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096-2025-GR-APURIMAC-CR Regional Agreement Apurímac In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 096-2025-GR-APURIMAC/CR

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REPÚBLICA DEL PER,

GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC ern? CONSEJO REGIONAL So “AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” |e)

ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 096-2025-GR-APURÍMACICR.

Abancay, 30 de diciembre de 2025 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC: VISTOS:

En la Décimo Tercera Sesion Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurimac, llevada a cabo en la ciudad de Abancay, a los veintinueve dias del mes de diciembre del afio dos mil veinticinco, como Orden del Dia, el Proyecto de Acuerdo de Consejo Regional que propone EXPRESAR EL RECONOCIMIENTO INSTITUCIONAL al equipo profesional y técnico que labora en el Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurimac, correspondiente a la gestion 2023 - 2026: y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía o política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

.J/Que, el artículo 192° numeral 1) de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 9” de la Ley 27867, establece como competencia de los Gobiernos Regionales aprobar su organización interna y su presupuesto.

Que, el artículo 13° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole ejercer las funciones y atribuciones previstas en la citada Ley.

Que, el artículo 39° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por el artículo 3° de la Ley 31433, dispone que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de dicho órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional, y son aprobados por mayoría simple de sus miembros.

Que, la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales faculta al Consejo Regional a reconocer institucionalmente la labor del personal que contribuye de manera eficiente, responsable y comprometida al cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales del Gobierno Regional.

Que, el Abogado César Leoncio Gamarra Canaval, en su calidad de Secretario General del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, ha desempeñado sus funciones durante la Gestión 2023 - 2026, demostrando solvencia moral y técnica, responsabilidad funcional, compromiso institucional y estricto respeto al marco normativo vigente.

Que, su desempeño ha contribuido de manera significativa a garantizar la legalidad de los actos del Consejo Regional, la correcta conducción de las Sesiones, la continuidad administrativa y el fortalecimiento institucional del órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Apurímac.

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“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

Que, resulta pertinente expresar el reconocimiento institucional por los servicios prestados, en mérito a la destacada labor desarrollada en beneficio de la Gestión Pública Regional durante el periodo antes señalado.

Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, su fecha lunes veintinueve del mes de diciembre del año dos mil veinticinco, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Pleno del Consejo Regional, ha aprobado por unanimidad de sus Miembros Integrantes; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

APROBARON EL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL SIGUIENTE:

ARTÍCULO PRIMERO. - EXPRESAR el RECONOCIMIENTO INSTITUCIONAL del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac al Abogado CÉSAR LEONCIO GAMARRA CANAVAL, por la destacada labor desempeñada como Secretario General del Consejo Regional, del Gobierno Regional de Apurimac durante la Gestión 2023 - 2026, contribuyendo al fortalecimiento de la Gestión Institucional.

ARTÍCULO SEGUNDO. - DESTACAR su profesionalismo, responsabilidad, compromiso institucional y aporte técnico - jurídico en el ejercicio de sus funciones, garantizando la legalidad de los actos administrativos y el adecuado funcionamiento del Consejo Regional.

ARTÍCULO TERCERO. - DISPONER que el presente Acuerdo del Consejo Regional, sea notificado al interesado y se deje constancia en el Archivo de Escalafón de Recursos Humanos en su hoja de vida correspondiente.

ARTÍCULO CUARTO. - PUBLICAR Y DIFUNDIR el presente Acuerdo del Consejo Regional de conformidad con el artículo 42° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Portal Electrónico de la Entidad.

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Abancay, Sede Central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco.

RESIDENTE | CONSEJO/REGIONAL APURÍMAC


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionapurimac/normas-legales/7614219-096-2025-gr-apurimac-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9281650/7614219-acuerdo-del-consejo-regional-n-096-2025-gr-apurimac-cr.pdf