Decreto Regional N.° 002-2021-AREQUIPA
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DECRETO REGIONAL N° 002 -2021-AREQUIPA
APRUEBA ELIMINACIÓN DE VEINTITRÉS (23) PROCEDIMIENTOS DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA “cS. CONSIDERANDO:
=, Que, mediante Ordenanza Regional n° 411-AREQUIPA, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Arequipa, que contiene seiscientos veinticinco (625) procedimientos administrativos;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley n° 27444 Ley del Procedimiento 2\ Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo n° 004-2019-JUS, , establece entre los principios que sustentan el procedimiento administrativo, el / debido procedimiento, razonabilidad, celeridad, eficacia y de simplicidad, los cuales deben aplicarse dentro de la actuación de toda entidad de la Administración Pública; ello implica, entre otros aspectos, identificar, reducir y/o eliminar aquellos procedimientos que resulten innecesarios, injustificados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados a la Ley del Procedimiento Administrativo General o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento;
Que, el numeral 40.5 del artículo 40° y el numeral 44.5 del artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley, señalan que las disposiciones concemientes a la eliminación de procedimientos o requisitos, o la simplificación de los mismos, así como la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se aprueba por Decreto Regional para los Gobiernos Regionales;
Que, mediante Informe n° 49-2021-GRA/ORPPOT-OPDI, la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional propone la eliminación de un primer grupo de veintiún (21) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Arequipa; asimismo, mediante Informe n° 108-2021-GRA/ORPPOT-OPDI, la misma Oficina propone la eliminación de dos (02) procedimientos administrativos adicionales del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del
Gobierno Regional de Arequipa; todo ello en el marco de las disposiciones de simplificación administrativa, buscando con ello mayor eficacia, eficiencia, celeridad y equidad en los procedimientos administrativos, garantizando así los derechos e intereses de los administrados, con sujeción al ordenamiento constitucional;
Que, el Equipo de Mejora Continua del Gobierno Regional de Arequipa, conformado por el artículo 2° de la Resolución Ejecutiva Regional n° 319-2019- GRA/GR, del 12 de junio de 2019, y en el marco de la simplificación administrativa, tiene la potestad de recomendar la eliminación de procedimientos administrativos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Arequipa, que considere innecesarios; por lo que, en los acuerdos llevados a cabo el 25 de marzo del año en curso, propone la eliminación de 18 procedimientos: cuatro (4) de los procedimientos generales, referidos a recursos impugnativos, de ejecución coactiva y de tercería de propiedad, que no corresponden por estar regulados en la Ley de Procedimiento Administrativo General; seis (6) procedimientos de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional, por estar vinculados al órgano de asesoramiento que no constituyen procedimientos a ser consignados en el TUPA; dos (2) procedimientos de la Oficina de Logística y Patrimonio, por estar vinculados al órgano de apoyo que no constituyen procedimientos a ser consignados en el TUPA; seis (6) procedimientos de la Oficina de Recursos Humanos, por estar vinculados al órgano de apoyo que no constituyen procedimientos a ser consignados en el TUPA. Asimismo, se ha incorporado para ser eliminados cuatro (4) procedimientos de la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, a solicitud de la citada oficina, por haber variado la competencia del Gobierno Regional al Gobierno Local; y un (1) procedimiento del Órgano de Contro! Institucional, por no constituir en esencia un procedimiento que debe estar consignado en el TUPA;
Que, en sesión de Directorio de Gerentes llevado a cabo el 06 de julio del año en curso, se acordó aprobar la eliminación de los veintitrés (23) procedimientos antes señalados del TUPA del GRA; acuerdo que ha sido adoptado en observancia del inciso a) del artículo 27? del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa, que establece como atribuciones del Directorio de Gerentes, adoptar acuerdos sobre los Decretos Regionales que proponga el Gobernador Regional (antes Presidente Regional); disposición concordante con el inciso e) del artículo 4° del Reglamento Interno de Sesiones del Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Arequipa, aprobado por Resolución Ejecutiva Regional n* 026-2021-GRA/GR del 02 de febrero de 2021; por lo que, corresponde formalizar la aprobación dada;
De conformidad con lo prescrito en la Ley n° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley n° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Texto Único Ordenado de la Ley n° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo n° 004-2019-JUS y la Ordenanza Regional n° 010-AREQUIPA;
SE RESUELVE
ARTÍCULO ÚNICO. - Eliminación de Procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos — TUPA del Gobierno Regional de Arequipa.
Apruébese la eliminación de veintitrés (23) procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Arequipa, aprobado por Ordenanza Regional n° 0411-AREQUIPA, conforme al siguiente
detalle: Número Número de Denominación de Procedimiento procedimiento según TUPA Procedimientos Generales en todo el Gobierno Regional de Arequipa
1 4 Recurso de Reconsideración
2 5 Recurso de Apelación
3 6 Ejecución Coactiva
4 7 Tercería de Propiedad
Organo Regional de Control Institucional $ | 8 i Denuncias y Sugerencias Ciudadanas Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil
6 9 Inspección Técnica para estimación de riesgos para Asentamientos Humanos A) Informe de Evaluación de Riesgo 1) Asentamientos Humanos (AA. HH).
7 10 Inspección Técnica para estimación de riesgos 1. Para el caso de viviendas unifamiliares A) Informe de Evaluación de Riesgo.
8 11 Inspección Técnica para estimación de riesgos 2. Para el caso de
REGION) viviendas multifamiliares B) Informe de Evaluación de Riesgo. (eo veg EN 12 Inspección Técnica para estimación de riesgos en Centros Poblados A) fod e Informe de Evaluación de Riesgo en Centros Poblados. a 5 Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional XA, S AO 13 Opinión Técnica favorable para la inscripción en el registro de ONGD Le Asegon® de APCI
11 14 Opinión Técnica favorable para adscripción de cooperantes o expertos de ONGD o ENIEX
12 15 Opinión Técnica favorable del Plan Anual de ONGD
13 16 Opinión Técnica favorable de proyecto / actividad de ONGD o ENIEX
14 17 Opinión Técnica favorable para prórroga de adscripción de cooperantes experto de ONGD o ENIEX
15 18 Opinión Técnica favorable para aceptación y aprobación de donación de Cooperación Internacional
Oficina de Logística y Patrimonio
16 19 Acceso de bases para licitaciones públicas, concursos públicos para la adquisición de bienes, prestación de servicios, consultoría y obras.
17 20 Venta de bases por subasta pública de bienes dados de baja
Oficina de Recursos Humanos
18 21 Expedición de constancia de haberes y descuentos
19 22 Expedición de certificado de trabajo
20 23 Expedición de declaración jurada para bonos de reconocimiento, AFP.
21 24 Expedición de certificado de trabajo para continuación de pago facultativo.
22 25 Búsqueda de información de documentos, resoluciones, otros.
23 26 Subsidios
23 Total de procedimientos eliminados
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. - Vigencia de la norma
El presente Decreto Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a ley.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
ÚNICA. - Publicidad
Disponer la publicación del presente Decreto Regional en el Diario Oficial El Peruano; / así como en el diario de Avisos Judiciales de la región Arequipa; y la difusión respectiva en el Portal Institucional y las diversas unidades orgánicas involucradas.
Deróguese toda norma o disposición que se oponga al presente Decreto Regional.
/ Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, .... a] PPILTR día: del mes de OCTUBRE del Dos Mil Veintiuno.
REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE
áceres Llica DOR REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/2370612-002-2021-arequipa PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2428825/msdoc.pdf