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260-2025-GRA-CR Regional Agreement Áncash In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 260-2025-GRA/CR

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

N? 260-2025-GRA/CR Huaraz, 24 de octubre de 2025.

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH.

VISTO:

En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el dia viernes 24 de octubre de 2025, en atención a la CONVOCATORIA N° 07-2025-SE-GRA-CR/CD, de fecha 21 de octubre de 2025, el EMORANDUM N° 027-2025-GRA/CRA-ECV-CHZ, de fecha 23 de octubre de 2025, suscrito por el Sr. Edson Jhonel Cancha Villanueva, Consejero Regional por la provincia de Carhuaz del

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR, (en adelante RIC);

Que, el artículo 13° de la LOGR, modificado por Ley N° 29053, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”; asimismo, el artículo 15° de la LOGR, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, ha dispuesto: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) dispositivo legal concordante con el numeral 1) del artículo 35° del RIC y el literal a) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones — ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003-2023- GRA/CR;

Que, el numeral 23) del artículo 35° del RIC establece como atribución del Consejo Regional: “Justificar la inasistencia de los miembros del Pleno del Consejo Regional a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional, por razones de fuerza mayor debidamente documentada y sustentada”;

Que, con el MEMORANDUM N° 027-2025-GRA/CRA-ECV-CHZ, de fecha 23 de octubre de 2025, el Sr. Edson Jhonel Cancha Villanueva, Consejero Regional por la provincia de Carhuaz,

SOLICITA al Consejero Delegado del Consejo Regional de Ancash, justificación ante la Sesión Extraordinaria fijada para el día 24/10/2025, y entre sus considerandos del referido memorándum detalla lo siguiente:

*(...) al respecto debo de precisar que el suscrito por estrictas medidas de naturaleza médica, no podrá participar en tal sesión de Consejo; toda vez que, el día de la fecha me encuentro bajo prescripción médica.

Es evidente precisar que por la premura del tiempo no adjunto a la presente la respectiva ficha médica y/o certificado médico, que acredite mi petición; sin embargo, en la brevedad posible estaré cumpliendo con adjuntar tales documentales.

En esa medida, señor Consejero Delegado, solicito a usted tenga a bien de dar cuenta del presente ante el Pleno del Consejo Regional de Ancash; a fin de proceder con la justificación correspondiente. (...)”;

Que, el literal a) del artículo 37° de la LOGR establece: “Los gobiernos regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. (...)"; en ese marco es COMPETENCIA DEL CONSEJO REGIONAL de Ancash, emitir Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39” de la LOGR y sus modificatorias,

precepto normativo que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus

miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5* y el artículo 111” del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de aprobación de los Acuerdos de Consejo Regional;

Que, en ese contexto, en la séptima Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día viernes 24 de octubre del año en curso, el Consejero Delegado da cuenta y dispone la lectura del MEMORANDUM N° 027-2025- GRA/CRA-ECV-CHZ, de fecha 23 de octubre de 2025, suscrito por el Sr. Edson Jhonel Cancha Villanueva, Consejero Regional por la provincia de Carhuaz; inmediatamente, pone a consideración del Pleno del Consejo Regional la citada petición; acto seguido, somete a votación a mano alzada la solicitud de justificación del Consejero Regional por la provincia de Carhuaz, siendo APROBADO por UNANIMIDAD); con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, el Colegiado Regional;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la solicitud de JUSTIFICACIÓN de INASISTENCIA a la Séptima Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, programada para el día viernes 24 de octubre de 2025, presentada por el Sr. Edson Jhonel Cancha Villanueva, Consejero Regional por la provincia de Carhuaz, por las razones precisadas en el MEMORANDUM N° 027-2025-GRA/CRA-ECV-CHZ.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash (www.regionancash.gob.pe).

POR TANTO: ; . REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/7692945-260-2025-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9386924/7692945-acuerdo-de-consejo-regional-260-2025.pdf