Acuerdo de Consejo Regional N.° 008-2026-GR. APURIMAC/CR
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REPÚBLICA DEL PE,
GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC
CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 008-2026-GR. APURIMACICR.
Abancay, 02 de marzo de 2026. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC
POR CUANTO:
En la Segunda Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, realizada en la ciudad de Abancay el día veinticinco de febrero del año dos mil veintiséis, se debatió como punto de agenda el Proyecto de Acuerdo de Consejo Regional sobre aprobación del Plan de Trabajo para la Actividad de Fiscalización (PTAF) del proyecto denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO OPERATIVO DE EVALUACIÓN DE MANEJO Y EMISIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR DE LA SUB DIRECCIÓN DE CIRCULACIÓN DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES APURÍMAC, LOCALIDAD DE AUQUIBAMBA DEL DISTRITO DE PICHIRHUA - PROVINCIA DE ABANCAY - DEPARTAMENTO DE APURÍMAC”, CUI N° 2553153, CORRESPONDIENTE A LOS PERÍODOS 2023 AL 2025; y.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 4° de la Ley N° 27867 — Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible y garantizar el ejercicio pleno de los derechos de sus habitantes;
Que, el artículo 13° de la citada Ley dispone que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional;
Que, el artículo 15° literal k) y el artículo 16° literales b) y c) de la Ley N° 27867 reconocen como atribución del Consejo Regional y como derecho funcional de los consejeros regionales fiscalizar la gestión pública regional e integrar comisiones ordinarias, investigadoras o especiales;
Que, la Ley N° 31433 fortalece las atribuciones y responsabilidades de los Consejos Regionales en el ejercicio de su función fiscalizadora; garantiza el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los Consejos Regionales;
Que, mediante OFICIO N° 09-2026-GORE-APURIMAC/01/CR-KSSCV, la Consejera Regional Karla Sadith Santa Cruz Vargas; solicitó la aprobación del Plan de Trabajo para la Actividad de Fiscalización (PTAF) proyecto denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO OPERATIVO DE EVALUACIÓN DE MANEJO Y EMISIÓN DE LICENCIAS
Jr. Puno N* 107- Abancay — Apurímac TELF. (083) 321126 — CENTRAL 321022 — ANEXO 139 consejoregional O regionapurimac.gob.pe
REPÚBLICA DEL PERy,
GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC
CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”
DE CONDUCIR DE LA SUB DIRECCIÓN DE CIRCULACIÓN DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES APURÍMAC, LOCALIDAD DE AUQUIBAMBA DEL DISTRITO DE PICHIRHUA - PROVINCIA DE ABANCAY - DEPARTAMENTO DE APURÍMAC”, CUI N° 2553153, CORRESPONDIENTE A LOS PERÍODOS 2023 AL 2025, con un presupuesto S/. 20,218.00 (VEINTE MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON 00/100 SOLES) con un plazo de ejecución de sesenta y dos días (62) días hábiles.
Que, La justificación de la Actividad de Fiscalización del proyecto denominado: La fiscalización del proyecto “Mejoramiento del Servicio Operativo de Evaluación de Manejo y Emisión de Licencias de Conducir de la Sub Dirección de Circulación de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Apurímac” (CUI N.° 2553153), correspondiente al periodo 2023-2025, tiene como finalidad garantizar el uso eficiente y transparente de los recursos públicos y el cumplimiento de los plazos, costos y objetivos del proyecto. Esta supervisión permitirá verificar el cumplimiento de metas físicas y financieras, así como evaluar si la infraestructura, el equipamiento y los procedimientos implementados aseguran un servicio adecuado y conforme a la normativa vigente para la emisión de licencias de conducir. Asimismo, la fiscalización contribuirá a garantizar un servicio seguro, legal y de calidad para la población, fortaleciendo la seguridad vial, identificando posibles deficiencias técnicas O administrativas y proponiendo recomendaciones para mejorar la gestión institucional.
Que, el Pleno del Consejo Regional, luego del debate correspondiente, consideró procedente aprobar el Plan de Trabajo para la Actividad de Fiscalización (PTAF), en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional, el Pleno del Consejo Regional, Aprueba con once (11) votos a favor, de los Consejeros Regionales: Petter Díaz Valer, Rosmey Quispe Vílchez, Karla Sadith Santa Cruz Vargas, Carlos Oscco Quispe, Jesús Alfredo Islachin Aquise, Benancio Quispe Pillaca, Naysha Alexandra Prada García, Oscar Erasmo Paniura Navarro, Yenifer Caceres Baltazar. Jaime Osorio Aguilar, y Wildo Quispe Chipana, votos en contra cero (0) votos y con cero (0) Abstención, queda aprobado por Unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el Plan de Trabajo para la Actividad de Fiscalización (PTAF) del proyecto denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO OPERATIVO DE EVALUACIÓN DE MANEJO Y EMISIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR DE LA SUB DIRECCIÓN DE CIRCULACIÓN DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES APURÍMAC, LOCALIDAD DE AUQUIBAMBA DEL DISTRITO DE PICHIRHUA - PROVINCIA DE ABANCAY - DEPARTAMENTO DE APURÍMAC”, CUI N° 2553153, CORRESPONDIENTE A LOS PERÍODOS 2023 AL 2025, con un
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GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC
CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”
presupuesto S/. 20,218.00 (veinte mil doscientos dieciocho con 00/100 soles) con un plazo de ejecución de sesenta y dos días (62) días hábiles.
ARTÍCULO SEGUNDO. - DESIGNAR como responsable de la ejecución de la actividad de fiscalización de la Consejera Regional por la provincia de Abancay, Karla Sadith Santa Cruz Vargas.
ARTÍCULO TERCERO. - REQUERIR al Ejecutivo Regional la asignación y habilitación presupuestal correspondiente, en cumplimiento de la Ley N° 31812, para la ejecución del Plan de Trabajo aprobado.
ARTÍCULO CUARTO. - ESTABLECER que el plazo de ejecución del Plan de Trabajo para la Actividad de Fiscalización (PTAF) será desde el 16 de marzo del 2026 hasta el 15 de junio de 2026.
ARTÍCULO QUINTO. - ENCARGAR al Gerente General Regional, a la Gerencia
Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial y a las áreas competentes del Gobierno Regional de Apurímac el cumplimiento del presente Acuerdo, conforme a ley.
ARTÍCULO SEXTO. - DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Apurímac, conforme a lo establecido en la Ley N° 27867.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la ciudad de Abancay, sede central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los dos días del mes de marzo del año dos mil veintiséis.
BETTER DÍAZ VAL PRESIDENTE __ CONSEJO REGIONAL APURÍMAC
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