Acuerdo de Consejo Regional N.° 020-2026-GR-APURIMAC/CR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
A y
GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC U e)
CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 020-2026-GR-APURIMAC/CR
Abancay, 08 de marzo de 2026.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC. POR CUANTO:
En la Tercera Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, llevada a cabo en la ciudad de Abancay, a los treinta y un días del mes de marzo del año dos mil veintiséis, como Punto de Agenda, el Proyecto de Acuerdo de Consejo Regional “Declarar de Prioridad e Interés Regional el Proyecto: “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua para Riego en las Comunidades de Yanaca, Tumire y Saraica del Distrito de Yanaca, Provincia de Aymaraes, Departamento de Apurímac”, con CUI N.* 2508447”; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191” de la Constitución Política del Perú, concordante con la Ley N.° 27680 y la Ley N.° 28607, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, conforme al artículo 2° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y cuentan con autonomía en el ejercicio de sus funciones, constituyendo pliegos presupuestales para su administración económica y financiera;
Que, el artículo 13” de la citada Ley dispone que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, con atribuciones establecidas en la ley y su Reglamento Interno;
Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867, modificado por la Ley N.° 31433, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos de interés público, institucional o ciudadano;
Que, el artículo 4° de la Ley N.° 27867 establece que el desarrollo regional está orientado al ejercicio pleno de derechos en igualdad de oportunidades; asimismo, el numeral 7 del artículo 8” consagra el principio de equidad como eje rector de la gestión regional;
Jr. Puno N* 107- Abancay — Apurímac TELF. (083) 321126 — CENTRAL 32 consejoregional @regionapurimac.gob.pe
1022 — ANEXO 139
ÚBLICA DÍ EP UB EL PERG fg
GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC SG 2)
CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”
Que, mediante Informe N° 0138-2026-GR.APURÍMAC/U.E.PDA/DPGE, se emite opinión técnica respecto a la situación actual del proyecto denominado “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua para Riego en las Comunidades de Yanaca, Tumire y Saraica...”, con CUI N.° 2508447;
Que, mediante Informe N.° 055-2026-GRAP/UE.PDS/DEP/ORS, se realiza el análisis técnico del referido proyecto;
Que, mediante Dictamen N° 02-2026-GR-APURIMAC/CR-CO.DEAA.MCPCEyT, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Asuntos Agropecuarios, Energía, Minas, Competitividad, Producción, Comercio Exterior y Turismo, dictamina favorablemente y por MAYORIA para su presentación ante el pleno del Consejo Regional la aprobación del presente Acuerdo;
Que, el referido proyecto reviste alta relevancia social, económica y productiva, al contribuir al fortalecimiento del sistema de riego, mejora de la productividad agraria y desarrollo sostenible de las comunidades beneficiarias:
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional, el Pleno del Consejo Regional, Aprueba con diez (10) votos a favor, de los Consejeros Regionales: Petter Diaz Valer, Rosmey Quispe Vilchez, Karla Sadith Santa Cruz Vargas, Carlos Oscco Quispe, Jesús Alfredo Islachin Aquise, Benancio Quispe Pillaca, Naysha Alexandra Prada García, 21Yenifer Caceres Baltazar. Jaime Osorio Aguilar, y Wildo Quispe Chipana, votos en contra cero (0) y votos en Abstención cero (0), queda aprobado por Unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;
APROBARON EL ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO. — DECLARAR DE PRIORIDAD E INTERÉS REGIONAL el Proyecto denominado:
“Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua para Riego en las Comunidades de Yanaca, Tumire y Saraica del Distrito de Yanaca, Provincia de Aymaraes, Departamento de Apurímac”, con CU! N.° 2508447.
ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR al Ejecutivo Regional, a través de la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Unidad Ejecutora 004 Pro Desarrollo y la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), adoptar las
Jr. Puno N* 107- Abancay — Apurímac TELF. (083) 321126 — CENTRAL 321022 — ANEXO 139 consejoregional @regionapurimac.gob.pe
O GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC age PE CONSEJO REGIONAL 2)
ee PUBLICA DEL PE
“AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”
acciones necesarias para la priorización, gestión e implementación del proyecto, conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO TERCERO. — DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Apurimac, conforme al artículo 42° de la Ley N° 27867.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la ciudad de Abancay, a los ocho días del mes de abril del año dos mil veintiséis.
le PRESIDENTE E
oy > PETE AZ VAEER
PRESIDENTE , CONSEJO REGIONAL APURÍMAC
Jr. Puno N° 107- Abancay — Apurímac TELF. (083) 321126 — CENTRAL 321022 — ANEXO 139 consejoregional @regionapurimac.gob.pe
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionapurimac/normas-legales/8023463-020-2026-gr-apurimac-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9818999/8023463-acuerdo-del-consejo-regional-n-020-2026-gr-apurimac-cr.pdf