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002-2016-GRA-GR Regional Decree Arequipa In force

Decreto Regional N.° 002-2016-GRA/GR

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GOBIERNO REGIONAL AREQUlPA

DECRETO REGIONAL N°

-2016-AREQUIPA

APRUEBAN LA CREACiÓN DE ÁREAS FUNCIONALES NO ESTRUCTURADAS DE ASESORrA JURrDICA, DE CONTABILIDAD, DE TESORERfA y DE SEGURIDAD VIAL, EN LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES LA GOBERNADORA DEL GOBIERNO REGIONAL OE AREQUIPA CONSIDERANDO: Que, el artículo 191" de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N" 27680 ley de Reforma Constitucional, CapItulo XIV, Título IV Descentralización; y ley 28607, !establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomla polltica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artIculo 37" de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales a través de sus órganos de Gobierno dictan normas ~ disposiciones pertinentes; correspondiendo a la Gobernación Regional emitir De¡::retos Regionales los mismos que conforme al articulo 40 de"la acotada Ley, establecen normas reglamentarias para la ejecución de Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano; Que, la Oficina de Planea miento y Desarrollo Institucional como órgano dé asesoramiento en temas de planeamiento estratégico, y responsable de la adecuación de la organización de la entidad de acuerdo a

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los cambios estructurales y requerimientos institucionales, es que ha emitido el Informe N° 140-2016-

'9\ GRA/OPDI, por el cual opina favorablemente para la creación de las áreas funcionales no estructuradas propuestas por la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones; Que, la ~egunda Disposición Complementaria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequlpa, aprobado por la Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA, sefíala: "Las unidades orgánicas y dependencias del Gobierno Regional pueden constituir al interior de las mismas, áreas funcionales no estructuradas, de acuerdo a los requerimientos Institucionales";

Que, la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final del citado Reglamento del Gobierno Regional de Arequipa, sefíala: "Autorícese a la Gobernadora Regional, para que mediante Decreto Regional, previo' acuerdo del Directorio de Gerentes, dicte las medidas complementarlas que sean necesarias";

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Que, en el marcQ normativo citado en los considerandos precedentes, es que permite, de acuerdo a

/$/%. ~.¡I,'ti."i.. ~~,~ps requerimientos institucionales," constituir al interior de alguna unidad orgánica y/o dependencia del

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"' .ni; ,toblerno Regional, áreas funcionales no estructuradas; claro eso sr, sin alterar, variar, ampliar, reducir, las .. oyr ~ ,

'"..~;>' funciones asignadas a dicha unidad orgánica u a otra, que le fuera asignada por el propio Reglamento de Orga.nización y Funciones del Gobierno Regional de Arequlpa, aprobado por Ordenanza Regional N" 010AREQUIPA; En efecto, conforme aparece de los antecedentes, la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, plantea constituir al interior de la citada unidad orgánica áreas funcionales no estructuradas de asesoría jurídica. dependiente de la Gerencia Regional; de Contabilidad y de Tesorería, dependientes de la Oficina de Administración; y de Seguridad Vial, dependiente de la Subgerencia de

Transportes; por lo que, estando al artículo 21" concordado con el art(culo 40" de la Ley 27867, ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es facultad de la Gobernadora Regional dictar Decretos Regionales para reglamentar Ordenanzas Regionales, y estando a lo aprobado en Directorio de Gerentes de fecha 28 de abril del año en curso se ha acordado .aprobar la creación de Áreas Funcionales No Estructuradas propuestas al Interior de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones; DECRETA: Artículo 1!!.- APROBAR la creación de Áreas Funcionales No Estructuradas al interior de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Arequipa, conforme al siguiente detalle: Área Funcional no Estructurada de Asesorra Jurídica. El Área Funcional no Estructurada de Asesoría Jurídica, es una Área encargada de proporcionar apoyo en las acciones de carácter legal del sector Transportes y Comunicaciones. Depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Gerencia Regional. Sus funciones son las siguientes: a) Asesorar a la Ger.encia Regional de Transporte y Comunicaciones en aspectos jurídiCOS relacionados con la actividad del sector. b) Absolver las consultas que le requiera la Gerencia Regional y demás unIdades orgánicas en asuntos de su competencia.

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e) Evaluar los expedientes administrativos y proyectos de resolución a ser expedidos por la Gerencia RegIonal. d) Emitir opinión en los recursos de Impugnación deriyados de procedimientos sancionadores por Infracción de la normatividad vigente en la apertura de procesos administrativos diSCiplinarios, imposición de sanciones y recursos de impugnación respectivos.

~~;;~-~~~. e) Emitir Informes y proyectos de resoluciones que deben expedirse por la ·Gerencia Regional, como ~

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f/ ~"~consecuencia de la interposIción de recursos impugnativos vinculados a transportes y comunIcaciones, así

'?;F JñR~~;iomo nulidades de oficio de actos administrativos expresos y resolución flcta por silencio administrativo.

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"'-? ··,;;:.;;.10 Emitir informes y proyectos de resoluciones en temas vinculados a la ley de Contrataciones del estado sobre contratación de bienes y servicios de la Gerencia Regional. cuando se requiera respecto de. los proyectos de resoluciones sobre asuntos

:;j )Atender consultas de carácter técnico normativo e~ materia de transporte y tránsito terrestre. ......, J ..

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  1. Evaluar, formular y proponer disposiciones legales o reglamentarias sobre materia vinculada al sector o las

;:~~:.;;;, ,. V: 2J~.,que le encargue la Gerencia Regional . . !~

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.:5._P:1) Emitir pronunciamiento .legal respecto de las discrepancias prodUCidas dentro de un órgano o entre

_...,;:>.. órganos del sector. k) Compendiar y sistema.tizar la legislación relacionadas al sector.

  1. las demás funciones que le sean asignadas y aquellas que le corresponden en materia de su competencIa. Área Funcional no Estructurada de Contabilidad El Área Funcional no Estructurada de Contabilidad, en una Área encargada de conducir las acciones inherentes al Sistema de Contabilidad en la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones. Depende jerárquica, funcional y adminlstrativ¡¡mente de la Oficina de Administra.ción. Sus Funciones son las siguientes: a) Planificar, organizar, dirigir y controlar las acciones inherentes al sistema administrativo de contabilidad.

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b) Programar, dirigir y controlar la Contabilidad Presupuestal y Patrimonial de la ~erencia Regional de Transportes y Comunicaciones de acuerdo a la normatividad del sistema. l.

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e) Procesar la información contable, presupuestal V patrimonial de la Gerencia Regional, emitiendo balances de comprobación, tanto mensuales, como el balance constructivo.

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d) Preparar y remitir en forma oportuna los requerimientos de Información solicitados por los organismos del nivel central y regional, en coordinación con la Oficina de Administración. e) Registrar la ejecución mensual en el sistema Integradd de administración flnanci~ra (SIAF); as! como la contabilización respectiva,

f) Revisar y controlar la conformidad financiera de las rendiciones de cuentas por encargo dadas a la Gerencia Regional. ) Realizar las acciones de control previo de los ingresos V egresos de la Gerencia Regional. ) Las demás funciones que le sean aSignadas V aquellas que le corresponda en materia de su competencia. Área Funcional no Estructurada de Tesorerra El Área Funcional no' Estructurada de Tesoreria, en una Área encargada de conducir las acciones inherentes al Sistema de Tesorería en la Gerencla Regional de Transportes V Comunicaciones. Depende jerárquica, funcional V administrativamente de la Oficina de Administración. Sus Funciones/son las siguientes:

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a) Planear, organizar, dirigir V controlar la administración de los recursos financieros de los programas de la Gerencia Regional, de acuerdo a las normas del Sistema Nacional de Tesorería .

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"'. , ) Administrar el manejo de todos los fondos perclpidos o recaudados por la Gerencia Regional para el •. ilf.iJOcionamlento técnico administrativo Institucional. .

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Revisar V fiscalizar la documentación fuente que sustenta las operaciones financieras.

d) Ejecutar las actividades de programación de caja, recepción, ubicación V custodia de fondos, as! como la distribución V utilización de los mismos. e) Controlar, preparar V efectuar el pago de remuneraciones, pensiones V asignaciones del personal activo y pasivo. Asimismo el pago de proveedores por las obligaciones V compromisos contraldos por la Gerencia Regional.

f) Efectuar las concillaciories de las cuentas V sub cuentas corrientes bancarias por toda fuente de financiamiento • .'

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/: 1 ;:. ~~<~.~ ; g) Administrar V operar el Fondo para Pagos en Efectivo. " ~~ .' Di >
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..!Z~~::- ' h) Coordinar, elaborar y presentar oportunamente la información a las unidades orgánicas de la Gerencia '-(>Regional, del Gobierno Regional V del Gobierno Central. .

  1. Procesar la información del sistema integrado de administración financiera (SIAF) relacionada con el Sistema, de Tesorer!a.

j) Solicitar o disponer la realización de medidas de seguimiento V verificación del estado V uso de los recursos financieros, tales como arqueos de fondos vIo valores, conciliaciones, entre otros. k) Evaluar y controlar los actos administrativos del personal a su cargo. I} las demás funciones que le sean asignadas V aquellas que le correspondan en materia de su competencia. Área Funcional no Estructurada de Seguridad Vial

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El Área Funcional no Estructurada de Seguridad Vial, en una Área encargada de conducir las acciones inherentes a la seguridad vial en el ámbito regional. Depende jerárquica, funcional y ~dministrativamente de la Sub Gerencia de Transportes. Sus Funciones son las siguientes: a) Formular para su aprobación la. polltica regional de seguridad vial, en concordancia con la poUtica nacional y sectorial. b) Formular para su aprobación los planes regionales de seguridad vial, en concordancia con 105 planes

sectoriales de alcance nacional. e) Formular para su aprobación las normas complementarias de alcance regiona! para el desarrollo de actividades en seguridad vial, considerando la normatlvidad nacional. d) Ejecutar las polftlcas y actividades orientadas a promover la educación y seguridad vial como un mecanismo de prevención de accidentes en la Región Arequipa, en coordinación con el Consejo Regional de Seguridad Vial.

e) Supervisar y evaluar el cumplimiento de la política regional de seguridad vial, la normativldad, planes, programas, proyectos, y actividades, elaborando 105 informes que correspondan. f) Fiscalizar en las carreteras de la red vial regional, las actividades relacionadas con la seguridad vial. ~// g) Di ndir y fomentar la normatividad sobre educación y seguridad vial en el ámbito regional.

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,/~-a' V"B" .'<ii\ ) Prestar apoyo técnico a los Gobiernos Locales e Instituciones que lo requieran, en el adecuado ,,(.") '" .. 1, :. ..:.!i cumplimiento de las funciones descentralizadas en seguridad vial, complementando las acciones del , .' _•• -...

_.' '.',' G bi N' I o erno aClona .

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  1. Coordinar con las dependencias especializadas del sector público y privado, los aspectos operativos en materia de educación y seguridad vial. . .

j) Las demás funciones que le sean asignadas y .aquellas que le correspondan en materia de su competencia. Artrcu/o 2-.- Vigencia de la Norma El presente Decreto Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación; y su aplicación no irrogará gasto alguno al Tesoro Público, asr como tampoco la creación de plazas o contratación de nuevo personal; debiendo la Gerencia Regional optimizar sus recursos humanos y logísticos con los que cuenta .

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Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequlpa a Jos VEINT ICINC {tjas del. mes de

/o{; '¡;';;:f~~\ del aHo dos mil dieciséis.

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REGrSTRESE, PUBLrQUESE y CUMPLASE.

MAYO

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/2363301-002-2016-gra-gr
PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2422036/doc.pdf