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029-2026-GR-APURIMAC-CR Regional Agreement Apurímac In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 029-2026-GR-APURIMAC/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC - CONSEJO REGIONAL A

“AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”

ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 029-2026-GR-APURIMACICR.

Abancay, 04 de mayo de 2026. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC. POR CUANTO:

En la Cuarta Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, llevada a cabo en la ciudad de Abancay, a los treinta días del mes de abril del año dos mil veintiséis, como Punto de orden del día se Agenda, el Proyecto de Acuerdo de Consejo Regional “APROBAR, la Incorporación del IOARR en la Lista de Proyectos Priorizados para su financiamiento y ejecución mediante el mecanismo de obras por impuesto del CUI N° 2648906, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica administrativa en asuntos de su competencia;

Que, conforme al artículo 39° de la Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de dicho órgano sobre asuntos de interés público, institucional o ciudadano;

Que, la Ley N°29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y sus modificatorias (en adelante la Ley N°29230) establece el marco normativo para que los Gobiernos Regionales, Municipalidades y Universidades Públicas puedan suscribir convenios con las empresas privadas que impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local con la participación del sector privado mediante la suscripción de convenios para financiar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (en adelante IOARR), en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los que deben estar en armonía con las políticas y con los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaración de viabilidad, o con la aprobación, según corresponda;

Que, el numeral 19.2 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N29230, aprobado mediante Decreto Supremo N210-2022-EF, dispone que la lista de priorización de

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inversiones en el caso de Gobiernos Regionales se aprueba mediante Acuerdo de Consejo Regional, siendo esta facultad indelegable;

Que, mediante INFORME N° 117-2026-GORE APURIMAC/GRPPAT-SGPMI de la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones se ha emitido opinión favorable respecto a la pertinencia de ejecución del IOARR denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN INICIAL EN I.E. 25 NANCY EMILIA PONCE DE LEON GARCIA DE CENTRO POBLADO ANTABAMBA DISTRITO DE ANTABAMBA DE LA PROVINCIA DE ANTABAMBA DEL DEPARTAMENTO DE /,PURIMAC”. verificándose su consistencia con la Programación Multianual de Inversiones y su registro vigente en el Banco de Inversiones;

Que, mediante INFORME N° 1254 -2026-GORE APURIMAC/GRPPAT-SGP de la Sub Gerencia de Presupuesto se ha acreditado que el monto total de inversión ascendente a S/ 8,511,337.03 soles se encuentra dentro del tope máximo de capacidad anual para la emisión de Certificados de Inversión Pública Regional y Loca! (CIPRL), conforme al Decreto Supremo N*252-2025-EF;

Que, en ese contexto, Gobierno Regional de Apurímac ha establecido como política de gestión, promover la participación del sector privado para la ejecución de proyectos de inversión pública en infraestructura IOARR, e IOARR de emergencia de competencia local en el ámbito de su jurisdicción en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Irversiones;

Que, la adquisición de equipamiento y remodelación contribuye directamente a mejorar la capacidad de respuesta en emergencias médicas, tanto en zonas urbanas como rurales, lo que se enmarca en los objetivos de cobertura universal y reducción de mortalidad por causas evitables;

Que, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, mediante Opinión Legal N° 346-2026- GORE-APURIMAC/DRAV, emitió opinión favorable para la priorizaciór, del proyecto, en el marco del TUO de la Ley N° 29230 y del TUO de la Ley N° 27444;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2022-EF, regula la participación del sector privado en la ejecución de proyectos de inversión pública mediante el mecanismo de Obras por Impuestos;

Que, el numeral 19.2 del artículo 19” de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 210-2022-EF, establece que la lista de proyectos priorizados en los Gobiernos Regionales se aprueba mediante Acuerdo de Consejo Regional, siendo esta facultad indelegable;

Jr. Puno N* 107- Abancay — Apurímac TELF. (083) 321126 - CENTRAL 321022 — ANEXO 129 consejoregional @regionapurimac.gob.pe

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Que, el Gobierno Regional de Apurímac promueve la participación de! sector privado en la ejecución de proyectos de inversión, a fin de contribuir al desarrollo económico y social de la región;

Que, mediante DICTAMEN N° 003-2026-GR. APURIMAC/CR-CO-PPATyCTI. la Comisión Ordinaria de Planeamiznto, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Cooperación Técnica Internacional, integrado por los Consejeros Regionales: a) PRESIDENTA: NAYSHA ALEXANDRA PRADA GARCÍA, b) VICEPRESIDENTA: YENIFER CÁCERES BALTAZAR c) SECRETARIO: JESUS ALFREDO ISLACHIN AQUISE, la comisión dictamino por Unanimidaw de forma Favorable para ser tratado en el pleno del Consejo Regional en lo referente al presente Acuerdo de Consejo Regional.

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas nor la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 y sus modificatorias, el Reglamento Interne dei Consejo Regional, el Pleno del Consejo Regional, Aprueba con once (11) votos a favor, de los Cor:sejeros Regionales: Petter Díaz Valer, Rosmey Quispe Vílchez, Karla Sadith Santa Cruz Vargas, Carlos Oscco Quispe, Jesús Alfredo Islachin Aquise, Benancio Quispe Pillaca, Naysha Alexandra Prada García, Julián Valdivia Segovia, Yenifer Caceres Baltazar. Jaime Osorio Aguilar, y Wildo Quisve Chipana, votos en contra cero (0) votos en Abstención (0), queda aprobado por Unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;

HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la incorporación del IOARR del siguiente proyecto de inversión en la lista de proyectos priorizados para su financiamiento y ejecución mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, en el marco del TUO de: la Ley N° 29230:

MONTO DE

Cul NOMBRE DEL PROYECTO INVERSION

“MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN INICIAL EN 2648906|.E. 25 NANCY EMILIA PONCE DE LEON GARCIA DE CENTRO! POBLADO ANTABAMBA DISTRITO DE ANTABAMBA DE LAÍ|S/ £,511,337.03 PROVINCIA DE ANTABAMBA DEL DEPARTAMENTO DE! 'APURIMAC”.

ARTÍCULO SEGUNDO. - COMITÉ ESPECIAL (EMPRESA PRIVADA)

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FACULTAR al Gobernador Regional para la conformación o reconformación del Comité Especial encargado de conducir el proceso de selección de la empresa privada que financiará y ejecutará el proyecto, conforme a la normativa vigente.

ARTÍCULO TERCERO. - SUPERVISIÓN

FACULTAR al Gobernador Regional para la conformación o reconformación del Comité Especial encargado del proceso de selección de la entidad privada supervisora del proyecto. ARTÍCULO CUARTO. - FACULTADES DURANTE LA EJECUCIÓN FACULTAR al Gobernador Regional para:

a) Suscribir los convenios de inversión correspondientes.

b) Aprobar modificaciones necesarias durante la ejecución del proyecto.

c) Realizar todas las acciones necesarias hasta la emisión de los Certificados de

Inversión Pública Regional y Local (CIPRL).

ARTÍCULO QUINTO. - PUBLICACIÓN

DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Apurímac, conforme al artículo 42° de la Ley N° 27867.

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Abancay, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil veintiséis.

PRESIDENTE CONSEJO REGIONAL APURÍMAC

Jr. Puno N*? 107- Abancay — Apurímac TELF. (083) 321126 — CENTRAL 321022 — ANEXO 139 consejoregional O regionapurimac.gob.pe


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionapurimac/normas-legales/8117884-029-2026-gr-apurimac-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9950460/8117884-acuerdo-del-consejo-regional-n-029-2026-gr-apurimac-cr.pdf