Decreto Regional N.° 003-2015-GRA
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GOBIERNO REGIONAL AREQUlPA
DECRETO REGIONAL 2015-AREQUIPA APRUEBAN LA DESACTIVACIÓN DEL ÁREA FUNCIONAL NO ESTRUCTURADA DE GESTIÓN CULTURAL Y SOCIAL
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LA GOBERNADORA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUlPA CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680 Ley de Refonna Constitucional, Capítulo XIV, Titulo IV Descentralización; y Ley 28607, #a • ,4 6!" establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía polftica, económica y administrativa en' los ' ~ ~ . g ' : asuntos de su competencia; ,
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Le~
Orgáni~a
Que: el artículo 37° de la
N° 2786:-Ley
de Gobiernos Regiona.les y
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sus normas modIficatorIas, establece que los Gobiernos RegIOnales a traves de sus órganos de Gobierno
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dictan normas y 4isposiciones pertinentes; correspondiendo a la Gobernatura Regiooal emitir Decretos
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RegioOllIes los mismos que conforme al artículo 40 de la acotada Ley, establecen normas reglamentarias
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para la ejecución de Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la
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.;; Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano.
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Que, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento " de Organización y Funciones· del gobierno Regional de Arequipa, aprobado por Ordenanza Regional N° 01 O-AREQUIPA, señala: "Las unidades orgánicas y dependencias del Gobierno Regional pU'eden constituir al interior de las mismas, áreas funcionales no estructuradas, de acuerdo a los requerimientos institucionales" (el resaltado es nuestro). Que, la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final del citado Reglamento del Gobierno Regional de Arequipa, señala: "Autorícese al Presidente Regional~ para que mediante Decreto Regional, previo acuerdo del Directorio de Gerentes, dicte las medidas complementarias que sean necesarias" (el resaltado es nuestro). Que, mediante Decreto Regional N° 016-2007-AREQUIPA de fecha 28 de Diciembre de 2007, se decretó: "Artículo J O._ Apruébese la creación de 'Área Funcional No Estructurada de Gestión Cultura y Social como un área dependiente de la Presidencia Regional, encargado de las acciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades ... ". Que, mediante la Ordenanza N° 307-AREQUIPA, se aprobó: "Articulo JO._ APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequipa aprobado por la Ordenanza Regional ~ OJO-AREQUIPA, creándose la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, ... "
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Que, a través de la Resolución Ejecutiva Regional N° s84-20Is-GRAlGR de fecha 01 de Junio de 2015, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional-CAP de la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, por la modalidad de reordenamiento, en el que aparece la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la Resolución Ejecutiva Regional N° 678-20Is-GRAlPR de fecha 14 de Julio de 2015, resolvió: "artículo 3°._ ENCARGAR a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, la elaboración de los informes y actos subsecuentes tendientes a dejar sin efecto el Decreto Regional que crea el Área Funcional No Estructurada de Gestión Cultural y Social". Asimismo el artículo 21° concordado con el artículo 40° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es facultad del Presidente Regional dictar Decretos Regionales para reglamentar Ordenanzas Regionales, y estando a lo tratado en Directorio de Gerentes de fecha 05 de Agosto de 2015 se ha acordado aprobarla desactivación del Área Funcional No Estructurada de Gestión Cultural y Social como área dependiente de la Presidencia Regional, encargado de las acciones en materia de desarrollo e igualdad de oportunidades. DECRETA: Artículo 1°._ DESACTIVAR el Área Funcional No Estructurada de Gestión Cultural y Social como área dependiente de la Gobematura Regional, encargado de las acciones en ' materia de desarrollo e igualdad de oportunidades, aprobada mediante Decreto Regional N° 016-2007-AREQUlPA de fecha 28 de Diciembre de 2007. Artículo 2°._ DISPONER que todo el acervo documentario del Área Funcional No Estructurada de Gestión Cultural y Social sea asumida por la nueva Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno Regional de Arequlpa. Artículo 3°._ DISPONER que la Oficina Regional de Administración realice las acciones necesarias, para el cumplimiento del presente Decreto. Dado en la Sede Presidencial del Gobierno Regional de Arequipa'a los DIECINUEVE (19)
d!as' del mes de agosto
dei año dos mil quince.
REGÍSTRESE, PÚBLÍQUESE y CÚMPLASE.
I~:EQU'IPA
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/2362713-003-2015-gra PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2420991/doc.pdf