Acuerdo de Consejo Regional N.° 019-2026-GR-APURIMAC/CR
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PÚBLICA DEL Pip,
GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC ; CONSEJO REGIONAL A “AÑO DELA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 019-2026-GR-APURIMAC/CR
Abancay, 08 de marzo de 2026.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC. POR CUANTO: :
En la Tercera Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, llevada a cabo en la ciudad de Abancay, a los treinta y un días del mes de marzo del año dos mil veintiséis, como Punto de Agenda, el Proyecto de Acuerdo de Consejo Regional “APROBAR, la Incorporación en la Lista de Proyectos Priorizados para su financiamiento y ejecución mediante el mecanismo de obras por impuesto del CUI N° 2590175, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, conforme al artículo 39° de la Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de dicho órgano sobre asuntos de interés público, institucional o ciudadano;
Que, mediante OFICIO N* 015-2026-AL-MOH-ANT-APU, de fecha 10 de febrero de 2026, la Municipalidad Distrital de Huaquirca solicitó la delegación de facultades y la suscripción de convenio de cooperación interinstitucional para la ejecución del proyecto denominado: “Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad Vial Interurbana en el tramo Emp. AP-847 Matara — Huaquirca, distrito de Huaquirca, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac”;
Que, la Oficina Regional de Formulación y Evaluación de Inversiones, mediante Informe N° 049-2026-GORE APURIMAC/GG-ORFEI, emitió opinión técnica favorable respecto a la viabilidad del proyecto con CUI N° 2590175;
Que, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, a través del Informe N° 053-2026-GORE-
REPÚBLICA DEL PE,
GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC
CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”
APURÍMAC/GRPPAT-SGPMI, emitió el análisis técnico correspondiente al estado de inversión del citado proyecto;
Que, la Subgerencia de Presupuesto, mediante Informe N° 433-2026-GORE APURÍMAC/GRPPAT-SGP, otorgó la certificación de disponibilidad presupuestal (tope CIPRL) para su financiamiento;
Que, mediante Informe N° 180-2026-GORE APURIMAC/GRI/COXI-FCP, la Coordinación de Obras por Impuestos emitió opinión favorable para su ejecución bajo el mecanismo de Obras por Impuestos;
Que, la Gerencia Regional de Infraestructura, mediante Informe N° 048-2026-GORE APURIMAC/GRI-17, solicitó la incorporación del proyecto en la agenda del Consejo Regional;
Que, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, mediante Opinión Legal N° 189- 2026-GORE-APURÍMACIDRAJ, emitió opinión favorable para la priorización del proyecto, en el marco del TUO de la Ley N° 29230 y del TUO de la Ley N° 27444;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2022-EF, regula la participación del sector privado en la ejecución de proyectos de inversión pública mediante el mecanismo de Obras por Impuestos;
Que, el numeral 19.2 del artículo 19° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N* 210-2022-EF, establece que la lista de proyectos priorizados en los Gobiernos Regionales se aprueba mediante Acuerdo de Consejo Regional, siendo esta facultad indelegable;
Que, el Gobierno Regional de Apurímac promueve la participación del sector privado en la ejecución de proyectos de inversión, a fin de contribuir al desarrollo económico y social de la región;
Que, mediante Dictamen N° 002-2025-GR. APURIMAC/CR-CO-PPATYCTI, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Cooperación Técnica Internacional emitió dictamen favorable para la aprobación del presente acuerdo;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional, el Pleno del Consejo Regional, Aprueba con diez (10) votos a favor, de los Consejeros Regionales: Petter Díaz Valer, Rosmey Quispe Vílchez, Karla Sadith Santa Cruz Vargas, Carlos Oscco Quispe, Jesús Alfredo Islachin Aquise, Benancio Quispe Pillaca, Naysha Alexandra Prada García, Yenifer Caceres Baltazar. Jaime Osorio Aguilar, y Wildo Quispe Chipana, votos en contra cero (0) y votos en Abstención
AS
REPÚBLICA DEL PER, G
GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC
CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”
cero (0), queda aprobado por Unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;
HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la incorporación del siguiente proyecto de inversión en la lista de proyectos priorizados para su financiamiento y ejecución mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, en el marco del TUO de la Ley N° 29230:
MONTO DE
cul NOMBRE DEL PROYECTO INVERSION
Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad Vial Interurbana 2590175)/°" el tramo Emp. AP-847 Matara — Huaquirca, distrito de
Huaquirca, provincia de Antabamba, departamento del ¡Apurímac
S/ 20,102,734.09
ARTÍCULO SEGUNDO. - COMITÉ ESPECIAL (EMPRESA PRIVADA)
FACULTAR al Gobernador Regional para la conformación o reconformación del Comité Especial encargado de conducir el proceso de selección de la empresa privada que financiará y ejecutará el proyecto, conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO TERCERO. - SUPERVISIÓN
FACULTAR al Gobernador Regional para la conformación o reconformación del Comité Especial encargado del proceso de selección de la entidad privada supervisora del proyecto.
ARTÍCULO CUARTO. - FACULTADES DURANTE LA EJECUCIÓN FACULTAR al Gobernador Regional para:
a) Suscribir los convenios de inversión correspondientes.
b) Aprobar modificaciones necesarias durante la ejecución del proyecto.
c) Realizar todas las acciones necesarias hasta la emisión de los Certificados de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL).
ARTÍCULO QUINTO. - PUBLICACIÓN
DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Apurímac, conforme al artículo 42° de la Ley N° 27867.
@EPUBLICA DEL PER, 6
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POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la ciudad de Abancay, a los ocho días del mes de abril del año dos mil veintiséis.
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PETE R PRESIDENTE _ CONSEJO REGIONAL APURÍMAC
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionapurimac/normas-legales/8023451-019-2026-gr-apurimac-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9818966/8023451-acuerdo-del-consejo-regional-n-019-2026-gr-apurimac-cr.pdf