Skip to content
L Legalize.pe
012-2020-GR-APURIMAC-CR Regional Ordinance Apurímac In force

Ordenanza Regional N.° 012-2020-GR-APURIMAC.CR

49 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

€3,. GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC 4 Eg CONSEJO REGIONAL

“Año de la Universalización de la salud”

deta REGIONAL N° 012-2020-GR.APURIMACICR

Abancay, 19 de agosto de 2020

EPÚBLICA DEL Pep,

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC VISTO:

En la Octava Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, llevado a cabo en la ciudad de Abancay, el día catorce de agosto del año dos mil veinte, como Punto de Agenda Proyecto de Ordenanza Regional: APROBAR el Organigrama Institucional y Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurímac”, que consta de IV Títulos y 58 artículos, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional”, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Informe N° 013-2020-GR.APURIMAC/GR de fecha 25 de febrero de 2020, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac, remite al Consejo Regional el proyecto de Ordenanza Regional “APROBAR el Organigrama Institucional y Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurímac, anexando el Informe N° 058-2020-GR.APURIMACIDRAJ, de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, Informe Técnico N° 001-2020-GRAP/09.03/SGDIEI-AHQ de la Especialista en Racionalización IV - Sub Gerencia de Desarrollo Institucional Estadística e Informática, que respaldan la aprobación del documento de Gestión Institucional de la mencionada Entidad;

Que, el artículo 9.- Competencias constitucionales, de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala “Los gobiernos regionales son competentes para: a) Aprobar su organización interna y su presupuesto”, a su vez el artículo 13- El Consejo Regional de la precedente Ley, reseña “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...), por su parte el artículo 15.- Atribuciones del Consejo Regional, prescribe “Son atribuciones del Consejo Regional: a, Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”, en este orden legal el artículo 56.- Funciones en materia de transportes, de la indicada Ley, prescribe en el literal a) “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales”, a su vez el artículo 57.- Funciones en materia de telecomunicaciones en el literal a) señala “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de telecomunicaciones de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales”;

Jr. Puno N° 107- Abancay - Apurimac TELF, (083) 321136 - CENTRAL 321022 — ANEXO 139

E

É

ia Cahul

CONSEJERO DELEGADO

EPÚBLICA DEL Pp,

€, SOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC Ey CONSEJO REGIONAL

“Año de la Universalización de la salud”

Que, el literal e) La estructura, organización y funcionamiento del estado, del articulo 7.- Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, del Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, prescribe “Las entidades públicas conforme a su tipo, competencias y funciones adoptan una determinada estructura y se organizan a fin de responder al objeto para el que fueron creadas y atender a las necesidades de las personas. El diseño institucional se realiza en función de la finalidad o resultado a lograr, por ende la estructura debe ser entendida esencialmente como un medio para organizar el trabajo, la toma de decisiones, las responsabilidades asociadas a las funciones, entre otros (...)”;

Que, el artículo 2.- Finalidad del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado por Decreto Supremo N° 131- 2018-PCM, establece “La presente norma busca que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía”.

Que, la Directiva N° 001-2018-PCM/SGP Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado aprobado por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N* 003-2018-PCM7SGP, modificado Por Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 003-2019-PCM/SGP, señala en el rubro |. OBJETIVOS, numeral 1.1. "Regular el sustento técnico y legal de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado referidos a la aprobación o modificación de Reglamentos de Organización y Funciones — ROF, creación de entidades públicas de ámbito nacional, regional y local, cambio de dependencia de programas y proyectos especiales y cambio de adscripción de organismos públicos de un sector a otro del Poder Ejecutivo;

Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, su fecha catorce de agosto de dos mil veinte, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Leyes modificatorias, Reglamento Interno del Consejo Regional, Dictamen de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Cooperación Técnica Internacional, con el voto por unanimidad de sus miembros, y dispensa de lectura y aprobación del acta:

HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL

ARTICULO PRIMERO. - APROBAR el Organigrama Institucional y Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurímac”, que consta de IV Títulos y 57 artículos, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

ARTICULO SEGUNDO.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional de conformidad con el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y en el portal electrónico de la Entidad.

Jr. Puno N° 107- Abancay - Apurímac TELF. (083) 321136 - CENTRAL 321022 - ANEXO 139

GEPUBUCA DEL Pe

€3,. GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC wate CONSEJO REGIONAL “

“Año de la Universafización de la salud”

Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac, para su promulgación

En Abancay, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil veinte

¡. LUCIO SIMEON MALLMA CAHUANA CONSEJERO DELEGADO Al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurimac POR TANTO: Mando se Registre, Publique y Cumpla

Dado en la ciudad de Abancay, sede central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurimac, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil veinte.

R LANTARON NUNEZ GOBERNADOR REGIONAL

Jr. Puno N° 107. Abancay - Apurímac TELF. (083) 321136 - CENTRAL 321022 — ANEXO 139

ae BIREGCION DE PLANIFICACION Y PRESUPUES

000: SOCHOHSHSHHHOHSHHHHSHHOHHHSOHHSHHSHHHHHSHHSHSHOHSHHOHHHOCOHOCHCOE

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES APURIMAC

PRESENTACION

La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurímac, a fin de dar cumplimiento a la normatividad emitida a nivel del Gobierno Central y Regional acorde con la política de los cambios organizacionales, Modernización de la gestión pública y simplificación administrativa que buscan satisfacer las

demandas sociales y laborales, por ser un órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Apurímac.

La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurímac a través de la Oficina de Planificación, presupuesto y Racionalización cumple con actualizar el Presente Reglamento de Organización y Funciones ( ROF) que viene a ser un documento técnico normativo de Gestión Institucional que formaliza la Estructura Orgánica de la Entidad, detallando las competencias y funciones generales y especificas de cada una de sus Unidades Orgánicas. La cual debe ser empleada como un instrumento de gestión orientada a lograr su misión, visión y objetivos, asimismo contiene la naturaleza, finalidad, ámbito de acción y sus relaciones, de acuerdo a la norma legal de creación y disposiciones complementarias.

Establece la estructura funcional y orgánica de las dependencias hasta el tercer nivel organizacional, plasmando las atribuciones de los cargos directivos

especificándose la capacidad de decisión y jerarquía así como el ámbito de supervisión en la institución.

El Presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF) ha sido elaborado enmarcando dentro de la Constitución Política del Estado, Ley N° 27658 Ley Marco de la Modernización del Estado, Ley N° 27783 Ley de bases de la Descentralización, Ley N° 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, donde aprueba los lineamentos para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones de la Administración Pública; que resulta aplicables a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac. Cuyo contenido consta de 04 Títulos,

07 capítulos 58 artículos, asimismo contiene la Estructura Orgánica y organigrama.

SOCHOSHSHOSHOHHHSHHSHHHSHHSHSHHHSHHHHHSHHHSHSHHHOHHOHHHOHOSOCEO:

INDICE GENERAL

PRESENTACION

TITULO 1

DISPOSICIONES GENERAES

CAPITULO 1

NATURALEZA JURIDICA, ADSCRIPCION JURISDICCION CAPITULO Il

FUNCIONES GENERALES

CAPITULO III BASE LEGAL

TITULO Il ORGANOS DE PRIMER NIVEL ORGANIZACIONAL

CAPITULO | ORGANOS DE DIRECCION FUNCIONES ESPECIFICAS

CAPITULO II

ORGANO DE CONTROL FUNCIONES ESPECÍFICAS

TITULO III ORGANOS DEL SEGUNDO NIVEL ORGANIZACIONAL

CAPITULO |

ORGANOS DE ADMINISTRACION INTERNA FUNCIONES ESPECIFICAS

CAPITULOS II ORGANOS DE LINEA FUNCIONES ESPECIFICAS

ORGANOS DE TERCER NIVEL ORGANIZACIONAL

ooo. e nrmecreccn CEL CL Cc Ce. . ce rc nie. nen c.e_e” ec nene. .vn ec. .L..r . o.

TITULO |

DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO 1

NATURALEZA JURIDICA, JURISDICCION

Articulo 1°.- Naturaleza Jurídica.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurímac es una unidad ejecutora cuyo ámbito es el sector transportes y comunicaciones órgano de segundo nivel organizacional desconcentrado del pliego 442 Gobierno Regional del Departamento Apurímac,

con personería — jurídica de derecho público y. constituye un pliego Presupuestal.

Artículo 2”.- Adscripción.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, es un órgano adscrito administraba y funcionalmente de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Apurímac, con dependencia técnica y normativa del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Está a cargo de un funcionario con rango de Director Regional, quién es Designado por el Gobernador Regional Apurímac, mediante Resolución Ejecutiva Regional.

Artículo 3".-Jurisdicción.-La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurimac, como Unidad Ejecutora 200 del Pliego 442 Gobierno Regional Apurímac, tiene su jurisdicción territorial a nivel del departamento de Apurímac que comprende las provincias de Grau, Cotabambas, Antabamba, Aymaraes, Abancay Andahuaylas y Chincheros en materias — relacionadas con la Infraestructura Vial, Servicio Público de Transporte de Pasajeros y de Mercancías, Educación Vial y Comunicaciones, conducentes a lograr el desarrollo integral y armónico de la Región para cuyo hecho generara la aprobación de un ROF que contenga una adecuada Estructura Orgánica de la Entidad y definir sus funciones y las de los órganos que lo integran, acorde con los criterios de diseño y estructura que establece la Ley N° 27658 Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, teniendo el objetivo principal priorizar y optimizar el uso de los recursos

públicos de sus unidades orgánicas asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso.

CAPITULO II FUNCIONES GENERALES

Articulo 4”.- Son funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac

w

1).- Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar, y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales.

2).- Planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional. Asimismo promover la inversión privada, nacional y extranjera en proyectos de infraestructura de transporte.

3).- Supervisar y fiscalizar la gestión de actividades de infraestructura de transporte vial de alcance regional

4).- Autorizar, supervisar, fiscalizar, y controlar la prestación de servicios de transporte interprovincial dentro del ámbito regional en coordinación con los gobiernos locales.

5).- Regular, supervisar y controlar el proceso de otorgamiento de licencia de conducir, de acuerdo a la normatividad vigente.

6).- Formular, Aprobar, Ejecutar, Evaluar, Dirigir, Controlar y Administrar los planes y políticas en materia de Telecomunicaciones de la Región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales, de acuerdo al Plan de Transferencia de Funciones.

7),- Promover, ejecutar y concesionar los proyectos regionales de telecomunicaciones de su competencia, en concordancia con la normatividad nacional y los convenios internacionales. Asimismo, promover la inversión privada en proyectos de telecomunicaciones, de acuerdo a la ley de la materia.

8).- Fomentar y fortalecer el desarrollo de medios de comunicación regional y de una red pública de comunicaciones en la región

9).- Coordinar con la Dirección General de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones sobre las autorizaciones de las estaciones de radio y televisión regional y el Gobierno Nacional otorga las licencias correspondientes, en armonía con las políticas y normatividad nacional

10).- Participar en los proyectos de comunicaciones a cargo del gobierno nacional

11).- Promover, Fomentar, Organizar, Orientar, Divulgar y Aplicar Normas de capacitación e investigación científica y tecnológica en el ámbito que le compete

12).- Fiscalizar la administración de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac y los actos de sus funcionarios, directivos, profesionales, técnicos y de todo el personal.

13).- Coordinar y Supervisar la Transferencia de las Instituciones y Organismos Públicos, de los bienes y activos de su jurisdicción en estricta coordinación con el organismo correspondiente conforme a la normatividad vigente

14).- Coordinar y Supervisar la ejecución del Presupuesto asignado a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac por el pliego del Gobierno Regional Apurímac.

CAPITULO III

Articulo 5° Base Legal.

  • Constitución Politica del Perú
  • Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y su

Modificatoria Decreto Legislativo N° 1446.

  • Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus Leyes

modificatorias.

Ley N° 27785.Ley Organica del Sistema Nacional de control y de la Contraloría General de la Republica

Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes Ley N° 29370.

Ley de Radio y Television, Ley N° 28278

Decreto Legislativo N° 1088 Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico.

Decreto Legislativo 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del sector Publico.

Decreto Legislativo N° 1438 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad.

Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimientos.

Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Decreto Legislativo N” 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería.

Decreto Legislativo N° 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público.

Decreto Supremo N° 284-2018-EF que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el sistema nacional de programación multianual y gestión de inversiones.

Decreto Supremo N° 052-2005-PCM, que aprueba el plan anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales

  • Resolución de Secretaria de Descentralización N° 003-2007-PCM/SD, Aprueba la Directiva N° 001-2007-PCM/SD Normas para la ejecución de la Transferencia del 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las funciones sectoriales incluidas en los planes anuales de transferencia.

  • Decreto supremo N° 036-2007-PCM, Aprueba el plan anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y locales para el año 2007. En materia de comunicaciones.

  • Decreto Supremo N° 0054-2018-PCM, Aprueban Lineamientos de la Organización del Estado.

  • Decreto Supremo N° 044-2011-PCM, que establece medidas para culminar las transferencias de competencias y funciones a los Gobiernos Regionales y Locales.

  • Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el texto Único Ordenado de la Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General.

  • Ley N° 25323, ley del Sistema Nacional de Archivos, Resolución Jefatural N* 23-2019-AGN-J1, que aprueba la Directiva N° 003-2019-AGN/DDPA *Guía Técnica Archivística para los Gobiernos Regionales y Locales.

Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.

  • D.S. N° 131-2018-PCM. Modifica los lineamientos de Organización del

Estado, aprobados mediante el D.S. N° 054-2018-PCM.

TITULO II

ORGANOS DE PRIMER NIVEL ORGANIZACIONAL

CAPITULO |

ORGANO DE DIRECCION: FUNCIONES ESPECIFICAS

Artículo 6”.- El Director Regional como Titular de la Unidad Ejecutora 200 Transportes y Comunicaciones Apurímac es, responsable de programar, planificar, administrar, controlar, dirigir evaluar los planes y políticas en el ámbito regional de acuerdo con los planes y políticas de desarrollo nacional

Artículo 7”.- Son funciones del Director Regional.

Representar a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac, en los asuntos de su competencia.

Proponer a la Alta Dirección del Gobierno Regional de Apurímac y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la política del Sector, aplicable a su nivel en concordancia con los lineamientos de la política regional y nacional.

c)

a)

h)

m)

Conducir la ejecución, control y evaluación de las actividades relacionadas a la Infraestructura Vial Regional (Construcción, Mantenimiento, Rehabilitación y Mejoramiento), en concordancia con los dispositivos vigentes.

Dirigir, controlar y supervisar los estudios definitivos de las obras de Construcción de Infraestructura Vial, por la modalidad de administración directa, contrata o encargo en el ámbito de su competencia

Formular, ejecutar, controlar y evaluar su Plan Operativo Institucional.

Dirigir, coordinar y controlar la administración de los recursos humanos, materiales y financieros, que han sido asignados a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac, de acuerdo a Normas Vigentes de Descentralización Regional.

Suscribir en representación de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac, contratos, convenios, acuerdos relacionados con la ejecución de obras, la prestación de servicios de interés regional e Interregional y demás acciones de desarrollo de la Región dentro del campo de su competencia, con organismos, instituciones y entidades públicas nacionales de acuerdo a la legislación vigente.

Participar, aprobar y elevar el anteproyecto de presupuesto, documentos de gestión y otros de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac, a la sede Regional para su revisión y aprobación pertinente.

Normar y controlar las actividades relacionadas con la recaudación de los ingresos propios por concepto de los derechos de pago que realiza el público usuario por los servicios que brinda la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac, de conformidad al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).

Formular en coordinación con el Gobierno Regional el plan vial sectorial, programas y proyectos de carácter estratégico así como los de desarrollo Vial.

Autorizar, supervisar, la prestación de servicios de transporte de pasajeros y mercancías, dentro del ámbito regional

Aprobar resoluciones directorales autorizando y resolviendo los asuntos técnicos y/o administrativos de su competencia

Promover, ejecutar y concesionar los proyectos regionales de telecomunicaciones de su competencia de acuerdo con el plan de transferencias.

SPOHSSHSHSHSHHSHOHSHHSHSHHSHHSHHHHHSHTHSSHSHHOSHHHOHSCHHOOHOHCE CO:

n) Coordinar con el Gobierno Nacional, las autorizaciones de las estaciones de

radio y televisión regional sobre las licencias otorgadas por el Gobierno Nacional.

  1. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas por el Gobierno Regional Apurímac y/o el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

CAPITULO II ORGANO DE CONTROL: FUNCIONES ESPECIFICAS

Articulo 8”.- El Órgano de Control Institucional, es el encargado del control simultáneo y posterior de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones en armonía con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y las disposiciones legales vigentes. Está a cargo del Jefe del Órgano

de Control Institucional, quien depende funcional y técnica de la Contraloría General de la República.

Funciones del Órgano de Control Institucional

Articulo 9”.- - El Órgano de Control Institucional tiene las funciones específicas siguientes:

a) Ejercer el control interno posterior y simultáneo a los actos y operaciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del plan anual de control.

b) Efectuar auditorías a los estados financieros, presupuestarios y gestión, de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General de la República

c) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y Operaciones, que disponga la Contraloría General de la República, así como, las que sean requeridas por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. Cuando éstas últimas tengan carácter de no programadas, su realización será comunicada a la Contraloría General de la República

d) Efectuar el control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de alto nivel de la Dirección Regional con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control interno, sin que ello genere

prejuzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de su función, vía el control posterior.

e) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General de la República y a la Dirección Regional.

SOHOHSOSHSHSHHHSHSHHSSHHSHHHHSHHSHHHHSHHHSHHHSHSHSHOHOHOOLCE OC:

f) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando a la Dirección Regional para que adopte las medidas correctivas pertinentes.

g) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores públicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones de la Dirección Regional, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y documentación sustentatoria respectiva.

h) Formular, ejecutar y evaluar el plan anual de control aprobado por la Contraloría General.

i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la Dirección Regional como resultado de las acciones actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos y plazos respectivos Dicha función comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control.

  1. Apoyar las comisiones que designe la Contraloría General de la República para la ejecución de las acciones en el ámbito de la Dirección Regional.

k) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables, por parte de los órganos, unidades orgánicas y personal de la Dirección Regional.

!) Las demás funciones que le asigne la Contraloría General de la Republica y las demás previstas por los dispositivos legales pertinentes. TITULO II ORGANOS DEL SEGUNDO NIVEL ORGANIZACIONAL CAPITULO | ORGANOS DE ADMINISTRACION INTERNA: FUNCIONES ESPECIFICAS Artículo 10°,.- Los órganos de Asesoramiento son los encargados de dar

asesoramiento en las áreas de Planificación y Presupuesto, y Asesoramiento

Jurídico Legal, al Despacho Directoral y a las demás instancias; está integrado por.

Dirección de Planificación y Presupuesto » Dirección de Asesoría Jurídica.

DIRECCION DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO

Articulo 11°.- La Dirección de Planificación y Presupuesto, es un órgano de asesoramiento de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac, depende de la Dirección Regional, es responsable de la conducción de procesos de los sistemas de Planificación, Presupuesto, Racionalización, Estadística y Simplificación Administrativa, Evaluación de proyectos. Está a cargo de un profesional con experiencia en materia de planificación y presupuesto con la denominación de Director, es Designado por Resolución Directoral.

Funciones de la Dirección de Planificación y Presupuesto

Articulo 12°.- Son funciones generales de la oficina de Planificación y Presupuesto:

a) Asesorar a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, en la formulación de la política del sector interviniendo en la formulación de planes de desarrollo Regional de largo, mediano y corto plazo dentro del ámbito de su competencia, en concordancia con la política Sectorial, Regional y las normas vigentes.

b) Participar en la formulación de la memoria anual, y estados económicos - financieros y de gestión de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurimac.

c) Plantear, dirigir, normar, coordinar y controlar el proceso de programación, aprobación, ejecución, control y evaluación periódica del presupuesto del programa, compatibilizando con la política fiscal y el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales.

d) Regular y controlar la aplicación de la legislación vigente en materia presupuestal, en cuanto al empleo adecuado y oportuno de los recursos financieros asignados a la Unidad Ejecutora, para asegurar la correcta ejecución presupuestaria.

e) Formular, ejecutar, controlar y evaluar su Plan Operativo Institucional y consolidar el Plan Operativo Institucional.

f) Participar en forma conjunta con las Direcciones de Caminos, Circulación Terrestre, Telecomunicaciones, Asesoría Legal y Administración, en lo referente a las acciones de programación y ejecución del presupuesto del sector tanto del gasto corriente como de inversión.

  1. Normar y desarrollar acciones, determinación de funciones, competencias,

estructuras orgánicas, cargos, y procedimientos de simplificación administrativa, que propicien la administración modernizada a fin de

k)

m)

n)

o)

incrementar la eficiencia y productividad en la gestión de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac.

Normar, coordinar y supervisar la formulación de documentos como: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP), Manual De Organización de Funciones y otros instrumentos de gestión institucional.

Absolver consultas de carácter técnico normativo que formulen las instancias y demás órganos de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac, en asuntos de competencia presupuestal.

Elaborar la información sistematizada, permanente y actualizada del personal y recursos materiales existentes en el ámbito de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac.

Dictaminar sobre asuntos administrativos y contenciosos administrativos que sean sometidos a su condición por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac.

Elaborar y visar proyectos de resoluciones, contratos, convenios y otros que

dicte o celebre la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac.

Conducir, coordinar, normar y evaluar las acciones referentes al sistema de Racionalización y Simplificación Administrativa.

Formular y ejecutar programas de capacitación y perfeccionamiento de los órganos del sistema.

Recopilar, adecuar e implementar las normas concernientes al proceso presupuestario, de ser pertinente elaborar y proponer directivas y/o lineamientos operativos para garantizar la fluidez del proceso presupuestal.

Dirigir, coordinar y posibilitar la ejecución y/o elaboración de normas, directivas y procedimientos técnicos en forma oportuna para su aplicación

Dirigir, coordinar y posibilitar la ejecución y/o elaboración de normas, directivas y procedimientos técnicos en forma oportuna para su aplicación.

Otras que le asigne la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac.

Estructura Orgánica de la Dirección de Planificación y Presupuesto

Artículo 13°.- La Dirección de Planificación y Presupuesto tiene las siguientes Sub Direcciones que corresponden al tercer nivel organizacional:

SPOSNSHSHSOHHSOSSSHSSHSHOHOHSHOHSTHOHSCHSHHOHSHHSSHOHHOSHSHSOHEHOHOSOOCEO:

Sub Dirección de Planificación. Sub Dirección de Racionalización y Modernización.

SUB DIRECION DE PLANIFICACION

Artículo 14”.- La Sub Dirección de Planificación es la encargada de la conducción, formulación, seguimiento y evaluación de planes y programas institucionales depende jerárquicamente de la Dirección de Planificación y Presupuesto, está a cargo de un servidor profesional nominado por Resolución Directoral tiene las siguientes funciones:

a) Elaborar y difundir la metodología y lineamientos para la formulación del plan de desarrollo institucional, plan estratégico institucional y Plan Operativo Institucional.

b) Diseñar y actualizar los lineamientos de política de desarrollo institucional

c) Revisar y emitir opinión sobre los planes operativos de las diferentes Direcciones.

d) Formular el plan estratégica institucional y plan operativo Institucional en el marco de los lineamientos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN

e) Elaborar Directivas para la Formulación y evaluación del plan estratégica Institucional y Plan Operativo Institucional

f) Actualizar anualmente los indicadores sociales, económicos, culturales y estadística institucional para la toma de decisiones.

g) Realizar el seguimiento y monitoreo a la formulación de planes operativos de las diferentes direcciones.

h) Otras que le señale la Dirección de planeamiento y Presupuesto. SUB DIRECCION DE RACIONALIZACION Y MODERNIZACION

Artículo 15°.- Es responsable de orientar, asesorar y brindar apoyo técnico en el desarrollo y aplicación de funciones, estructuras, procedimientos y modelos de organización con el propósito de optimizar permanentemente la gestión institucional. Depende de la Dirección de Planificación y Presupuesto, Sus funciones son las siguientes:

a) Formular y proponer las políticas regionales en materia de modernización y desarrollo institucional en el ámbito de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones

b) Elaborar y actualizar los instrumentos de gestión institucional; Reglamento de Organización, Manual de Proceso u Procedimientos, Texto Único de Procedimientos y otros documentos de gestión, promoviendo la simplificación administrativa en la entidad.

Cc) Elaborar proponer directivas y normas complementarias, destinadas a

optimizar y simplificar la gestión administrativa, en coordinación con las Direcciones.

d) Adecuar la Organización de la Dirección Regional de Transportes de acuerdo a los requerimientos institucionales y cambios estructurales, en concordancia a los lineamientos de modernidad de la gestión Pública.

e) Revisar los proyectos de Reglamentos de Organización y Funciones, Cuadro para Asignación de Personal Provisional, Texto Único de Procedimientos Administrativos de la institución.

f) Efectuar la evaluación de la Organización proponiendo las mejoras necesarias para el desarrollo institucional.

  1. Asesorar a las Direcciones de línea y Apoyo, en la adopción de políticas de desarrollo de gestión, modernización, Racionalización y simplificación administrativa.

h) Participar en la formulación de los programas de capacitación del personal de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones.

i) Otras que le señale el Director de Planificación y Presupuesto.

DIRECCION DE ASESORIA JURIDICA

Articulo 16°.- La Dirección de Asesoría Jurídica, de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac, es el órgano encargado de brindar asesoría en asuntos de carácter jurídico — legales y laborales, para su correcta emisión y aplicación de normas legales, a la alta dirección y a sus dependencias en las actividades inherentes al sector; así mismo absuelve consultas y emite opiniones sobre asuntos administrativos, es dependiente de la Dirección Regional y está a cargo de un profesional designado por Resolución Directoral

Funciones de la Dirección Asesoría Jurídica

Artículo 17°- La Dirección de Asesoría Juridica cumple las siguientes funciones:

a) Asesorar a la alta dirección y a los demás órganos de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurimac en asuntos de carácter Jurídico - Legal, absolver las consultas en forma clara y precisa.

b) Efectuar defensa legal en lo civil y penal, a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurimac.

c) Compendiar y difundir oportunamente las Normas Legales del Ministerio de Transportes y Gobierno Regional para su aplicación.

d) Evaluar expedientes, dictaminar y proyectar Resoluciones, relacionados sobre

asuntos jurídico - legales de los órganos integrantes de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac.

SOHHOHSHSOHSHHHHOHSHHHHHSHSHHHHSHHHHHHHHNHOHHHHOHEHOHOHHOOOO:

e) Elaborar y visar proyectos de Convenios y/o Contratos, Resoluciones y otros documentos legales concernientes a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac.

f) Organizar y mantener actualizado el archivo de la legislación inherente a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac.

  1. Formular, ejecutar y controlar su Plan Operativo Institucional.

h) Las demás funciones que le asigne el Director Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac.

ORGANO DE APOYO DIRECCION DE ADMINISTRACION

Artículo 18”.- La Dirección de Administración, es el órgano de Apoyo de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurimac, depende de la Dirección Regional, es responsable de formular, ejecutar y desarrollar el presupuesto de gastos corrientes, gastos de capital y captación de ingresos para atender a las Direcciones que conforman la unidad ejecutora 200; Administrando el potencial humano, financiero, y los bienes y servicios; conduciendo los sistemas administrativos que los conforman.

Artículo 19”.- La Dirección de Administración, depende directamente de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac y está a cargo

de un Profesional con categoría de Director, el mismo que está designado mediante una Resolución Directoral.

De las Funciones de la Dirección de Administración Artículo 20”.- La Dirección de Administración cumple las siguientes funciones:

a) programar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar los procesos técnicos de los sistemas administrativos de personal, contabilidad, tesorería, abastecimiento, así como las acciones relativas al control patrimonial y cobranzas en concordancia con las normas y dispositivos vigentes

b) Asesorar e informar a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, sobre aspectos relacionados a los sistemas de Personal, Contabilidad, Tesorería, Abastecimientos y Patrimonio.

c) Administrar y evaluar el presupuesto asignado para el desarrollo de su gestión, aplicando las medidas correctivas oportunas a las desviaciones que se presenten de acuerdo a los cronogramas establecidos.

d) Dirigir y controlar la oportuna y correcta formulación de los Estados Financieros y presupuestarios, dando cumplimiento a las disposiciones de los entes normativos y/o jerárquicos.

e) Participar en la formulación del presupuesto del sector en coordinación con la Dirección de Planificación y Presupuesto.

f) Supervisar el suministro oportuno de bienes y servicios que requieran las diferentes dependencias para su funcionamiento y ejecución de obras.

g) Centralizar, registrar y efectuar las adquisiciones y transferencias del patrimonio sectorial.

h) Evaluar y controlar los actos técnico - administrativos de sus unidades dependientes.

i) Organizar, dirigir y controlar la ejecución de los recursos económicos y financieros de la entidad conforme a Ley.

j) Ejercer el control de gastos y ejecución presupuéstales de acuerdo con el presupuesto aprobado, proponiendo las transferencias y modificaciones a la Dirección de Planificación y Presupuesto.

k) Dirigir, y controlar el uso, mantenimiento, ubicación y rotación de los bienes patrimoniales de la Institución

|) Participar en las Licitaciones y concursos públicos y/o de méritos.

m) Presidir los diferentes comités relacionados con los sistemas administrativos de su competencia.

n) Las demás funciones que le asigne la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurímac.

Estructura Orgánica de la Dirección de Administración

Artículo 21°.- La Dirección de Administración tiene las siguientes Unidades que corresponden al tercer nivel organizacional:

Sub Dirección de Recursos Humanos

Sub Dirección de Contabilidad y Tesorería Sub Dirección de Abastecimientos y SS.AA. Sub Dirección de Archivo Central

SUB DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS:

SPCHSHSHHHHSHSHSHSHHHHHSHSSHNHHSHSHSHSHHOHOHHHOHOSCHHHOHSHHEO:

Artículo 22°.- La Sub Dirección de Recursos Humanos es la encargada de

administrar los recursos humanos, depende jerárquicamente de la oficina de Administración; está a cargo de un servidor profesional nominado por Resolución Directoral; tiene como misión principal administrar los procesos técnicos, las acciones de personal.

Artículo 23%.- Son funciones generales de la Sub Dirección de Recursos

a) b)

c)

h)

Humanos:

Formular y actualizar directivas sobre procesos técnicos y acciones de personal.

Proponer y ejecutar las políticas orientadas a lograr el óptimo rendimiento y productividad del potencial humano.

Dirigir y ejecutar los procesos técnicos de captación y selección de personal,

de progresión en la carrera administrativa de evaluación del desempeño laboral y de capacitación de personal.

Actualizar los registros físicos y sistematizados del escalafón los datos de personal y la información estadística respectiva.

Programar y ejecutar actividades de servicio social, salud y esparcimiento.

Calcular, gestionar y otorgar las bonificaciones, beneficios sociales y todo derecho que les asista de acuerdo a ley, tanto al personal activo como cesante.

Dirigir y controlar la formulación de la planilla única de pago de remuneraciones y pensiones del personal

Normar y supervisar el control de asistencia y permanencia del personal.

Las demás funciones que le asigne la oficina de Administración y la Dirección. Regional.

SUB DIRECCION DE CONTABILIDAD Y TESORERIA:

Artículo 24°.- La Sub Dirección de Contabilidad y Tesorería es la encargada de los procesos técnicos del Sistema de Contabilidad y del Sistema de Tesorería, quien depende jerárquicamente de la oficina de Administración,

está a cargo de un profesional con categoría de Director, es nominado por Resolución Directoral.

Artículo 25°.- Son funciones de la Sub Dirección de Contabilidad y Tesorería:

a) Planificar, ejecutar y evaluar los procesos técnicos de los Sistemas de Contabilidad y de Sistema de Tesorería.

b) Formular los estados financieros y presupuestarios de la unidad ejecutora, de acuerdo a las normas y dispositivos legales vigentes.

c) Mantener actualizada la contabilidad general de la unidad ejecutora, de acuerdo a las normas y plazos pre establecidos

d) Verificar la disponibilidad de los recursos presupuestarios y el incremento o variación del estado financiero o patrimonial.

e) Contabilizar las operaciones presupuestales y patrimoniales. f) Efectuar la conciliación de los ingresos y gastos.

  1. Controlar el manejo de los fondos desde su previsión, recaudación y utilización.

h) Ejecutar y controlar las cuentas corrientes de la Entidad. i) Registrar y conciliar el movimiento de fondos de la Institución

J) Aplicar los dispositivos legales y normas referentes al Sistema de Tesorería

k) Las demás funciones que le asigne la Oficina de Administración y la Dirección Regional

SUB DIRECCION DE ABASTECIMIENTO Y SS.AA:

Artículo 26°.- La Sub Dirección de Abastecimiento y Servicios Auxiliares es la encargada de los procesos técnicos del Sistema de Abastecimientos, jerárquicamente está a cargo de un profesional con categoría de Sub Director, tiene como misión el abastecimiento de bienes y servicios a las Direcciones orgánicas de la Entidad en forma racional, eficiente y oportuna, y el de administrar los bienes patrimoniales de la Entidad: es nominado con Resolución Directoral.

Artículo 27°.- Son funciones generales de la Sub Dirección de Abastecimiento y Servicios Auxiliares:

a) Planificar, ejecutar y evaluar los procesos técnicos del Sistema de Abastecimiento.

b) Coordinar con las diversas dependencias de la Dirección Regional, la

formulación de sus cuadros de necesidades para efectos de elaborar el plan anual de adquisiciones y contrataciones.

c) Planificar, ejecutar y controlar la adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras de la Dirección Regional en el ámbito de su competencia.

d) Supervisar los servicios de mantenimiento y reparación de las instalaciones, equipos y vehículos, así como administrar los servicios de seguridad, limpieza, transportes y otros.

e) Brindar asesoría técnica y legal a la Alta Dirección, en lo concerniente a los procesos técnicos del sistema de Abastecimientos.

f) Formular y actualizar el registro de los inventarios patrimoniales administrados por la entidad.

  1. Efectuar acciones para el saneamiento legal de los inmuebles de propiedad de la Institución.

h) Formular y proponer directivas internas, referidos al control, registro, conservación y mantenimiento de bienes patrimoniales de conformidad con los dispositivos legales vigentes

i) Las demás funciones que le asigne la Dirección de Administración y la Alta Dirección.

SUB DIRECCION DE ARCHIVO CENTRAL

Articulo 28.- Es el Órgano de apoyo de la administración de toda la documentación generada por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac, centralizándola y garantizando su integridad y custodia de conformidad a las normas generales archivísticas. Depende jerárquicamente de la oficina de Administración, está a cargo de un profesional encargado por Resolución Directoral Su sigla es UD.AC.

Articulo. 29.- La Sub Dirección de Archivo Central, cumple con las siguientes funciones:

a) Conducir las actividades inherentes al Archivo Central, Archivos periféricos y archivos de Gestión, de conformidad con las normas y directivas del Sistema Nacional de Archivos.

b) Proponer Directivas e Instructivos para optimizar el funcionamiento del sistema de administración documentaria y archivos en la Dirección

Regional, de acuerdo a las normas y políticas que emite el órgano rector del Sistema Nacional de Archivos.

SOCHSHOHSHSHSHHHSHHNHSHHSHHHHHSHOSNSHHHOHHHOHHHHHOHOHEHOHHOHHEOOS G:

SOCHOHOHSSHHSSHSHHSHSHHHHHHHOHHHOHHHSHHHOHSHHSHHHSOKEHOHS GG:

c) Centralizar la documentación generada por las diferentes Unidades Orgánicas de la Dirección Regional.

d) Garantizar la integridad y la custodia del patrimonio documental existente. e) Clasificar la documentación, facilitando la localización de los diferentes documentos para la atención inmediata de la información requerida,

tomando en cuenta la selección documental por series y periodos.

f) Generar Documentos de Gestión en lo que se refiere a acciones archivísticas de la institución.

  1. Coordinar con la Dirección de Archivo Regional del Gobierno Regional de Apurímac la ejecución de políticas archivísticas de la institución.

h) Coordinar con la Oficina Regional de Archivo, la selección de documentos sin valor científico- cultural-histórico, para su posterior eliminación.

i) Demás funciones que le asigne el Director de Administración.

CAPITULO II ORGANOS DE LINEA: FUNCIONES ESPECIFICAS DIRECCION DE CIRCULACION TERRESTRE

Artículo 30°.- La Dirección de Circulación Terrestre, es un órgano de Línea de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurímac encargada de autorizar la prestación de se


Texto truncado por su extensión. Consulta el texto completo en la fuente oficial (enlace arriba).