Ordenanza Regional N.° 003-2019-GR-APURIMAC.CR
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ORDENANZA REGIONAL N° 003-2019-GR-APURÍMACICR. Abancay, 05 de Abril de 2019.
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC: POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC: VISTO:
En la Tercera Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional Apurimac, llevada a cabo en la ciudad de Abancay, el día viernes veintinueve de marzo del año dos mil diecinueve, el Punto de Agenda: Proyecto de Ordenanza Regional "DECLARAR EL AÑO 2019 COMO AÑO DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN LA REGION APURIMAC’, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe N° 003-2019-GR APURIMAC/GR de fecha 07 de febrero de 2019, dirigido al Consejero Delegado, el Gobernador Regional remite el anteproyecto de Ordenanza Regional que DECLARA EL AÑO 2019 COMO AÑO DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN LA REGION APURIMAC, adjuntando la Exposición de Motivos, Análisis de Costo Beneficio y la Fórmula Legal;
Que, según las Encuestas Demográficas y de Salud Familiar del INEI la región de Apurímac, lidera los índices de violencia hacia las mujeres a nivel de todo el Perú desde el año 2012, así las cifras del 2015 muestran hasta un 85% de mujeres violentadas, teniendo un descenso en el 2016 a un 79.1% y ocupando el primer lugar seguido por Puno (78,8%) y Cusco (75.4%). El 75.6%, de las mujeres de la región ha sufrido violencia psicológica, el 45.8% violencia fisica y el 12.7% violencia sexual. Las provincias con más altos porcentajes son: Chincheros con 22%, Cotabambas con en 17.4% y Andahuaylas 17.1%; habiendo mostrado la provincia de Cotabambas un ascenso acelerado de casos en los últimos años, debido a los impactos socio económicos que ha traído consigo la actividad minero extractiva, ya que ha surgido la prostitución y explotación sexual de mujeres, además de la conflictividad y el afianzamiento de la violencia machista;
Que, con relación al feminicidio y la tentativa, en la región Apurímac las mujeres son asesinadas por su condición de subordinación cultural frente a los hombres. Así, según el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, entre el año 2009 al 2018 en Apurímac se han asesinado a 09 mujeres y se ha intentado matar a otras 11, haciendo un total de 20, un 56% ocurren en área urbana, el 40% han sido asfixiadas o estranguladas, el 84% de las asesinadas tenían entre 18 y 45 años, el 65% de los agresores son parejas o ex parejas, el 60% de los hechos ocurrieron dentro de sus casas;
Que, la Ley 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, tiene por objeto establecer el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada, propendiendo a la plena igualdad;
Que, la Ley 30314, Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos, tiene por objeto prevenir y sancionar el acoso sexual producido en espacios públicos que afectan los derechos de las personas, en especial los derechos de la mujer;
Que, el Artículo 33° de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, crea el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y
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Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, como un sistema funcional, el cual tiene por finalidad coordinar, planificar, organizar y ejecutar acciones articuladas, integradas y complementarias para la acción del Estado en la prevención, atención, protección y reparación de la víctima, la sanción y reeducación del agresor, a efectos de lograr la erradicación de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar;
Que, el Artículo 2° del Decreto Supremo 027-2007-PCM, establece que constituyen Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, en materia de igualdad de hombres y mujeres, entre otras, aquellas referidas a impulsar en la sociedad, en sus acciones y comunicaciones, la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y sexual;
Que, la Dirección Ejecutiva de la Organización de las Naciones Unidas para las Mujeres, señala que. la violencia contra las mujeres debe enfrentarse con las acciones de prevención, protección y provisión de servicios, aumentando la conciencia pública y la movilización social;
Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurimac, de fecha 29 de marzo de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Leyes modificatorias, Reglamento Interno del Consejo Regional y visto el Dictamen de la Comisión Ordinaria Transitoria de Ética, Asuntos Legales, Derechos Humanos, Mujer, Juventudes y Adulto mayor, con el voto por unanimidad, y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta;
HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR EL AÑO 2019 COMO AÑO DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN LA REGION APURIMAC, debiendo las instituciones de la administración pública regional subordinadas al Gobierno Regional de Apurimac, consignar dicha denominación en los documentos oficiales que emitan debajo de la denominación del año establecido por el Gobierno Central.
ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional conforme dispone el Artículo 42° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Apurimac, para su promulgación.
En Abancay, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve. OBIERNO REGIONAL APURÍMAC
YERVE SÉJERO DELEGADO CONSEJO REGIONAL
POR TANTO:
Mando se Registre, Publique y Cumpla
Dado en la Ciudad de Abancay, Sede Central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los cinco días del mes de abril del año dos mil diecinuev
BALTA ANTARON NÚÑEZ GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL APURÍMAC
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