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02-2011-AREQUIPA Regional Decree Arequipa In force

Decreto Regional N.° 02-2011-AREQUIPA

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GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA

DECRETO REGIONAL No 002-2011-AREQUIPA APRUEBAN LA CREACiÓN DE UN ÁREA FUNCIONAL NO ESTRUCTURADA DE PREVENCiÓN Y GESTiÓN DE CONFLICTOS PARA LA PROMOCiÓN DE LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA CONSIDERANDO:

Que, el Perú cuenta con documentos como el Acuerdo Nacional --<:on sus cuatro políticas explícitas sobre la construcción de la paz-, un Plan Nacional de Derechos Humanos y un Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Sin embargo, aún no cuaja el ideal democrático hecho a base de diálogo, respeto mutuo y construcción de consensos. Los conflictos sociales en nuestro país arrojan pérdidas en recursos humanos, infraestructura e inversión en los diferentes sectores económicos; Que, debido a esto, el país está pagando un mayor costo al no invertir en la prevención y resolución de conflictos, más aun ahora con la justificación de la austeridad. Crear Comisiones Multisectoriales o Mesas de Dialogo no generan excesivo gasto para los pliegos presupuestales, pero tampoco significan un verdadero aporte a la solución y transformación como base de la paz social, factor del desarrollo; Que, esto nos permite señalar que en materia de resolución de conflictos, el Perú no cuenta con una estructura articulada para la acción de los diversos sectores del Estado cuya participación resulta limitada frente a la creciente presencia de conflictos a nivel 1 nacional; Que, la Región Arequipa vive un proceso de crecimiento económico y, a la vez, y en buena parte como consecuencia de ese proceso, registra un número más o menos creciente de conflictos sociales que en su mayoria traen consigo la amenaza de escalamiento inmediato. Frente a este fenómeno, resulta necesario que los diferentes estamentos y dependencias del Gobierno Regional Arequipa, organice dependencias y equipos cuya función sea monitorear y resolver las amenazas de conflictos y los conflictos manifiestos, de manera tal que se de mayor posibilidad de gobernabilidad; Que, en ese contexto, es necesario integrar el esfuerzo orgánico orientándolo hacia la prevención y gestión de los conflictos sociales, con énfasis en el componente preventivo, creando un Área Funcional no Estructurada de Prevención y Gestión de Conflictos para la promoción de la Gobernabilidad Democrática dependiente de la

Presidencia Regional que, mediante el recojo y tratamiento oportuno, eficiente y especializado de la información, permita detectar a tiempo las amenazas de conflicto, los problemas sociales por pequeños que sean, y asegurar la gestión adecuada de tal eventualidad, enderezando todo el sistema bacia la promoción permanente de la concertación social y de la gobernabilidad; Que, los artículos 191' Y 192' de la constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2' de la Ley N' 21867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de Derecho Público Interno que gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa, (ROF), aprobado por la Ordenanza Regional N' 01 O-AREQUIPA, establece que: "Las unidades orgánicas y dependencias del Gobierno Regional pueden constituir al interior de los misnws, áreas funcionales no estructuradas, de acuerdo a los requerimientos institucionales"; Que, la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la normativa invocada, también prescribe: "Autorícese al Presidente Regional para que mediante Decreto Regional previo acuerdo del Directorio de Gerentes dicte las medidas complementarias que sean necesarias"; Estando a lo aprobado en Sesión de Directorio de Gerentes del 04 de Octubre del 20 ll Y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso d) del Artículo 21 de la ley N" 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; DECRETA: ARTíCULO 1°._ Aprueban Creación de Área Funcional No estructurada Apruébese la creación del Área Funcional no Estructurada de Prevención y Gestión de Conflictos para la promoción de la Gobernabilidad Democrática, dependíente de la Presidencia Regional del Gobierno Regional Arequipa. ARTíCULO 2°._ Vigencia de la Norma El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. ARTÍCULO 3°._ Norma derogatoria Deróguese cualquier otra disposición que se oponga al presente. Dado en la sede del Gobiernb Regional de Arequipa a los octubre del año dos mil once.

SE I S

días del mes de


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/2358450-02-2011-arequipa PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2416260/doc.pdf