Acuerdo de Consejo Regional N.° 262-2024-GRA/CR
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Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
Aenerdo de Consejo Regional N° 262-2024-GRA/CR,
Huaraz, 30 de diciembre de 2024.
VISTO:
En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día lunes 30 de diciembre de 2024, en atención a la CONVOCATORIA N° 11-2024-SE-GRA-CRI/CD, de fecha 23 de diciembre de 2024, el DICTAMEN N° 011-2024-GRA-CR/CO-PPAT, de fecha 23 de diciembre de 2024, dictaminada por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Ancash, sobre: Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura - PIA, para el Año Fiscal 2025, del Pliego 441 -Gobierno Regional de Ancash, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico imperante, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, dispositivo concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4” del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR (en adelante RIC);
Que, conforme prescribe el artículo 77% de la Constitución Política del Perú, respecto al Presupuesto Público, dispone: “La administración económica y financiera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Congreso. La estructura del presupuesto del sector público contiene dos secciones: Gobierno Central e instancias descentralizadas. El presupuesto asigna equitativamente los recursos públicos, su programación y ejecución responden a los criterios de eficiencia de necesidades sociales básicas y de descentralización. Corresponden a las respectivas circunscripciones, conforme a ley, recibir una participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de canon”;
Que, en dicho orden, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del artículo 10° de la LOGR, en concordancia con el artículo 35° de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización, son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las leyes Anuales de Presupuesto. Competencia que se encuentra regulada también en el literal a) del artículo 4” del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Ancash, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003-2024-GRA/CR, (en adelante ROF);
Que, el artículo 13° de la LOGR, modificado por Ley N° 29063, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”; asimismo, el artículo 15° de la LOGR, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, ha dispuesto: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)”, disposición legal concordante con el numera 1) del artículo 35° del RIC y el literal a) del
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Consejo Regional “Año del Bicentenario, de la consol ¡dación de nuestra dependencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
artículo 9° del ROF; para tal efecto dictan Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37° de la LOGR;
Que, el numeral 10) del artículo 35° del RIC, de las atribuciones del Consejo Regional dispone: “Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Gobierno Regional de Ancash, de cada ejercicio fiscal
ta
Que, según el literal b) del numeral 1) del artículo 53° de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, de la aprobación del presupuesto de los Gobiernos Regionales, señala que: “El Titular del Pliego propone dicho proyecto al Consejo Regional para su aprobación mediante Acuerdo, siendo posteriormente promulgado a través de Resolución Ejecutiva Regional";
Que, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en su artículo 31” de la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura, establece: “(...) 31.2. Los Presupuestos Institucionales de Apertura correspondientes a los Pliegos del Gobierno Nacional se aprueban a más tardar el 31 de diciembre del año fiscal anterior a su vigencia. Para este fin, los Pliegos del Gobierno Nacional publican, en sus respectivos portales institucionales, sus Presupuestos Institucionales de Apertura, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de su aprobación. 31.3. Los Presupuestos Institucionales de Apertura correspondientes a los Pliegos del Gobierno Regional y del Gobierno Local se aprueban mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, a más tardar el 31 de diciembre del año fiscal anterior a su vigencia. (...)”; asimismo, se debe tener en cuenta los artículos vigentes de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias;
Que mediante la Ley N° 32185, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 11 de diciembre del año en curso, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, que comprenden las transferencias de recursos para los Gobiernos Regionales; asimismo, regula los ingresos y gastos del sector público para el año fiscal 2025, los límites de gastos para cada entidad del sector público, las condiciones para el endeudamiento del sector público y los recursos que financian el presupuesto;
Que, en su numeral 5.1. del artículo 5° de la Ley N° 31953, del control del gasto público, dispone: “Los titulares de las entidades públicas, el jefe de la oficina de presupuesto y el jefe de la oficina de administración, o los que hagan sus veces en el pliego presupuestario, son responsables de la debida aplicación de lo dispuesto en la presente ley, en el marco del Principio de Legalidad, recogido en el numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Corresponde al titular de pliego efectuar la gestión presupuestaria, en las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación, y el control del gasto, en el marco de lo establecido en el inciso 1 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”;
Que, en ese contexto mediante el INFORME PRESUPUESTAL N° 782-2024-GRAGRPPAT/SGPPTO., de fecha 16 de diciembre de 2024, el Subgerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite el INFORME TÉCNICO de la propuesta de Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura — PIA, para el Ejercicio Fiscal 2025, del Gobierno Regional del Departamento de Ancash, que entre sus considerandos señala:
- Que, seguidamente se muestran los Cuadros, donde se detalla el Presupuesto Institucional de Apertura del Año 2025, del Pliego Presupuestal 441: Gobierno Regional del Departamento de Ancash, los mismos que se muestra:
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Consejo Regional “Año del Bicentenario, de la consol idación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
CUADRO N° 01 - PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA DE INGRESOS DEL ANO 2025 A NIVEL DE RUBRO Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO
DETALLE DEL INGRESO PRE Es Sl EN % 00. RECURSOS ORDINARIOS 0.00 0.00 % 09. RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 30,843,991.00 4.22% 15. FONDO DE COMPENSACION REGIONAL 237,231,585.00 32.49 % TOTAL 730,249,580.00| 100.00 %
Fuente: Aplicativo del Módulo de Programación Multianual 2025-2027.
CUADRO N° 02 - PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA DE GASTOS DEL AÑO 2025 A NIVEL DE RUBRO Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO
DETALLE DEL GASTO e ES (SN) EN % 00. RECURSOS ORDINARIOS 2,023,010,442.00| 73.47% 09. RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 30,843,991.00| 1.12% 15. FONDO DE COMPENSACION REGIONAL 237,231,585.00| 8.62% TOTAL 2,753,260,022.00| 100.00 %
Fuente: Aplicativo del Módulo de Programación Multianual 2025-2027.
CUADRO N* 03 . PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA DE GASTOS DEL ANO 2025 A NIVEL DE GENÉRICAS DE GASTO Y POR RUBRO Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO
1R 2. Recursos 5. Recursos DETALLE DEL GASTO IECISOS, Directamente | Determinados TOTALES Ordinarios Recaudados
- Gasto Corriente 2,006,908,227.00 30,778,627.00| 58,814,620.00 2,096,501,474.00
1 Personal Y Obligaciones | 4 785,165,177.00 900,045.00 0.00| 1,786,065,222.00 ociales
- Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 97,611,701.00 0.00 0.00 97,611,701.00
- Bienes y Servicios 120,422,683.00 29,878,582.00| 58,814,620.00 209,115,885.00
- Otros Gastos 3,708,666.00 0.00 0.00 3,708,666.00
Gobierno Regional de Áncash _ Consejo Regional
ion de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroica:
“Año del Bicentenario, de la consolidaci s batallas de Junín y Ayacucho”
- Gastos de Capital 16,102,215.00 65,3640.00| 550,229,602.00 566,397,181.00
- Adquisición de Activos No Financieros 16, 102,215.00 65,364.00 | 550,229,602.00 566,397, 181.00
- Servicio de la Deuda 0.00 0.00| 90,361,3670.00 90,361,367.00
- Servicio de la Deuda Pública 0.00 0.00| 90,361,367.00 90,361,367.00 TOTAL 2,023,010,442.00 30,843,991.00| 699,405,589.00 2,753,260,022.00
Fuente: Aplicativo del Módulo de Programación Multianual 2025-2027.
Que, para la fase de programación y formulación presupuestaria del Presupuesto Institucional se han cumplido los lineamientos establecidos en la Directiva N° 0002-2024-EF/50.01, Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, así como sus Anexos Guía y Fichas, aprobada mediante la Resolución Directoral N* 0021-2024-EF/50.01.
Que, se adjunta al presente los Reportes del Aplicativo del Módulo de Programación Multianual 2025-2027los Anexos respectivos tales como: Y” Detalle de los Ingresos Año 2025 Y Resumen Analítico de Gastos Año 2025 Y” Detalle de los Gastos en Proyectos Año 2025
Que, esta Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ancash, por los argumentos expuestos y estando conforme al marco del artículo 31° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, sugiere que a través de vuestro despacho, se derive el presente informe a la Gerencia General, para que en función de sus atribuciones se solicite al Pleno del Consejo Regional, la aprobación, del Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura del Año 2025 del Pliego 441: Gobierno Regional del Departamento de Ancash.”;
Que, mediante el INFORME LEGAL N° 809-2024-GRA/GRAJ, de fecha 19 de diciembre del 2024, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica de esta entidad, emite OPINIÓN legal FAVORABLE, para la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura para el año fiscal - 2025 del Pliego 441 del Gobierno Regional de Ancash;
Que, mediante el OFICIO N° 558-2024-GRA/GR, de fecha 19 de diciembre de 2024, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash solicita al Consejo Regional la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura para el año fiscal - 2025, del Pliego 441 - Gobierno Regional de Ancash, mediante Acuerdo de Consejo Regional; el citado expediente se trasladó a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional a través del OFICIO N° 1631-2024-GRA-CR/CD, de fecha 19 de diciembre del presente año, para su atención conforme a sus legales atribuciones;
Que, en ese contexto, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Ancash, conforme a sus facultades emitió el DICTAMEN N° 011-2024-GRA-CR/CO-PPAT, de fecha 23 de diciembre de 2024, donde concluyen procedente aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura — PIA, para el año fiscal 2025 del Pliego 441 — Gobierno Regional de Ancash;
Que, es COMPETENCIA DEL CONSEJO REGIONAL de Ancash, emitir Acuerdos de Consejo Regional como establece el artículo 39° de la Ley Orgánica antes citada y sus modificatorias, precepto normativo que establece: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5° y el
Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional
Ton de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junin y Ayacucho”
“Año del Bicentenario, de la cons
artículo 111” del RIC, que versan respecto a la Naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de los Acuerdos de Consejo Regional;
Que, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día lunes 30 de diciembre del año en curso, el Consejero Delegado da cuenta y dispone la lectura del dictamen sobre aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura - PIA, para el Año Fiscal 2025, del Pliego 441 - Gobierno Regional de Ancash, ascendente a S/. 2,753,260,022.00 (Dos Mil Setecientos Cincuenta y Tres Millones Doscientos Sesenta Mil Veintidós con 00/100 Soles); seguidamente, el Secretario de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sustenta el referido dictamen ante el Pleno del Consejo Regional de Ancash; inmediatamente, el Consejero Delegado, solicita intervenciones sobre el tema, generándose una serie de deliberaciones; acto seguido, da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada la recomendación (artículos) descritos en el DICTAMEN N° 011-2024-GRA-CR/CO-PPAT, de fecha 23 de diciembre de 2024, siendo APROBADO por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Áncash;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Presupuesto Institucional de Apertura — PIA, para el Año Fiscal 2025, del Pliego 441 - Gobierno Regional de Ancash, ascendente a S/. 2,753,260,022.00 (DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL VEINTIDÓS CON 00/100 SOLES).
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPENSAR, al presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash (www.regionancash.gob.pe), conforme a Ley.
POR TANTO: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
gui Montage. CONSEJERO DELEGADO :
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