Ordenanza Regional N.° 010-2022-GR-APURIMAC-CR
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GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC CONSEJO REGIONAL
REPÚBLICA DEL PE
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
ORDENANZA REGIONAL N° 010-2022-GR-APURÍMACICR Abancay, 30 de setiembre de 2022 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC
VISTO:
En la Novena Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, llevado a cabo en la ciudad de Abancay, el día martes veintisiete de setiembre del año dos mil veintidós, como Punto de Agenda: Ordenanza Regional: “APROBAR EL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS - MCC DE LA DIRECCION REGIONAL AGRARIA DE APURIMAC”, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N° 314-2022-GRAP/06/GG su fecha 20 de setiembre de 2022, dirigido al Consejero Delegado del Consejo Regional, el Gerente General Regional, remite el expediente administrativo que contiene el Proyecto de Ordenanza Regional: APROBAR, el Manual de Clasificador de Cargos — MCC de la Dirección Regional Agraria de Apurímac, anexando los siguientes documentos: a) Informe N° 541-2022- GR.APURIMAC/DRAJ.DR, b) Informe N° 540-2022-GRAP/09/GRPPAT, c) Informe N° 289-2022-GRAP/09.03/SRDIEI, d) Informe Técnico N° 012-2022- GR.APURIMAC/SGDIEI-AHQ, e) Informe N° 774-2022- GRAP/07.01/D.R.ADM/OF.RR.HH, f) Oficio N° 416-2022-GRAP-DRA/APURIMAC;
Que, el numeral 5. DISPOSICIONES GENERALES, sub numeral 5.1. Definiciones, literal c. de la Directiva 006-2021-SERVIR-GDSRH, ELABORACION DEL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS Y DEL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL PROVISIONAL, aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021- SERVIR-PE, señala “Manual de Clasificador de Cargos: Documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad”, a su vez, el numeral 6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS, sub numeral 6.1. Elaboración y aprobación del Manual de Clasificador de Cargos, acápites 6.1.1. de la referida directiva prevé: “La propuesta de MCC de la entidad debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el POF o el MOP, según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasificaciones dispuestas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público”, (...) 6.1.8. La entidad, en caso de constituir una entidad Tipo B, previo a la
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aprobación del MCC por parte del(la) titular, debe remitir su propuesta alla) titular de la entidad Tipo A a la que se encuentra adscrita. La entidad Tipo A, a través de su ORH, o la que haga las veces, debe evaluar la propuesta según los lineamientos dispuestos en la presente directiva y en atención a su propio MCC. De darse opinión técnica favorable, dicha aprobación debe ser comunicada por la ORH o la que haga las veces de la entidad Tipo A a la ORH o la que haga las veces de la entidad Tipo B mediante oficio, para que gestione su aprobación, mediante los documentos que correspondan, según cuadro dispuesto en el numeral 6.3.1.8 de la presente directiva, y posterior publicación en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad”;
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Que, la Oficina de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurímac, en el Informe N° 774-2022- GRAP/07.01/D.R.ADM/OF.RR.HH., de fecha 17 de agosto de 2022, en el rubro Ill. CONCLUSIONES indica “Visto el sustento técnico de la Dirección Regional de Agricultura, del manual de Clasificador de Cargos, contiene la descripción de los cargos, la codificación, la clasificación todo ello enmarcado en cumplimiento a la Directiva N° 006- 2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil como ente rector en el Sistema Administrativo de la Gestión de Recursos Humanos, así como enmarcada en los cargos estandarizados para Gobiernos Locales, encontrándolo conforme a los lineamientos señalados, para lo cual se otorga opinión favorable para su aprobación”;
Que, el Informe Técnico N° 012-2022-GR.APURIMAC/SGDIEI-AHQ de fecha 05 de setiembre de 2022 de la Especialista en Racionalización de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional Estadística e Informática de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en sus CONCLUSIONES, indica. 1.- La propuesta del MCC ha sido formulada en atención al ROF vigente, alineándose los cargos con las unidades organizacionales establecidas en dicho documento de gestión, 2.- Asimismo el MCC, ha sido elaborado dentro del marco de las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH y de la clasificación de acuerdo a la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Empleado de Confianza, Directivo Superior, Especialista y de Apoyo), por lo que se hace procedente la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos de la Dirección Regional Agraria de Apurímac”;
Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, de fecha 27 de setiembre de 2022, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Leyes Modificatorias, Reglamento Interno del Consejo Regional, Dictamen de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, con el voto por unanimidad de sus integrantes, dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta;
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HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR EL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS - MCC DE LA DIRECCION REGIONAL AGRARIA DE APURIMAC.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Económico y Dirección Regional Agraria de Apurímac.
ARTICULO TERCERO.- PUBLICAR y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional.
Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac, para su promulgación
En Abancay, a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil veintidós. } A CONSEJERO DELEGADO
Al señor Gobernador Regional del Gobier.10 Regional de Apurímac POR TANTO: Mando se Registre, Publique y Cumpla
Dado en la ciudad de Abancay, sede central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los treinta días Bey de setiembre del año dos mil veintidós.
GOBERNADOR REGIONAL
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