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097-2025-GR-APURIMAC-CR Regional Agreement Apurímac In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 097-2025-GR-APURIMAC/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC CONSEJO REGIONAL

“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 097-2025-GR-APURIMAC/CR

Abancay, 30 de diciembre de 2025.

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC: VISTOS:

En la Décimo Tercera Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, llevado a cabo en la ciudad de Abancay, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco, como ORDEN DEL DIA, Proyecto de Acuerdo de Consejo Regional denominado: EXPRESAR el RECONOCIMIENTO INSTITUCIONAL al equipo profesional y técnico que labora en el Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; asimismo, en el mismo cuerpo normativo constitucional en su artículo 192° numeral 1), concordante con el Artículo 9° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como competencia de los Gobiernos Regionales, el de aprobar su organización interna y su presupuesto.

Que, en ese sentido, el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal.

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas.

Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen la elaboración de un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y financiamiento, según corresponda. Los

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Acuerdos Regionales seran aprobados por mayoria simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”;

Que, la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, responsable de cautelar la correcta gestión institucional y reconocer los servicios relevantes prestados en beneficio de la administración pública regional.

Que, el adecuado funcionamiento del Consejo Regional requiere del soporte técnico y legal especializado, así como de la continuidad administrativa de sus órganos de apoyo, siendo esencial la labor desarrollada por quienes asumen funciones de Asesoría Legal y Secretaría General, aun cuando dichas funciones se ejerzan por encargatura.

Que, la Abogada GRISELA MARÍA BARRERA BARRERA ha asumido funciones como Asesora Legal y Secretaria General por encargatura, durante los períodos correspondientes a la gestión 2023 —- 2026, demostrando responsabilidad, capacidad técnica, compromiso institucional y estricto respeto al marco normativo vigente.

Que, su desempeño ha contribuido significativamente al correcto desarrollo de las sesiones del Consejo Regional, a la legalidad de los actos administrativos y a la continuidad del funcionamiento institucional del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac.

Que, resulta pertinente expresar el reconocimiento institucional por los servicios prestados, en mérito a la labor eficiente y diligente desarrollada en beneficio de la gestión pública regional.

Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, de fecha lunes veintinueve del mes de diciembre del año dos mil veinticinco, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Pleno del Consejo Regional, quedando aprobado por Unanimidad de sus integrantes; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta:

APROBARON EL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL SIGUIENTE:

ARTÍCULO PRIMERO. - EXPRESAR el RECONOCIMIENTO INSTITUCIONAL del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac a la Abogada GRISELA MARÍA BARRERA BARRERA, por la destacada labor desempeñada como Asesora Legal y Secretaria General por Encargatura, durante los períodos correspondientes a la gestión 2023 - 2026.

ARTÍCULO SEGUNDO. - DESTACAR el profesionalismo, responsabilidad, solvencia técnica y compromiso institucional demostrados en el ejercicio de sus funciones, contribuyendo al fortalecimiento de la legalidad, la continuidad administrativa y el adecuado funcionamiento del Consejo Regional.

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CONSEJO REGIONAL o “AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

ARTÍCULO TERCERO. -DISPONER que el presente Acuerdo sea notificado al interesado y se deje constancia en el archivo de escalafón de recursos humanos en su hoja de vida correspondiente.

ARTÍCULO CUARTO. - PUBLICAR Y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y en el Portal Electrónico de la Entidad.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla

Dado en la ciudad de Abancay, Sede Central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco.

CONSEJO REGIONAL APURÍMAC


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionapurimac/normas-legales/7614231-097-2025-gr-apurimac-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9281666/7614231-acuerdo-del-consejo-regional-n-097-2025-gr-apurimac-cr.pdf