Acuerdo de Consejo Regional N.° 285-2025-GRA/CR
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
N° 285-2025-GRA/CR Huaraz, 06 de noviembre de 2025. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH. VISTO:
En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día jueves 06 de noviembre de 2025, en atención a la CONVOCATORIA N* 11-2025-SO-GRA-CR/CD, de fecha 29 de octubre de 2025, el PEDIDO N° 07 formulado por el Ing. EDGAR JEISER LOPEZ ROSALES, Consejero Regional por la provincia de Pallasca del Gobierno Regional de Ancash, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en el artículo 191” de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 92 y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR (en adelante RIC);
Que, el artículo 13° de la LOGR, modificado por Ley N° 29053, establece que: “El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)”; asimismo, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, el artículo 15° de la citada LOGR, establece: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)”; dispositivo legal concordante, con el numeral 1) del artículo 35° del RIC, y con lo previsto en el literal a) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003-2023-GRA/CR; para tal efecto dictan Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37* de la LOGR;
Que, en ese marco es COMPETENCIA del Consejo Regional de Ancash, aprobar Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39° de la LOGR y sus modificatorias, precepto normativo que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5° y el artículo 111° del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de los Acuerdos de Consejo Regional;
Que, mediante la Resolución Directoral Regional N° 1980, de fecha 07 de octubre de 2025, visto los expedientes N° 16296, 16295, 21114-2025; Opinión Legal N° 0525-2025-ME-GRA/DREA/OAJ-D y demás documentos, el Director del Programa Sectorial IV de la Dirección Regional de Educación de Ancash, RESUELVE:
“ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR NULAS DE OFICIO, la Resolución Directoral N° 001051, de fecha 14 de noviembre de 2024 que aprueba el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) y la Resolución Directoral N° 001118, de fecha 27 de noviembre de 2024 que aprueba la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) expeditas por la Unidad de Gestión Educativa Local de Pallasca, en consecuencia, queda sin efecto legal; por haber sido expedidas por autoridad incompetente, por las consideraciones antes expuestas.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, a la UGEL Pallasca reconduzca sus procedimientos con estricta sujeción al marco normalivo vigente.
ARTÍCULO TERCERO: REMITIR, copia de todo lo actuado y de la presente resolución a la Comisión Especial de Procesos Administrativos de la DREA, para que proceda conforme a sus atribuciones respecto a la determinación de responsabilidad administrativa del Titular firmante de la Resolución Directoral N° 001051, de fecha 14 de noviembre de 2024 y la Resolución Directoral N° 001118, de fecha 27 de noviembre de 2024, expedidas por la Unidad de Gestión Educativa Local de Pallasca.
ARTÍCULO CUARTO: REMITIR, copia de todo lo actuado a la Secretaría Técnica de la Ley del Servicio Civil de la Unidad de Gestión Educativa Local de Pallasca, para que proceda conforme a sus facultades respecto a la determinación de responsabilidad administrativa del personal que participo en la elaboración para la aprobación Manual de Clasificador de Cargos y el Cuadro para Asignación de Personal, conducente a la emisión de las resoluciones antes mencionadas.
Que, realizado el seguimiento en la “Plataforma integral de solicitudes digitales del Estado peruano”, de la Unidad de Gestión Educativa Local de Pallasca, con Código de solicitud: rd7h0q72w; se advierte que la Resolución Directoral Regional N° 1980-2025-DREA, fue recepcionada por la referida UGEL Pallasca recibida el 20 de octubre de 2025, para su conocimiento y los fines que correspondan;
Que, el numeral 9) del artículo 24° del RIC, de los derechos funcionales de los consejeros regionales señala: “Presentar pedidos sustentados por escrito”; en ese contexto, el Ing. EDGAR JEISER LOPEZ ROSALES, Consejero Regional por la provincia de Pallasca del Gobierno Regional de Ancash, presentó en la estación PEDIDOS su PEDIDO N° 07, ante el Pleno del Consejo Regional, con el siguiente texto:
“Por su intermedio Consejero Delegado solicito a la Dirección Regional de Educación de Ancash, intervenga para el esclarecimiento de presuntas irregularidades como: Caso omisión a la RDR — 1980, compra de bienes sobrevalorados, contratos de servicios sin contar con TDR y/o no considerando los mismos, falencias en las calificaciones en los diferentes concursos de docentes y directores y otros que sean necesario.”
Que, en ese contexto, en la Décima Primera Sesión Ordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día jueves 06 de noviembre del año en curso, el Consejero Delegado, da cuenta y ordena la lectura del Pedido número siete, del Ing. Edgar Jeiser López Rosales, Consejero Regional por la provincia de Pallasca, quien seguidamente sustenta su
pedido ante el Pleno del Consejo Regional de Ancash y entre su alocución señala: “(...) quiero que se emita un Acuerdo de Consejo Regional con respecto a las irregularidades que se vienen dando dentro de la UGEL Pallasca, hay actos resolutivos de la Dirección Regional de Educación de Ancash, en el cual los encargados de la dirección de la UGEL están haciendo caso omiso, también he sacado un PTAF, en el cual como informe final se detectó irregularidades de favorecimiento a un proveedor en el tema del servicio de transporte de materiales y una serie de irregularidades que se viene dando en los diferentes concursos; es motivo por el cual solicito al Pleno del Consejo tomar en cuenta que la Dirección Regional de Educación
de Ancash pueda intervenir a la UGEL Pallasca (...)"; acto seguido, el Consejero Delegado somete a debate y solicita opiniones sobre el pedido en comento; acto seguido, da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada el PEDIDO N° 07, del Consejero Regional por la provincia de Pallasca; siendo APROBADO por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N* 27783 - Ley de Bases de
Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- SOLICITAR, a la Dirección Regional de Educación de Ancash, INTERVENIR a la Unidad de Gestión Educativa Local de Pallasca, para el esclarecimiento de presuntas irregularidades como: Caso omisión a la Resolución Directoral Regional N° 1980, compra de bienes sobrevalorados, contratos de servicios sin contar con TDR y/o no considerando los mismos, falencias en las calificaciones en los diferentes concursos de docentes y directores y otros que sean necesarios.
ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash (www.regionancash.gob.pe).
POR TANTO: . . REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por el Gobierno Regional de Áncash, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la lectura del código QR o el siguiente enlace: https://app1.regionancash.gob.pe/consulta/dlFile?var=tf8GAUX2AgnG%2B08W%2F¡2%2FNhmOmZVVdoJJlqV14gnGdosKtg2TAhKPWmw%3D%3D
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/7692920-285-2025-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9386896/7692920-acuerdo-de-consejo-regional-285-2025.pdf