Acuerdo Regional N.° 103-2026-GRA/CR-AREQUIPA
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GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
ACUERD: NAL N* 103-2026 - AREQUIPA Arequipa, 04 mayo del 2026.
El Consejo Regional del Gobierno regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de fecha 28 de abril del 2026, aprobó el siguiente acuerdo;
VISTOS: El Dictamen de Comisión NO 014-2026-GRA/ CR-CS de la Comisión de Salud; CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el Artículo 191° de. la Constitución Politica del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal.
; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867, estipula que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, de conformidad al artículo 13° de la Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional.
Que, mediante Dictamen de Comisión N° 014-2026-GRA/CR-CS, la Comisión de Salud, da cuenta del Informe de Fiscalización Unipersonal N* 009-2026-GRA/CRMSHT, remitido por la Consejera por la provincia de Arequipa María Socorro Herrera Terrazas, respecto a la visita al Puesto de Salud de Callalli, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa.
Que, por estas consideraciones, al amparo de la Ley N*27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N°508-AREQUIPA y la Ordenanza Regional N°154-AREQUIPA y sus modificaciones; por MAYORIA en Sesión Ordinaria de fecha 28 de abril del 2026,
SE ACUERDA:
PRIMERO.- APROBAR, el Informe de Fiscalización Unipersonal N° 009-2026- GRA/CR-MSHT, remitido por la Consejera por la provincia de Arequipa María Socorro Herrera Terrazas, respecto a la visita al Puesto de Salud de Callalli, distrito de Callalli, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa.
SEGUNDO.- REMITIR copia del informe fiscalización y todo lo actuado a la Secretaria Técnica de Procedimiento Administrativo - Disciplinario del Gobierno
Regional de Arequipa, para su evaluación de inicio de diligencias preliminares en base a los hechos descritos en el informe citado de corresponder.
TERCERO.- REMITIR copia del informe fiscalización y todo lo actuado al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Arequipa, para su conocimiento y acciones que correspondan.
CUARTO.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Salud informe al Consejo Regional, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, sobre las acciones adoptadas en cumplimiento del presente Acuerdo.
QUINTO.- DERIVAR, copia del presente Acuerdo Regional y del Informe de Fiscalización Unipersonal N° 009-2026-GRA/CR-MSHT, a la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de Arequipa, para que adopte de forma urgente acciones para atender las debilidades y deficiencias del Puesto de Salud de Callalli.
SEXTO.- DISPONER, la publicación del presente acuerdo en la página web del Gobierno Regional de Arequipa.
POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/8107548-103-2026-gra-cr-arequipa PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9935789/8107548-skm_c266i26050809420_0001.pdf