Decreto Regional N.° 001-2019-GR.APURIMAC.GR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
EP UB LIGA DEL PERG
GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC GOBERNACIÓN
DECRETO REGIONAL N° 004 -2019-GR.APURIMACIGR.
Abancay, 2 0 MAYO 2019
VISTOS:
El Memorándum N° 396-2019-GRAP/06/GG, el Oficio Múltiple N° D000002-2019-PCM-SIP y demás documentos que forman parte integrante de la presente resolución, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, e señala que los Gobiernos ads emanan de la voluntad popular. Son personas caes de derecho
Que, el literal a) del artículo 45 de la referida norma, establece que es competencia exclusiva del Gobierno Nacional definir, dirigir, normas y gestionar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales se
VA formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, pes “1oconcordando el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República; el mismo dispositivo agrega (SÉ y ¿que los Gobiernos Regionales definen, normar, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus Ne, *s2 funciones generales y específicas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales;
Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM se aprueba la Politica Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la misma que establece como objetivo específico 5 Instalar y consolidar la gestión de conflicto de intereses y la gestión de intereses en la administración pública;
Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2018-PCM se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021, estableciendo como parte de sus 69 acciones estratégicas, la necesidad de mentar en todo el aparato público la obligación de transparentar los intereses que tengan aquellos funcionarios y servidores públicos con capacidad de decisión y manejo de recursos y bienes públicos;
Que, por lo expuesto, el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo N° 080-2018-PCM dispuso la presentación de la Declaración Jurada de Intereses de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, ya fin de transparentar los vínculos societarios, comerciales, gremiales, empresariales, profesionales y laborales, “entre otros, de los sujetos obligados que permita la construcción de una cultura de integridad y transparencia en el sector público;
Que, resulta relevante continuar con la estrategia de integridad y lucha contra la corrupción del estado peruano, a fin transparentar los intereses que tengan aquellos funcionarios y servidores públicos con capacidad de decisión y manejo de recursos y bienes públicos en el Gobierno Regional;
Que, la Ley N° 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Pública, establece los principios, deberes y prohibiciones éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública,
Página 1 de 6
URRY, ™= 527
Dirección: Jr. Puno N° 107 Abancay | Teléfono: 083 321022 | Email: transparencia@regionapurimac.gob.pe
REPÚBLICA DEL PER
GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC GOBERNACIÓN
estableciendo el deber de la probidad, el cual implica actuar con rectitud, honradez y honestidad en aras de satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona. En esa misma línea, el Código prohíbe a todo funcionario mantener relaciones o de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo;
Que, el numeral 6 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28175 - Ley Marco del Empleo Público, señala que son principios que rigen el empleo público, entre otros, el Principio de Probidad y Etica Pública, que prescriben que el empleado público actuará de acuerdo a los principios y valores éticos establecidos en la Constitución y las leyes, que requiera la función pública;
Que, el literal i) del Artículo II! del Título Preliminar de la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil, señala que son principios de la Ley del Servicio Civil, la probidad y ética pública, señalando que el servicio civil promueve una actuación transparente, ética y objetiva de los servidores civiles quienes, por demás, actúan de acuerdo con los principios y valores éticos establecidos en la Constitución y las leyes que requieran la función pública;
Que, el artículo 97 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece los casos en los cuales la autoridad que tenga facultad resolutiva o cuyas opiniones sobre el fondo del procedimiento puedan influir en el sentido de la resolución; debe abstenerse de participar en los asuntos cuya competencia le esté
& Que, en ese sentido, es necesario promover medidas que consagren una cultura de integridad y
respeto a los principios éticos de la función pública, a través de una debida regulación de la gestión de intereses y de prevención de los conflictos de intereses; para lo cual debe aprobarse mediante Decreto Regional disposiciones que permitan a los funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional de Apurimac transparentar sus vínculos a través de la presentación de una Declaración Jurada de Intereses;
Por las consideraciones y fundamentos expuestos, en uso de sus atribuciones conferidas por el literal <)b) del artículo 37° Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus leyes modificatorias; la edencial otorgada por el Jurado Nacional de Elecciones de fecha 26/12/2018 y la Ley N° 30305, y;
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Presentación de la declaración jurada de intereses
\ Dispónganse la presentación obligatoria de la declaración jurada de intereses de los funcionarios y ervidores públicos del Gobierno Regional de Apurímac, independientemente del régimen bajo el cual laboren, “gontraten o se relacionen.
ARTÍCULO 2°.- Finalidad
El presente decreto tiene por finalidad transparentar información de los funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional de Apurimac para la detección y prevención de posibles conflictos de intereses en el desempeño de sus funciones.
Página 2 de 6
Dirección: Jr. Puno N° 107 Abancay | Teléfono: 083 321022 | Email: transparencia@regionapurimac.gob.pe
REPÚBLICA DEL PER,
GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC GOBERNACIÓN
ARTÍCULO 3°.- Ámbito de aplicación
Se encuentran comprendidos dentro del ámbito de la presente norma, los funcionarios y servidores públicos que prestan servicios en el Gobierno Regional Apurimac y que ocupen siguientes puestos:
a) Gobernador y Vicegobernador Regional
b) Gerente General Regional
c) Directores, Gerentes, Subgerentes, Jefes de Unidades y Jefes de Oficinas.
d) Asesores, consejeros, consultores y funcionarios de la alta dirección.
e) Titulares o encargados de los sistemas de gestión de recursos humanos, endeudamiento,
planeamiento, tesorería, presupuesto, contabilidad, logística y abastecimiento.
f) Titulares de programas y proyectos especiales.
g) Aquellos que, en el ejercicio de su cargo, labor o función, sean responsables de la preparación de bases de procesos de contratación pública, o integrantes de los comités especiales de selección de dichos procesos.
h) Aquellos que administran, maneja o disponen de fondos o bienes del Estado.
i) Todo servidor cuyo cargo se encuentre clasificado a partir del Nivel F5 o su equivalente.
ARTÍCULO 4°.- Contenido
La declaración jurada de intereses es un documento de carácter público que contiene información relevante del funcionario o servidor público referida a:
a) Información de empresas, sociedades u otras entidades en las que posea alguna clase de participación patrimonial o similar.
b) Participación en directorios, consejos de administración y vigilancia, consejos consultivos, consejos directivos o cualquier cuerpo colegiado semejante, sea remunerado o no.
c) Empleos, asesorías, consultorías y similares, en los sectores público y privado, sea remunerado ono.
d) Participación en organizaciones privadas (asociaciones, gremios y organismos no gubernamentales).
e) Personas que integran el grupo familiar (padre, madre, suegro, suegra, cónyuge, conviviente, hijos/as, hermano/s y hermana/s), incluyendo sus actividades, ocupaciones y centros o lugares de trabajo actuales. La información respecto de los hijos/as menores de edad es protegida y excluida para efectos de la publicación.
La información señalada en los literales a), b), c) y d) que se presente al inicio, comprende el periodo
ARTÍCULO 5”.- Requisito indispensable
La declaración jurada de intereses constituye requisito indispensable para el ejercicio del cargo. Su incumplimiento imposibilitará asumir los cargos o puestos detallados en el artículo 3°. Página 3 de 6
Dirección: Jr. Puno N° 107 Abancay | Teléfono: 083 321022 | Email: transparencia@regionapurimac.gob.pe
REPÚBLICA DEL PER,
GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC GOBERNACIÓN
ARTÍCULO 6°.- Lista de sujetos obligados
La Gerencia de Administración con apoyo de la Oficina de Integridad Institucional o la que haga sus veces deberán remitir a la Secretaría de Integridad Pública del Presidencia del Consejo de Ministros, la lista completa de funcionarios y servidores públicos sujetos al ámbito de aplicación de la presente norma conforme al Anexo A.
La remisión de la lista deberá efectuarse dentro de los 15 días hábiles posteriores de la emisión de la presente norma, la cual deberá actualizarse de manera periódica.
ARTÍCULO 7°.- Forma de presentación
La declaración jurada de intereses se presenta en forma virtual a través de la Plataforma de Declaración Jurada de Intereses implementada por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros. Para su presentación se deberá contar con firma digital, para lo cual se requiere del Documento Nacional de Identidad Electrónico.
ARTÍCULO 8°.- Oportunidad de presentación
La oportunidad de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses se realiza de la siguiente © manera:
a) Al inicio: Dentro de los quince (15) dias hábiles de haber sido designado y/o contratado.
b) De actualización: Durante el ejercicio, con una periodicidad anual contada desde la presentación de la declaración jurada.
c) De cese: Dentro de los quince (15) días hábiles de haber cesado en el puesto.
En caso el sujeto obligado cambie de cargo o puesto, deberá presentar su declaración jurada de cese de puesto y de inicio del nuevo puesto.
ARTÍCULO 9°.- Publicación de la Declaración Jurada de Intereses Las Declaraciones Juradas de Intereses de los sujetos obligados son publicadas en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia de la entidad en la que presta servicios, desde la fecha de su
presentación.
En el caso de la publicación en el Portal de Transparencia Estándar, la responsabilidad de su debida blicación recae en el funcionario responsable designado.
ARTÍCULO 10°.- Seguimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses
La Oficina de Recursos Humanos y Escalafón efectuará el seguimiento y requerimiento, de corresponder, para garantizar el cumplimiento de la presentación de la declaración jurada de intereses a la Gerencia General Regional. Para dicho efecto, se podrá contar con el apoyo de la Subgerencia de Tecnologías de la Información.
Página 4 de 6
Dirección: Jr. Puno N° 107 Abancay | Teléfono: 083 321022 | Email: transparencia@regionapurimac.gob.pe
EPÚBLICA DEL PE,
GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC GOBERNACIÓN
DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Plazo para la presentación de la declaración jurada de intereses
Los funcionarios y servidores públicos comprendidos bajo el ámbito de la presente. norma que se encuentran ejerciendo funciones; cuentan con un plazo de noventa (90) días hábiles para obtener el Documento Nacional de Identidad Electrónico y presentar la Declaración Jurada de Intereses conforme al procedimiento establecido por la presente norma.
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase,
SAETAZAR LANTARON NUNEZ GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC
BLNIGR EMLIGR.
Pagina 5 de 6 PURiy
Dirección: Jr. Puno N° 107 Abancay | Teléfono: 083 321022 | Email: transparencia@regionapurimac.gob.pe
E PÚBLICA DEL PE,
Ga GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC GOBERNACIÓN
ANEXO A
Lista de sujetos obligados a presentar Declaración Jurada de Intereses Lista de sujetos obligados a presentar Declaración Jurada de Intereses
Página 6 de 6 <>
be: Dirección: Jr. Puno N° 107 Abancay | Teléfono: 083 321022 | Email: transparencia@regionapurimac.gob.pe
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionapurimac/normas-legales/3874908-001-2019-gr-apurimac-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4095592/DECRETO%20REGIONAL%20N%20001-2019-GR.APURIMAC.GR.pdf.pdf