Decreto Regional N.° 003-2011-AREQUIPA
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GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA
DECRETO REGIONAL No 003-2011-AREQUIPA APRUEBAN LA CREACIÓN DE UN ÁREA FUNCIONAL NO ESTRUCTURADA DE APOYO Y COORDINACIÓN A LOS PROYECTOS ESPECIALES Y ESTRATEGICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 192° de la Constitución Política del Perú y el artículo 35 de la Ley N° 27783 Ley de Bases de Descentralización es competencia de los Gobiernos Regionales aprobar su organización interna y su presupuesto. Que asimismo el artículo 9° de la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales establece: "Los gobiernos regionales son competentes para: a) Aprobar su organización interna y su presupuesto.
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g) Promover y regular actividades ylo servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley. h) Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regionaL"
Que, el Gobierno Regional de Arequipa a través de la Gerencia Regional de Infraestructura, viene ejecutando obras y proyectos de desarrollo en todos los sectores de su competencia, utilizando las modalidades de administración Directa, por Encargo, Contrata, Obra por Impuesto, etc. Asimismo ejecuta Proyectos Especiales y Estratégicos, tales como Puente Chilina, Autopista Arequipa - La Joya, el Proyecto Piloto Pavimento Ecológico entre otros; a los cuales se debe dar un tratamiento especial dada la envergadura de los mismos. ~O\ON,(
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Que, la segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de ~"{.f) .Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa, (ROF), aprobado por la ~ !, Ordenanza Regional N° OIO-AREQUIPA, establece que:
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"Las unidades orgánicas y dependencias del Gobierno Regional pueden constituir al interior de los mismos, áreas funcionales no estructuradas, de acuerdo a los requerintientos institucionales".
Que, la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la normativa invocada, también prescribe: "Autorlcese al Presidente Regional para que mediante Decreto Regional previo acuerdo del Directorio de Gerentes dicte las medidas complementarias que sean necesarias".
Estando a lo aprobado en Sesión de Directorio de Gerentes del 04 de octubre del 2011 y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso d) del Artículo 21 de la ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; DECRETA: ARTÍCULO 1°._ Aprueban Creación de Área Funcional No estructurada Apruébase la creación del Área Funcional no Estructurada de Apoyo y Coordinación a los Proyectos Especiales y Estratégicos del Gobierno Regional de Arequipa, dependiente de la Presidencia Regional; la misma que se encargará de brindar apoyo técnico, administrativo, supervisión y control de proyectos que viene ejecutando y ejecutará el Gobierno Regional de Arequipa; sin que implique incremento de personal administrativo. ARTÍCULO 2°._ Vigencia de la Norma El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. ARTÍCULO 3°._ Norma derogatoria Deróguese cualquier otra disposición que se oponga a la presente.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Arequipa a los octubre del año dos mil once.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/2370593-003-2011-arequipa PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2428808/msdoc.pdf