Acuerdo de Consejo Regional N.° 014-2026-GRA/CR- AREQUIPA
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CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA COPIA CERTIFICADA: Quien suscribe Secretario del Consejo Regional de Arequipa hago constar que la presente copia es idéntica ala original conta cual compare.
GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA 9 8 ENE. 2026 AREQUIPA ACUERDO REGIONAL N.° 014-2026- -AR
Arequipa, 27 de enero de 2026
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de fecha 27 de enero del 2026, aprobó el siguiente Acuerdo;
VISTOS:
El Dictamen N.° 001-2026-GRA/CR-CEMA de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley N.° 30305, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el artículo 192° numeral 6 de nuestra Carta Constitucional establece la competencia de los Gobiernos Regionales para expedir normas en los asuntos que por mandato constitucional o legal le atañen;
Que, de conformidad al artículo 13° de la Ley N.° 27867, modificado por el artículo Unico de la Ley N.° 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional.
Que, el literal a) del artículo 37° de la norma en comentario, señala, que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales. Siendo que, en su artículo 39° suscribe, que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, el numeral 30.2 del artículo 30% del Reglamento del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, aprobado mediante Ordenanza Regional N.° 154- AREQUIPA, y modificado mediante O.R. N.° 544-AREQUIPA suscribe, que los dictámenes son documentos emitidos por las Comisiones que contienen el fundamento fáctico y jurídico que sustentan la presentación de un Proyecto de Ordenanza Regional o Acuerdo Regional, para ser sometidos a consideración del Pleno del Consejo Regional para su debate y aprobación. Los dictámenes pueden ser aprobados en mayoría o por unanimidad. Cuando el dictamen no es por unanimidad el miembro o miembros que se encuentre en desacuerdo está(n) facultado(s) a emitir otro dictamen en minoría. Los dictámenes en mayoría y minoría deben consignar la firma y post firma de sus autores al final del mismo y ser visados en cada página del respectivo documento por sus autores.
Asimismo, el artículo 31° del texto ut supra, señala, que los dictámenes que emitan las Comisiones Ordinarias y Especiales se podrán sustentar en los informes que para tal efecto emitan los integrantes del gabinete de asesores y/o consultores del Consejo Regional o las dependencias orgánicas del Gobierno Regional.
Que, mediante Acuerdo Regional N.° 315-2025-GRA/CR-AREQUIPA, se aprobó el informe final de la “Comisión Especial Investigadora Encargada Del Seguimiento de Las Acciones Adoptadas Por El Gobierno Regional de Arequipa, Respecto A La Ejecución del D.S. N°.077-2024-Pcm, Que Declara el Estado de Emergencia Varios Distritos de la Provincia de Islay Del Departamento de Arequipa y de la Provincia de General Sánchez Cerro del Departamento de Moquegua, por peligro inminente Ante Contaminación Hídrica", conformada por Acuerdo Regional N° 174-2024-GRA/CRAREQUIPA.
Que, con escrito s/n de fecha 13 de enero de 2026, el señor Daniel Hernán Toranzo Castillo, solicitó al Consejero Regional por la Provincia de Arequipa, Lic. Cesar Ángel Huamantuma Alarcón, se conforme una Mesa Técnica para contrarrestar las altas concentraciones de arsénico en la sangre y orina de miles de niños del valle de Tambo y la Provincia de Istay.
Que, mediante Oficio N.° 25-2026-GRA/CR/CAHA, de fecha 21 de enero de 2026, EL Lic Cesar Ángel Huamantuma Alarcón, remitió al presidente de la Comisión Ordinaria de Ecología y Medio Ambiente, el Proyecto de Dictamen y Acuerdo Regional para Conformar una mesa Trabajo Multisectorial a fin de abordar el tema de la contaminación hídrica que afecta a distritos de la provincia de Islay.
Que, el presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, puso en consideración a los miembros de la Comisión, estando estos de acuerdo con su presentación al pleno del Consejo Regional.
Que, el Consejo Regional de Arequipa, de acuerdo a las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y en aplicación de su Reglamento Interno, por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 27 de enero de 2026,
SE ACUERDA:
PRIMERO: CONFORMAR la Mesa de Trabajo Multisectorial, con la finalidad de coordinar y articular a las entidades competentes de los niveles nacional, regional y local acciones que solucionen los problemas de la contaminación hídrica del río Tambo y la calidad del agua para consumo humano en la provincia de Islay, mediante el análisis de información sanitaria, ambiental e hídrica, incluyendo los resultados del tamizaje realizado por el Ministerio de Salud y otras autoridades sanitarias, que evidencian la presencia de metales pesados en sangre y orina en la población infantil de instituciones educativas de los distritos de: Dean Valdivia, Mollendo y Matarani, y el seguimiento de las acciones que correspondan en el marco de la normativa vigente.
SEGUNDO: La Mesa de Trabajo Multisectorial, se conformará con las siguientes entidades públicas y privadas las cuales designaran a un representante:
o REGIONAL DE AREQUIPA Gobierno Regional de Arequipa: Reson de Arequipa hago cont’ Paria) del Consejo
Gerencia Regional Ambiental nica ataorignalcontacualeompare presente copla es
Gerencia Regional de Salud AREQ
Gerencia Regional de Agricultura al 28 ENE, 2026
Gerencia Regional de Energía y Minas 8) l Consejo Regional de Arequipa L, L
Comisión de Salud CARLOS APART DRA Toa sesans
Comisión de Ecología y Medio Ambiente SECRETARIO
Consejero Regional por la Provincia de islay
Entidades del nivel nacional y organismos:
Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria — DIGESA Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Ministerio de Energía y Minas
Autoridad Nacional del Agua — ANA
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
SEDAPAR S.A.
Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento — SUNASS
Gobiernos locales
- Municipalidad Provincial de Islay y Municipalidades Distritales de: Mollendo, Dean Valdivia, Cocachacra, Mejía, Punta de Bombón, Islay
Población civil afectada
- Representantes y Asesores técnicos de la Asociación Fuerza Ecosocial
Otros
Defensoría del Pueblo
Fiscalía Especializada en Materia Ambiental
Colegios profesionales de Biólogos, médicos e ingenieros
Precisar que, a decisión de los miembros de la Mesa de Trabajo Multisectorial, podrá invitarse a participar a otras entidades públicas o privadas, así como a especialistas o instituciones académicas, cuando su intervención resulte pertinente para el cumplimiento de su finalidad.
TERCERO: ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a través de la Gerencia Regional Ambiental, lleve a cabo las acciones necesarias para la conformación y funcionamiento de la Mesa de Trabajo Multisectorial, debiendo coordinar con las entidades y representantes involucrados.
CUARTO: ENCARGAR a las áreas directamente involucradas, el cumplimiento obligatorio de las acciones necesarias para la debida implementación de la Mesa de Trabajo Multisectorial, garantizando su ejecución conforme a las normativas vigentes.
QUINTO: ESTABLECER que la Mesa de Trabajo Multisectorial, a través de la Gerencia Regional Ambiental, informe periódicamente al Consejo Regional sobre los avances, acuerdos y acciones adoptadas, así como sobre el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue conformada.
SEXTO: PUBLICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal institucional del Gobierno Regional de Arequipa, conforme a lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, - para conocimiento de la ciudadanía y los fines correspondientes.
CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA
POR TANTO: COPIA CERTIFICADA: Quien suscr ” . Regional de Ar equi a i the Secretario det Consejo Regístrese, comuníquese y cúmplase. idénticaata original conacualetn que la presente copia es
GOBIERNO REGIOÑA AREQUIPA AREQUIPA 28 EN . 2826 PRESIDENTA ‘ xe
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