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001-2017-AREQUIPA Regional Decree Arequipa In force

Decreto Regional N.° 001-2017-AREQUIPA

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DECRETO REGIONAL Nº 001 -2017-AREQUIPA LA GOBERNADORA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA VISTOS: El Informe N° 657-2016-GRA/GRI de la Gerencia Regional de Infraestructura, el Informe N° 411-2016-GRA/OPDI de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional, el Informe de Sesi~n de Directorio de Gerentes Nº 041-2016-GRA/SG, el Informe N" 1452-2016-GRA/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; y,

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CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191 º de la Constitución Política del Estado, modificado po~ la Ley Nº 27680 -Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV Descentralización-; y la Ley Nº 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- en su Artículo 37º establece que los Gobiernos Regionales a través de sus órganos de Gobierno dictan normas y disposiciones pertinentes, correspondiendo a la Gobernación Regional emitir Decretos Regionales, los cuales, conforme el Articulo 40° de la Ley acotada, establecen normas reglamentarias para la ejecución de Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Adminístración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano; Que, la Segunda Disposición Complementaría del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequipa, aprobado por la Ordenanza Regional N" 010AREQU}PA, prescribe que: · "Las unidades orgánicas y dependencias del Gobierno Regional pueden constituir al interior de Zas mismas, áreas funcionales no estructuradas, de acuerdo-a requerimientos institucionales"; Que, asimismo, en su Octava Disposición Complementaria el referido ROF establece lo siguiente: "Autorícese al Presidente Regional, para que mediante Decreto Regional y previo acuerdo del Directorio de Gerentes dicte las medidas complementarias que sean necesarias"; Que, . mediante el Decreto Regional N" 003-2011-AREQUIPA se creó el Área Funcional No Estructurada de Apoyo y Coordinación a los Proyectos Especiales y Estratégicos del Gobierno Regional de Arequipa, con dependencia de la Presidencia Regional (hoy Gobernación Regional), a fin de que brinde apoyo técnico, administrativo, supervisión y control de proyectos que viene ejecutando y ejecutará el Gobierno Regional de Arequipa, y sin que implique el incremento de personal administrativo; Que, .a través del Decreto Regional W 001-2015-AREQUIPA se modificó el Artículo Primero del Decreto Regional N° 003-2011-AREQUlPA disponiendo que el Área Funcional No Estructurada de Apoyo y Coordinación a los Proyectos Especiales y Estratégicos dependerá de la· Gerencia Regional de Infraestructura; Que, en el Informe N° 657-2016-GRA/GRI la Gerencia Regional de Infraestructura solicita la desactivación del Área Funcional No Estructurada de Apoyo y Coordinación a los Proyectos Especiales y Estratégicos por razones de oportunidad y eficiencia; Que, la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional mediante el Informe N° 4112016-GRA/OPDI concluye que es procedente dejar sin efecto los Decretos Regionales N° 0032011-AREQUIPA y 001-2015-AREQUIPA; Estando al Acuerdo de Directorio de Gerentes Regionales de fecha 28 de octubre de 2016 y a los informes de Vistos, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA, DECRETA: ARTÍCULO 1 º .- DESACTIVAR el Área Funcional No Estructurada de Apoyo y Coordinación a los Proyectos Especiales y Estratégicos dependiente de la Gerencia Regional de Infraestructura; en consecuencia, dejar sin efecto los Decretos Regionales N° 003-20 11-AREQUlPA y 001 -2015-. AREQUIPA.

ARTÍCULO 2°.- DISPONER que las funciones, requerimientos, conformidades, así como y el acervo documentario del Área Funcional No Estructurada de Apoyo y Coordinación a los Proyectos Especiales y Estratégicos sean asumidas por la Subgerencia de Ejecución de Proyectos ·de Inversión, con conocimiento de la Gerencia Regional de Infraestructura. ARTÍCULO 3° .- TRANSCRIBIR el presente Decreto Regional a las instancias pertinentes del Gobierno Regional de Arequipa para su cumplimiento. ARTÍCULO 4º .- DISPONER la publicación del presente Decreto Regional en el Diario de mayor circulación regional y en el Portal de Transparencia del Gobierno Regional de Arequipa.

Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los del año. dos mil diecisiete. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

SEIS

días del mes de EN.ERO


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/2370582-001-2017-arequipa PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2428813/msdoc.pdf