Acuerdo de Consejo Regional N.° 216-2025-GRA/CR
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
N° 216-2025-GRA/CR Huaraz, 04 de setiembre de 2025. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH. VISTO:
En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día jueves 04 de setiembre de 2025, en atención a la CONVOCATORIA N° 09-2025-SO-GRA-CRI/CD, de fecha 27 de agosto de 2025, el PEDIDO N° 22, formulado por la Econ. YANET ROSARIO PINTO TOLEDO, Consejera Regional por la provincia de Huaraz, presenta el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF) N° 15, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR (en adelante RIC);
Que, el artículo 13° de la LOGR, modificado por Ley N° 29053, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”, asimismo, el artículo 15”, modificado por Ley N° 31812, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, ha dispuesto: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) k) Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. (...)”; norma legal concordante con el artículo 2° y con los numerales 1) y 17) del artículo 35° del RIC y con el artículo 8°, los literales a) y k) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003- 2023-GRA/CR; para tal efecto dictan Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37° de la LOGR;
Que, mediante el MEMORANDUM N° 00002-2025-GRA/CR-YRPT, de fecha 28 de agosto de 2025, la Econ. YANET ROSARIO PINTO TOLEDO, Consejera Regional por la provincia de Huaraz, solicita al Consejero Delegado del Consejo Regional de Ancash, incluir en la siguiente agenda de Sesión de Consejo Regional y puesta a consideración del Pleno del Consejo Regional
del Gobierno Regional de Ancash, el PTAF N° 15, de conformidad a lo establecido en la DIRECTIVA N° 010-2024-CG/PREVI;
Que, el numeral 9 del articulo 24° del RIC, de los derechos funcionales de los consejeros regionales señala: “Presentar pedidos sustentados por escrito”; en ese marco legal, la Econ. YANET ROSARIO PINTO TOLEDO, Consejera Regional por la provincia de Huaraz, presentó su PEDIDO N° 22, bajo el siguiente texto:
“De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15° literal k) y artículo 16° literal b) c) y d) de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867, modificada por Ley N° 31812, concordante con el numeral 17) del artículo 35°, y numeral 8 y 9 del artículo 58°, 86.5 y 87° del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, en mi condición de Consejera Regional por la Provincia de Huaraz del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash SOLICITO al honorable Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, se sirva incorporar a la orden del día el presente pedido, que contiene el PTAF N° 15, para que sea oralizado y expuestas, las razones técnicas y legales, con el fin de que se someta ante el honorable pleno a debate y acuerdo, que resuelva APROBAR el PTAF N° 15.
Señalado, respecto a la fiscalización, descrita: “Fiscalización a la Unidad de Gestión Educativa Local de Antonio Raimondi — Llamellin, ante presuntos actos de negligencia, demora e incorrecta distribución de materiales educativas variados, así como por presuntas irregularidades en el proceso de resignación docente 2025”.
Es todo cuando pido por su intermedio señor consejero delegado al Honorable Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash.”;
Que, la citada Consejera Regional por la provincia de Huaraz, en su PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN (PTAF) N° 15, con fecha de elaboración 21/08/2025, en su numeral 1) Información de la actividad de fiscalización, detalla la descripción de la actividad de fiscalización: “Fiscalización a la Unidad de Gestión Educativa Local de Antonio Raimondi — Llamellin, ante presuntos actos de negligencia, demora e incorrecta distribución de materiales educativos variados, así como por presuntas irregularidades en el proceso de reasignación docente 2025”; la justificación de la citada actividad de fiscalización, tipo de fiscalización: Individual; el presupuesto y el plazo estimado; en su numeral 2) Cronograma de Trabajo; en su numeral 3) Recursos y Presupuesto a utilizar, como son el requerimiento de bienes y servicios; 4) Comentarios y 5) Firma de la Consejera Regional que realizará la actividad de fiscalización;
Que, el artículo 16° de la LOGR, entre los Derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, señala: “(...) b) Fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional u otros de interés general. (...)”;
Que, el artículo 75” de la LOGR, respecto al régimen de fiscalización señala: “a. Fiscalización.- El Gobierno Regional está sujeto a la fiscalización permanente del Congreso de la República, del Consejo Regional y la ciudadanía, conforme a ley y al Reglamento del Consejo Regional. La fiscalización se ejerce con arreglo a los principios de gestión pública regional señalados en la presente Ley. (...).”; dispositivo legal concordante con el artículo 6° del RIC;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 014-2025-GRA/CR, de fecha 17 de enero de 2025, el Colegiado Regional APROBÓ el Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash - Año 2025;
Que, de acuerdo al artículo 3° de la Ley N° 31812, se modifica la disposición complementaria final primera de la Ley 31433, Ley que modifica la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de
concejos municipales y consejos regionales para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización;
Que, con la Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG, se aprueba la DIRECTIVA N° 010-2024- CG/PREVI, “Presentación de Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”, establece las disposiciones que regulan el proceso de presentación del Balance Semestral sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización de los consejeros regionales en el marco de lo previsto en la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, a fin de favorecer el adecuado uso de los recursos públicos, la transparencia y las acciones de lucha contra la corrupción e inconducta funcional;
Que, en el literal e) del numeral 6.4.3 de la DIRECTIVA en comento, respecto a las obligaciones del consejo regional señala: “Aprobar mediante acuerdo de consejo regional o concejo municipal, cada actividad de fiscalización, propuesta de forma individual o en comisión, a través del PTAF’;
Que, el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF), es un documento de planificación
de trabajo, elaborado y propuesto por los consejeros regionales ante el Consejo Regional, para su
»... aprobación, cuya estructura está contenida en el Anexo N° 04 “Plan de Trabajo de la Actividad de
, Fiscalización” de la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI;
/ ¿Regionales, tal como lo establece el artículo 39° de la LOGR y sus modificatorias, precepto “ normativo que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5° y el artículo 111° del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de los Acuerdos de Consejo Regional;
Que, en ese contexto, en la Novena Sesión Ordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día jueves 04 de setiembre del presente año, el Consejero Delegado, da cuenta y ordena la lectura del PEDIDO N° 22; seguidamente, la Econ. YANET ROSARIO PINTO TOLEDO, Consejera Regional por la provincia de Huaraz, sustenta su PTAF N° 15 ante el Pleno del Consejo Regional de Ancash; consecuentemente, el Consejero Delegado, solicita al colegiado Regional opiniones al respecto; generándose la deliberación correspondiente; acto seguido, se da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada la solicitud de aprobación del PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN (PTAF) N° 15, de la referida Consejera Regional por la provincia de Huaraz; siendo APROBADO por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN (PTAF) N° 15, de la Econ. YANET ROSARIO PINTO TOLEDO, Consejera Regional por la provincia de Huaraz del Gobierno Regional de Ancash, que se ANEXA al presente, referido a la siguiente actividad de fiscalización: “Fiscalización a la Unidad de Gestión Educativa
Local de Antonio Raimondi — Llamellin, ante presuntos actos de negligencia, demora e incorrecta distribución de materiales educativos variados, así como por presuntas irregularidades en el proceso de reasignación docente 2025”.
ARTÍCULO SEGUNDO.- FACULTAR, a la Econ. YANET ROSARIO PINTO TOLEDO, Consejera Regional por la provincia de Huaraz del Gobierno Regional de Ancash, a reprogramar el cronograma del PTAF N° 15, en caso de ser necesario.
ARTÍCULO TERCERO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash (www.regionancash.gob.pe).
POR TANTO: . ; REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/7280207-216-2025-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8815391/7280207-acuerdo-de-consejo-regional-216-2025.pdf