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011-2026-GR-APURIMAC-CR Regional Agreement Apurímac In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 011-2026-GR. APURIMAC/CR

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E PÚBLICA DEL PER,

y NGO

GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC

CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”

ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 011-2026-GR. APURIMAC/CR. Abancay, 02 de marzo de 2026.

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC

POR CUANTO:

En la Segunda Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, realizada en la ciudad de Abancay el día veinticinco de febrero del año dos mil veintiséis, se debatió como punto de agenda el Proyecto de Acuerdo de Consejo Regional sobre aprobación del Plan de Trabajo para la Actividad de Fiscalización (PTAF) del proyecto denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN Y GESTIÓN DE RIESGO CONTRA INUNDACIONES EN 3.240 KM DEL CAUCE DEL RIO CHALHUANCA, DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES DE LA REGIÓN APURÍMAC”, CUI N° 2233835, DE LOS

PERIODOS 2024 AL 2025; y.

CONSIDERANDO:

Que, conforme a la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

@\Que, el artículo 4° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,

establece que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el

J desarrollo regional integral sostenible y garantizar el ejercicio pleno de los derechos de

sus habitantes;

Que, el artículo 13° de la citada Ley dispone que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional;

Que, el artículo 15° literal k) y el artículo 16” literales b) y c) de la Ley N° 27867 reconocen como atribución del Consejo Regional y como derecho funcional de los consejeros regionales fiscalizar la gestión pública regional e integrar comisiones ordinarias, investigadoras o especiales;

Que, la Ley N° 31433 fortalece las atribuciones y responsabilidades de los Consejos Regionales en el ejercicio de su función fiscalizadora; garantiza el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los Consejos Regionales;

Que, mediante OFICIO N° 04-2026-GORE-APURIMAC/01/CR-NAPG, la Consejera Regional Naysha Alexandra Prada Garcia; solicitó la aprobación del Plan de Trabajo para la Actividad de Fiscalización (PTAF) proyecto denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN Y GESTIÓN DE RIESGO CONTRA INUNDACIONES EN 3.240 KM DEL CAUCE DEL RIO CHALHUANCA, DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES DE LA REGIÓN APURÍMAC”, CUI N° 2233835, DE LOS

Jr. Puno N* 107- Abancay — Apurímac TELF. (083) 321126 - CENTRAL 321022 — ANEXO 139 consejoregional regionapurimac.gob.pe

REPÚBLICA DEL PER, >

GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC na CONSEJO REGIONAL ; SD “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA” = on PERIODOS 2024 AL 2025. con un presupuesto S/. 22,684.00 (VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO 00/100 SOLES), con un plazo de ejecución de sesenta y dos dias (62) dias habiles.

Que, La justificación La actividad de fiscalización del proyecto “Mejoramiento del servicio de protección y gestión de riesgo contra inundaciones en 3.240 km del cauce del río Chalhuanca” (CUI N.° 2233835), período 2024-2025, tiene como finalidad garantizar el uso eficiente y transparente de los recursos públicos, así como el cumplimiento de los plazos, costos y especificaciones técnicas establecidas. Asimismo, permite supervisar el avance y la calidad de las obras, verificar el cumplimiento de las normas técnicas, legales y ambientales, y detectar oportunamente posibles deficiencias o irregularidades. De esta manera, se contribuye a una ejecución responsable del proyecto y a la protección de la vida, el patrimonio y el bienestar de la población del distrito de Chalhuanca frente al riesgo de inundaciones.

Que, el Pleno del Consejo Regional, luego del debate correspondiente, consideró procedente aprobar el Plan de Trabajo para la Actividad de Fiscalización (PTAF), en el marco de sus competencias constitucionales y legales;

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional, el Pleno del Consejo Regional, Aprueba con once (11) votos a favor, de los Consejeros Regionales: Petter Díaz Valer, Rosmey Quispe Vílchez, Karla Sadith Santa Cruz Vargas, Carlos Oscco Quispe, Jesús Alfredo Islachin Aquise, Benancio Quispe Pillaca, Naysha Alexandra Prada García, Oscar Erasmo Paniura Navarro, Yenifer Caceres Baltazar. Jaime Osorio Aguilar, y Wildo Quispe Chipana, votos en contra cero (0) votos y con cero (0) Abstención, queda aprobado por Unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y

aprobación del acta;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el Plan de Trabajo para la Actividad de Fiscalización (PTAF) del proyecto denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN Y GESTIÓN DE RIESGO CONTRA INUNDACIONES EN 3.240 KM DEL CAUCE DEL RIO CHALHUANCA, DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES DE LA REGIÓN APURÍMAC”, CUI N° 2233835, DE LOS PERIODOS 2024 AL 2025. con un presupuesto S/. 22,684.00 (VEINTIDÓS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO 00/100 SOLES), con un plazo de ejecución de sesenta y dos días (62) días hábiles.

ARTÍCULO SEGUNDO. - DESIGNAR como responsable de la ejecución de la actividad de fiscalización de la Consejera Regional por la provincia de Aymaraes Naysha Alexandra

Prada Garcia.

Jr. Puno N* 107- Abancay — Apurímac TELF. (083) 321126 - CENTRAL 321022 — ANEXO 139 consejoregional O regionapurimac.gob.pe

@EPUBLICA DEL PE,

GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC

CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”

ARTÍCULO TERCERO. - REQUERIR al Ejecutivo Regional la asignación y habilitación presupuestal correspondiente, en cumplimiento de la Ley N° 31812, para la ejecución del Plan de Trabajo aprobado.

ARTÍCULO CUARTO. - ESTABLECER que el plazo de ejecución del Plan de Trabajo para la Actividad de Fiscalización (PTAF) será desde el 16 de marzo del 2026 hasta el 15 de junio de 2026.

ARTÍCULO QUINTO. - ENCARGAR al Gerente General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial y a las áreas competentes del Gobierno Regional de Apurímac el cumplimiento del presente Acuerdo, conforme a ley.

ARTÍCULO SEXTO. - DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Apurímac, conforme a lo establecido en la Ley N° 27867.

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Abancay, sede central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los dos días del mes de marzo del año dos mil veintiséis.

PRESIDENTE ) CONSEJO REGIONAL APURIMAC

Jr. Puno N* 107- Abancay — Apurímac TELF. (083) 321126 - CENTRAL 321022 — ANEXO 139 consejoregional @regionapurimac.gob.pe


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionapurimac/normas-legales/7925850-011-2026-gr-apurimac-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9685658/7925850-acuerdo-del-consejo-regional-n-011-2026-gr-apurimac-cr.pdf