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003-2020-GOREAP-GR Regional Decree Apurímac In force

Decreto Regional N.° 003-2020-GOREAP.GR

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EEPÚBLICA DEL Peay,

GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC GOBERNACION

DECRETO REGIONAL N°”! ?-2020-GOREAP/GR. Abancay, 2 6 MAR. 2020

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Politica del Perú, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; así mismo el artículo 39% de dicho texto constitucional establece que todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación;

Que, el artículo 2° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;

Que, el artículo 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que corresponde a la Gobernación Regional emitir normas que, entre otros aspectos, regulen asuntos de carácter general y de interés ciudadano a través de los Decretos Regionales como se prevé en el artículo 40° de la precitada ley;

Que, la Organización Mundial de la Salud (OMS) clasificó al COVID-19 como una Pandemia, esta nueva versión de un Coronavirus se viene extendiendo en varios países del mundo de manera simultánea;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 025-2020 -PCM se dicta medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID-19 en el territorio nacional;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 026-2020-PCM se establecen diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 027-2020-PCM se emite medidas complementarias destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID - 19 en el territorio nacional y a la reducción de su impacto en la economía peruana;

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, el Gobierno Peruano declara en Estado de Emergencia y Aislamiento social obligatorio en el país por el plazo de 15 días, y mediante Decreto Supremo N° 046-2020-PCM, precisa el D.S. antes referido (Decreto Supremo N° 044-2020- PCM);

Que, la autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, ha emitido el comunicado N* 01 sobre las acciones personal en el marco de la Declaración de Emergencia, señalando que las oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas en coordinación con las

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EPÚBLICA DEL PE

€34, GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC GOBERNACION

áreas orgánicas competentes, deben identificar aquellos servidores a los que le será aplicable el trabajo remoto al que alude el Decreto de Urgencia N° 026-2020-PCM;

Que, frente a la expansión de los casos de COVID-19, que viene incrementándose en el Peru; la Dirección Regional de Salud Apurímac, a la fecha ha reportado 00 confirmados, descartados 38, pendientes de resultado 25, alislamiento y vigilancia domicliaria 1754, en la región de Apurímac; sin embargo, teniendo en cuenta que la pandemia en el Perú va en aumento, conforme a los reportes que se tiene a nivel del Gobierno Central, es necesario tomar las previsiones del caso en salvaguarda de la Salud Publica de la Región de Apurímac, con la finalidad de reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al Virus (COVID-19) en la Región de Apurímac;

Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario aprobar medidas de aplicación para el trabajo remoto en el Gobierno Regional de Apurímac;

Que, en uso de las facultades conferidas por el artículo 37° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- Ley N° 27867 y modificatorias, Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización; con visación de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, de la Gerencia de Desarrollo Social, la Dirección de Asesoría Legal, la Dirección de Administración, Secretaria General; y la Gerencia General, en señal de conformidad;

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR MEDIDAS PARA EL TRABAJO REMOTO EN EL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC:

En donde el trabajo remoto se caracteriza por la presentación subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario. El trabajo remoto está orientado a la gestión por resultados y puede utilizar cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita.

ARTÍCULO SEGUNDO. - ÁMBITO DE APLICACIÓN:

2.1 El presente Decreto, es de aplicación inmediata para todas las entidades pertenecientes al Gobierno Regional de Apurímac, sean éstas Unidades Operativas ó Ejecutoras en el marco de sus competencias; donde los trabajadores designados de la institución modifican el lugar de prestación de servicios con la finalidad de implementar el trabajo remoto.

2.2 El trabajo remoto no resulta aplicable a los trabajadores con el virus (COVID-19), ni a quienes se encuentren con descanso médico. En los casos anteriores se aplicará la suspensión imperfecta de labores de conformidad a la normatividad vigente.

ARTÍCULO TERCERO. - ÁREAS ADMINISTRATIVAS POR EMERGENCIA: Designar áreas administrativas por emergencia, a fin de atender asuntos de urgencia estableciendo

una jornada laboral para el cumplimiento de sus funciones, el presente artículo es de aplicación para:

  • Gobernación Regional.

  • Gerencia General Regional.

  • Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

  • Gerencia Regional de Infraestructura.

  • Gerencia Regional de Recursos Naturales.

  • Gerencia Regional de Desarrollo Económico.

  • Gerencia Regional de Desarrollo Social.

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»Es GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC

GOBERNACION ( ] e

  • Dirección Regional de Administración y sus dependencias.
  • Secretaría General.

  • Dirección Regional de Asesoría Jurídica.

  • Dirección Regional de Comunicaciones.

ARTÍCULO CUARTO. - GERENCIAS Y DIRECCIONES:

Facultar a las Gerencias Regionales y Direcciones Sectoriales Regionales en coordinación con las Oficinas de Recursos Humanos la designación de los trabajadores en los servicios indispensables para la aplicación de trabajo remoto.

ARTÍCULO QUINTO. - OBLIGACIONES DEL GOBIERNO REGIONAL:

5.1 Mantener la naturaleza del vínculo laboral, la remuneración, las funciones desempeñadas de los trabajadores del Gobierno Regional de Apurímac.

5.2 Comunicar al trabajador la decisión de cambiar el lugar de la prestación de servicios a fin de implementar el trabajo remoto en el Gobierno Regional de Apurímac mediante soporte físico o digital que permita dejar constancia de ello.

ARTÍCULO SEXTO. - OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR:

6.1 Cumplir la normatividad vigente sobre las políticas de seguridad de la información, protección y confidencialidad de los datos que involucren los procesos del Gobierno Regional de Apurímac. 6.2 Encontrarse disponible, durante la jornada laboral, para realizar las consideraciones necesarias con el objetivo de cumplir los fines públicos desempeñados.

ARTÍCULO SÉPTIMO. - EQUIPO Y MEDIOS PARA DESARROLLAR EL TRABAJO REMOTO:

Es considerado todo equipo, medio informático o afín que resulte necesario para la prestación de servicios del Gobierno Regional de Apurímac en la implementación del trabajo remoto.

ARTÍCULO OCTAVO. - INICIO Y SEGUIMIENTO DE TRÁMITE DOCUMENTARIO EN EL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC:

Se habilita el portal web https://www.regionapurimac.gob.pe para iniciar y realizar seguimiento de trámite documentario a través de los canales de atención como WhatsApp, mensaje de correo y el SIGE (Sistema Integrado de Gestión de Documentos) durante la jornada laboral.

ARTÍCULO NOVENO. - ENCARGAR, a la Secretaria General del Gobierno Regional de

Apurímac, la publicación de la presente, en el portal de transparencia y en la pagina web, conforme a Ley.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE;

ANTARON NÚÑEZ ador Regional Gobierno Regional de Apurimac

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