicas puedan suscribir convenios con las empresas privadas que impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local, financiar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (en adelante IOARR), e

inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición de emergencia (en adelante IOARR de emergencia), el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, que deben estar en armonía con las políticas y con los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaración de viabilidad, o con la aprobación, según corresponda.

Que, el sub numeral 1, del numeral 57.6 del artículo 57° del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2026-EF, establece: La lista de priorización de Intervenciones a ejecutarse en el marco de la Ley, en el caso de los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y las Universidades Públicas se aprueba mediante acuerdo del Consejo Regional, el Concejo Municipal o el acuerdo del Consejo Universitario o de la Comisión Organizadora, respectivamente. Esta facultad es indelegable.

Que, mediante Dictamen N° 035-2026-GRA/CR-CDECI, la Comisión de Desarrollo Económico y Cooperación Internacional, considera procedente, aprobar la priorización del proyecto de inversión “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA

OFICINA DE CRIMINALISTICA DE LA XI DIRECCION TERRITORIAL DE POLICIA — AREQUIPA”, con CUI N° 2160780.

Que, por estas consideraciones, al amparo del contenido del articulo 57° del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado aprobado mediante Decreto Supremo N* 038- 2026-EF, y las atribuciones conferidas en la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N* 154-AREQUIPA, reglamento Interno: del Consejo regional de Arequipa y sus modificatorias, Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, por MAYORIA en Sesión Extraordinaria de fecha 05 de mayo de 2026;

SE ACUERDA:

PRIMERO. - APROBAR, la priorización del proyecto de inversión “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA OFICINA DE CRIMINALISTICA DE LA XI DIRECCION TERRITORIAL DE POLICIA — AREQUIPA”, con CUI N° 2160780, por un monto de S/ 32 906 652.76 (Treinta y dos millones novecientos seis mil seiscientos cincuenta y dos con 76/100 Soles), para su financiamiento y ejecución, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y su reglamento.

SEGUNDO. — FACULTAR al Gobernador Regional de Arequipa a suscribir los Convenios de Inversión Pública Local con las Empresas Privadas seleccionadas de conformidad con lo establecido en el artículo 4? del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y las adendas que fuesen pertinentes.

TERCERO. — FACULTAR al Gobernador Regional de Arequipa, a suscribir el convenio de Asistencia Técnica con PROINVERSIÓN.

CUARTO.- FACULTAR, a la Administración del Gobierno Regional de Arequipa, aprobar las afectaciones presupuestales y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF que origine la emisión de los Certificados de “Inversión Pública Regional y Local —Tesoro Público” CIPRL, así como las modificaciones presupuestarias dirigidas a la emisión de los CIPRL, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

QUINTO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo Regional, en el Portal Institucional de la Entidad Pública y REMITIRLO a PROINVERSIÓN, según lo dispuesto en el numeral 56.2 del artículo 56° del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2026-EF,

SEXTO.- DISPONER, que el Ejecutivo Regional, a través de Gerencia General Regional, informe trimestralmente al Consejo Regional de Arequipa sobre el estado de los convenios, ejecución fisica y financiera de las inversiones priorizadas.

  • SEPTIMO.- NOTIFICAR, el presente acuerdo al Gobierno Regional de Arequipa y a la Gerencia Regional Ambiental, para su conocimiento y ejecución.

POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.

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