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013-2020-GR-APURIMAC-CR Regional Ordinance Apurímac In force

Ordenanza Regional N.° 013-2020-GR-APURIMAC.CR

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QE PUBLICA DEL Peg, 6G

ll GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC ie CONSEJO REGIONAL

"Ano de la Universalización de la salud”

ORDENANZA REGIONAL N° 013-2020-GR.APURIMACICR

Abancay, 19 de agosto de 2020 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC

POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC

VISTO:

En la Octava Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, llevado a cabo en la ciudad de Abancay, el día catorce de agosto del año dos mil veinte, como Punto de Agenda Proyecto de Ordenanza Regional: “RECTIFICAR el error material contenido en el ARTICULO PRIMERO de la Ordenanza Regional N° 015-2019-GR.APURIMACICR de fecha 09 de diciembre de 2019”, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio N° 171-2020-GRAP/11/GRDS de fecha 03 de agosto de 2020, dirigido al Consejero Delegado del Consejo Regional el Gerente Regional de Desarrollo Social, solicita la rectificación del artículo primero de la Ordenanza Regional N° 015-2019-GR.APURIMAC/CR de fecha 09 de diciembre de 2019, que Aprueba el Plan Regional de Prevención del Embarazo en Adolescentes 2019-2021 en la Región Apurimac, anexando el Informe N° 006-2020- GR.APURIMAC/GRDS/SGIS, de fecha 30 de julio de 2020, del mismo que se advierte haberse consignado como objetivo estratégico del mencionado Plan el de contribuir a desarrollar acciones que permitan prevenir y disminuir la anemia y desnutrición crónica en la Región Apurímac, cuando lo correcto es “el cual tiene como objetivo general establecer las acciones que deben desarrollar las diferentes instancias involucradas del sector público y sociedad civil a nivel regional para prevenir y disminuir el embarazo en adolescentes en la Región Apurímac”, debiendo rectificarse la norma regional con el texto que corresponde;

Que, a través de la Ordenanza Regional N° 015-2019-GR.APURIMACICR de fecha 09 de diciembre de 2019, se señala “ARTICULO PRIMERO.- APROBAR EL PLAN REGIONAL DE PREVENCION DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES 2019-2020, EN LA REGION APURIMAC, el cual tiene como objetivo estratégico contribuir a desarrollar acciones que permitan prevenir y disminuir la anemia y desnutrición crónica en la Región Apurimac, sin embargo, en el expediente administrativo que sustenta la aprobación de la supra citada ordenanza obra el “PLAN MULTISECTORIAL PARA LA PREVENCION DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES APURIMAC 2019-2021”, siendo en consecuencia necesaria la rectificación solicitada;

CONSEJERO DELEGADO

Que, el artículo 212.- Rectificación de errores, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en el numeral 212.1, señala “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los

Jr. Puno N° 107- Abancay - Apurímac TELF. (083) 321136 - CENTRAL 321022 - ANEXO 139

QEPUBLICA DEL PER

GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC CONSEJO REGIONAL

"Año de la Universalización de la salud”

administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”, asimismo el numeral 212.2 de la precedente normativa legal, prevé “La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”;

Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, su fecha catorce de agosto del año dos mil veinte, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Leyes modificatorias, Reglamento Interno del Consejo Regional, Dictamen de la Comisión Ordinaria de Salud Salubridad y Promoción del Empleo, con el voto por unanimidad de sus miembros, y dispensa de lectura y aprobación del acta:

HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL

ARTICULO PRIMERO. - RECTIFICAR el error material contenido en el ARTÍCULO PRIMERO de la Ordenanza Regional N° 015-2019-GR.APURIMACICR de fecha 09 de diciembre de 2019, conforme al detalle siguiente:

DICE

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, EL PLAN REGIONAL DE PREVENCION DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES 2019-2021, EN LA REGION APURIMAC, el cual tiene como objetivo estratégico, contribuir a desarrollar acciones que permitan prevenir y disminuir la anemia y desnutrición crónica en la Región Apurímac.

DEBE DECIR

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el PLAN MULTISECTORIAL PARA LA PREVENCION DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES APURIMAC 2019-2021, el cual tiene como objetivo general establecer las acciones que deben desarrollar las diferentes instancias involucradas del sector público y sociedad civil a nivel regional para prevenir y disminuir el embarazo en adolescentes en la Región Apurímac.

ARTICULO SEGUNDO.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional de conformidad con el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y en el portal electrónico de la Entidad.

Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac, para su promulgación

En Abancay, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil veinte

CONSEJERO DELEGADO

Jr. Puno N° 107- Abancay - Apurímac TELF. (083) 321136 - CENTRAL 321022 — ANEXO 139

A e QEPÚBLICA DEL PE a

GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC CONSEJO REGIONAL

"Año de la Universalización de la salud”

Al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurimac POR TANTO:

Mando se Registre, Publique y Cumpla

Dado en la ciudad de Abancay, sede central del Consejo Regional del Gobierno Regional de

GOBERNADOR REGIONAL

Jr. Puno N° 107- Abancay - Apurímac TELF, (083) 321136 - CENTRAL 321022 — ANEXO 139


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionapurimac/normas-legales/3875127-013-2020-gr-apurimac-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4095966/ORDENANZA%20REGIONAL%20N%20013-2020-GR-APURIMAC.CR.pdf.pdf