Skip to content
L Legalize.pe
146-2025-GRA-CR Regional Agreement Áncash In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 146-2025-GRA/CR

11 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

N? 146-2025-GRA/CR.

Huaraz, 05 de junio de 2025.

VISTO:

En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día jueves 05 de junio de 2025, en atención a la CONVOCATORIA N° 06-2025-SO-GRA-CR/CD, de fecha 28 de mayo de 2025, el INFORME N° 03- 2025-GRA/CR-CBMP, elaborado por el Consejero CHANG BERLY MILLA PONCE, Consejero Regional por la provincia de Huaylas, el informe de “Fiscalización de la presunta designación irregular de Rolin Mendoza Caushi, en el cargo de Sub gerente de Modernización y Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ancash”, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR (en adelante RIC);

Que, el artículo 13° de la LOGR, modificado por Ley N° 29063, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”, asimismo, el artículo 15°, modificado por Ley N° 31812, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, ha dispuesto: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) k) Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. (...)”,; norma legal concordante con el artículo 2° y con los numerales 1) y 17) del artículo 35° del RIC y con el artículo 8°, los literales a) y k) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003- 2023-GRA/CR; para tal efecto, dictan Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37° de la LOGR;

Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 046-2025-GRA/CR, de fecha 06 de febrero del año en curso, el Pleno del Consejo Regional de Ancash, ACORDO: “Artículo Primero- APROBAR, el PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN (PTAF) N° 02, del Sr. CHANG BERLY MILLA PONCE, Consejero Regional por la provincia de Huaylas, que se anexa al presente, referido a la siguiente actividad de fiscalización: “Fiscalización de la presunta designación irregular de Rolin Mendoza Caushi, en el cargo de Subgerente de Modernización y Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ancash”. (...)”: la citada norma regional se notificó de acuerdo a ley al Consejero Regional por

la provincia de Huaylas, para su atención acorde a sus legales atribuciones;

Que, el artículo 75° de la LOGR, respecto al REGIMEN DE FISCALIZACIÓN señala: “a. Fiscalización.- El Gobierno Regional está sujeto a la fiscalización permanente del Congreso de la República, del Consejo Regional y la ciudadanía, conforme a ley y al Reglamento del Consejo Regional. La fiscalización se ejerce con arreglo a los

Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

principios de gestión pública regional señalados en la presente Ley. (....”, dispositivo legal concordante con el artículo 6” del RIC;

Que, en atención al OFICIO N° 37-2025-GRA/CR-CBMP, la Sub Gerencia de Recursos Humanos de esta Entidad remitió el INFORME N° 596-2025-GRA-GRAD/SGRH, de fecha 06 de mayo de 2025, al Consejero Chang Berly Milla Ponce, el informe sobre verificación de requisitos para ocupar el puesto de Subgerente de Modernización Institucional del GORE Ancash. En dicho informe se precisa lo siguiente: ‘(...) Asimismo se observa que, el Sr. Gilmer Rolin Mendoza Caushi, desempeño el cargo de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Jangas y que de acuerdo al Manual! de Organización y Funciones MOF de dicha municipalidad, las funciones específicas de la alcaldía contienen coincidencia o similitudes con las funciones establecidas en el MCC del GORE Ancash para el cargo de Subgerente de Modernización y Desarrollo Institucional; por fo tanto, se ha considerado dichas

funciones como experiencia específica en la función 9 en la materia, conforme lo opinado por la Autoridad del Servicio Civil ~ SERVIR, mediante el Informe Técnico N° 000466-SERVIR-GPGSC.

Manual de Organización y Funciones ~ Municipalidad Distrital de Jangas (Cargo: Alcalde)

Manual Clasificador de Cargos - Gobierno Regional de Ancash (Cargo: Subgerente de Modernización y desarrollo Institucional)

Dirigir la ejecución de los Planes de Desarrollo Municipal.

Asesorar, coordinar, evaluar y proponer altemativas para la mejora de la organización y funcionamiento del Gobierno Regional.

Diseñar modelos organizacionales, así como elaborar, actualizar y emitir opinión técnica sobre los documentos normativos y técnico metodológicos para la gestión administrativa regional.

Proponer al Concejo Municipal los proyectos de reglamento interno del concejo municipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal.

Formular, proponer y evaluar las políticas de Gestión por Procesos, Directivas y Documentos Normativos como: el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), >Manual de Operaciones (MOP), Manual de Procedimientos (MAPRO), Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y el Texto Unico de Servicios no Exclusivos (TUSNE).

Emitir opinión técnica de los proyectos del Cuadro para Asignación de Personal

Provisional (CAP-P) y/o Cuadros de Puestos de la Entidad (CPE) y Manuales de Perfiles de Puestos (MPP), propuestos por los Órganos dependientes del Gobierno Regional de Ancash.

(...) Es preciso informarle que: estando al principio de legalidad y transparencia, el Gobernador Regional de Ancash, dispuso la remisión de los expedientes de designación de los funcionarios de confianza del Gobierno Regional de Ancash la Órgano de Control interno (OCI), para efectos de CONTROL POSTERIOR. Mediante el Oficio N° 0216-2025- GRA/GRAD/SGRH de fecha 30 de abril de 2025, mi despacho remitió a la Oficina de Control Interno del GORE Ancash; el expediente de designación del Ing. Gilmer Rolin Mendoza Caushi en el cargo de Subgerente de Modernización y Desarrollo Institucional del Gobierno Regional de Ancash; entre otros."

Que, en ese sentido, con el INFORME N° 03-2025-GRA/CR-CBMP, de fecha 28 de mayo de 2025, el Consejero CHANG BERLY MILLA PONCE, Consejero Regional por la provincia de Huaylas, después de realizar el ANÁLISIS correspondiente los documentos recabados conforme a sus legales atribuciones y realizadas las visitas in situ al Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional (Subgerente) y a la Subgerencia de Recursos Humanos (Subgerente) como se desprenden en las actas de reunión de fechas 07 y 11 del maro del año en curso, en su numeral cuarto arribó a los siguientes CONCLUSIONES:

“Del análisis precedente, se arriban a las siguientes conclusiones:

4.1. A través de la Resolución Gerencial General Regional N° 750-2024-GRA/GGR, de fecha 31 de diciembre de 2024 en su Artículo Segundo, se DESIGNA al Ing. Gilmer Rolin Mendoza Caushi, en el cargo de confianza de Subgerente de Modemización y Desarrollo Institucional, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

4.2. Mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 046-2025-GRA/CR, de fecha 06 de febrero de 2025, se Aprobó el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF) N° 02, referido a la "Fiscalización de la presunta designación irregular de Rolin Mendoza Caushi, en el cargo de Sub gerente de Modernización y Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ancash”.

4.3. Confecha 07 de marzo de 2025, se sostuvo una reunión, conforme consta en el Acta correspondiente, con el Ing. Gilmer Rolin Mendoza Caushi Sub Gerente de Modernización y Desarrollo Institucional, quien efectúa sus descargos ante las denuncias efectuadas en redes sociales, precisando que cumple con todos los requisitos para asumir el cargo que ostenta; manifiesta que en su expediente no obra ningún documento falsificado.

Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

4.4. Con fecha 11 de marzo de 2025, se sostuvo una reunión, conforme consta en el Acta correspondiente, con el Abg. Ricardo Tito Castromonte Almendrades, Sub Gerente de Recursos Humanos, quien sustentó que el Ing. Rolin Mendoza Caushi, si reúne fos requisitos para acceder al cargo de Subgerente de Modernización y Desarrollo Institucional, precisando que se tuvo en consideración el Informe Técnico N° 0466-2023-SERVIR, en el que se establece que el ejercicio del cargo de Alcalde puede ser convalidado como experiencia general y específica.

4.5. Mediante Informe N° 342-2025-GRA-GRAD/SGRH, de fecha 11 de marzo de 2025, la Sub Gerencia de Recursos Humanos, remitió copia del expediente de designación del Subgerente de Modernización y Desarrollo Institucional, de cuya revisión se advirtieron las observaciones detalladas en la parte analítica del presente informe.

4.6. Mediante Informe N° 596-2025-GRA-GRAD/SGRH, de fecha 06 de mayo de 2025, la Sub Gerencia de Recursos Humanos remitió al suscrito el informe sobre verificación de requisitos para ocupar el puesto de Subgerente de Modernización Institucional del GORE Ancash. En dicho informe se precisa lo siguiente: “(...) Asimismo se observa

que, el Sr. Gilmer Rolin Mendoza Caushi, desempeño el cargo de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Jangas y que de acuerdo al Manual de Organización y Funciones MOF de dicha municipalidad, las funciones específicas de la alcaldía contienen coincidencia o similitudes con las funciones establecidas en el MCC del GORE Ancash para el cargo de Subgerente de Modernización y Desarrollo Institucional; por lo tanto, se ha considerado

dichas funciones como experiencia específica en la función o en la materia, conforme lo opinado por la Autoridad del Servicio Civil -- SERVIR, mediante el Informe Técnico N° 000466-SERVIR-GPGSC.

4.7. Al respecto, debo manifestar que personalmente no encuentro coincidencia ni similitud entre las funciones del alcalde (cargo eminentemente político) y las funciones del subgerente de modernización y desarrollo institucional (cargo eminentemente técnico); para ser más preciso, considero que hay mucha diferencia entre DIRIGIR la ejecución o PROPONER (poner a consideración) al Concejo Municipal, políticas o instrumentos de gestión, con la función propiamente dicha de DISEÑAR, ELABORAR o ACTUALIZAR los mismos. Quizás por esa falta de coincidencia o similitudes en las funciones, es que se ha tenido que requerir la contratación de un Especialista, precisamente para ejecutar funciones de competencia de la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional (fs. 179-181).

4.8. Estando a que, por disposición del Gobernador Regional de Ancash, la Subgerencia de Recursos Humanos, a través del Oficio N° 0216-2025-GRA/GRAD/SGRH de fecha 30 de abril de 2025, remitió a la Oficina de Control Interno del GORE Ancash, entre otros, el expediente de designación del Ing. Gilmer Rolin Mendoza Caushi en el cargo de Subgerente de Modernización y Desarrollo Institucional del Gobierno Regional de Ancash, para efectos de control posterior; se tendrá que aguardar los resultados correspondientes.";

Que, asimismo, el referido Consejero Regional por la provincia de Huaylas, en el numeral V. ~ RECOMENDACIONES, del informe citado líneas arriba, recomienda lo siguiente: “5.1. Como resultado del análisis y de las conclusiones precedentes, el suscrito RECOMIENDA al Pleno del Consejo Regional de Ancash, emitir un Acuerdo de Consejo Regional (...)". y propone los artículos signados en el referido informe;

Que, en ese marco es COMPETENCIA del Consejo Regional de Ancash, emitir Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39” de la LOGR y sus modificatorias, precepto normativo

que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El

Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5° y el artículo 111° del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de los Acuerdos de Consejo Regional;

Que, en ese contexto, en la Sexta Sesión Ordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día jueves 05 de junio del año en curso el Consejero Delegado da cuenta del Informe de la “Fiscalización de la presunta designación irregular de Rolin Mendoza Caushi, en el cargo de Sub gerente de Modernización y Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ancash”; inmediatamente, el Sr. CHANG BERLY MILLA PONCE, Consejero Regional por la provincia de Huaylas, sustenta el citado informe ante el Pleno del Consejo Regional de Ancash; seguidamente, el Consejero Delegado solicita opiniones sobre el tema; generándose una serie de deliberaciones; asimismo, el Asesor Legal del Consejo Regional de Ancash realiza algunas precisiones y aclaraciones al tema en comento; acto seguido, el Consejero Delegado da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada la recomendación (artículos) descrita en el INFORME N° 03-2025-

Gobierno Regíonal de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economia peruana”

GRA/CR-CBMP, de fecha 28 de mayo de 2025; siendo APROBADO por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el INFORME N° 03-2025-GRA/CR-CBMP, del Consejero Regional Chang Berly Milla Ponce, que en Anexo se adjunta al presente Acuerdo de Consejo Regional, el mismo que contiene el Informe de “Fiscalización de la presunta designación irregular de Rolin Mendoza Caushi, en el cargo de Sub gerente de Modernización y Desarrollo Institucional! de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ancash”, aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 046-2025- GRA/CR.

ARTÍCULO SEGUNDO.- REMÍTASE, copia fedateada del presente Acuerdo de Consejo Regional y del INFORME N° 03-2025-GRA/CR-CBMP, al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Ancash, para su conocimiento y fines que corresponda en el procedimiento de Control Posterior que le fuera requerido por la Subgerencia de Recursos Humanos.

ARTÍCULO TERCERO.- DAR POR CONCLUIDA, la actividad de fiscalización aprobada mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 046-2025-GRA/CR.

ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, el registro de la referida actividad de fiscalización, en el aplicativo informático del Balance Semestral.

ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal web institucional (www.regionancash.gob pe).

POR TANTO: REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/7012687-146-2025-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8447409/7012687-acuerdo-de-consejo-regional-146-2025.pdf